ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.)

 

COMUNICADO

 

 

POBLACIÓN REAL, así como clientes potenciales establecidos en el municipio de ADEJE.

Cabildo Insular de Tenerife, resolución certificada y notificada la fecha 22 de marzo de 2018, con registro de salida con fecha 06 de marzo de 2018, ordinal núm. 9.503, en contestación a nuestro escrito con registro de entrada con fecha 20 de diciembre de 2017, ordinal núm. 173.465, respecto a la SOLICITUD de facilitar información que conste en el "Área de Estadistica" del Cabildo Insular de Tenerife referida a la POBLACIÓN REAL, así como clientes potenciales de todas las actividades económicas y comerciales establecidas en el municipio de ADEJE.

Reproducimos completamente la citada resolución del Cabildo Insular de Tenerife.

En contestación a su escrito en el que SOLICITA se le facilite la información que conste en el "Área de Estadística" de este Cabildo Insular de Tenerife referida a la Población de Derecho y la Población de Hecho (POBLACIÓN REAL, en su escrito), así como clientes potenciales de todas las actividades económicas y comerciales establecidas en el municipio de ADEJE, y de conformidad con lo informado por el Servicio de Desarrrollo Socioeconómico y Comercio, le significo lo siguiente:

El artículo 4, números 1 y 2 del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012, de 02 de agosto (BOC 157, de 10 de agosto de 2012), en orden a determinar el cupo de licencias de auto taxi, prescribe:

Artículo 4.- Cupo de licencias de auto taxis.

1.- En orden a asegurar la adecuación del número de licencias de auto taxis a las necesidades de servicios de auto taxis de cada territorial, los ayuntamientos y, en su caso, las entidades públicas competentes, otorgarán, modificarán o reducirán las licencias de auto taxis atendiendo a las necesidades de los usuarios potenciales de auto taxi.

Se entiende por usuarios potenciales de auto taxis la suma de los residentes en el municipio; los turistas computados en porporción al nivel de ocupación medio de las plazas olojativas, hoteleras y extrahoteleras, localizadas en el ámbito municipal; en su caso, los pasajeros embarcados o desembarcados en los puertos y aeropuertos  ubicados en el municipio; e, igualmente, en su caso, los visitantes de las dotaciones e infraestructuras administrativas y de servicio público supramunicipales.

2.- A los efectos de lo dispuesto en el anterior apartado, para la determinación o modificación o reducción del número de licencias de auto taxis deben tenerse en cuenta los siguientes factores:

a) El nivel de demanda y oferta de servicios en el ámbito territorial correspondiente.

b) El nivel de cobertura, mediante los diferentes servicios de transporte público, en especial del transporte regular de viajeros, de las necesidades de movilidad de la población.

c) Las actividades administrativas, comerciales, industriales, turísticas o de otro tipo, que se realizan en cada municipio y que pueden generar una demanda específica de servicio de auto taxi.

d) La existencia de infraestructuras administrativas y de servicio público de ámbito supramunicipal con impacto en la demanda de servicios de auto taxi.

Por lo tanto, atendiendo a lo anterior, y en relación con la información que se solicita ("POBLACIÓN REAL" y clientes potenciales de actividades económicas y comerciales), para el municipio de ADEJE los parámetros a considerar son la Población de Derecho (RESIDENTES) y la Población turística (los TURISTAS computados en proporción al nivel de ocupación medio de las plazas alojativas, hoteleras y extrahoteleras, localizadas en el ámbito municipal), pues NO pueden considerarse los pasajeros embarcados en los puertos y aeropuertos ubicados en el municipio, al NO existir tales instalaciones en ADEJE, ni los visitantes de las dotaciones e infraestructuras administrativas y de servicio público supramunicipales, al NO existir estos.

En consecuencia, en orden a la POBLACIÓN REAL, debe señalarse lo siguiente:

 

Primero.- La Población de Derecho del municipio de Adeje a 01 de enero de 2017 ascendía, según los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadistica, a 46.833 habitantes, de los cuales 23.612 son hombres y 23.221 son mujeres.

Segundo.- La Población turística del municipio de ADEJE ascendía a 39.102 personas para el año 2017. Entendiendo por Población turística la equivalente a las pernoctaciones anuales divididas por 365 días, siendo la fuente de la misma el Instituto Canario de Estadística (ISTAC).

Esto es, la "POBLACIÓN REAL" en municipio de ADEJE, según la terminología de la asociación A.T.A.C.A., a estos efectos es de 85.935 (ochenta y cinco mil novecientas treinta y cinco) habitantes.

Y en cuanto a los clientes potenciales de todas las actividades económicas y comerciales establecidas en el municipio de Adeje, debo comunicarle que esta Área de Empleo, Comercio, Industria y Desarrollo Socioeconómico NO ha llevado a cabo estudios de ninguna naturaleza que permitan determinar el dato que nos solicita, esto es, cuántos podrían ser los clientes potenciales de todas las actividades económicas y comerciales establecidas en el municipio de Adeje, ni su incidencia en la demanda de servicios de transportes.

Lo que le comunico para su conocimiento, y efectos oportunos.

En Santa Cruz de Tenerife, a día 05 de marzo de 2018


El Consejero Insular de Empleo, Comercio, Industria y Desarrollo Socioeconómico.

Don Efraín Medina Hernández.

Calle Alcalde Mandillo Tejera, núm. 8, Santa Cruz de Tenerife 38007, teléfono 922843407


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AL CABILDO INSULAR DE TENERIFE

AL SR. PRESIDENTE, DON CARLOS ALONSO

Y AL ÁREA INSULAR DE ESTADÍSTICAS

   

  DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto con D.N.I. núm. 43.272.095-X; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, provisto con D.N.I. núm. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, provisto con D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, provisto con D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto con D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto con D.N.I. núm. 78.376.581-X; Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto con de D.N.I. núm. 78.698.689-A; trabajadores asalariados del AUTO TAXI municipio de excelencia turístico ADEJE, por orden respectivos Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.), con todas las demás circunstancias personales, legítimamente Personados Como Parte Interesada en Expediente Administrativo núm. 10TYL03T “APROBACIÓN DE LAS BASES DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO DE LICENCIAS DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTES EN AUTO TAXI EN MUNICIPIO DE ADEJE AÑOS 2014, 2015 Y 2016”, COMPARECEN, debido respeto y como mejor proceda y haya lugar en derecho, EXPONEN:

 

    Que a medio del presente escrito en nombre propio de cada uno de los arriba mencionados, también, en nombre de esta legalmente constituida Asociación al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición, y por medio del presente escrito SOLICITAMOS se nos facilite la siguiente información: 

   Igualmente, tienen plena constancia de las manifestaciones públicas realizadas en “MÍRAME TELEVISIÓN”, fecha 20 de Abril de 2015, entrevista al alcalde de Adeje, Don José Miguel Rodríguez Fraga, también, en periódico “EL DÍA” fecha 27 de mayo de 2016, manifiesta con datos fehacientes que el Ayuntamiento de Adeje tiene que dar servicios al municipio POBLACIÓN REAL fijada más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) personas, media diariamente, clientes potenciales de todas actividades económicas y comerciales radicadas de Adeje, fundamentan los valores sociales y humanos: Solidaridad y Justicia Social, además, construyen y explotan megas centros comerciales: SIAM MALL, COSMOS, GRAN SUR, SAN EUGENIO, MERCADONA, MIRADOR, FAÑABÉ PLAZA, EL GALEÓN, PARÍS, LAGUNA PARK, LA PINTA, HIPER TREBOL, LOS OLIVOS, PLAZA DUQUE, PUERTO COLÓN, SALYTIEN, PUEBLO CANARIO, TROPICANA, etc. también, construyen y explotan gigantes parques temáticos y lujosos hoteles de cinco estrellas con altísima ocupación, máxima rentabilidad y apetitosa facturación en la actividad turística, incluso, municipio ADEJE baten consecutivos records de beneficios económicos todos los años nacional de España. 

   Teniendo en consideración la POBLACIÓN REAL fijada más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas y comerciales establecidas en municipio excelencia turística de ADEJE, analógicamente es esta la POBLACIÓN REAL la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de los numerosos megas “centros comerciales” y gigantes “parques temáticos” en municipio de Adeje, existe plena VIABILIDAD para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta) licencias de auto taxis de nueva creación, medida eficaz para ofrecer un servicio seguro de transportes publico de TAXI, también, a efectos de generar pleno empleo en el sector y paliar las desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo existentes en el  archipiélago de Canarias.

 

        SOLICITAN al Área de Estadísticas del Ayuntamiento de Adeje que, habiendo por presentado este escrito, sirvan admitirlo, tenga por hechas anteriores manifestaciones y accedan a todo lo interesado, con entrega inmediata de los citados Informes Inventarios Auditorias POBLACIÓN REAL fijada más 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de megas “centros comerciales” y “parques temáticos” municipio de ADEJE.

 

        En la Villa de Adeje, a día veinte del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.


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Escrito al Ayuntamiento de Adeje, presentado por registro general de entrada con fecha 08 de marzo de 2018.

Escrito de QUEJA ampliatorio con los anteriores escritos presentados por registro de entrada
con fecha 05 de 

febrero de 2018, ordinal 4.380; fecha 10 de enero de 2018, ordinal 1.137; fecha 26 de diciembre de 2017, ordinal 46.108; fecha 30 de noviembre de 2017, ordinal 43.295, etc. VISTA LA CADUCIDAD Y VENCIMIENTO Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, relativo Aprobación de las Bases del Procedimiento Legal Licitatorio de 23 (Veintitrés) Licencias del Servicio Público de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje para los Años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.NO pueden escudarse en el silencio, no les eximen, ni exonera, no es escusa, a contestar y resolver los escritos razonados y fundamentados, tienen la obligación de resolver y contestar ante un flagrante abuso de Derecho.


AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

AL ALCALDE DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA          
A LA CONCEJALA DE TURISMO, TRANSPORTES Y URBANISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚM. 10TYL03T

   

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;
DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X;
Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A;

todos ellos trabajadores asalariados del AUTO TAXI en municipio de excelencia turístico de ADEJE, por orden respectivos en calidad de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A), también, en representación Delegados de la legalmente constituida SECCIÓN SINDICAL “SINDICALISTAS DE BASE” TAXISTAS ASALARIADOS MUNICIPIO DE ADEJE (S.B. TAXIS), con todas las demás circunstancias personales acreditadas, legítimamente “Personados Como Parte Interesada” en Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, relativo a la “Aprobación de las Bases del Procedimiento Legal Licitatorio de 23 (Veintitrés) Licencias del Servicio Público de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje para los Años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018”, COMPARECEN, el debido respeto y como mejor proceda en derecho, DICEN:


A medio del presente ante Ayuntamiento de Adeje, escrito de QUEJA ampliatorio

con los anteriores escritos presentados por registro de entrada con fecha 05 de febrero de 2018, ordinal 4.380; fecha 10 de enero de 2018, ordinal 1.137; fecha 26 de diciembre de 2017, ordinal 46.108; fecha 30 de noviembre de 2017, ordinal 43.295, etc. VISTA LA CADUCIDAD Y VENCIMIENTO Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, relativo Aprobación de las Bases del Procedimiento Legal Licitatorio de 23 (Veintitrés) Licencias del Servicio Público de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje para los Años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018.NO pueden escudarse en el silencio, no les eximen, ni exonera, no es escusa, a contestar y resolver los escritos razonados y fundamentados, tienen la obligación de resolver y contestar ante un flagrante abuso de Derecho.

Incomprensiblemente, ese Ayuntamiento de Adeje ha dejado que VENCIERA

Y CADUCARA el Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, generador de digno PLENO EMPLEO a efectos de poder paliar y amortiguar las desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo existentes en el Archipiélago de Canarias, es público y notorio que baten record por ocupación, rentabilidad y facturación por TURISMO en Adeje como primer municipio del ranking de España.

Que en nombre de la Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje

(A.T.A.C.A.), también, en nombre de la Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados Municipio de Adeje (S.B. TAXIS), también, en nombre de todas las personas físicas asalariados arriba mencionadas, INTERESAN en manifiesta reiteración con los escritos presentados ante Ayuntamiento, también, las QUEJAS denuncias ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con fechas 08 de enero de 2018, 20 de diciembre de 2017, 12 de diciembre de 2017, etc. en virtud a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública y ser amparada por la misma, contra las decisiones arbitrarias, múltiples irregularidades, falta de transparencia y abuso de derecho ante el SILENCIO manifiesto del Ayuntamiento, a efectos que se averigüen, se investiguen y se adopten las medidas oportunas habida cuenta que NO han contestado y NO hemos obtenido respuesta en Expediente Núm. 10TYL03T “Aprobación de las Bases del Procedimiento Licitatorio de Licencias del Servicio Publico de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje los Años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, legítimamente “Personados Como Parte Interesada”, tenemos el derecho a que se contestaran a las peticiones contenidas en los escritos. Ese Ayuntamiento NO ha hecho, obteniendo el silencio como respuestas con total desprecio, vulneración e incumplimiento de la Ley en virtud artículos 21, 24, 25 y 53 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece: “La Administración Pública tiene la obligación legal a dictar resolución expresa en todos los Procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación”. También, “se le tenga por Parte Interesada en expediente administrativo, que se correspondan con las actuaciones”; además, “Se le informe sobre lo practicado y estado actual del referido Procedimiento” y “a ser tratados con respeto, nobleza y deferencia por las autoridades y demás funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones”; también, la vulneración sistemática del artículo 53, Derechos del Interesado en procedimiento administrativo, establece: “Además del resto de derechos previstos en esta Ley, los interesados en un procedimiento administrativo, tienen los siguientes derechos: “A conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados; el sentido del silencio administrativo que corresponda, en caso que la Administración NO dicte NI notifique resolución expresa en plazo; el órgano competente para su instrucción en su caso, y resolución; y los actos de trámites dictados. Asimismo, tendrán derecho a acceder y obtener  copia de documentos  contenidos en los  citados  procedimientos”.

Incluso, aún dándonos notificación AUDIENCIA en el citado Expediente Núm. 10TYL03T, para cumplimentar los Trámites de Audiencia con

notificación la fecha, 24 de febrero de 2016 y fecha 16 de noviembre de 2016  “Aprobación de las Bases del Procedimiento Licitatorio de Licencias del Servicio Publico de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje los Años 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018, cuyo Expediente ya está caducado y vencido, denunciamos los obstáculos, denegación y prohibición con todo tipo de impedimentos para acceder a los mismos, como constan en la abundante documentación de los escritos con registro de entrada que se adjuntan:

 

1.     Ayuntamiento  de  Adeje  con  ordinal  núm.  26.881,  con  fecha  22  de  junio de 2015.

2.     Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  26.883,  con  fecha  22  de  junio  de  2015. 

3.     Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  34.979,  con  fecha  21  de agosto de 2015. 

4.     Ayuntamiento de Adeje con ordinal núm. 39.272, con fecha 22 de septiembre de 2015. 

5.     Ayuntamiento de Adeje con ordinal núm. 40.446, con fecha 30 de septiembre de 2015. 

6.     Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal núm.  42.175,  con  fecha  14 de octubre de 2015. 

7.     Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  42.179,  con  fecha 14 de octubre de 2015. 

8.     Ayuntamiento de Adeje  con ordinal núm. 44.901, con fecha 05 de noviembre de 2015. 

9.     Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal núm. 44.901, con fecha 30 de diciembre de 2015. 

10.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal   núm.  1.296,  con  fecha  14  de  enero  de  2016. 

11.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  4.661,  con  fecha  12  de  febrero de 2016. 

12.  Ayuntamiento de Adeje  con ordinal núm. 45.386, con fecha 30 de noviembre de 2016. 

13.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal   núm.  1.595,  con  fecha  16  de  enero  de  2017. 

14.  Ayuntamiento de Adeje   con  ordinal   núm.  2.687,  con  fecha  26  de  enero  de 2017. 

15.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  5.586,  con  fecha  17  de  febrero de 2017. 

16.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  7.155,  con  fecha  02  de  marzo  de  2017. 

17.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  9.185,  con  fecha  16  de  marzo  de  2017. 

18.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal  núm.  30.149,  con  fecha  21  de agosto de 2017. 

19.  Ayuntamiento de Adeje con ordinal núm. 33.475, con fecha 18 de septiembre de 2017. 

20.  Ayuntamiento de Adeje  con ordinal núm. 39.083, con fecha 03 de noviembre de 2017. 

21.  Ayuntamiento de Adeje  con ordinal núm. 41.168, con fecha 16 de noviembre de 2017. 

22.  Ayuntamiento de Adeje  con ordinal núm. 43.295, con fecha 30 de noviembre de 2017. 

23.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal núm. 45.444, con fecha 19 de diciembre de 2017. 

24.  Ayuntamiento de Adeje  con  ordinal núm. 46.108, con fecha 26 de diciembre de 2017. 

25.  Ayuntamiento  de Adeje  con  ordinal  núm.  1.137,  con  fecha  10  de  enero  de  2018. 

26.  Ayuntamiento  de  Adeje  con  ordinal  núm.  4.380,  con  fecha  05 de febrero de 2018.

Esta legalmente constituida Asociación SOLICITAMOS que se incoen un nuevo Expediente de Aprobación deLicencias de Auto Taxis de Nueva Creación, en base a los argumentos siguientes:

 

PRIMERO.- Que el Expediente  Administrativo  Núm. 10TYL03T  está caducado y vencido.

 

SEGUNDO.- Que en el Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, existen una serie de irregularidades que abundan en la caducidad y vencimiento de dicho Expediente, incluso que aún a pesar de darnos legítima “Personación Como Parte Interesada”, AUDIENCIA en el mismo, tuvimos que Denunciar que esa AUDIENCIA no se hizo jamás efectiva, tal como constan en la abundante  documentación  de  escritos  Denuncias que se adjuntan.

 

TERCERO.- Con carácter de urgencias que se incoen nuevo Expediente Administrativo de Licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, haciendo prevalecer las reiteradas peticiones de aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, en virtud a la POBLACIÓN REAL fijada más de 200.000 (doscientas mil) habitantes, de media diariamente, la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de los megas “centros comerciales” y gigantescos “parques temáticos” municipio excelencia turístico ADEJE, incluso manifestaciones corroboradas, confirmadas y fundamentadas con razonamientos provenientes del Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga y Concejal Turismo y Transportes, Doña Ermitas Moreira García.

 

       SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, sirvan admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a todo lo interesado, que las personas responsables del Ayuntamiento, NO pueden escudarse en el silencio, NO les eximen, NO es escusa, NI les exonera a contestar y resolver los escritos fundamentados y razonados, tienen la obligación legal de resolver ante un abuso de Derecho relativos al Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, y accedan a todo lo interesado a estimar la solicitud de ampliación del incremento en 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, incoando el Expediente oportuno, con “carácter de urgencias” nuevo Procedimiento Licitatorio de Licencias de Auto Taxis; tengan por personadas las asociaciones, sindicatos profesionales y personas físicas aludidas con los oportunos “TRÁMITES DE AUDIENCIAS”, además, haciendo prevalecer las reiteradas peticiones de la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, en virtud a la POBLACIÓN REAL fijada más de 200.000 (doscientas mil) habitantes, de media diariamente, la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de los megas “centros comerciales” y los gigantescos “parques temáticos” en municipio de excelencia turístico de ADEJE, incluso, las manifestaciones corroboradas, confirmadas y fundamentadas con razonamientos provenientes del Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga y la Sra. Concejala de Turismo y Transportes, Doña Ermitas María Moreira García… Con registro general entrada de Ayuntamiento de Adeje, con fecha 05 de febrero de 2018, ordinal núm. 4.380; que se adjunta al presente. ES DE JUSTICIA.

   

  En Villa de Adeje, a día ocho del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

 

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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE        
AL ALCALDE DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA           
A LA CONCEJALA DE TURISMO, TRANSPORTES Y URBANISMO,
DOÑA ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚM. 10TYL03T

   

      DON PEDRO JOSÉ AFONSO, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X; Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A; trabajadores asalariados del auto taxi en municipio excelencia turístico ADEJE, por orden respectivos Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A), también, en calidad Delegados de la Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados Municipio de Adeje (S.B. TAXIS) con todas demás circunstancias personales acreditadas, legítimamente Personados Como Parte Interesada en Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, relativo “Aprobación de las Bases del Procedimiento Legal Licitatorio de 23 (Veintitrés) Licencias del Servicio Público de Transportes en Auto Taxi en Municipio de Adeje para los Años 2014, 2015, 2016 Y 2017”, COMPARECEN, y como mejor proceda en derecho, DICEN:

 

        PRIMERO.- A medio del presente ante Ayuntamiento de Adeje escrito ampliatorio por registro de entrada con fechas 10 de enero de 2018, ordinal núm. 1.137; 26 de diciembre de 2017, ordinal 46.108; 30 de noviembre de 2017, ordinal 43.295, etc. vista la caducidad y vencimiento del Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, relativo Aprobación de las Bases del Procedimiento Legal Licitatorio de 23 (Veintitrés) Licencias del Servicio Público de Transportes en AUTO TAXI en Municipio de Adeje los Años  2014,  2015, 2016 y 2017”.

 

        SEGUNDO.- Que en nombre de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje, también, en nombre de la Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados Municipio de Adeje, también, en nombre de todas y cada una de las personas asalariados arriba mencionadas, INTERESAMOS con fundamentación que se inicie con “carácter de urgencias” nuevo Procedimiento Legal Licitatorio de Licencias Municipales de Auto Taxis y tengan por personada con los oportunos “TRÁMITES DE AUDIENCIAS” a los colectivos profesionales y personas físicas aludidas, haciendo prevalecer las reiteradas peticiones de la aprobación definitiva 150 (ciento cincuenta) licencias de auto taxis de Nueva Creación, teniendo en consideración POBLACIÓN REAL fijada más 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas actividades económicas y comerciales radicadas en municipio turístico de ADEJE, analógicamente es esta la POBLACIÓN REAL la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de los numerosos gigantescos “centros comerciales” y “parques temáticos” en municipio de Adeje, por tanto son datos constatables existe plena VIABILIDAD para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta) licencias de TAXIS de nueva creación, medida eficaz para ofrecer un servicio seguro de transportes publico de TAXI, también, a efectos de generar “PLENO EMPLEO” en el sector y paliar las desgarradoras tasas de “paro” y las devastadoras cifras de “desempleo” existentes en Archipiélago de Canarias.

 

       TERCERO.- Fundamento la solicitud de la ampliación de incrementar en 150 (ciento cincuenta) licencias de auto taxi de Nueva Creación, por hechos sobrevenidos a nuestro escrito por registro de entrada con fechas 10 de enero de 2018, ordinal núm. 1.137, y corroborando y fundamentando con razonamientos, la POBLACIÓN REAL más de 200.000 (doscientas mil) persona, de media diariamente, en municipio de Adeje, en virtud a las anteriores informaciones y noticias, incluso, provenientes del Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga y la Sra. Concejal de Turismo y Transportes, Doña Ermitas María Moreira, se justifica la SOLICITUD de ampliación de incremento en 150 (ciento cincuenta) licencias de auto taxi de Nueva Creación, incoando el Expediente oportuno, en virtud a lo siguiente:

 

 UNO.- Adeje, un municipio con 50.000 (cincuenta mil) habitantes censados que atiende a 200.000 (doscientos mil) habitantes… Adeje, que cuenta con 50.000 (cincuenta mil) habitantes censados, presta servicio a más 200.000 (doscientos mil) personas cada día, “pero ni nuestro presupuesto es de un municipio de esas cifras ni se nos trata de la misma manera que a otros más grande”, comentó el Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga y la Concejal de Turismo y Transportes, Doña Ermitas Moreira García, manifestaciones en rueda de prensa en FITUR (Feria Internacional de Turismo). Periódico Diario de Avisos, fecha 17 de enero de 2018.

DOS.- Las Islas Canarias se consolidan como el destino líder en pernoctaciones en España. El sector turístico del Archipiélago continúa mostrando músculo. Canarias se consolidó durante el ejercicio pasado como destino líder en pernoctaciones en el conjunto de España con 104.300.000 (ciento cuatro millones trescientos mil), un 1’6 % más que el año anterior. Estas cifras se suman al nuevo record que batió al cierre de 2017, las Islas Canarias se contabilizaron por vez primera 16.000.000 (dieciséis millones) de turistas... Periódico La Opinión, fecha 1 de febrero de 2018

TRES.- Islas Canarias se consolida como líder en pernoctaciones, con 104.300.000 (ciento cuatro millones trescientos mil)  en el año 2017. El liderazgo se traduce en creación de empleo, ya que el año pasado hubo 66.106 (sesenta y seis mil ciento seis) afiliados a la Seguridad Social. El sector turístico sigue dando buenas noticias y Canarias se consolida como el destino líder en pernoctaciones en el conjunto de España, el 1’6 % más que el año anterior, según datos ofrecidos por el Instituto Nacional de Estadística. Periódico Diario de Avisos, fecha 1 de febrero de 2018.

CUARTO.- Esta Asociación de Taxistas Asalariados ha presentado reiteradas QUEJAS denuncias ante Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con fechas 08 de enero de 2018, 20 de diciembre de 2017, 12 de diciembre de 2017, etc. en virtud a la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de Transparencia y Acceso a la Información Pública y ser amparada por la misma, contra las decisiones arbitrarias, múltiples irregularidades y falta de transparencia ante el SILENCIO en manifiestas reincidencias del Ayuntamiento de Adeje, a efectos que se averigüen, investiguen y adopten las medidas oportunas habida cuenta que NO han contestado y NO hemos obtenido respuesta en Expediente Núm. 10TYL03T “Aprobación de las Bases del Procedimiento Licitatorio de Licencias del Servicio Publico de Transportes en Auto Taxi en Municipio de Adeje los Años 2014, 2015, 2016 y 2017”, puesto que legítimamente Personados Como Parte Interesada, tenemos el derecho a que se contestaran a las peticiones contenidas en los escritos. Ese Ayuntamiento NO ha hecho, obteniendo el silencio como respuestas con total desprecio e incumplimiento de la Ley en virtud los artículos 21, 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece: “La Administración Pública tiene la obligación legal a dictar resolución expresa en todos los Procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación”. También, “se le tenga por Parte Interesada en el Expediente Administrativo, que se correspondan con las actuaciones”. También, “se le informe sobre lo practicado y estado actual del referido Procedimiento” y “a ser tratados con respeto y deferencia por las Autoridades y demás Funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones”. También, “la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los Procedimientos y notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.” El silencio NO les eximen, NO es escusa, NI les exonera a contestar y resolver los fundamentados escritos relativos Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T.

 

      Incomprensiblemente ese Ayuntamiento ha dejado que venciera y caducara el referido Expediente Núm. 10TYL03T generador de “PLENO EMPLEO” ante las desgarradoras tasas de paro y las devastadoras cifras de desempleo existentes en el Archipiélago de Canarias.

 

                    En su virtud por todo lo expuesto,

 

      SOLICITAN AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, sirvan admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a todo lo interesado, a estimar la solicitud de ampliación del incremento en 150 (ciento cincuenta) Licencias Municipales de Auto Taxi de Nueva Creación, incoando el Expediente oportuno, con “carácter de urgencias” nuevo Procedimiento Licitatorio de Licencias Municipales de Auto Taxis; tengan por personadas las asociaciones, sindicatos profesionales y personas físicas aludidas con los oportunos “Trámites de Audiencias”, además, haciendo prevalecer las reiteradas peticiones de la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias municipales de Auto Taxis de Nueva Creación, en virtud a la POBLACIÓN REAL fijada 200.000 (doscientas mil) habitantes, de media diariamente, la que se toma como referencia de base para la construcción y explotación de los megas “centros comerciales” y gigantescos  “parques temáticos” municipio turístico de ADEJE, incluso, manifestaciones corroboradas y fundamentadas con razonamientos provenientes del Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga y Concejal de Turismo y Transportes, Doña Ermitas María Moreira.

 

       En la Villa Histórica de Adeje, a día cinco del mes de febrero del año dos mil dieciocho.



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