CANARIAS,
REPÚBLICA MARÍTIMA
«» Antonio Cubillo Ferreira *
La prioridad absoluta de nuestra Republica Federal Canaria será
convertir a nuestro archipiélago en una gran
Republica Marítima, por lo que todos los planes económicos nacionales tendrán
como fin la creación de nuestras flotas mercantes y pesqueras; todos los
gobiernos federales de la Federación darán el máximo apoyo a esta política
nacional, a través de nuestros Consulados del Mar establecidos en los puertos
extranjeros. Esto quiere decir que en todos los puertos que nos interesen,
abriremos unos Consulados especiales que se llamarán Consulados del Mar.
Los patriotas Canarios,
tenemos previsto hace tiempo nuestros planes para después de la independencia y
todos debemos saberlos bien para que los enemigos de la independencia, los
autonomistas bolsilleros y demás colaboradores, no se impongan con sus
argumentos para seguir engañando a nuestro pueblo. Pronto se acabará la época
de ese conglomerado de Coalición Canaria y de personajes como el ex alcalde del
Sauzal, Paulino Rivero y los personajes del entorno del paulinato,
que si pasan a la historia, será por sus traiciones a nuestro pueblo, como los
Canarios que militan en los partidos estatales españoles, de todas las
tendencias, de la monarquía borbónica.
El mar, es fundamental para nuestro futuro. Esto no quiere decir que
vayamos a dejar de lado a los sectores primordiales de nuestro país, como
el primario y secundario, pero debido a nuestra situación, rodeados del
mar, la prioridad absoluta debe ser el mar, por ello decimos en nuestro
Anteproyecto de Constitución publicado por el CNC, en el único periódico
independiente canario El Día, el de más tirada en las islas, y en El Guanche[1],
que tenemos que convertir a esta Canarias colonizada en manos de los españoles,
en una rica Republica Marítima como en su momento en el Mediterráneo, fueron
las poderosas Repúblicas de Venecia y Génova.
En tanto que país marítimo independiente, Canarias, extenderá su ZEE
(Zona Económica Exclusiva) de acuerdo con las leyes marítimas internacionales,
a
Para los compatriotas que aún no tengan copia del Anteproyecto de
Constitución que hemos publicado en documento aparte, les señalamos que la
Republica Federal establecerá las correspondientes leyes para la vigilancia y
control de dichas zonas. Los estados que establezcan relaciones diplomáticas
con nuestra republica deberán comprometerse mediante acuerdos con nuestro
gobierno para no enviar sus flotas de pesca a nuestras aguas y, si lo hicieren,
deberán reconocer la jurisdicción de nuestros tribunales de justicia para
proceder contra los contravinientes de nuestras
leyes. Como es lógico, el gobierno republicano no dará nunca licencia de pesca
dentro de nuestras aguas nacionales y de la ZEE; todos aquellos permisos
firmados por la metrópoli serán nulos y no serán reconocidos por nuestro
gobierno.
Nuestro espacio aéreo, es aquel que corresponderá a nuestra ZEE y todo
avión entrando o atravesando nuestro espacio aéreo, deberá ser controlado por
nuestras torres de control y no como sucede ahora, que todos los aviones que
entran y salen de Canarias tienen que ser dirigidos por los controladores de
Casablanca, ya que somos un archipiélago
de un estado europeo, que solo tiene jurisdicción en
Como en los últimos tiempos se ha publicado en los periódicos
prospecciones petroleras en
la zona Off shore por la empresa Repsol, se
tiene que saber, que ninguna empresa extranjera podrá en el futuro, llevar a
cabo prospecciones sin un permiso especial del gobierno de nuestra Republica.
Todos los permisos otorgados por la metrópoli española, son nulos de pleno
derecho y serán paralizadas automáticamente, al día siguiente de la
independencia.
Muchos compatriotas nos han preguntado qué pasaría con los tratados
internacionales. En el Anteproyecto de Constitución que fue publicado por el
periódico independiente canario El Día y El Guanche, durante seis meses
(sep.2007/marzo 2008), se tuvo en cuenta esto y así lo especificamos en el art.
122 en el cual se dice
perfectamente: “todos los acuerdos subscritos por España que afecten a
nuestra Republica y nuestro territorio, son nulos de pleno derecho, desde el día
de la independencia. Los acuerdos monetarios y comerciales que afecten a
canarios también son nulos de pleno derecho; serán revisados y firmados otros
nuevos con las partes que estén interesadas. No se firmarán acuerdos militares
con ningún organismo internacional, como el OTAN, ni otros que afecten a
nuestro principio político internacional de neutralidad positiva de la política
de nuestra Nación”.
Como decíamos al principio, Canarias será una Republica Marítima,
entonces para ello, una vez independiente, nuestro gobierno fomentará la creación
en todos los puertos africanos del oeste de nuestro continente los Consulados
del Mar encargados especialmente en el rápido movimiento y despacho de mercancías
teniendo en cuenta los tiempos y técnicas modernas. Los respectivos países
africanos de nuestro entorno podrán abrir sus respectivos Consulados del Mar en
todos los puertos canarios, para facilitar el rápido movimiento de mercancía,
en trato de urgencia y evitar las trabas administrativas de todos los puertos.
Los Consulados del Mar Canarios establecidos en los puertos africanos,
atenderán a los trabajadores y turistas de los países africanos sin costas que
se dirijan a Canarias o deseen establecer negocios con la Republica, en caso de
que en dichos países no existan consulados. Art.189).- Las representaciones
diplomáticas del Gobierno Republicano Federal estarán establecidas en las
capitales de los países extranjeros donde se hallará un cónsul con dedicación
de notario. Sin embargo, en el puerto más importante estará necesariamente el
Consulado del Mar de la República, donde se hallará un servicio de consejeros
y agregados de Economía Exterior, así como los agregados que representarán a
las Cámaras de Comercio Canarias y a la COE y despacharán a todos los buques
abanderados en la República, así como llevarán a cabo funciones de información,
propaganda, notario y asistencia a nuestros buques y viajeros, representantes y
negociantes, así como informarán sobre el repertorio de exportadores e
importadores del país o resolverán los litigios mercantiles y auxiliarán al
cobro de créditos, darán visados y promocionarán ferias y exposiciones en el
país extranjero.
En países africanos donde existan varios puertos importantes se deberán
crear varios Consulados del Mar. Dichos consulados están facultados para
ofrecer los puertos canarios a los países africanos como lugares de tránsito
para sus mercancías o de depósito para reexportarlos a otros países
extranjeros alejados, debido a las facilidades que se les concederán en los
puertos de nuestra República.
En todos los puertos canarios de 1ª categoría se crearán Zonas
Francas, aisladas debidamente, con locales adecuados para introducir y almacenar
toda clase de mercancías cuya importación está prohibida por el Arancel y
otras que vayan dirigidas al mercado africano, enviadas por terceros países, o
procedentes de países africanos para ser enviadas a países europeos o
americanos. Dichas mercancías podrán ser exportadas al continente africano en
buques canarios. Las mercancías que se introduzcan en estos depósitos no podrán
permanecer en ellos por más de dos años, al cabo de los cuales será necesario
que se reexporten al extranjero. Durante su estancia en estos depósitos pagarán
la correspondiente tasa que impondrá el Gobierno Federal Insular. Las mercancías
que entren en dichos depósitos quedarán exentas de impuestos.
El tráfico de mercancías y pasajeros entre los puertos canarios y los
puertos extranjeros africanos de Agadir, Safi, Tarfaya,
El Aiun, Port Etienne,
Dakar, Conakry queda reservado a los buques y navíos canarios promocionándolo
con fletes especiales el Gobierno de la República.
Como hemos dicho, nuestro porvenir es el de
una Republica Marítima dentro del continente africano y ha sido
planificado en el Anteproyecto , por ejemplo en el art.
162, al ser Canarias un lugar de tránsito de contenedores yendo y viniendo al
continente africano, el gobierno desarrollará una política para tener una
flota propia de contenedores propios o alquilados con bandera Canaria para
verificar el transporte hacia el continente y cuando en el futuro nuestra flota
esté completada con nuestros propios barcos, todo el transporte de contenedores
deberá ser hecho en navíos de la flota mercante de Canarias.
Dos veces al año se celebrará en una ciudad portuaria canaria durante
15 días una Feria Internacional inter africana para
la venta de productos procedentes del continente africano y de Canarias. El
gobierno Federal facilitará las tramitaciones necesarias así como visados,
facilidades portuarias y de importación o importación a todos los
comerciantes africanos. En cuanto al transporte marítimo y leyes marítimas
tenemos que señalar el art.
172 de nuestro Anteproyecto.
“Dentro de la política especial de industrialización y desarrollo de
la Marina mercante, el Gobierno de la República dictará una ley especial que
se aplicará a todos los buques abanderados en Canarias. El pabellón será el
de la bandera nacional, la Tricolor con las Siete Estrellas Verdes y el puerto
de abanderamiento, que constará en todos los buques abanderados, será el de
Las Palmas. Todo buque mercante llevará inscrito su nombre y debajo, Las
Palmas, Canarias. Se abrirá un Registro Canario Naval y Aéreo, donde se
inscribirán todos los buques y aeronaves que estén abanderados en Canarias.
Las empresas extranjeras que deseen abanderar sus buques en Canarias deberán
tener un 20 % de capital canario, emplear solo tripulación canaria y como mínimo,
un oficial de puente de Canarias. Los sueldos tienen que ser los que
corresponden a la legislación canaria y a los acuerdos sindicales de los
sindicatos de la República. Los buques que vayan a ser abanderados deben ser
nuevos o de menos de diez años de construcción y con certificados actuales de
las sociedades de clasificación internacionales, Lloyd´s
Register of Shiping,
Bureau Veritas, Det Norske
Veritas, Germanischer Lloyd, American Bureau of
Shiping o Nipón Kajii Kyokai.”
En cuanto al registro de nuestros navíos,
el art. 173 dice: “Todos los buques
inscritos en el Registro Canario Naval, y enarbolando bandera de la República,
seguirán las reglas internacionales sobre el trabajo y seguridad en el mar, de
la OMI (Organización Marítima Internacional), de la ILO (Internacional Labor Organisation),
así como el BIT (Bureau Internacional du Travail).”
Como es lógico, según el art. 237, se facilitará
el comercio entre islas con fletes especiales para los productos nacionales
canarios, en los buques de nuestra flota republicana.
Un tema importante y que desde ahora debemos resolver será el problema
de los trabajadores africanos temporales que seguirán viniendo a las islas, por
ello decimos en el Art. 150).- Trabajadores africanos continentales y política
continental: En el caso de que alguna empresa extranjera quiera instalarse en
Canarias para dedicarse exclusivamente a fabricar productos para ser enviados al
continente africano o para servir de tránsito hacia el continente, o en
negocios de la pesca, estarán obligados a contratar un 20% de personal del
continente africano y un 70% procedente de Canarias, para cumplir el porcentaje
de 90% de obreros. Dichas empresas estarán sometidas a un canon especial de un
1.5% de sus ganancias, para ser entregado a las ONG que trabajen en exclusiva en
labores de ayuda al continente africano o en la lucha contra el Sida.- Art.
151).- En los barcos de pesca y navíos mercantes canarios, se deberá
contratar, obligatoriamente, personal del continente africano en los porcentajes
a establecer y según sus capacidades. Art. 152).- Las empresas canarias que se
dedican al comercio con el continente africano, están obligadas a contratar
personal del continente entre sus trabajadores. Art. 153).- El gobierno
republicano, durante las temporadas de cosecha de fruta, abrirá una lista de un
número determinado de trabajadores o trabajadoras de origen subsahariano para
los países limítrofes, autorizando a trabajadores de Senegal, Mali, Azawad,
Níger, Gambia, Costa del Marfil, Guinea-Bissao y
Guinea-Conakry, Liberia, Togo, Benin etc., en un número a establecer, para
trabajar por tres meses en las islas, siempre que se comprometan a volver a sus
países. Se les garantizará un salario igual a cualquier Canario.
Los Consulados del Mar establecidos en dichos países, facilitarán
gratuitamente el billete de ida y el permiso de trabajo por temporada. Dicho
permiso podrá repetirse y la lista de los mismos podrá ampliarse según las
necesidades de trabajo. Todo trabajador que no tenga el permiso legal vigente,
se considerará clandestino y será expulsado. Art. 154).- El gobierno
republicano abrirá otra lista general con permisos de trabajo temporales de
seis meses para los citados países y los de África del Norte, estableciendo un
número determinado cada año que se comunicará a los Consulados del Mar. Las
empresas agrícolas canarias y otras, señalarán cada año, al departamento o
gobierno federal insular correspondiente, el número de trabajadores emigrantes
que necesitan por temporada y estarán obligadas a emplearlos y albergarlos
por el plazo que señalen pagando además el pasaje de vuelta. Los
sueldos serán los vigentes en la República y gozarán de todos los derechos
como cualquier trabajador canario así como Sanidad y Seguridad Social. Las
autoridades federales velarán por su cumplimiento y darán todas las
facilidades bancarias para el envío de parte de los sueldos a sus familiares en
el continente. Art. 156).- Las Fuerzas navales de la República velarán para
que dentro de las
Todos estos aspectos deben en su día, ser aprobados por e Asamblea
Nacional Legislativa, que en un primer momento será provisional hasta que una
vez independientes y constituida la Nación, serán confirmados, ratificados o
confirmados, el articulado de nuestra primera Constitución, es decir la Carta
Magna, de la República Federal, Laica y Social, patria de todos
los Canarios y hogar feliz
de todos sus descendientes.
*
Presidente honorario del partido independentista, Congreso Nacional de Canarias
(CNC), brazo político del Movimiento de Liberación Africano de Canarias, el
MPAIAC.
Publicado en el periódico El Día, edición impresa, sección Criterios, 26-05-2012
Nota de la Redacción: Antonio Cubillo falleció el día 10 de diciembre de 2012, luchador incansamble hasta su último aliento. Su lucha, nuestra lucha, continúa y continuará hasta la Independencia...