AGRESIONES
SUFRIDAS EN CANARIAS
POR
SU CONDICION DE COLONIA (II)
Chaurero
n Eguerew
Brisas
de Libertad
En épocas más modernas hubo planes para la invasión de Canarias por
parte de potencias americanas y europeas, las cuales fueron abortadas por las
negociaciones o ardides de la diplomacia del reino de España, potencia
administradora.
En las colonias
americanas el vacío de poder en la metrópoli como consecuencia de la ocupación
napoleónica, será utilizado por las clases criollas dirigentes americanas para
iniciar el proceso de emancipación. Surgiendo la proclamación de
Según
recoge el historiador Felipe
Martín Santiago: “Desde 1825 existió el rumor de la
existencia de un convenio firmado en Colombia consistente en atacar o apoderarse
militarmente de alguna de las Islas Canarias y de hecho se llevaron a cabo
algunos intentos. El General Pedro Briceño, el día 12 de abril de 1826,
manifestaba por carta a Simón Bolívar: “es indudable que en el momento
en que podamos destruir los restos de la escuadra española que cubre a Cuba,
damos la libertad a aquella isla, a Puerto Rico y a las Canarias, que desean ser
también americanas”.
El
Congreso Anfictiónico de Panamá
El Congreso se celebra
en la sala capitular del Convento de San Francisco de la Ciudad de Panamá entre
el 22 de junio y el 15 de julio de 1826. La Asamblea se estructura en diez
sesiones que presiden de manera rotativa los representantes de Colombia,
Centroamérica, Perú y México.
La agenda para el
Congreso consta de los siguientes puntos: la renovación de los tratados de unión,
liga y confederación; la publicación de un manifiesto en que se denuncia la
actitud de España y el daño que ha causado al Nuevo Mundo;
decidir sobre el apoyo a la
independencia de Cuba y Puerto Rico, así como de las islas Canarias y
Filipinas; celebrar tratados de comercio y de navegación entre los Estados
confederados; involucrar a Estados Unidos para hacer efectiva la Doctrina Monroe
en contra de las tentativas españolas de reconquista; organizar un cuerpo de
normas de derecho internacional; abolir la esclavitud en el conjunto del
territorio confederado; establecer la contribución de cada país para mantener
los contingentes comunes; adoptar medidas de presión para obligar a España al
reconocimiento de las nuevas repúblicas; y establecer las fronteras nacionales
con base en el principio de uti possidetis, tomando como base el año
1810.
La
colonia de Canarias en los planes del reparto de África por el imperialismo
europeo
La derrota del
imperialismo español en Cuba trajo
la intranquilidad a los españoles y criollos dependientes de la colonia de
Canarias, donde se tenía por cierto un desembarco de los norteamericanos en
cualquier momento.
Perdidas o vendidas las
colonias españolas en América, el gobierno de la metrópoli ante la
posibilidad del recrudecimiento de los deseos emancipadores de la colonia de
Canarias, desarrolla y pone en práctica un proceso de política maquiavélica
fomentando y dirigiendo las
rivalidades políticas caciquéeles entre Tenerife y Gran Canaria llevándolas
proporciones alarmantes. Perturbado por completo el equilibrio moral del Archipiélago
a consecuencia de las luchas políticas locales distrayendo así la atención la
atención popular al tiempo que se ganaba la fidelidad de la oligarquía local
mediante dádivas y prebendas a las que no fueron ajenas las concesiones de
grandes latifundios y la permisión de la usurpación de tierras comunales por
parte de los caciques dependientes, los cuales que con el apoyo de los
representantes del poder central,
cometen con la más cínica impunidad todo género de abusos.
Estado de guerra en
la colonia
Por otra parte, lo
poderes coloniales en Canarias vivían una psicosis de posible invasión
norteamericana. Así el 2 de Abril de 1898, la prensa dependiente daba la
noticia de la próxima llegada a Santa Cruz de fuerzas del Ejército español
procedentes de la metrópoli, para reforzar la defensa de las islas. A Las
Palmas llegaban los refuerzos el 10 de Abril de 1898. Eran fuerzas de artillería
e infantería.
En vista de la situación
el Capitán General de la colonia, teniente general Montero, hizo público, el 9
de mayo de 1898, un bando en el que expresaba que a la vista de las graves
circunstancias por las que atravesaba el país, y autorizado por el gobierno de
S.M., declaraba el estado de guerra en toda la “provincia” de Canarias.
El teniente general
Montero, cesó en agosto de 1898, le
sustituyó en el mando de la colonia el teniente general Manuel Delgado y
Zuleta, un sevillano que había
combatido en el continente y logrado ascender a comandante y coronel por méritos
de guerra en las operaciones contra los carlistas.
Por su parte la prensa
local recogía la noticia en 5 de mayo de 1898 de que el Consejo Naval de los
Estados Unidos, presidido por Mackinley, había acordado preparar expediciones
para ocupar Canarias y Baleares.
En París
el 10 de diciembre de 1898 se firma el Tratado de Paz entre los Estados Unidos
de América y
Entre los puntos recogidos
en dicho Tratado destacamos los siguientes:
España renuncia todo derecho de soberanía
y propiedad sobre Cuba.
En atención a que
dicha isla, cuando sea evacuada por España, va a ser ocupada por los Estados
Unidos, los Estados Unidos mientras dure su ocupación, tomarán sobre sí y
cumplirán las obligaciones que por el hecho de ocuparla, les impone el Derecho
Internacional, para la protección de vidas y haciendas.
España cede a los
Estados Unidos la Isla de Puerto Rico y las demás que están ahora bajo su
soberanía en las Indias Occidentales, y la Isla de Guam en el Archipiélago de
las Marianas o Ladrones.
España cede a los Estados Unidos el
archipiélago conocido por las Islas Filipinas…,
Los
Estados Unidos pagarán a España la suma de veinte millones de dólares
($20,000,000) dentro de los tres meses después del canje de ratificaciones del
presente tratado.
España al ser firmado
el presente tratado, pondrá en libertad a todos los prisioneros de guerra y a
todos los detenidos o presos por delitos políticos a consecuencia de las
insurrecciones en Cuba y en Filipinas y de la guerra con los Estados Unidos.
En cumplimiento de lo
convenido en los artículos I, II y 111 de este tratado, España renuncia en
Cuba y cede en Puerto Rico y en las otras islas de las Indias Occidentales,
España había perdido
dos escuadras enteras, incluida la del Pacífico, en la Batalla de Cavite en
1898, ante la imposibilidad de continuar manteniendo por la fuerza los restos de
sus colonias en el pacifico, como es habitual en ella optó por el lema de: “Del
agua derramada aprovecha la que puedas”, cediendo ante las pretensiones
alemanas le vendió el 12 de febrero de
1889 los Archipiélagos de las islas Carolinas y Marianas por 17 millones de
marcos alemanes, 25 millones de pesetas.
Apetencias
de otros imperios coloniales europeos sobre Canarias
Dada la tradicional política
mercantilista y mercenaria del reino de España para con sus colonias, otros países
europeos inician maniobras diplomáticas tendentes a sustituir al debilitado y
siempre en banca rota reino español en el dominio de la colonia de Canarias
bien mediante ofertas de compra o bien mediante planes de invasión del archipiélago
perfectamente estructurados, planes que las garras imperialistas del estado español
supo ladear ladinamente y mediante determinadas concesiones sobre la colonia
cedidas a los pretendientes usándonos como históricamente ha sido habitual
como moneda de cambio y como carne de cañón.
En 1885 se producen
momentos de gran tensión en las relaciones hispano-alemanas, en los cuales
Finalmente el conflicto
se resolvió por la vía diplomática y la Cancillería alemana aceptó el
arbitraje pontificio, que emitió un laudo favorable a las tesis españolas. Con
ello obtenía España el mantenimiento de sus colonias, pero ya había quedado
claro que sus colonias insulares, y entre ellas las Islas Canarias, iban a
sufrir el asedio al que la creciente presión ejercida por el imperialismo alemán
sometería todas las posesiones de ultramar cuyo reparto se disputarían las
grandes potencias.
“El noroeste del
continente africano, en cuyo espacio se encuentran las Islas Canarias, desempeñaba
el papel de cabeza de puente para los propósitos colonialistas que las
potencias se reservaban para este continente. Prueba de ello son los varios
intentos que hicieron para desarrollar enclaves comerciales de distinto tipo
tanto en las islas como en la costa del continente situada enfrente, destacando
especialmente diferentes proyectos de explotación del banco pesquero
canario-sahariano con base de operaciones en el archipiélago y en la costa
sahariana.
En l896
la Cancillería alemana tiene conocimiento de que España estaba
planeando vender las Islas Canarias a Francia. El Emperador envió un cañonero
a Gibraltar para que, en caso de confirmarse la venta, pusiese rumbo hacia algún
puerto de la costa marroquí y lo tomase para Alemania, en la seguridad de que
ésa era la mejor manera de oponerse a la creciente influencia francesa en la
costa noroeste de África, que se vería consolidada con la posesión de
Canarias. La confirmación de la venta del archipiélago no llegó y el entonces
Canciller, el Príncipe Chlodwig zu Hohenlohe, ordenó la retirada del cañonero.
El 12 de agosto de 1899
el Subsecretario de Estado del Auswärtiges Amt, el Barón von
Richthofen, le envió un telegrama al Embajador alemán en Madrid, Joseph von
Radowitz, en el que le solicitaba no perder de vista e informar de todo lo
referente a la reiterada cuestión del proyecto de venta de las colonias que aún
conservaba España, tanto si se ofrecían sus colonias del Pacifico como de África,
incluyendo entre estas últimas a Fernando Póo y las Islas Canarias. ”
(Javier Ponce Marrero).
Las Islas Canarias
fueron el único de los archipiélagos coloniales españoles que, habiendo
entrado en el juego de intereses de las grandes potencias emergentes e
imperialistas europeas, no fue vendido continuando bajo el dominio y la
administración del reino de España.
La
guerra civil de los españoles, consecuencias
en la colonia de Canarias
Francisco Franco Bahamonde, como general de división comandante militar
de la colonia de las Islas Canarias,
después de declarar el Estado de Guerra en todo el archipiélago partió el 18
de julio de 1936 desde Las Palmas de
Gran Canaria hacia el continente, en lo que representó el comienzo de la
sublevación que condujo a
En
la colonia de Canarias durante la guerra civil de los españoles no hubo frentes
de batalla, no se desarrollo una guerra propiamente dicha, sino una persecución
y masacre en toda regla llevada a
cabo por el sector caciquil y la burguesía dependiente criolla reaccionaria
amparadas por los estamentos militares coloniales, la guardia civil, la iglesia
católica y los grupos paramilitares de Falange española y sus tristemente
famosas brigadas del amanecer. Entre todos sumieron a la colonia en un clima de
terror inconcebible a pesar de la guerra civil que tenía lugar en la metrópoli.
En la colonia: “Los primeros núcleos falangistas surgieron a finales de
1933 y durante la primera mitad de 1934 en las Islas de
En la
guerra civil de los españoles, Canarias
se convierte en la retaguardia del frente fascista, que hay que consolidar y
asegurar a toda costa. De ahí la especial crudeza de la represión, que buscaba
principalmente dos objetivos: descabezar cualquier intento de resistencia
organizada e implantar el terror social y político entre la población. La
segunda etapa represiva tuvo lugar en 1940, el primer año de la posguerra.
Aunque en ambas etapas el elemento de la venganza social y política tuvo
importancia, en esta segunda podríamos considerar que éste prevaleció sobre
cualquier otra consideración, en la actualidad muchos de sus herederos físicos
e ideológicos continúan aferrados al poder político y económico bajo el
disfraz de demócratas.
Acción
Ciudadana y Falange fueron las organizaciones paramilitares encargadas de la
represión, que confluyeron en abril de 1937 en el partido único Falange Española
Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional Sindicalista (Fet-Jons).
Entre sus militantes salió el grueso de los integrantes de las infaustas
'Brigadas del Amanecer', también conocidos popularmente como los
“falanges”. Estas cuadrillas de asesinos se completaron con miembros del
Ejército y de la Guardia Civil.
“La
brutalidad empleada contra la población, el exterminio físico de los
republicanos y sobre todo de los miembros de organizaciones de izquierda,
incluso el racismo de los "nacionales" hacia los "rojos"
tienen mucho más de política colonial que de política fascista. El fascismo
intenta construir un consenso nacional y, si bien reprime a sus enemigos políticos,
no tiene por objetivo exterminarlos sino someterlos; el franquismo, con su
ideología colonial y racista y su estrategia de exterminio sistemático y de
terror generalizado fue -como afirma el historiador Ismael Saz- mucho más lejos
que los regimenes italiano y alemán.” (John
Brown).
El
25 de julio de 1936 arriba a la ciudad de Santa Cruz de La Palma con ordenes de
reducir la ciudad el cañonero Canalejas, el delegado del Gobierno y
sus principales colaboradores, incluida toda la dirección de Izquierda
Republicana, fueron detenidos, encarcelados y sometidos a consejo de guerra
sumarísimo por el delito de “rebelión militar”, incluyendo también a
otros socialistas, comunistas o personas no adscritas a partido alguno.
Los
militares rebeldes fueron el principal poder fáctico y oficial en las Islas,
sobre todo durante la guerra, por lo que fueron los máximos responsables de lo
acaecido. La Iglesia Católica no hizo nada para detener la matanza; al
contrario, muchos de sus miembros la justificaron y alentaron
“El
universo carcelario de Tenerife fue muy profuso. No estuvo formado solamente por
los salones del empaquetado de plátanos de la compañía británica Fyffes, en
los que se hacinaban más de 2.000 presos políticos; o por las “Prisiónes
Flotantes” -unos pequeños mercantes situados en medio de la bahía
propiedad de la naviera Álvaro Rodríguez López-, en los que intentaban
sobrevivir 600 detenidos. A ellos hay que añadir los 400 presos que
estaban encerrados en la Prisión Provincial de San Miguel, entre ellos 150
mujeres, y otros cientos de presos en cuartelillos, depósitos municipales,
cines como el Atlante, en el Puerto de la Cruz, o teatros, como el Power en La
Orotava, de donde varios centenares fueron sacados para ser asesinados, unos
margullados o apotalados en el mar (en muchos casos arrojados vivos a las
aguas dentro de un saco con un peso), otros arrojados a simas volcánicas o
enterrados en montes y descampados.” (Ramiro Rivas García).
Los salones de Fyffes
(Fyffes, Ltd-S.L.) o “Faifes” como
el público la denominaba, también conocida por Prisión militar Costa Sur
fueron cedidos por los propietarios, utilizándose como campo de concentración.
Eran los almacenes que
la Casa African Eastern, Spain, tenía en la Avenida de Las Asuncionistas, que a
su vez había pertenecido a la exportadora de plátanos, Fyffes. El
representante de la casa Elder en Tenerife, cónsul de Suecia donó veintitrés
rollos de alambre de espino para cercar el recinto. A principio de diciembre
1936, figuraban 1500 reclusos, de los que en
febrero de 1937 figuraban 1000 como desaparecidos. Este campo de concentración
estuvo operativo hasta 1950.
“Conocemos
suficientemente los hechos del período de los que se puede recordar algunos
datos con el fin de arrojar un poco más de luz sobre el asunto. Los hechos más
evidentes de la violenta contrarrevolución en las Canarias Occidentales
-Tenerife, La Palma, La Gomera y El Hierro- constatan de manera nada exagerada
que hubo unos 2.000 desaparecidos de los que 1.650 fueron asesinados en
Tenerife y en su inmensa mayoría sus cuerpos aún hoy no han sido encontrados
y sus familias nunca han tenido noticia de cómo transcurrieron los últimos
momentos de su vida y las circunstancias de su muerte. Además, hubo más de
4.000 presos, la gran mayoría gubernativos que nunca se molestaron en encausar
y que pasaron los años de su encierro en las cárceles sometidos a toda
clase de torturas y sevicias, viéndose obligados una buena parte de ellos
a realizar trabajos forzados.” (Ramiro Rivas García).
En Gran Canaria los
primeros asesinatos de los fascistas en el Llano de las Brujas (Arucas) se
realizaron con “extremada
brutalidad y ensañamiento", en
"una
especie de fiesta de la sangre”.
Los antifascistas canarios recibieron dos o más disparos en la frente, en
la nuca o en la parte superior del cráneo. Los asesinados en el mismo lugar
posteriormente 10 personas, siguieron un patrón diferente: un solo disparo en
el lateral del cráneo. El estudio de los huesos también evidencia que hubo
torturas y golpes antes de la ejecución, algunos estaban atados en el momento
de ser arrojados al pozo.
Los asesinatos de
Arucas fueron una operación conjunta entre
Las autoridades
militares coloniales crearon un campo de concentración junto al cuartel de
Artillería de
A partir de mediados de
febrero de
1937, los aproximadamente 1.100 presos del campo de concentración de La
Isleta fueron trasladados al Lazareto de Gando. Con toda probabilidad las razones del cambio
de ubicación tuvieron que ver con la excesiva cercanía de La
Isleta a un barrio obrero, desde donde las actividades y movimientos de
los presos del campo estaban a
la vista de los vecinos. Además, en diciembre de 1936 había habido un intento
fracasado de asaltar
el campo y liberar
a los prisioneros.
Los presos desde el
primer momento tuvieron que dedicarse a la restauración y adecuación de los terrenos
y de los diferentes pabellones que los albergarían. Uno de los primeros trabajos fue
sacar la grandísima cantidad de arena que se había metido en el Lazareto.
Los odiosos cabos
de vara golpeaban repetidamente a los presos en esta dura tarea.
Al poco tiempo del
traslado desde La
Isleta, se declaró una grave epidemia de fiebres tifoideas,
probablemente como consecuencia del mal estado del agua, por lo que tuvieron que evacuar
a unos 34 presos al hospital, falleciendo un número indeterminado de ellos. Se tuvo que
vacunar
a todos los presos aunque algunos tuvieron que procurarse la vacuna por parte de
familiares.
La última victima del
fascismo colonial ofrecida en holocausto al dios de las orgías de sangre fue a
las 6 de la madrugada del 19 de octubre de 1959, en el patio de la antigua prisión
de Barranco Seco, en la capital grancanaria, fue
ejecutado a garrote vil, el matriota Juan García Suárez “el
corredera” el último preso ejecutado por el franquismo en Canarias, y el último
sentenciado a muerte en la colonia por causa directa de la guerra civil de los
españoles.
Don Francisco Franco
Bahamonde, General de División Comandante Militar de las Islas Canarias,
HAGO SABER:
Que de conformidad con
lo prevenido en el artículo 36 y sus concordantes, 7, nº 1, 9, nº 3 y 171 del
Código de Justicia Militar, declaro el ESTADO DE GUERRA en todo el Archipiélago
y en su virtud
ORDENO Y
MANDO
Art. 1.º Se prohíbe
la formación y circulación de grupos de tres o más personas. Los que se
constituyan serán disueltos inmediatamente por la fuerza, si desobedecieran o
resistieran la primera intimación.
Art. 2.º Queda
terminantemente prohibido aproximarse, sin causa justificada a las líneas de
energía eléctrica, conducciones de agua, gas, estaciones telefónicas,
cuarteles, polvorines, dependencias militares, establecimientos fabriles o
industriales, bancos, hospitales, asilos y cualquier edificio público. Lo que
lo hicieren lo verificarán individualmente y si no justificasen la causa de su
presencia serán detenidos en el acto.
Art. 3.º No podrán
celebrarse reuniones, manifestaciones, conferencias, espectáculos o cuantos
actos supongan reunión pública de personas en número superior a tres, sin
permiso previo de la Autoridad.
Art. 4.º Serán
sometidos a mi propia censura, y como requisito indispensable para circular,
tres ejemplares de cualquier impreso o documento destinado a publicidad.
Art. 5.º Quedan
destituidos los Gobernadores Civiles y Delegados del Gobierno, Ayuntamientos,
Cabildos, Mancomunidades interinsulares y cuantas Juntas de cualquier clase
dependan de dichas Corporaciones. Los destituidos integrantes de ellas se
abstendrán en el desempeño de su cometido a partir del instante de la
publicación de este Bando y la contravención del mismo en este sentido se
reputará como suficiente para considerarlos incursos en el delito de rebelión.
Con el objeto de no
dejar desatendidos los servicios y finalidades de aquellos organismos, los
Secretarios de estos conservarán su documentación manteniéndose las
necesidades carácter urgente, hasta tanto se persone ante ellos los
representantes de mi Autoridad, quienes lo harán acompañados de las
correspondientes instrucciones a fin de normalizar con toda urgencia y personal
civil la vida de dichas entidades.
Art. 6.º Queda
prohibido terminantemente el cierre de establecimientos, fábricas, talleres,
oficinas y cualquier otra manifestación de actividad. La cesión de ella, la
rebaja de salarios concedidos, los pactos que impliquen disminución de los
otorgados, la alteración de las bases de trabajo, los despidos sin justificación
y cualesquiera otras contravenciones se estimarán como actos sediciosos, ya lo
sean aislada o conjuntamente cometidos y sus autores sometidos a juicio sumarísimo.
Del mismo modo se apreciarán las declaraciones de huelga, abandono del trabajo,
incitación a aquellas o a este, realización de paros y cualesquiera otras
actitudes que entorpezcan las jornadas obreras. La comisión de los hechos antes
anunciados, motivará el inmediato encarcelamiento de sus autores, juntas
directivas, comités y demás personas que aún sin relieve corporativo pudieran
considerarse como provocadores del movimiento, así como la clausura de
Asociaciones patronales u obreras causantes de tales actos.
Art. 7.º En el plazo
de doce horas a partir de la publicación de este Bando los tenedores de armas
cortas y largas de fuego, sustancias explosivas, armas blancas de usos distintos
a los domésticos, agrícolas o industriales, estén o no provistos de licencia,
deberán entregarlas en los Puestos de la Guardia Civil del domicilio del
poseedor, por cuyos Comandantes se les refrendará la documentación, o les será
expedida, en su caso, de acuerdo con las instrucciones que tienen recibidas,
procediendo a la recogida, reseña o inventario de las que ocuparan. Pasado este
plazo los tenedores de armas de fuego dentro o fuera del domicilio serán
considerados como rebeldes y en igual forma los que lo fueron de sustancias
explosivas, incendiarias o corrosivas.
Art. 8.º Quedan
sometidos a la jurisdicción de Guerra y juzgados en procedimiento sumarísimo,
todos los autores, cómplices o encubridores de cuentos delitos se previenen
contra el orden público en los Códigos Penal Ordinario de Justicia Militar y
Ley de Julio de 1933.
Art. 9.º Quedarán a
mi disposición y a mis inmediatas órdenes o a la de los Comandantes Militares
de las Plazas en su caso, todas las fuerzas armadas que dependan de otras
Autoridades teniendo desde este momento las que no lo tuvieran con anterioridad
la consideración de fuerza armada. Los funcionarios públicos y demás
Corporaciones civiles que no se presten al inmediato auxilio que mis
subordinados les reclamaran para el restablecimiento del orden, serán
suspendidos en el acto de empleo, cargo y sueldos o gratificaciones anexos, sin
perjuicio de las responsabilidades en que incurrieron.
Art. 10.º Serán
considerados como presuntos reos de sedición, las personas que se encuentren o
hubieran estado en sitio de combate, y asimismo aquellos que fueren aprehendidos
huyendo o escondidos, después de haber estado con los estimados como rebeldes o
sediciosos y cuantos propalen noticias o informaciones tendenciosas.
Art. 11.º
Hasta nueva orden queda prohibido el tráfico por carretera y en el
interior de las poblaciones por medio de vehículos de tracción mecánica o
animal, ya sean de propiedad particular o de servicio público, excepción hecha
de los autobuses, tanto urbanos como interurbanos y tranvías. Los automóviles,
motocicletas, bicicletas y demás medios de locomoción que precisaren circular
lo harán previa autorización que se les expedirá en las respectivas
Comandancias Militares.
A los efectos de términos legales se hace la publicación de este Bando a las cinco horas del día de hoy.
Santa Cruz de Tenerife,
18 de julio de 1936.
Diciembre
de 2011.
---»
Continuará
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Agresiones sufridas en Canarias por su condición de colonia (I)