EFEMERIDES
CANARIAS
UNA
HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO
COLONIAL, DÉCADA 1761-1770
CAPÍTULO
-VI-
Guayre
Adarguma *
1765
Agosto 9. Llegó
de Caracas
en el
Navio la
Aurora al
Puerto de
S.ta Cruz mi
Primo D:n
Ignacio Rossel
i Lugo, hijo
de D.n
Juan Rossel
i Lugo,
i assiste
en casa
para que se
le vaya
instruyendo, i
imponiendose en el
modo de
cuidar el
Mayorazgo de
Rosel, que
administra mi
Padre, i
del que
parece que
dho. Dn
Ignacio ha de
ser sucessor. (Lope Antonio
de la Guerra y Peña. 1765)
1765
Septiembre
1765
Septiembre 27. Por
la noche
salio para
Caracas el
Navio la
Perla. Este
Rgtro. fue
la Manzana de la
discordia en la
Isla. ido En
el año de
64 se siguio un
pleito muy
reñido entre
los Dueños de
dbo. Navio la
Perla, i
el Diamante
sobre qual havia
de ser el
preferido para
este Rgtro. Los
de la
Perla alegaban que
eran mas
á proposito, i
de las
correspondientes toneladas
las que no tenía
el Diamante, ni
los meritos de haver
hecho viages á otros Puertos de
la America.
Los
del Diamante el ser fabricado en
la Isla no
haver dado viage
á Caracas, como
la Perla, .i que aunque tenia
algunas toneladas menos,
havia orden de la Corte
par[a]que tocandole
el Turno
no le
fueran de Obice.
Sentenciose
á favor
del Diamante; pero los
Dueños de
la Perla apelaron
para el
Cons.” de
Indias, i
D.n Fem.do Rodrigo (uno
de los mas
interesados en
la Perla) se embarcó á
España, i
consiguio se revocasse
la sentencia, i multasse
al Juez, de
Indias: llegó Rodriguez
con su Despacho
favorable en 4 de
Julio de este ano, quando ya
el Diamante
estaba cargado, i el Juez de
Indias havia tenido
orden del Cons.’
para informar en
asunto del Turno.
Hallabase
entonces el
Juez en
la residencia,
i tenia
las comissiones el
de residencia Dn.
Julian de S.n Christoval
Fiscal de
la R.1 Aud.’ Dho.
Rodriguez.e trajo
á prevencion otro Despacho,
paraque, en caso del
no dar
luego cumplim.to al
citado, pudiesse
el Reg.te
dar comission
á qualq.ra en
esta Isla
para su
observancia, i
despachar el
Navio sin
intervencion de
dho. Juez. Assi
sucedio, pues
haviendo el
Juez resistidose
á despacharlo,
por la
orden que havia
para informár,
dio el
Reg.te de
la Audcia
comission en
esla Isla
a Dn
Pedro Cachalan
Veedor i
Contador pral i se
levantó una
fuerte compet.a
entre el dho.
i el
Fiscal, i
se formaron
autos, i
exortos de
parte áparte,
i los
mas de
la Isla
eran parciales
de algun
partido, i
se formaron
entre ellos
competencias, i
enemistades, hizieronse recursos
á la
Corte por
ambas partes:
los de la
del Diamante
esperaban resultas
favorables en
la primera
Embarcacion de
España, los
de la
Perla las
temian, i assi
se dieron
gran priesa
á cargarla,
i no
tuvieron los opuestos
arbitrios eficaces
á detenerle
la salida,
aunque los buscaron,
i salio
el citado
dia, no
obstante tener
tam- bien tiempo contrario.
El Diamante
quedo cargado,
i se esperan
las resultas
de la
Corte para
darle destino. (Lope Antonio
de la Guerra y Peña. 1765)
1765
Octubre 15. Salio
Jorge Glás
de la
Prission del Castillo
p-ral de Sta
Cruz, en
que se
hallaba por
orden del
Excmo Sor
Comand.te Gral
de estas
Islas. Ya
dexo dicho como
se havía
echado vando
para que los
Marineros de estas
Islas no
fuessen á
servir en
Embarcaciones Inglesas, por
temer si
estos querian
establecer la
pesca que
propo- ne dho
Jorge Glas
en su
historia de
estas Islas,
i que
sepusieron las
demas precauciones
para impedirla.
Esto ya en
tal Estado,
llegó á
Lanzarote Glas
en una lancha
con algunos
efectos comerciables:
el Cor.1
que estaba
prevenido le
prendio, i
le trageron
á esta
Isla en
29 de Nov.e
del año
prox.’ pas.
de, 64:
el dixo
havia venido á
la de
Lanzarote para
establecer algun
comercio con
estas; pues
habitaba proximo
á ellas
en un
Puerto de
la Costa, en
que podian
estár muchas
Embarcaciones muy
resguardadas de
los vientos,
i que
estaba establecido
en 61; pues
tenia hecho
concierto con
sus avitadores,
i licencia
de su
Soberano, en
cuya virtud
havia fabricado
ya un Castillo,
tenia establecida
alli su
casa, i
familia. Esta
noticia constituyo
en peor
condicion los
recelos del
Comand.te i
aconsejado (segun se
dice) de D.n Alonso
Narvaez (que
por su
natural aspero.
infundia arbitrios tyranicos,
i daba el
de que se
le quitasse la
vida) le mandó
poner presso
en el
Castillo pral.
en un
alojam.to separado de
toda comunicacion;
i con
Guardas de
vista.
Los
efectos comerciables
se los
decomissaron. No
dejaba de tener
dho. Glas
sus Afectos’,
que buscaban,
i se valian de
los posibles
artificios para
libertarle de la prission,
i el mismo
se vaho
del Soldado
de Guardia
para salirse,
á cuyo fin
quito un
canto, i
se salio
del quarto
á mediado del
mes de
Diz. pero el
mismo soldado,
de quien se
avia valido,
opor temor,
o por
parecerle que
ya no lo
encontrarian, dio
cuenta al
Castellano, por
lo que
le fueron luego
á buscar,
i le
hallaron en
el Castillo:
con este motivo le
pusieron en
prision, aun mas estrecha, i
al Soldado (que se averiguo haver
sido el complice de
la salida, i que
le compró
el lino,
con que
hizo una
soga á
este fin)
le trageron preso
el 27, á la carcel R.1 de
esta Ciudad, i depusieron
del empleo. Dho
Jorge no
dejaba (no
obstante que ni papel,
ni pluma
le permitian) de hazer los
correspondientes recursos
para libertarse
por la
conducta de algunos Isleños,
e Ingleses sus Amigos, i
de inventar otras tramas,
que le
indisponian mas
con el Comand.te i
aun formo en
su Quarto con
Carbon dos
figuras, que las tuvieron
por retratos del Comand.te
i Castellano. En
este tpõ. llego
á 20 de Febrero de este año,
un Navio de Guerra,
i dos Fragatas
Inglesas, i
sabido por el Comand.te’
que algunos
de su
Tripulacion estaban
haziendo averiguaciones sobre
la prission
de Glas, hizo
poner los
Castillos en
es- tado de defensa; pero no
se extendio dha. Tripulacion
mas que á
imponerse, i
fueron las
Embarc. á su destino.
En 5 de Abril
se supo que la
Muger, i
una hija de Glas
estaban en Canaria mandoseles traer
á esta Isla, i
se permitio á Glas
escribirles, con
tal que
entregase la carta abierta
al Comand.te como
lo hizo,
i en
pocos dias llegaron
á esta. Supose que
havian llegado á
la de Canaria
en una
Lancha con
otros 12
Ingleses, que
dixeron venian
huyendo de
los Moros
de la
Costa que
havian cortado amarras,
i cables
del Navio,
que Glas
tenia en
aquel Puerto:
que clespues
le havian
hecho fuego,
i hechadolo
a pique:
que las
grandes calmas,
que alli
se experimentaban, havian
permitido el
sacarlo: supose
q.e no
havia el Castillo,
ni la
poblacion que
dixo Glas
tenia alli,
i que
lo mas que
havia dicho
era ficion.
No obstante
la prission continuaba,
i se
esperaban noticias
de las
Cortes de
Madrid, i
Londres, á
donde se
havian hecho
recursos.
No
se durmio la
Inglaterra en
dár la
queja á
ntro Soberano
por la
prission, en
que se
tenin a su
vassallo, i
se dice
vino luego
la orden
al Comand.te para que
le soltara,
i se
remitiesse la
causa. Esta
no se
havia hecho
con formalidad,
i la assi
se reservo
la Orden, i
llama luego
el Comand.le á
S.ta Cruz al
Liz,do D.n
ph. Bueno
Then. de Correg.o”
i al
Liz.do D.n
Antonio Vizcayno,
paraque ante ellos
se formasse
la causa,
tomasen declaraciones, buscaronse
las Zedulas
con motivo
de la
peste de
Argel, para apoyar
en esto
el averle
decomissado los
generos, por
averlos introducido
sin las correspondientes
precauciones: iban
á tomar
las declaraciones
á Glas;
pero el (que
no dejaba
de tener
noticia del
buen estado
de su
Depend.a respondia
con tales
rodeos á
los que
iban á
tomarle las declaraciones
que obligó
al Then.te
Rueno á
decirle si Buno
sabia con
quien hablaba
respundio Glas;
que sabia hablaba
un Ingles
libre con
un Español
esclavo.
Hazianle
cargo de
haver regalado
unas pistolas
(sic) al Cor.1
de Lanzarote
quando era
alli un
Juez, i
s,e conocia que
el regalo
era solo
por coecharlo:
respondio que,
siendo itar, era muy propio
presentarsele una
cosa de Guerra,
i que
si fuera
aquel el
motivo de
los regalos,
los Comandantes Genrales eran
muy regalados, i
á nadie
castigaban por tal
moda antes
les faborecian
i adulaban.
Con
estas i
otras respuestas
los entretuvo
hasta que, haviendo
llegado embarcacion
de España
el citado
dia 15 de octubre no
pudieron detener
la orden
sin darle cumplim.to;
i è1
mismo dia
le libertaron
de la
prission. Al
dia siguiente
se fue
al Puerto
de la
Orotaba de donde
estaba muy
proxima á
salir una
embarcacion, en que
se fue,
1 se
esperan resultas
de este
hecho, que
ha dado bastante
margen á
los Estadistas
para discurrir. (Lope Antonio
de la Guerra y Peña. 1765)
1765
Octubre 24. Por
la noche
fueron á ver el
Lugar de
S.ta Cruz las
Sras Marquesa de Villanueva
del Prado,su
Cuñada D.a Angela de Nava,
su hija
D.” Cathalina, i
su Prima
D.a Theodora
de Franchy. Acomparíamos de
la Tertulia
el Marq.s
de Villanueva, 1
su hijo
D.n Alonso,
D.n Fern.do
Molina, D.
Joseph Viera, D.n
Martin de
Salazar, D.n
Segundo, i D.n
Faustino de Franchy,
mi Hermano
i yo,
llegamos al
Lugar serian
las 8, apeamonos en la
casa de D.n
Juan Bautista de Franchy,
en donde
cenamos, i despues
salimos con
la Luna
a ver dho.
Lugar, i
sus Iglesias,
que se consiguio las
abriessen á aquella
hora, i
nos ensenaron las Imagenes, i
demas alhajas
que havia
en ellas, i
vistas, nos
bolvimos ã la
Ciudad, á
cuya salida, i
entrada sufrimos algun
rocio.
Con
el exemplo
de este
viage se
determinaron a hazer otro
al mismo
Lugar mi
Madre, Cuñada, i
Hermana, que fueron
el tres
de Nov.e i
estuvieron de Tapado hasta
el sabado 9 del mismo,
en cuyo intermedio
tambien lo
passearon, i vieron
todo, aunque el agua les
incomodó. (Lope Antonio de la Guerra y Peña. 1765)
1765
Diciembre 11. Se
leyó en Cabildo
una Carta
de P-S. M.
su fha. 3
de 0ct.e
de este
año, en que
participa haverse
efectuado el
4 de Sept.e el casam.to de
S. A. el
S.or D. Carlos Principe
de Asturias
con la
Sra D. Lúisa
hija del
Sor Infante
Dn Phelipe su difunto
hermano, i
que espera que esta Isla
con el acostumbrado amor, i fidelidad
haga las corrcspondicntes
celebridades, acordose que en
los tres
dias de
la proxima
Pasqua se
pusiessen por las
noches luminarias en
toda la
Isla para
lo que se escribiesse ã
los Alcaldes,
i que en
el tercero
se hiziesse una funcion
de accion de gracias
en la Parroq.1 de la Concepsion
(sic), i
las correspond.tes salvas
en los Castillos
de la
dotacion de
la Ciudad,
i fuegos
en sus Plazas. En ella no
permitio el agua que
hiviesse (sic) luminarias,
ni fuegos
la prim.a
noche; pero las
huvo las
tres siguientes,
aunque el agua las
deslucio, i’quitó
mucho aparato
á la
funcion, que se hizo
el dia
seflalado con la
concurrencia del
Cabildo. (Lope Antonio de la Guerra y Peña. 1765)
1765
diciembgre 31. Por
la mañana
bajaron al Lugar
de S.ta
’ Cruz los
Cav.os D.n Agustin
Gabriel del Castillo
Corregor (sic)
i Cap.n á Guerra
de esta Isla
i de la Palma,
D.n Fern.do Molina,
i Machado,
i D.n
Joseph Saviñon
Guillama Regidores perp.os de
esta Isla i Diputados para continuar
en la possession
de los Castillos
á los electo.s el
30 de N0v.e de este año;
comieron casa del Exc.mo S.r
Comand.te Gral. i por
la tarde practicaron su
encargo, ratificando el
pleito homenage
de continuar en
el prox."
venidero de 66, en
la defensa del
Castillo pral.
al Cap.n D.n Antonio
Riquel Reg.or perp.’
de esta
Isla, i en la
del de S.n Juan
al Cap.n
D.n Ant.’
Thomas de Castro,
i practicado
este encargo se bolvieron.
Esto
es lo
que me ha parecido
digno de notár
en este año de 65,
en que
he gozado de una
perfecta salud,
caminado mucha
parte de la
Isla, que no
havia visto,
i ocupadolo
con los
encargos de Procurador
mayor, i
Diputado de Corte,
que me han
hecho atarear bastante por
las competencias que se han ofrecido
al Cabildo
por sus
privilegios, i
los de la
Isla. Ntra.
Tertulia tambien
ha dado á luz
este año muchos papeles, i aunque
han salido
muchos en su contra,
no han
dejado los
ntros. de hazer utiles
progresos, i se espera que
los continuarán;
pues quanto mas
procuran abatir
los Dictamenes
de la
Tertulia, se
haze mas
celebre, i
respectable, i
sus enemigos mas
ridiculos. (Lope Antonio de la Guerra y Peña. 1765)
1776 Julio 14. En
la ciudad de canaria a catorse de Julio de mil setecientos sesenta y seis a.s
por ante mi el infraescrito ss.no pu.co y tgos parecio
presente Joseph Christoval vez.o desta Ciu.d a quien doy
fee conosco= Dixo queda y otorga todo Su poder quanto por deo Se requiere y es
necess.o a Fran.co Herd de ortega, Ant.o Miguel
del Castillo, Christoval de Luque y Antonio del Mansano. Prouinadores de causas
del Ilum.o y de la, R.l Aud.a a todos Juntos y
a cada vno inSolidum expecialt.a que le defiendan en los Autos que
sigue D.n Joseph Roxo sobre pagam.to de nrs procedidos de
dos Barriles de Carne de Baca salada; en cuia rason se muestren parte pidan los
Autos hagan pedim.tos requerimientos Juram.tos y
protestas, respondan y contradigan, tachen recusen y Juren, intenten Articulos,
declinen Jurisdiciones, Ganen despachos y requisitorias, en prueba presenten
Interrrogatorios tgos y provansas. pidan terminos y los renuncien, oygan autos y
Sentencias interlocutorios y difinitivas las fauorables consientan y de las de
contrario apelen y supliquen para donde y con dro deuan, con todo lo demas
insidente y dependiente libre y Gral Administracion facultad de enjuiciar Jurar
y Substituir y con releuacion en forma= A cuio cumplim.to se obliga
con su persona y bienes rayses y muebles hauidos y por auer con podera las Just.s
y Juezes de su Mag.d para que como dho es se lo manden guardar y
cumplir como sentencia pasada en cosa Jusgada renuncio las leyes fueros y dros
de su fauor y la Gral en forma. I asi lo dixo otorgo y firmo siendo tgos Agustin
de Sossa D.n Marcos de s.n Juan Grra y Miguel Aluarado
vez.s desta Ciud =
Joseph
Christobal texero. Ante mi Joseph Augustin de
Aluarado es.no ppco
(Aída Voltes Rodríguez y Mª Teresa Cáceres Lorenzo)
1765. Hubo
reuniones con vista a formar una compañía de criollos canarios para comerciar
con las colonias americanas y fueron designados unos representantes isleños
para que en Madrid (España) solicitaran para las islas el comercio concedido en
el 65.
La
burguesía de las islas alegaban estar arruinadas por la decadencia del comercio
vitivinícola, pero las autoridades españolas aludieron al perjuicio que tal
concesión acarrearía, aunque Cádiz manifestó que no causaría daño si lo
que se autorizaban eran frutos, vinos y aguardientes. Al final, el Consejo de
Indias, teniendo en cuenta el calamitoso estado de la colonia, la importancia de
conservarla, y las necesidades de evitar su ruina, estimó que convenía dar a
los canarios las ventajas gozadas por los españoles en relación con las zonas
citadas. Si no se hizo antes fue por la desidia de la burguesía canaria a la
hora de exponer planes serios, y porque ahora habían intervenido decisivamente
el obispo de la secta católica y el comandante general virrey de Canarias.
Desde
1766.
La metrópoli con ánimo centralizador impulsa ciertas reformas en la
administración de la colonia. Estas reformas no sólo afectan al Cabildo como
institución única de gobierno municipal, sino también a los distintos núcleos
de población de las islas (la génesis de los actuales ayuntamientos) a los que
se les dota de ciertos cargos (alcaldes, diputados del Común y síndicos
personeros), electos mediante el sufragio de segundo grado o gradual.
Con
independencia de las peculiaridades, privilegios, fueros, etc., que obtienen los
cabildos de cada una de las islas desde su implantación y posterior evolución
histórica, dos son los aspectos que podríamos destacar del periodo 1525-1700:
a-)
Los intentos de centralización del poder y unificación del mando llevados
acabo en el Archipiélago Canario por parte de
b-)
La venta de cargos municipales (regidores) y de jurisdicciones como consecuencia
de la pérdida del dominio regio y de los acuciantes problemas fiscales de
1766. Telde, Tamaránt (G. Canaria). Los vecinos se niegan a
pagar la renta de almotacenazgo.
1766.
En la colonia canaria y en las islas de señorío no se observa el mismo
desarrollo y consolidación de núcleos de población que se da en las islas
llamadas de realengo. Es a partir de las reformas de ese año cuando esos
pueblos inician su andadura que los llevará a convertirse en la génesis de los
actuales municipios.
1766.
Muere en la Orotava, Chinet (Tenerife) el XI y último Conde de La Gomera,
Domingo José Herrera Ayala y Roxas Ponte y Llarena Xuarez del Castillo, pasando
el señorío de la isla a su sobrina la Marquesa de Bélgica.
1766.
Deseando el rey de la metrópoli
Carlos III, infundir en el viejo tronco de los aristocráticos y criollos
municipios, mandó que hubiese en cada ayuntamiento de la colonia de Canarias
diputados y personeros del común, cuya elección, hecha por el pueblo en
la forma prescrita por "las ordenanzas, había de producir grandes
beneficios en la gestión de los negocios públicos cuando la reforma tomase,
por decirlo así, carta de naturaleza en la nación.
1766
Enero 1. El
Miércoles primero
de Enero
de este
año de amaneció
el dia
lluvioso, i
melancolice; pero
los de
casa entramos
en él
con salud,
i felicidad.
Concurri al
Cabildo gral., i en
él se
me nombró
de Diputado
de Indias,
Fiestas, i
Fortificaciones, cuya
Diputacion me
tocaba por
turno con
D.n Juan
Bautista de
Castro i Ayala.
Nombroseme también
para cuidár
de las
Dependencias de
sensos (sic),
de cuya
admission no
me pude
libertar, aunque
lo deseaba.
Quando
la IsIa
estaba esperando
noticias de
la prission de
Glas, i
que continuaria
su Historia
con muchos
buenos passages, llegó
en 13
de Enero
Embarcacion Inglesa
con la
triste noticia
de su horroroso
Masacro (sic),
el que
en Gazeta
de Madrid
del dia
28 del
mismo se
cuenta en
los sig.tes
terminos. (Algun
tpõ: ha
se prendieron
en Irlanda quatro
malvados convictos
de un
horroroso delito.
Servian en calidad
de Marineros
en el
Navio Ingles nombrado
el Conde
de Sandwick,
que regresaba
de las Islas
de Canaria
á Londres
con una
rica carga
de vino, aseda,
i cochinilla,
i gran
cantidad de
pesos, oro
molido, i algunas
barras del
mismo metal.
Montaba este
Navio el
Cap.n Cocheran
con 7
hombres de
Tripulscian i
havia tomado
á bordo
en calidad
de passagero
un Oficial
llamado Glas,
que trahia
con sigo
(sic) su
Muger, una hija,
i un
criado. Quntro
Marineros dc
la Tripulacion formaron
el atentado
de quitar
la vida
á quantos
se hapilaban
en el
Navio para
hazerse dueños
de la
carga. En su
conseqüencia el
30 de
Noviembre ultimo,
á las
11 de noche,
sorprendieron al
Cap.n, al
mismo rpõ:
que iba á
entrar en
su camara,
i le
hecharon encima un
grueso barron de
hierro. Dos
de los
Marineros, i
el S.r
Glas, que hoyeron
el ruido
i gemidos,
que daba
el Cap.11
volaron al instante
á ver
lo que era.
Los primeros
que llegaron
fueron dos
Marineros, á
los quales,.
despues de
haverlos maltratado, los
arrojaron al
mar. Viendo
el S.r
Glas esta
crueldad bolvió
á su
quarto A
tomár la
Espada. Siguiole
uno de
los Asesinos,
i le
espero al
passo. En
efecto no
tardó en
bolver el
Sr Glas
con la
Espada en
la mano; mas
el picaro
que havia
quedado en
cubierto se tiró
á el
en disposición
que le
impidio el
manejo de
la espada. En
el interin
otro de
los compañeros
le desarmo,
i atravesó
el cuerpo
de muchas estocadas
con su
propria espada:
despues de
lo qual
le’ arrojaron
al agua.
La infeliz
Esposa de
este desgraciado Oficial,
que con
su hija
havia salido
en seguim.to-de
su Marido, vio
parte de
este horrible
espectaculo. Arrojose a los
pies de
los asesinos
implorando su
clemencia; mas estos
furiosos sin
que les
moviessen á
compasion sus
lagrimas, i
ruegos, cogieron
á Madre
e hija
i las
arrojaron inhumanam.te al
mar estrecham.te
abrazadas. Aun
no satisfecho
el furor
de estos
malvados, quitaron
despues la
vida á
los demas
Marineros, que
no havian
entrado en la
conjuracion, excepto
un Galopin
d Page
de escoba, i
el Criado
del Sr
Glas, que
aun era
joven. Haviendose hecho
assi dueños
del Navio
arribaron á
la costa
de Irlanda,
i a
diez leguas
de Waterford
echaron a
pique el Vagel,
despues de
haver sacado
todo el
oro i
plata que pudieron
llevar en
la chalupa.
Al abandonar
el Navio
dejaron en él
al Galopin,
i al
Criado del
difunto Glas.
El primero de
estos infelizes,
suplicó, aunque’
enxvano, le dexassen
entrar con
ellos en
la chalupa:
i viendo
que la Embarcacion
comenzaba á
anegarse, se
arrojo al
mar, i logró
alcanzar a
nado la
chalupa a la
qual intentaba agarrarse;
pero uno
de los
assesinos le
descargó tal
golpe sen el
pecho, que
le precipitó
en las
hondas (sic).
Finalmente haviendo saltado
á tierra
estos malhechores, enterraron
á la
orilla del
mar parte
de su
caudal, i
des pues se
encaminaron ã
Ross, i
de alli
á Dublin,) (Lope Antonio de
la Guerra y Peña. 1766)
1766
Enero 6. También se señaló
aquel año con una terrible ipuridación en Las Palmas. Después de una lluvia
torrencial que durante la noche cayó sin interrupción sobre las altas cumbres
y vertientes de la isla, se desbordó el Guiniguada y, entrando por las calles
adyacentes de su cauce, rompió por el barrio de la Herrería llevándose al mar
huertas, puente y calles. La consternación de sus habitantes fue general. Hubo
procesiones y rogativas, penitencias y promesas, conservándose el recuerdo de
la catástrofe hasta nuestros días con el nombre de temporal de Reyes.
1766
Abril 8. Por
la mañana
dió fondo
en el Puerto de S.ta Cruz la
fragata nombrada el
S.to Xpto de S.n Roman,
alias, la
Constante de
Canarias, su Cap.n D.n Manuel de
Acosta. Havia
salido del Puerto de
la Havana
con Rgtro
para esta Isla el
27 de Febrero,
i el
Prim.” de marzo
de Madrugada antes de entrar en
el canal
comenzaron a experimentar una
formidable tormenta,
que huvo de echar á pique
la Embarcacion que
la hallaron
ya con solo seis
brazas de agua. En aquel
conflito arrojaron
una ancora,
i se
detuvieron anclados hasta que
despues de 24 horas se sossegó:
en ella
hizieron votos
á S. M. i
ofrecieron el
Trinquete á
la Imagen
del S.n xpto de
In Laguna,
en caso de salir
en bien, i
en efecto el 18 del mismo mes
de Abril presentaron dho.
Trinquete i
hizieron una
funcion en acion
(sic) de gracias en el
Conv.t” del
S.ur S.n Franc.co de
esta Ciudad á
la Imagen
de dho S.to xpto, en que predicó fr.
Franc.co Guzman, i concurrió
mucho, pueblo.
Dio noticia
dha Embarcacion que havia
salido del
referido Puerto
de la Havana
en conserva de la
Fragata de
D.n Antonio Romero,
que retornaba
á estas Islas
con Registro del Puerto
de la Guaira de Caracas, i
que en la
tormenta le
vieron picar
los mastiles,
i en gran
conflito su
Tripulacion, i
cre[e]n que naufrago por
ser terribles
los escollos, que
havia en el
parage, donde se
les desapareció.
Si esto se verifica
pierden Islas mas
de 2008 p..s
= Supose
tambien por esta Embarcacion
la muerte
de mi Tio
D.n Lorenzo
Rossel en la Prov.’
de Caracas: fue
casado con D.” María
Benítez de Lugo que
passó á dha Provincia,
i no
tuvieron sucession, por
lo que sucede en el Mayorazgo
de Rossel
D.n Ignacio
Rossel hijo de
D.n Juan Rossel hermano
del difunto, que
estaba con el
empleo de Juez Contador mayor
en aquella
Prov.a en
que dicen
ha sido
muy sensible su muerte. (Lope
Antonio de la Guerra y Peña. 1766)
1766
Abril
El
citado día de
su embarco les
acompanñaron hasta
el muelle distintas personas
de esta
Ciudad, la
Orotava, i
aquel Lugar,
i hizieron
á su
salida salva
las Embarcaciones. Supose
que el 11
havian llegado
á Canaria
con felicidad,
i el
27 se
recibio carta
con fh,
del dia
19, participando
á la
Tertulia su feliz
arribo, con
cuya respuesta
se le
embio un
Poema epico
intitulado los
Vomtitus, que
en su
obsequio dio á
luz ntra
Tertulia, dividido
en quatro
cantos, en
los que se
haze ver
lo sensible
de su
ausencia de
esta Tsla,
i lo feliz de
la de
Canaria con
su llegada,
con otras noticias
curiosas, i
dignas de
verse.
(Lope
Antonio de la Guerra y Peña. 1766)
1766
Abril 14. Por
la tarde
fue
1766
Abril 26. Hizo
presente en
Cabildo el
Theniente Cor.1
D.n ‘Zgustin
Gabriel del
Castillo Correg.or
i Cap.n
á Guerra de
esta Isla
i
*
Guayre
Adarguma Anez Ram n Yghasen.
---»
Continuará