ATACA denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción

a José Luís Rodríguez Herrera (PELINOR) y su clan familiar FLOTERO

 

 

LA ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE  (A.T.A.C.A.)

 

Denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción a José Luís Rodríguez Herrera (PELINOR) y su clan familiar FLOTERO, formado por su mujer María del Carmen Rancel Sierra y su hijo Pelinor Rodríguez Rancel  con sus boyantes sociedades de capital Pelinor Recreativos S.L.  y Damayo Playa S.L. explotan más de VEINTE licencias de TAXIS  a diestro y siniestro por el territorio insular de Tenerife, con las connivencias y trapisondas de las Corporaciones Municipales que gobiernan esos Ayuntamientos, cuyo hombre de confianza y Jefe de Cuadrilla es su primo Israel Padilla, que ejerce de Funcionario Público con galones de Jefe de Parques y Jardines en ese Ayuntamiento de ADEJE, asimismo tienen montado su cuartel general del emporio holding empresarial en San Isidro, T. M. de Granadilla de Abona, simultaneamente explotan TRES ESTACIONES DE COMBUSTIBLES, TALLERES DE MOTOR, VARIOS RESTAURANTES, LOCALES RENTABLES DE MÁQUINAS TRAGAPERRAS, etc. Preguntamos: ¿Realmente son taxistas o son vulgares mercaderes? ¿Los Ayuntamientos no actúan por miedo o no actúan por corrupción? En definitiva, en la Comunidad Autónoma de CANARIAS ante la lacra del DESEMPLEO con cifras desgarradoras de PARO derivan en una devastadora ECONOMÍA SUMERGIDA. Que todas nuestra DENUNCIAS ante esos Ayuntamientos terminan en la papelera más cercana, cuando realmente existe flagrante vulneración de las Normativas de obligado cumplimiento. Que dichos personajes con sus ambiciosos planes ilícitos nunca han sido TAXISTAS.

 

       A  LA  FISCALÍA  PROVINCIAL  DE  SANTA  CRUZ  DE  TENERIFE

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. 43.272.095-X; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido de despido, provisto de D.N.I. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YANES LUÍS, advertido de despido, provisto de D.N.I. 43.365.232-C; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. 78.376.581-X; DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido de despido, provisto de D.N.I. 42.074.015-T; por orden en representación que ostentan de Presidente,  Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditados con todas las demás circunstancias personales, hablando en los Autos del Procedimiento Ordinario 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo UNO, comparecen y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, D E C I M O S :

 

       En relación a las DENUNCIAS presentada por esta Asociación, fecha 25 Febrero 2014, 40/2014; y fecha 07 Marzo 2014, 47/2014, ante esa FISCALÍA PROVINCIAL, a medio del presente aportamos nueva DENUNCIA para su unión con certificaciones del clan familiar FLOTERO: José Luís Rodríguez, María del Carmen Rancel y Pelinor Rodríguez Rancel, nunca han sido taxistas, simultáneamente explotan tres estaciones de combustibles, varios restaurantes, maquinas tragaperras y salas de fiestas, cuyo lugarteniente y Jefe de cuadrillas su primo Israel Padilla ejerce de Funcionario Público en Adeje, constituyen boyantes sociedades de capital PELINOR S.L. y DAMAYO S.L. sede social y cuartel general en San Isidro, Granadilla de Abona, explotan mas de quince licencias TAXIS por diferentes municipios turísticos mediante artífices connivencias, colaboracionismo y silencios cómplices de Ayuntamientos:                    

- Doc 1.- Certificación TAXIS en Granadilla Abona, las licencias 23 y 91, fecha 11 Marzo 2014.  - Doc 2.- Denuncia reiteración al Ayuntamiento de Granadilla de Abona, solicitan certificaciones de licencias TAXIS 23, 63, 91 y 107, clan familiar PELINOR S.L. fecha 19 Febrero 2014. - Doc 3.- Denuncia reiteración al Ayuntamiento de Adeje, tabla reivindicativa, fecha 10 Marzo 2014. - Doc 4.- Escrito a T.G.S.S. petición certificaciones contra DEFRAUDADORES, fecha 21 Enero 2014.   - Doc 5.- Digital  San  Borondón entrevista sobre la SENTENCIA estimatoria,  fecha  20  Enero  2014.  - Doc 6.- Procedimiento 210/2013, Juzgado de lo Contencioso Administrativo Uno, establece Normativa aplicación Real Decreto 763/1979, SENTENCIA estimatoria dictada fecha 07 Enero 2014. - Doc 7.- Cooperativa de Taxis de La Laguna, condenan al CLAN FAMILIAR FLOTERO PELINOR S. L. por ambiciosos planes ilícitos, licencias TAXI 79 y 208, Sentencia dictada fecha 14 Marzo 2013.  - Doc 8.- Digital de Canarias, crónica y análisis de legitimar a los FLOTEROS, fecha 07  Agosto 2012.   - Doc 9.- Certificación  TAXIS  en  Adeje,  las  licencias  11,    61 y   151, fecha 31 Agosto 2011. - Doc 10.- Certificación  TAXIS en Santa Cruz de Tenerife, explota licencias, fecha 15 Septiemb 2011. - Doc 11.- Certificación de Dirección General de Transportes de Canarias, fecha 01 Septiemb 2011.  - Doc 12.- Certificación del Registro Mercantil, RECREATIVOS PELINOR S.L. José Luís Rodríguez Herr. - Doc 13.- Certificación del Registro Mercantil,  DAMAYO  PLAYA  S.L.  José Luis Rodríguez Herrera.  - Doc 14.- Denuncia al Ayuntamiento Adeje, contra el  FLOTERO  PELINOR  S.L. fecha 1 Agosto 2011.   - Doc 15.- Denuncia ante la Inspección Provincial de Trabajo contra el FLOTERO José Luís Rodríguez Herrera, incurren en fraudulentas medias jornadas y contrataciones irregulares, fecha 8 Abril 2005.  

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      Esta Asociación deja plena constancia contra el proceder de FLOTEROS y Ayuntamientos, respecto a la concentración de licencias de TAXI en unas solas manos, fomentan entramados oligopolísticos para favorecer a grupos empresariales, con actividades lucrativas que nada tienen que ver con el sector, Cooperativa de Taxis constituye apetitosa sociedad mercantil TAVIAJE SUR AUTO TAXI S.L cuyos socios están integrados en empresas que explotan a su vez transportes de guaguas, gasolineras, discotecas, restaurantes, etc. Y no digamos, del régimen desigualdad entre patronos taxistas FLOTEROS integrados en grandes grupos lucrativos empresariales, y los trabajadores asalariados del taxi, cada vez más precario, en desempleo y explotados. Vulnerando así los fines constitucionales y legales enunciados. Son hechos probados, la vulneración del art. 17 del Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos en Vehículos Ligeros, que dice: “Toda persona titular de licencia de las clases A) o B) tendrá la obligación de explotarla personal o conjuntamente mediante la contratación de conductores asalariados en posesión del permiso local de Conductor y afiliación a la Seguridad Social en régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”. En relación con el art. 14 del citado Real Decreto y con el artículo 83 . 1 de la Ley 13/2007, de 17 de Mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, que dice: “Sólo podrán ser titulares de licencias o autorizaciones las personas físicas, quedando excluidas las personas jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otra. Una misma persona física no podrá ser titular de más de una licencia y/o autorizaciones. Cada licencia estará referida a un vehículo concreto identificado por su matrícula sin perjuicio de otros datos que sean exigibles. No obstante, en los municipios de más de doscientos mil habitantes de derecho y con más de mil licencias de taxis, una misma persona física podrá ser titular hasta de cinco licencias y/o autorizaciones”. Pero aún más, el Ayuntamiento NO pueden dejar de investigar ni sancionar (incoar los respectivos Expedientes de  revocación de las licencias), los casos que resulten de existir titulares de licencias de TAXI que no explotan personalmente dichas licencias o que no tienen una dedicación exclusiva, ya que el art. 107 . 1 u) de la Ley 13/2007, de 17 de Mayo, de Ordenación del Transportes por Carretera de Canarias, establece: “la plena dedicación del titular de la preceptiva licencia o autorizaciones habilitante al ejercicio de la actividad, salvo los casos en que se prevea expresamente lo contrario”. Reiteramos, existen numerosos titulares de licencias de TAXI, que no tienen dedicación plena ni exclusiva, compatibilizándolas con otras actividades económicas, a través de sociedades de capital distintas al AUTO TAXI, en este caso, hacemos mención documental contra dicho FLOTERO, constituye lucrativas sociedades de capital PELINOR S.L. y DAMAYO PLAYA S.L. formado por el CLAN FAMILIAR José Luís Rodríguez Herrera, María del Carmen Rancel Sierra y Pelinor Rodríguez Rancel, explotan más de QUINCE LICENCIAS DE TAXIS por varios municipios TURÍSTICOS de Tenerife, mediante asalariados preferiblemente inmigrantes, sometidos con afán recaudatorios en condiciones esclavistas: horarios abusivos, jornadas maratonianas, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas…. 

 

       En definitiva, que dado en el sector del TAXI a lo que se debe de atender en JUSTICIA es al régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión, para así amortiguar los desastrosos índices de DESEMPLEOS que hay en este Archipiélago, lo que no es de recibo es que personas que tienen muy bien ganada la vida, porque están obteniendo ganancias, beneficios y con negocios en otros sectores ajenos al TAXI, que también tengan licencias de TAXI, concentrándolas en formas oligopolísticas que están restando y sustrayendo la creación de puestos de trabajo en Canarias.   

 

       En su virtud, SOLICITAMOS A LA FISCALÍA PROVINCIAL que, habiendo por presentado este escrito y documentos acompañados, se sirva admitirlo, para su unión a las denuncias presentadas, fechas 25 de Febrero de 2014, 40/2014; y 07 de Marzo de 2014, 47/2014, sobre el cúmulo de irregularidades y utilización fraudulentas de las licencias de TAXIS explotadas por el poderoso FLOTERO clan familiar PELINOR S.L. reclamando la investigación, su depuración y revocación que incurran ante flagrantes ilegalidades. 

 

EN LA VILLA DE ADEJE, A DÍA CATORCE DE MARZO DE DOS MIL CATORCE.

 

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