FEMÉRIDES DE  LA NACIÓN CANARIA

 

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERÍODO COLONIAL, DÉCADA 1621-1630  

CAPÍTULO XXVII (VI)

 Guayre Adarguma *

1630. Hubo en Garachico, Chinech (Tenerife) una inundación de la ciudad, empujada por unas olas que barrían casas y mató tres hombres. Hubo un fraile, cuyo nombre no ha sido conservado, que escribió un libro apocalíptico, explicando que sólo las tres víctimas han ganado el purgatorio, y los demás se han condenado y Garachico castigos mayores. Sobre estas predicciones hubo informe en el “Santo Oficio,” en 1646.

 

1630. El colono y regidor Tomás Perera de Castro com­pra 45 pipas de vino al regidor Andrés de Azoca a 227; ducs. (leg. 1.542, P 42 v.). Este regidor era rematador, a través de persona interpósita, de los parrales de S. Marcos, S. Gonzalo y La Rambla en 1615, y de S. Gonzalo en 1617. Mateo Díaz Maroto lo fue, también mediante persona supuesta, de los parrales de S. Antón.

 

1630. Templos y prelados católicos en la colonia de Canarias según el criollo  clérigo e historiador José de Viera y Clavijo.

 

Fundación del convento de dominicas del Puerto de la Cruz “El  monasterio de Nuestra Señora de las Nieves, San Juan Bautista y Santo Tomás de Aquino del Puerto de la Cruz de La Orotava se fundó en el año de 1630, siendo patronato del capitán don Juan de las Nieves Revelo y filiación de los reli­giosos dominicos, como monjas de Santa Catalina de Sena.

 

Quemóse también enteramente en 1718, un año después que había sucedido el incendio de la villa de La Orotava, de manera que las monjas que se habían refugiado a él volvieron a experi­mentar igual desventura. Acogiéronse todas al convento de San Pedro Telmo, que les habían ce­dido generosamente los frailes de su orden, donde permanecieron hasta que, reedificado el suyo, se restituyeron, gozosas, año de 1721.

 

Su comunidad ha sido como de 40 religiosas, dotadas de virtud, talentos, primor y gracias ad­quiridas, más que bienes de fortuna, pues son muy pobres.” (José de Viera y Clavijo, 1982, T. 2: 372 y ss.).

 

1630. El criollo Miguel Pérez, portugués, dona una talla de arcángel Migue. Se conserva esta talla brabanzona del Arcángel en el Real Santuario Insular de Ntra. Sra. de Las Nieves, perteneciente al primer cuarto del siglo XVI. Procede el Ex - Real Convento de La Inmaculada Concepción, también de esta ciudad, y fue donado en su testamento en 1630. Piloto mayor de La Palma; el mismo que en 1570 se comprometió a dirigir la expedición organizada para descubrir la mítica Isla de San Borondón. Aquel caballero instituyó también una misa cantada con sus vísperas y procesión alrededor del claustro de dicho Monasterio en el día de su advocación. (José Guillermo Rodríguez Escudero)

 

1630. La oferta para la producción de vinos en la colonia de Canarias era muy importante, la caña de azúcar había cedido terreno ante el incremento de producción que experimentó en las colonias del Caribe. Entre 1580 y 1640 Canarias contaba con cuatro importantes mercados para el vino: las denominadas Indias españolas, el imperio colonial portugués, las Barbadas (colonias británicas en América) y el mercado europeo, principalmente Inglaterra. Hasta que en 1640, con motivo de la recuperación de su independencia por parte del reino de Portugal, dejó de exportarse la gran cantidad de vino que se exportaba a ese reino y sus colonias. Por si fuera poco. El Consejo de Indias y la Casa de Contratación de Sevilla restringieron los puertos autorizados a recibir vino canario y redujeron al máximo el tonelaje permitido. En 1660 Las Actas de Navegación de Carlos II Estuardo concedieron el monopolio del tráfico con Las Barbadas a los comerciantes británicos.

 
A pesar de ello el comercio del vino, sobre todo el malvasía, continuaba en aumento con Inglaterra dejando importantes beneficios para los colonos terratenientes en la colonia de Canarias, tanto que los ingleses crearon una compañía en Londres para monopolizar su comercio. Estas luchas que se iniciaron en 1665 culminaron en 1666 con el motín del “derrame del vino” en Garachico que dio pie la disolución de la recién creada compañía inglesa.

 

1630. Se construye una casa anexa a la Ermita de Puntallana en La Gomera para acoger a los romeros, esta Ermita de la secta católica está construida sobre un antiguo guanche.

 

1630. Juan Villon alquila a Boulineau unas casas altas junto a las de él (Villon) por 3 años. El licdo. Baltasar de Linares, presbítero, arrienda por un año a Boulineau una casa en que vive Barbóla de Fleitas con otra lonja que está junto a ella, que son dos moradas de casa, en la Plaza de los Remedios, pa­gando de renta 400 rs. (leg. 483, reg. de 1632, fj 327, 13-VIII-1632).

 

1630. El mercader galo Andrés Cochon estante en La Laguna apodera a Pedro Perel para cobranzas y para que venda mercancías remitidas a la isla. Perel se obliga a entregar a Cochon 11.519 rs. y 7 ctos. que debe cobrar del susodicho de mercaderías dadas a varias personas; P 385: el mercader francés Antonio Baldi apodera a Perel para cobranzas y para vender mercancías que remitiría a Tenerife, y de retorno cargar frutos rumbo a Francia con la ganancia

 

1630 Mayo 28. El Cabildo Catedral de la secta católica en Winiwuada n Tamaránt (Las Palmas de Gran Canaria) publica una ordenanza por la que se regulaban los autos sacramentales que debían celebrarse con motivo del Corpus.

 

1630 junio 24. Templos y prelados católicos en la colonia de Canarias según el criollo  clérigo e historiador José de Viera y Clavijo.

 

Fundación del convento de Bernardas de Icod “Gaspar Alfonso Albarnaz y Leonor Fran­cisca, su mujer, vecinos del lugar de Icod, dejaron sus bienes en el año de 1600, con muy diversos fines, aquél para casar doncellas pobres, y ésta para encerrar las que fuesen parientas suyas en una casa de emparedamiento, o recogimiento monástico, cuyo patronato perpetuo pertenecería al cura beneficiado más antiguo de San Marcos y al más cercano deudo vecino del lugar. Estas fun­daciones no habían hecho ningún progreso, hasta que el obispo don Cristóbal de la Cámara, hallán­dose en visita, expidió, a 24 de junio de 1630, un despacho, en el cual decía que, aunque su prede­cesor don Francisco Martínez no había tenido por .oportuno conceder en su tiempo la licencia nece­saria para la erección de un convento con los fondos de aquellos dos patronatos, los cuales sólo se empleaban hasta allí en casar doncellas, cono­ciendo los fraudes que en esto se solían cometer, pues a veces por indecentes caminos procuraban ser llamadas las que no lo merecían, mientras las virtuosas y legítimas parientas quedaban exclui­das del favor, le parecía que era llegada la hora conveniente en que, para el servicio de Dios y bien del lugar, se debía fundar un convento de religiosas.

 

Para esto señaló un hospitalillo que estaba allí con poca renta, pero que tenía iglesia, coro y buena situación, con cláusula de que las monjas sustentasen siempre dos pobres, dándoles apo­sento, y que se conservase en él la Confraternidad de la Misericordia. Aplaudió el pueblo el pensa­miento, dio el mismo obispo la posesión a los pa­tronos, fabricóse la casa y se destinó para religio­sas cistercienses con título de San Juan Bautista y San Bernardo, cuyo número fijo había de ser de treinta y tres, entre parientas de los fundadores y las que quisiesen entrar por dotes. Declaróse que habían de estar sujetas al ordinario, y el referido prelado, en Canaria, a 14 de marzo de 1634, se­ñaló cuatro religiosas de los monasterios de San Bernardo y San Ildefonso de aquella isla, para que pasasen a ser fundadoras del de Icod, donde de­bían residir a lo menos tres años.

 

Estas eran doña Tomasina de Santa Catalina, superiora de San Ildefonso, doña María de San José, doña Luisa de Santa Ana y doña Josefa de San Miguel, profesas del convento de San Ber­nardo. Nombró el obispo a la primera por aba­desa, a la segunda por priora y portera, a la ter­cera por subpriora y tornera y a la cuarta por vica­ria de coro y maestra de novicias. Embarcáronse el día 8 de mayo de aquel año y llegaron al puerto de Santa Cruz al día siguiente, martes, por la mañana. Por la tarde subieron a la ciudad de La Laguna, donde fueron recibidas, no sólo por la clerecía con cruz y ciriales, sino también por el gobernador, su teniente y otros caballeros. Hos­pedáronse en el monasterio de Santa Catalina. El 15 partieron para la villa de La Orotava, acompa­ñadas del maestre de campo Salvador Gallegos, su patrono, del beneficiado de Icod, del cura de San Juan, etc., y fueron recibidas con la misma so­lemnidad, hospedándose igualmente en las mon­jas de Santa Catalina.

 

El día 21 siguieron su marcha; descansaron en San Juan de la Rambla y, cuando llegaron a Icod, se apearon en la iglesia parroquial, donde fueron también recibidas con cruz y cera de manos, y, conducidas luego en procesión a su convento, se colocó el santísimo sacramento al día siguiente con gran pompa. Don Domingo Albarnaz, hijo del primer patrono, obtuvo en Roma aprobación de este patronato, por bula de Inocencio X, dada en 1.° de junio del año del jubileo de 1650 y sexto de su pontificado. La comunidad es como de 40 religiosas.” (José de Viera y Clavijo, 1982, T. 2: 369 y ss.)

 

1630 octubre 20. Notas en torno al asentamiento colonial europeo en el Valle Sagrado de Aguere ( La Laguna ) después de la invasión y conquista de la isla Chinech (Tenerife).

 

Los hábitos de órdenes militares.

La nobleza debe parte de su importancia a su función guerrera, y además ejercía el monopolio de la violencia, pero hacia 1600 era ya un recuerdo esa justificación, aunque seguía presente en el plano teóri­co (órdenes militares). Conceptos como el valor y la fuerza, de origen medieval, persistían en los tiempos modernos, si bien el principal «campo de batalla» lagunero fue la plaza Mayor y las refriegas se re­dujeron a los juegos de cañas. No obstante, algunos aprovecharán las levas del Seiscientos y algunas campañas de los Austrias, sobre todo con ocasión de la sublevación de Portugal y de las crisis de Flandes, para labrarse un rápido ascenso, cuando no contribuían también eco­nómicamente a formar esos ejércitos.

 

Menos arriesgado y costoso era adquirir un hábito de orden militar, honor al alcance de los pudientes, que además se servirán del mermado estado de la hacienda real, que con tal de enjugar su déficit no prestaba mucha atención a las primitivas exigencias de ingreso. El interés de los caballeros e hidalgos, pero mucho más de la burguesía mercantil —no digamos de la que tenía una «dudosa» ascendencia— por la obtención de un hábito, es que constituía un auténtico seguro frente a una acusa­ción, en cuanto el acceso suponía la limpieza de sangre del linaje. En ese sentido, Domínguez Ortiz destaca las enormes facilidades que dio el Conde Duque a los mercaderes para ser admitidos en las órdenes militares. Asimismo hace hincapié en la inflación de incorporacio­nes registrada en unas pocas decenas de años, sobre todo en la orden de Santiago: entre 1572 y 1625, se pasa de 221 a 1.459 caballeros. Santiago fue considerada la orden de la riqueza, y será la que más ca­balleros canarios admitirá en el s. xvii, pues de los 22 recibidos duran­te el s. XVII —todos pertenecientes a Tenerife, única isla representada en esa centuria—, 15 lo fueron en esa orden y 7 en la de Alcántara, fi­gurando ausente la de Calatrava.

La ceremonia de la incorporación oficial del nuevo caballero, como era propio de un cuerpo mixto religioso-militar, tenía como escenario —y nunca mejor dicho, teniendo en cuenta el ritual solemne y tea­tral de estas investiduras— un recinto eclesiástico, en el que el aspirante velaba armas, se celebraba misa, comulgaba, se bendecía la espada con la que el caballero padrino le daba el espaldarazo, para concluir con el calzado de las espuelas y demás vestimenta propia del hábito de al­guna de estas concesiones, cuya imposición representaba un auténtico acto social de afirmación nobiliaria. Detengámonos en uno de ellos, desarrollado en el convento agustino en 1630. Allí, ante el maestre de campo Cristóbal de Salazar de Frías, caballero de Calatrava, com­parece el cap. d. Luis Jorge de Rivera, lugarteniente para el gobierno de la guerra del capitán general, para ser armado caballero de Santia­go. En teoría debía recibir el hábito de un caballero de esa orden, pero como no lo había en las islas, accedió el monarca a que en su defecto actuase otro caballero, de la orden de Calatrava o Alcántara. Como tampoco había religioso de Santiago, el rey facultaba en su lugar al prior, subprior o rector de cualquier convento agustino, o al abad guar­dián, para que después de armado le ataviase con el hábito según las reglas. En el altar mayor de la iglesia del convento se hallaban el capi­tán general, el gobernador d. Diego de Alvarado Bracamonte, el te­niente licdo. Francisco de Molina, el cap. d. Alonso de Zúñiga , el en­tretenido del general y alguacil mayor del Sto. Oficio d. Diego Sar­miento, padrinos del aspirante, y otros muchos caballeros y muchas personas. Le armó caballero Cristóbal de Salazar y Frías, vestido con su manto blanco con cruz de la orden de Calatrava.

No cabe duda de que la clase dominante invirtió decenas de miles de ducados en fabricar su nobleza, para regocijo de los últimos Austrias. Basta considerar el mercadeo organizado cuando la Corona deci­de poner en almoneda múltiples cargos con motivo de algún donativo, como el de 1632. Uno de las decenas de ejemplos, más tardío, es la petición de hábito de orden militar que formula en 1680 el regidor y capitán d. Tomás de Castro Avala para un hijo o nieto que él dispusie­se, a cambio de 1.000 pesos.

 

Además de los hábitos, los poderosos optaron a otros títulos que conferían poder efectivo y, en algunos casos, dinero. Dejando a un lado las regidurías perpetuas y otros oficios municipales (alguacil mayor...), otros cargos fueron codiciados y comprados, como las fa-miliaturas y alguacilazgos del Santo Oficio, que además tenían la virtud de colocarlos prácticamente por encima de toda sospecha y contribuía eficazmente a lavar pasados oscuros. Por ejemplo, en 1634 remató la vara de alguacil mayor de La Laguna y su puerto por tres vidas el regidor d. Alonso de Llarena Carrasco, que paga por ello 17.800 rs.

 

Aunque nos parezca algo muy repetido, las familias de pro busca­ban para sus hijos peor situados la salida religiosa o militar. Normal­mente, ésta, bien labrada fuera de la isla, en los campos de batalla euro­peos al servicio de los Austrias, como se apuntó antes, podía ser un útil mecanismo de ascenso social. Eso explica que Francisco Sarmiento y Porras, alguacil mayor del Sto. Oficio, se decida en 1630 por enviar a su hijo d. Pedro Sarmiento a servir a S.M. a Italia, o donde el rey estimase más conveniente, pero añadía que el monarca le conce­día a su hijo el título de capitán con potestad para levantar gente, ofrecía 500 ducs. a la Corona. Esta educación militar parece que concernió en especial a las casas de menor renombre, justo las que podemos hallar en nuestra capital ( La Laguna )  si atendemos al marco nobiliario estatal, y dentro de aquéllas a los segundones de la familia.” (Miguel Rodríguez Yánez. La Laguna 500 años de historia La Laguna durante el Antiguo  Régimen desde su fundación hasta el siglo XVII. Tomo I. Volumen II.: 745 y ss.).

 

1630 octubre 20. En el convento agustino de La Laguna. Allí , ante el maestre de campo Cristóbal de Salazar de Frías, caballero de Calatrava, com­parece el cap. d. Luís Jorge de Rivera, lugarteniente para el gobierno de la guerra del capitán general de la colonia, para ser armado caballero de Santia­go. En teoría debía recibir el hábito de un caballero de esa orden, pero como no lo había en las islas, accedió el monarca a que en su defecto actuase otro caballero, de la orden de Calatrava o Alcántara. Como tampoco había religioso de Santiago, el rey facultaba en su lugar al prior, superior o rector de cualquier convento agustino, o al abad guar­dián, para que después de armado le ataviase con el hábito según las reglas. En el altar mayor de la iglesia del convento se hallaban el capi­tán general de la colonia, el gobernador d. Diego de Alvarado Bracamonte, el te­niente licdo. Francisco de Molina, el cap. d. Alonso de Zúñiga , el en­tretenido del general y alguacil mayor del Sto. Oficio d. Diego Sar­miento, padrinos del aspirante, y otros muchos caballeros y muchas personas. Le armó caballero Cristóbal de Salazar y Frías, vestido con su manto blanco con cruz de la orden de Calatrava.

 

Relatamos algunos pormenores del acto: D. Alonso y d. Diego le calzaron un par de espuelas, y Salazar de Frías le ciñó una espada y, ceñida, la saca de la vaina, y teniéndola en la mano desnuda preguntó a Rivera: ¿queréys ser cavallera?, a lo que respondió Rivera: sí, quiero. Salazar terminaba proclamando: Dios os aga buen caba­llero y el apóstol Santiago. La pregunta y respuesta se repitió dos veces más. A conti­nuación, Salazar tocó con la espada en la cabeza y hombro de Rivera y la tornó a intro­ducir en la vaina que tenía en la cinta el nuevo caballero. Luego Rivera requirió a fr. Salvador Rodríguez, superior, quien tomó a aquél de la mano y lo entró en la sacristía, donde asimismo acudieron el general, el gobernador, d. Alonso de Frías, d. Diego Sar­miento y otros capitanes y caballeros. Allí hizo posar en el suelo a Rivera y le leyó cier­tas preguntas de un libro de la orden, y posteriormente, hincado de rodillas el nuevo ca­ballero, le vistió un manto blanco con un hábito de Santiago, terminando el acto con bendiciones y un beso en el carrillo que dieron a Rivera el maestre de campo, el religio­so y sus padrinos.

1630 Diciembre 20. El governador y oidores de la Audiencia del Rey N.S. destas islas de Canaria, etc., a bos el governador don Diego de Alvarado Bracamonte y buestro lugarteniente y a la Justicia y Regimiento de la isla de Tenerife: Sabed que el Sr. Emperador Don Carlos quinto de gloriosa memoria por su Real Sédula dio licencia y permitió a esta Real Audiencia de que todas las vezes que conviniese a su Real servicio que de esta isla de Canaria a donde asiste se pudiese mudar a essa de Thenerife, y por que por las informaciones que en esta Real Audiencia se han fecho consta y paresse que en contravención de las leyes y premáticas de su Magestad y de sus nuevas Reales Sédulas en esta dha. isla se an ressivido y ressiben a el comercio y trato mucho número de nabíos de Inglaterra y Olanda y otras partes de Reinos enemigos de la Corona de Castilla, desembarcando las mercadurías que en ellos traen de los dhos. Reinos y saltando en tierra los dhos. enemigos a el comercio con los naturales y dándoles carga de los frutos de la dha. isla y en particular de los vinos con que se fortalese y dan socorro a sus armadas enemigas contra las de su Magestad y en particular con color de que traen las dhas. Mercadurías en nabíos de Reinos amigos y de países sujetos a su Magestad traen y llegan otros muchos nabíos en que vienen las dhas. mercadurías prohibidas y lleban para los dhos. efetos los binos y otros bastimentos a Reinos de enemigos, y aunque para esto se prohiba y no se admita, por el gran deservicio que de ello se a seguido, sigue y seguirá a Dios N.S. y a su Magestad y sus Reinos y por que en el interín que parte de los dhos. nabíos cargan los dhos. binos y frutos otros andan pirateando y robando las islas y sus trabiesas y a los nabíos, carabelas y barcos que pasan de España para las Indias y por ser to esto digno de remedio, esta Real Audiencia lo a procurado poner con suavidad y por no aber bastado a ussado y despachado provisiones con penas grabes para bos la dha. Justicia y Regimiento y para las personas que trataren y contrataren con dhos. enemigos y que se prendiesen y enbargasen sus bienes y nabíos,

y aunque por parte de Don Luis de Rivera Baena, en aussensia del Sr. General su padre se bino a consultar e esta isla con los asesores si se admitirían o no y fueron del pareser que no se admitiesen y se despachó comisión al Ldo. Don Pedro de Silva, juez de su Magestad para los contrabandos de la dha. isla para que no los admitiese, antes los prendiese y los bienes y nabíos los embargasen y que nenguna persona con ellos contratase y para su resistensia se le diese todo el favor y ayuda que para ello fuere necesario y les pidiese, y antes los unos y los otros no o abéis cunplido ni hasta agora se a querido publicar el dho. auto por el color y paliaciones que juyendo de su cunplimiento se les a dádo, y, lo que no es de menos importansia, que estando los dhos. enemigos admitidos al comerssio y trato de essa isla se dará ocazión para que se pueda cometer el delito de los polvos infissionados de que ha caussado tanta mortandad en los Reinos de su Magestad y en que con tanto cuidado se procura la prohibissión de todos los estranjeros en estos Reinos para que no tengan ocassión de entrar los dhos. polbos, quanto más siendo ingleses y olandeses los que (roto el papel) y entran en essa dha. isla; para cuyo remedio acordamos que esta Real Audiencia de agora se passe desta isla de Canaria donde assiste a essa de Tenerife, adonde esté y asista en el interín que estos dhos. daños se reparan y su Magestad mande otra cosa, respeto que los demás medios, autos y provisiones que sobre ello se a depachado y ministros a quien se a cometido no an tenido ni se les a dado el debido cunplimiento, n, por ser tantos y tan poderosos los interesados, parese las tendría si la dha. Real Audiencia no se mudase, assí a inpedir lo susso dho., como a prender, prosseder y cartigar culpados: para lo que mandamos dar y dimos esta provizión; por la cual mandamos que luego que con ella seáis requerido, sin dilazión, estorbo ni inpedimento, que en nenguna manera pongáis, dentro de un día como Juan García Cabeza, ressetor desta Real Audiencia u otro cualquier escribano os la notificare hagáis llamar al cabildo. 20-12-1630. (L.de la Rosa Olivera )

1630. Así continuaba desolado aquel paraje (Puerto de Arrecife-Lanzarote), hasta que el Cap". D". Francisco García Santellas de origen francés, que comerciaba con su nave en dicho Puerto del Arrecife, fundó aquí una ermita o capilla dedicada a S". Ginés obispo. Santellas también fue administrador del Estado de Lanzarote, y primer mayordomo de la misma iglesita. (J. Álvarez Rixo, 1982:49-50)

 

1630.  El capitán general de la colonia Canaria don Juan de Ribera Zambrana tiene varios escla­vos moriscos que, según delación hecha a la Inquisición , sueñan con escaparse, ocu­pando un barco y matando a sus marineros (BlRCH, II, 502-3).

 

1630. El governador y oidores de la Audiencia del Rey N.S. destas islas de Canaria, etc., a bos el governador don Diego de Alvarado Bracamonte y buestro lugarteniente y a la Justicia y Regimiento de la isla de Tenerife: Sabed que el Sr. Emperador Don Carlos quinto de gloriosa memoria por su Real Sédula dio licencia y permitió a esta Real Audiencia de que todas las vezes que conviniese a su Real servicio que de esta isla de Canaria a donde asiste se pudiese mudar a essa de Thenerife, y por que por las informaciones que en esta Real Audiencia se han fecho consta y paresse que en contravención de las leyes y premáticas de su Magestad y de sus nuevas Reales Sédulas en esta dha. isla se an ressivido y ressiben a el comercio y trato mucho número de nabíos de Inglaterra y Olando y otras partes de Reinos enemigos de la Corona de Castilla, desembarcando las mercadurías que en ellos traen de los dhos. Reinos y saltando en tierra los dhos. enemigos a el comercio con los naturales y dándoles carga de los frutos de la dha. isla y en particular de los vinos con que se fortalese y dan socorro a sus armadas enemigas contra las de su Magestad y en particular con color de que traen las dhas. Mercadurías en nabíos de Reinos amigos y de países sujetos a su Magestad traen y llegan otros muchos nabíos en que vienen las dhas. mercadurías prohibidas y lleban para los dhos. efetos los binos y otros bastimentos a Reinos de enemigos, y aunque para esto se prohiba y no se admita, por el gran deservicio que de ello se a seguido, sigue y seguirá a Dios N.S. y a su Magestad y sus Reinos y por que en el interín que parte de los dhos. nabíos cargan los dhos binos. y frutos otros andan pirateando y robando las islas y sus trabiesas y a los nabíos, carabelas y barcos que pasan de España para las Indias y por ser to esto digno de remedio, esta Real Audiencia lo a procurado poner con suavidad y por no aber bastado a ussado y despachado provisiones con penas grabes para bos la dha. Justicia y Regimiento y para las personas que trataren y contrataren con dhos. enemigos y que se prendiesen y enbargasen sus bienes y nabíos,  y aunque por parte de Don Luis de Rivera Baena, en aussensia del Sr. General su padre se bino a consultar e esta isla con los asesores si se admitirían o no y fueron del pareser que no se admitiesen y se despachó comisión al Ldo. Don Pedro de Silva, juez de su Magestad para los contrabandos de la dha. isla para que no los admitiese, antes los prendiese y los bienes y nabíos los embargasen y que nenguna persona con ellos contratase y para su resistensia se le diese todo el favor y ayuda que para ello fuere necesario y les pidiese, y antes los unos y los otros no o abéis cunplido ni hasta agora se a querido publicar el dho. auto por el color y paliaciones que juyendo de su cunplimiento se les a dádo, y, lo que no es de menos importansia, que estando los dhos. enemigos admitidos al comerssio y trato de essa isla se dará ocazión para que se pueda cometer el delito de los polvos infissionados de que ha caussado tanta mortandad en los Reinos de su Magestad y en que con tanto cuidado se procura la prohibissión de todos los estranjeros en estos Reinos para que no tengan ocassión de entrar los dhos. polbos, quanto más siendo ingleses y olandeses los que (roto el papel) y entran en essa dha. isla; para cuyo remedio acordamos que esta Real Audiencia de agora se passe desta isla de Canaria donde assiste a essa de Tenerife, adonde esté y asista en el interín que estos dhos. daños se reparan y su Magestad mande otra cosa, respeto que los demás medios, autos y provisiones que sobre ello se a depachado y ministros a quien se a cometido no an tenido ni se les a dado el debido cunplimiento, n, por ser tantos y tan poderosos los interesados, parese las tendría si la dha. Real Audiencia no se mudase, assí a inpedir lo susso dho., como a prender, prosseder y cartigar culpados: para lo que mandamos dar y dimos esta provizión; por la cual mandamos que luego que con ella seáis requerido, sin dilazión, estorbo ni inpedimento, que en nenguna manera pongáis, dentro de un día como Juan García Cabeza, ressetor desta Real Audiencia u otro cualquier escribano os la notificare hagáis llamar al cabildo. 20-12- 1630. L . de la Rosa Olivera.

 

1630. Consta que en este año el capitán general y virrey de la colonia Rivera aún residía en Tenerife, y en enero de 1631 al menos estaba en Gran Canaria. Rivera nombró como su teniente de capitán general en Tenerife a su hijo d. Luís de Rivera, mayor de 21 años, poniéndole casa y muchos criados en La Laguna, con lo que impi­dió el ejercicio del gobernador Alvarado, por ejemplo en la visita de navíos, originán­dose así un conflicto.

 

 

Mayo de 2013. 

* Guayre Adarguma Anez Ram n Yghasen.

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Bibliografía

 

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