[Una
fórmula posible para alcanzar ese estatus “se encuentra en la figura de
territorio dotado de plena autonomía interna prevista en distintos Convenios de
la Organización de las Naciones Unidas…,[1] estableciendo un nuevo marco de
relaciones con el Estado a través del ámbito competencial sobre el principio de
Administración única, en el que la Administración del Estado en Canarias se
limite a las Fuerzas Armadas”.]
Durante los últimos años he venido
insistiendo en la necesidad de revisar la arquitectura constitucional e
institucional del Estado, de modo que ésta se adapte plenamente a los nuevos
tiempos que afrontamos, a una realidad social y territorial que ha cambiado de
forma significativa desde 1978. Las aspiraciones, inquietudes y demandas de la
ciudadanía y de los pueblos que conforman el Estado bien merecen poner al día
nuestro marco de convivencia; otras son las preguntas, otras deben ser las
respuestas.
Nunca he creído, ni creo, que la solución
a los retos que tienen planteados territorios como Canarias sea el inmovilismo
o un buenismo que renuncia a la firmeza aunque el
interés general -de los canarios, en nuestro caso- sea claramente golpeado por
políticas injustas e insolidarias. El buenismo es sinónimo de entreguismo, es tanto como tirar la
toalla y abandonar la defensa de nuestra sociedad. Canarias debe
seguir tendiendo la mano -como así hemos hecho estos años, a pesar de la
intransigencia del Estado-, pero sin tirar la toalla porque la demanda de mayor
solidaridad y justicia es irrenunciable.
En política no se está para quedar bien,
sino para en la medida de lo posible hacer las cosas bien. Partiendo de esta
premisa, hace falta diálogo y colaboración, sin duda, pero también firmeza
aunque en ocasiones la defensa de una posición desemboque en conflicto. Así
debe ser en la relación del Estado con los distintos territorios -con Canarias
sin duda, siendo como somos el pueblo con mayores especificidades del Estado-;
y así es como debe encararse un proceso de reforma constitucional, desde la
serenidad, la lealtad institucional y el respeto a los cauces legalmente
previstos para ello. La Constitución siempre fue un punto de encuentro entre
personas y territorios del Estado. Hemos de trabajar para que las cosas sigan
siendo así, excluyendo comportamientos tramposos e irresponsables en torno a la
infalibilidad de la norma. Es posible, con un diálogo sincero, avanzar en
propuestas que permitan su modificación y mejoren el encaje de los distintos
territorios. De unos años a esta parte se han venido formulando distintas
propuestas que persiguen, precisamente, la revisión del actual modelo de Estado.
La última de ellas ha sido la expresada por el lehendakari
Íñigo Urkullu, quien en la
apertura del debate de política general del Parlamento vasco -en fechas
recientes- abogó por un nuevo modelo basado en la “soberanía compartida”.
Urkullu volvió a demandar una reforma de la
Constitución para dar cabida a un nuevo estatus del País Vasco, apelando a la
“altura política y a la visión de Estado” para que se reconocieran los derechos
históricos vascos. En esta dirección, señaló el lehendakari
que el verdadero debate está en reconocer a Euskadi como nación “frente a la
concepción estatalista fagocitadora
de toda pretensión de hacer real una verdadera democracia plurinacional”. Es
ahí donde radica la verdadera raíz del problema. Comparto con Urkullu, con quien me he reunido en varias ocasiones estos
últimos años, la necesidad de avanzar hacia un modelo que ampare la diversidad
territorial del Estado y donde los hechos diferenciales sean asumidos con la
naturalidad propia de las sociedades democráticas maduras.
En ese escenario, Canarias aspira a un
reconocimiento expreso en la Constitución de su hecho diferencial. Así lo
defiendo, y así se recoge en la ponencia ideológica de CC de 2012 -de la que
rescato y destaco algunas líneas-.
Necesitamos una “Canarias fuerte,
autogobernada, donde las decisiones las tomemos los canarios y las canarias”.
Esta aspiración legítima y respetable se debe traducir normativamente en “la
regulación de un estatus específico de Canarias en el contexto del Estado. Para
ello debemos hacerle ver al Estado y a la UE que la situación estratégica de
Canarias es mucho más aprovechable de lo que en la actualidad lo es y se
convierte en una oportunidad privilegiada para España y para Europa, si se le
reconoce y se le concede a Canarias un estatus fiscal diferenciado”. Una
fórmula posible para alcanzar ese estatus “se encuentra en la figura de territorio dotado de plena autonomía
interna prevista en distintos Convenios de la Organización de las Naciones
Unidas (como en el artículo 305, 1, apartado e) de la Convención del Mar[2], celebrada en 1982 en Montego Bay,
Jamaica, ratificado por el Estado español en 1997), que dispone que pueden ser
parte de la Convención todos los territorios que gocen de plena autonomía
interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, en el marco de las
Resoluciones de la Naciones Unidas 742 (VIII) [3] y 1514
(XV)” [4].
El camino hacia el reconocimiento
explícito de nuestra realidad nos permitiría asumir nuevas competencias y fijar
modulaciones en la aplicación de las políticas del Estado que nos afecten. Pero
siempre con la vista puesta en ese nuevo Estatuto especial, que “debe ser la
norma fundamental como Archipiélago atlántico, estableciendo un nuevo marco de
relaciones con el Estado a través del ámbito competencial sobre el principio de
Administración única, en el que la Administración del Estado en Canarias se
limite a las Fuerzas Armadas”.
En consecuencia, debemos tender “a una
soberanía que geográficamente ya poseemos, una soberanía que nos permita
avanzar en las políticas propias”. Debemos trabajar por Canarias como “una
Nación con capacidad para decidir su futuro”.
Ayer, domingo[12-10-2014], España celebró la Fiesta Nacional. Bueno será que, sin
traumas ni alarmismos, entre todos nos pongamos manos a la obra para poner al día
la estructura del Estado, pues de otra forma difícilmente se superarán los
problemas que está provocando la creciente incomodidad social y territorial.
[1] Factores Territorios No Autónomo
[2]
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho
del Mar
[4] Resolución 1514 (XV) Asamblea General de las Naciones
Unidas de 14 de diciembre de 1960
Resoluciones históricas de la Asamblea General de la ONU