ASOCIACIÓN DE
TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A T A C A)
C O M
U N I C A D O
Contestación
certificada del ayuntamiento de Adeje
del Acta de la Sesión Plenaria de fecha 29 de
Abril de 1916
Contestación del ayuntamiento de Adeje CERTIFICADO del Acta Sesión Plenaria fecha 29 de
Abril de 2016 en virtud al contundente Auto Judicial de fecha 12 de Abril de
2016, por INCUMPLIMIENTO de la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014,
declarada FIRME, con la Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015
FECHA DE
NOTIFICACIÓN, DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.
Juzgado de lo Contencioso
Administrativo Número Uno de Santa Cruz de Tenerife.
Diligencia de Ordenación de
la letrada de la Administración de Justicia.
Doña María Dolores Romero
Pérez.
En
Santa Cruz de Tenerife, a día trece de Mayo de dos mil dieciséis.
Dada
cuenta, por recibido el anterior escrito del ayuntamiento de Adeje, únase a los autos de su razón y visto su contenido dése traslado a las Partes a los efectos procedentes.
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ASOCIACIÓN
DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A T
A C A)
C O M
U N I C A D O
Don Héctor Gallego Del Pozo, Secretario
General del Ayuntamiento de Adeje, Área de Buen
Gobierno y Hacienda, Expediente: AYT/PLE/6/2016; CERTIFICADO: Sesión Plenaria
Ordinaria celebrada fecha 29 de Abril de 2016, Orden del Día Punto Cuarenta: “REQUERIMIENTO
PERSONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DEL AUTO JUDICIAL DICTADO POR EL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚM. UNO DE S/C DE TENERIFE, FECHA 12 DE ABRIL DE
2016, EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEFINITIVA DE LA SENTENCIA RECAÍDA EN
PROCEDIMIENTO ORDINARIO 210/2013”. Toma la palabra el Secretario General,
quien en presencia del Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, y la Primer
Teniente Alcalde y Concejal de Turismo, Doña Ermitas María Moreira García, de
acuerdo con lo ordenado por Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno,
para la ejecución de la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014,
declarada firme, por Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, procede
efectuar requerimiento personal en sede Plenaria al Alcalde-Presidente DON JOSÉ
MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA, y a la Primer Teniente Alcalde DOÑA ERMITAS MOREIRA
GARCÍA, cumplimiento de lo acordado en Auto Judicial con los apercibimientos.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adeje, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA, con D.N.I.
41.961.393-D, domicilio privado en Calle Grande, Nº
57, piso 02, puerta 01, C.P. 38670, ADEJE. El Cargo de Alcalde-Presidente NO se
desempeña en régimen dedicación exclusiva ni parcial por lo que su titular solo
percibe del Ayuntamiento asistencias por concurrencia a Sesiones Plenarias de
Órganos Colegiados que forma Parte, como apetitosas indemnizaciones por gastos
efectivos ocasionados en ejercicio de su Cargo.
Primer Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Adeje, DOÑA ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA, con D.N.I.
78.399.908-S, domicilio privado en Calle Las Jarcias, Nº
40, Puerta 28, La Goleta, C.P. 38670, ADEJE. El Cargo de Concejal de Turismo y
Primer Teniente Alcalde, es desempeñado en régimen de dedicación exclusiva,
percibiendo por el ejercicio del mismo las retribuciones fijadas por el Pleno
Corporación al inicio del Mandato, como apetitosas indemnizaciones por gastos
efectivos ocasionados en ejercicio de su Cargo.
Remiten dentro del plazo legal de cincos
días al Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, fecha 05 de Mayo
de 2016, contestación CERTIFICADO Acta Sesión Plenaria Municipal, Orden del Día
Punto Cuarenta, celebrada fecha 29 de Abril de 2016, cuyo caudillo Alcalde,
José Miguel Rodríguez Fraga y su obediente Lugarteniente Ermitas Moreira
García, proceden “DERECHOS COMO VELAS ENCENDIDAS”, ante la lectura del
contundente requerimiento del Auto Judicial dictado la fecha 12 de Abril de
2016: advertidos de desobediencia judicial por el INCUMPLIMIENTO de Sentencia
dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, Sentencia dictada la
fecha 27 de Febrero de 2015, desenmascarados en “pelotas picadas”, cuyos
personajes en representación del PSOE (Partido Socialista Obrero) se burlan del
Estado Social, Democrático y de Derecho, además, la Oposición representada por
Coalición Canaria, Partido Popular e Izquierda Unida hacen la vista gorda
cómplice, incluso, saliente “TRILERO” Concejal de Turismo y transportes, RAFAEL
DOLADO PINOCHO, sibarita con menos luces que un farolillo, fácilmente
sobornable por la poderosa Cooperativa de Taxis, corrupto personaje en paradero
desconocido con los bolsillos llenos de asqueroso dinero amasado de presuntas
comisiones, obtenidas mediante operaciones prohibitivas de compras ventas de
licencias de Auto Taxis en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros
sucios de dudosa procedencia presuntamente ilícito, ejecutadas por codiciosos
EMPRESARIOS y poderosos FLOTEROS que desembarcan en el sector, con garantías de
impunidad apoderan licencias de Auto Taxis, asume responsabilidades en defensa
corporativa la obediente Lugarteniente, ERMITAS MOREIRA GARCÍA.
En definitiva, apartado Ruegos y Preguntas
del Pleno Municipal, celebrado la fecha 29 de Abril de 2016, permiten
manifestarse a DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ “EL GUANCHE”, Vocal de la represaliada Asociación A.T.A.C.A.
con fundamentación y razonamientos Denuncia las múltiples irregularidades en la
explotación más de 80 (ochenta) licencias auto taxis, cuyos Expedientes de
Revocación de concesionarios en el momento de las Denuncias, y al actual concesionario
de la misma por “VÍA TRANSMISIÓN INTER-VIVOS”, se esconden operaciones
prohibitivas compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros
de dudosas procedencias ilícitas, debiéndose investigar si ha habido o no
connivencia o complicidad para lograr impunidad por las áreas de TURISMO,
TRANSPORTES Y POLICÍA LOCAL en la permisividad en la explotación de licencias
de Auto Taxis: avispados Jubilados, caraduras Funcionarios, codiciosos
EMPRESARIOS: restaurantes, supermercados, discotecas, mensajerías, guaguas,
prostíbulos, etc. poderosos FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor,
el Macho Santos, los Gomeros, los Granadillos, los Laguneros, los Vilaflor, los Puteros, los Fragas, la Jueza Beltrán, etc.
con vulneración sistemática de las Normativas de Seguridad en Transportes
Público de Personas: Legislación Vigente Laboral, Código la Circulación, Ley
Prevención Riesgos Laborales etc. incurren en precariedad y siniestralidad
laboral, utilizan indefensos trabajadores asalariados, preferiblemente
“inmigrantes”, en condiciones esclavistas: jornadas maratonianas,
horarios abusivos, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas,
imposición afán recaudatorios, cesión ilegal de trabajadores, persecución
sindical, etc. en virtud legitima Personación Como Parte Interesada la
Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes de
Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales
infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter GRATUITOS a
los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho,
ante la gravísima situación social y laboral: desgarradoras tasas de PARO y
devastadoras cifras de DESEMPLEO.
En la Villa de Adeje, a día veintidós de Mayo de dos
mil dieciséis (Día de Santa Rita).
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FECHA DE NOTIFICACIÓN,
DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.
Juzgado de lo Contencioso
Administrativo Número Uno de Santa Cruz de Tenerife.
Diligencia de Ordenación de
la letrada de la Administración de Justicia.
Doña María Dolores Romero
Pérez.
En Santa Cruz de
Tenerife, a día trece de Mayo de dos mil dieciséis.
Dada cuenta, por
recibido el anterior escrito del ayuntamiento de Adeje,
únase a los autos de su razón y visto su contenido dése
traslado a las Partes a los efectos procedentes.
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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE
ADEJE
AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ
FRAGA
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS
MOREIRA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS RAMOS
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
NÚMERO 71 / 2O1O
DON
PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm.
43.272.095-X,
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 42.074.015-T;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido
despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido
despido, provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON JOSÉ MIGUEL
DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm.
42.080.671-D;
Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado,
provisto de D.N.I. núm.
78.376.581-X;
en representación de Presidente, Secretario,
Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la constituida ASOCIACIÓN DE
TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditados Expediente
Administrativo Nº 71/2010, como en Procedimiento
Ordinario Nº 210/2013, ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo Nº Uno de S/C de Tenerife,
COMPARECEMOS, bajo la dirección del abogado Don José Manuel Rivero, y como
mejor proceda en derecho, DECIMOS:
A
medio del presente nuevamente nos personamos ante las Áreas de Turismo y
Transportes del ayuntamiento, en ampliación al último escrito presentado con
RGE 13 de Mayo de 2016, ordinal 18.029, ante la manifiesta falta de
consideración y falta de respeto por parte de los abogados Instructores
designados en los singulares Expedientes Administrativos contra los
concesionarios de licencias de auto taxis detalladas y personalizadas
denunciadas dentro del Expediente Administrativo 71/2010, relativos a “INICIO
DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SOBRE LA POSIBLE CAUSA DE REVOCACIÓN DE LICENCIA
AUTO TAXI…/…”, en virtud al contundente AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12
de Abril de 2016, Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, por
incumplimiento de dar trámite sin dilación a lo ordenado en la Sentencia
dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, con la ejecutiva
Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, Procedimiento Origen
210/2013, respecto a REVOCACIÓN de licencias explotadas en continuado fraude,
con los 84 (ochenta y cuatro) Expedientes incoados contra cada concesionario de
licencia de Auto Taxi denunciados en su momento obran dentro del Expediente
Administrativo 71/2010, observamos múltiples irregularidades donde aún faltan
por hacer entrega de varios Expedientes:
Licencia Auto Taxi Nº 159, concesionario
en paradero desconocido desde su adjudicación, NO la explota,
ejecuta operación prohibitiva compra venta en cantidades dinerarias
desorbitadas.
Licencia
Auto Taxi Nº 161, concesionario Don Domingo
Fumero, fallecido, explotada por su viuda, Doña Agustina Beltrán Cano,
simultáneamente explota otras licencias Nº 01 y Nº 02 del municipio de Vilaflor,
ejerce funcionaria Jueza de Paz y actualmente alcaldesa de Vilaflor,
dando rienda suelta al fraude, paradójicamente en representación del PSOE
(Partido Socialista Obrero).
Licencia de Auto Taxi Nº
164, concesionario Don Juan, en paradero desconocido desde su adjudicación,
residencia en municipio de Santa Cruz, NO la explota, ejecuta operación
prohibitiva compra venta en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de
dudosa procedencia, nueva concesionaria es una señora vendedora de cupones de
la ONCE (Organización Nacional de Ciegos), realmente quien explota dicha
licencia es su marido, en calidad de falso trabajador asalariado, mediante
piruetas jurídicas pretende ser aspirante a otra licencia de auto taxis de
nueva creación.
SOLICITAMOS
al Ayuntamiento de Adeje que,
habiendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo, tengan por hechas las
anteriores manifestaciones y accedan en todo lo interesado.
En la Villa de Adeje, a día veinte de Mayo de dos mil
dieciséis.
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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS RAMOS
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA
ERMITAS MOREIRA
EXPEDIENTE
ADMINISTRATIVO NÚM. 71 / 2O1O
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado,
provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto
D.N.I. núm. 42.074.015-T;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto
D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto
D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto
D.N.I. núm. 42.067.872-K;
Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ejecutiva ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según constan acreditados en los Autos Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante Procedimiento Ordinario Origen 210/2013 seguidos ante el Juzgado Contencioso Administrativo Número Uno, de S/C de Tenerife, comparecemos, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS:
A medio del
presente INTERESAMOS copia certificada del Acta Sesión Plenaria
celebrada la fecha día 29 de Abril de 2016, punto del Orden del Día núm.
cuarenta, relativo a “INICIAR EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO
SOBRE LA POSIBLE CAUSA DE REVOCACIÓN DE LICENCIA DE AUTO TAXI, A INSTANCIA DE
LA ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA), CONTRA EL TITULAR DE
LA LICENCIA AUTO TAXI”, ordenado por el contundente Auto Judicial dictado
la fecha día 12 de Abril de 2016, Procedimiento Ejecución Definitiva 20/2015,
dimanante Procedimiento Ordinario Origen 210/2013 seguidos ante Juzgado lo
Contencioso Administrativo Nº Uno, de S/C de
Tenerife, la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme
por la Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, respecto al contundente Auto
Judicial, requerimiento por el Secretario General Municipal, Don Hector Gallego, deben remitir al Juzgado, Acta
Sesión Plenaria con identificación del nombre y apellidos, documento
nacional de identidad, domicilio y si percibe retribuciones del Ayuntamiento la
persona que actualmente ocupa la Alcaldía, Don José Miguel Rodríguez Fraga,
y saliente Concejal, Don Rafael Dolado García, con imposición multas
coercitivas, remisión de testimonios de particulares al Ministerio Fiscal por
Desobediencia Judicial.
Asimismo, INTERESAMOS copia
certificada de dicha Acta Sesión Plenaria celebrada la fecha día 29 de
Abril de 2016, en apartados de Ruegos y Preguntas, lo manifestado por el
compañero Don Sebastián García Rodríguez “El Guanche”, Vocal de la represaliada Asociación A.T.A.C.A.
con fundamentación y razonamientos Denuncia múltiples irregularidades en la
explotación más de 80 (ochenta) licencias auto taxis, cuyos Expedientes
de Revocación concesionarios de licencias en el momento de las
Denuncias, y al actual concesionario de la misma por “Vía Transmisión
Inter-Vivos”, se esconden operaciones prohibitivas compras ventas en
cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosas procedencias
ilícitas, debiéndose investigar si ha habido o no connivencia o complicidad
para lograr impunidad por áreas Turismo, Transportes y Policía Local en
la permisividad explotación licencias: avispados Jubilados, caraduras
Funcionarios, codiciosos Empresarios, poderosos FLOTEROS, etc. con
vulneración sistemática de normativas de Seguridad Transportes Público Personas:
Legislación Vigente Laboral, Código la Circulación, Ley Prevención Riesgos
Laborales etc, incurren precariedad y siniestralidad
laboral, utilizan indefensos trabajadores asalariados en condiciones esclavistas:
jornadas maratonianas, horarios abusivos,
contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas, imposición afán
recaudatorios, cesión ilegal trabajadores, persecución sindical, etc. en
virtud a nuestra legitima Personación Como Parte Interesada de la
Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes de
Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales
infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter GRATUITOS
a los asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la
gravísima situación social y laboral con desgarradoras tasas de PARO y
devastadoras cifras de DESEMPLEO.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito
se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan
en todo lo interesado.
En la Villa de Adeje, a día veinte de Mayo de dos mil
dieciséis.
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ASOCIACIÓN DE
TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE ( A T A C A )
C O M
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Leñazo y varapalo a las Áreas de Turismo y
Transportes del Ayuntamiento, ESTIMAN la segunda petición de la Ejecución
Forzosa, de la ejecutiva Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, por el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de Santa Cruz de Tenerife, y
confirmada, en grado de apelación, por la Sentencia dictada la fecha 27 de
Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias, el Magistrado Juez en el AUTO dictado de
fecha 12 de Abril de 2016 le suelta sonoro varapalo y severo leñazo
a las Áreas de Turismo y Transportes, tiempo transcurrido de maniobras
dilatorias y actuaciones maliciosas, se han escudado con falsos pretextos y
malabarismos lingüísticos en NO ejecutar la Sentencia por motivos
Elecciones Municipales, celebradas en Mayo de 2015, mediante argucias cicateras
y piruetas jurídicas, incluso, se han escudado en la dificultad de tramitar
numerosos Expedientes Revocatorios, dicen textualmente “dado el número de
162 (ciento sesenta y dos) licencias de TAXIS como el hecho de que se
produjeran Elecciones Municipales en Mayo de 2015 y ulterior cambio del titular
del órgano competente”, cuando realmente la represaliada
Asociación ATACA formula detalladas y personalizadas Denuncias acompañada
con elementos probatorios y abundante documental contra 80 (ochenta) titulares
concesionarios de licencias de TAXIS: avispados Jubilados, pillos
Funcionarios, codiciosos Empresarios, poderosos Floteros,
etc.
El Magistrado Juez en los Razonamientos
Jurídicos del contundente AUTO recrimina expresamente: “Las alegaciones del
Ayuntamiento de Adeje relativas a la celebración de
Elecciones Municipales en Mayo de 2015, NO son aceptables en un Estado de
Derecho, por cuanto las Administraciones Públicas han de tramitar los
Procedimientos Administrativos a que vienen obligadas por Sentencias
Judiciales, sin que la convocatoria de las Elecciones Municipales implique una
paralización de la normal actividad. Los Órganos Administrativos encargados de
tramitar los Procedimientos siguen ostentando competencia de tramitación y al
Jefe de la Unidad Administrativa le incumbe el deber elevar correspondiente
Informe – Propuesta resolución al Órgano competente para resolver. En ningún
caso la celebración de Elecciones en Mayo de 2015 da carta de naturaleza a los
Funcionarios Municipales para la paralización de la tramitación de los
Expedientes Revocatorios a la espera del cambio de un nuevo Gobierno
Municipal…/… más ello NO justifica que al día de fecha (catorce meses de la
Sentencia) NO se haya notificado a este Juzgado la finalización de ninguno de
ellos. El Magistrado Juez ordena un plazo de 10 días, para que indique
las medidas que se adopten para la fiel Ejecución de la Sentencia, además,
impone multa de 600 (seiscientos) euros / mensuales al concejal de Transportes
RAFAEL DOLADO (actualmente el concejal de Transportes es ANDRÉS PÉREZ
RAMOS), responsable del INCUMPLIMIENTO de la Sentencia, además, requieren al
Secretario del Ayuntamiento HECTOR GALLEGO, el plazo de cinco días, el Acta de
la Sección Plenaria, con identificación del alcalde MIGUEL FRAGA y concejal de
Transportes ANDRÉS PÉREZ RAMOS, a efectos de la imposición de multas
coercitivas, deducir testimonios por comisión de un delito de desobediencia a
la Autoridad, con identificación del nombre y apellidos, documento nacional de
identidad, domicilio y si percibe retribuciones del Ayuntamiento de la persona
que actualmente ocupa la Alcaldía, y los correspondientes datos de la persona
que actualmente ocupa el Área de Transportes, y con remisión de testimonios
de particulares al Ministerio Fiscal por desobediencia Judicial.
Vergonzoso el proceder de oscurantismo y
entramado de corrupción que destila esa Área de Turismo y Transportes del
Ayuntamiento, constantemente prohíben y deniegan la legitimidad estar Personada
como Parte Interesada a la legalmente constituida Asociación ATACA, en
virtud a la Sentencia dictada a efectos de la tramitación de los Expedientes de
Revocaciones de las licencias de TAXIS denunciadas, por estar explotadas en
continuado FRAUDE, dejamos plena constancia en el escrito presentado ante
Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, con registra de fecha 29 de
Marzo de 2016, en la nueva solicitud de Ejecución Forzosa de Sentencia dictada
la fecha 27 de Febrero de 2015, de retrotraer todas las actuaciones Expediente
Administrativo 71/2010, como pruebas a las reiteradas peticiones Asociación
ATACA dejamos plena constancia y detallamos los treinta escritos formulados al
Ayuntamiento, observamos numerosos datos incorrectos con respecto a las
iníciales y reiterativas Denuncias, cuando en su momento se incoaron dicho
Expediente Administrativo 71/2010, incluso, lanzando a los honestos
representantes de la represaliada Asociación ATACA
por la fuerza llamando a la Policía Local en una sangrante persecución, para
impedir, reitero, el derecho a conocer y acceder a los Expedientes de
Revocaciones.
En la Villa de Adeje, a día catorce de Abril de
dos mi dieciséis.
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AL ILUSTRE
AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE
ADEJE
SR. ALCALDE PRESIDENTE, DON JOSÉ
MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
SR. CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON
ANDRES PÉREZ RAMOS
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de
D.N.I. núm. 42.074.015-T; DON
JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. núm.
42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto de
D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de
D.N.I. núm.
42.067.872-K;
DON JOSÉ MIGUEL
DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm.
42.080.671-D;
Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de
D.N.I. núm. 78.376.581-X;
en la representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente,
Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE
COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditado en el Expediente Administrativo Núm.
71/2010, como en los Autos del Procedimiento Ordinario Núm. 210/2013, seguidos
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de S/C de Tenerife,
COMPARECEMOS, bajo dirección del abogado Don José Manuel Rivero, y como mejor
proceda y haya lugar en derecho, DECIMOS:
A medio del presente escrito
en manifiesta reiteración ponemos en conocimiento de ese Ayuntamiento de Adeje, la situación de las licencias de auto taxi núm.
36 (treinta y seis) y núm. 161 (ciento sesenta y uno), cuyos concesionarios
forman el poderoso CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “ LA JUEZA FLOTERA Y EL
CERVECERO”, después de
transcurrido ya UN AÑO de la ejecutiva Sentencia declarada Firme de
fecha 27 de Febrero de 2015, dictada por la Sala lo Contencioso Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena retrotraer todas las
actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010 en su momento cerrado en
falso cuando existía investigación contra mas de 80 (ochenta)
licencias de taxis por fraude de explotación, lo cierto es que a pesar de que,
en cumplimiento de Sentencia, se dictó Decreto de Alcaldía de fecha 30
de Marzo de 2015, por el que se acordaba por los órganos competentes se
incoaran tantos Expedientes Revocación como licencias de TAXI denunciadas,
después de transcurrido ya UN AÑO, ese Ayuntamiento procede con maniobras
dilatorias, actuaciones maliciosas y absoluto empantanamiento,
hasta la fecha presente NO tienen constancia que hayan incoado los Expedientes
de Revocación ordenados, tanto por la Alcaldía como por la Ejecución Judicial
Forzosa.
Agustina Beltrán Cano,
explota licencia de auto taxi núm. 161 de Adeje, y
licencias de auto taxi núm. 1 y núm. 2 de Vilaflor,
en simultaneo ejerce la Función Pública como Jueza de Paz y Alcaldesa municipio
de Vilaflor, en representación del PSOE (Partido
Socialista Obrero Español), su compañero Pancho Salazar Donate, explota conjuntamente licencia de auto taxi
núm. 36 de Adeje, además, explota otra licencia de
auto taxi en Granadilla, ha ejercido de marrullero Presidente de las poderosas
Cooperativas de Taxis en ambos municipios turísticos, experto en defensa
numantina de favorecer a los poderosos oligarcas FLOTEROS, incluso, con
ambiciosos planes ilícitos ejerce de Vicepresidente del entramado financiero
empresarial “Taviaje Sur Auto Taxi S.L.”, con CIF
núm. B-38/454815, mediante piruetas Jurídicas tienen camuflada gigantesca
estación gasolinera Repsol, talleres, restaurantes, oficinas, etc. utilizan
ingenierías financieras con objetivos perversos de defraudar a la Hacienda
Pública (“Hacienda somos todos”, rezan los carteles en la lucha contra
el fraude y la corrupción), incluso, explota lucrativa sociedad
mercantil distribuidora bebidas de cervezas, además, dicha licencia auto taxi
núm. 36 ha sido vendida en varias ocasiones presumiblemente con dineros sucios
de dudosa procedencia, hace dos años ejecutan compra venta a golpe de talonario
los primos gomeros Laureano y Aureliano (explotan otra licencia de auto
taxi núm. 119 de Adeje), recientemente vuelven
a ejecutar compra venta la misma licencia de taxi núm. 36 cuyo nuevo comprador
una persona, Sixto Pérez Torres, que ejerce de dirigente de una poderosa
Cooperativa de Taxis de Santa Cruz, por tanto, INTERESAMOS que en virtud
a la legitima Personación Como Parte Interesada de nuestra Asociación
ATACA en todos los Procedimientos de Revocación de licencias de TAXI explotadas
de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se
ofrezcan nuevamente adjudicación con carácter gratuitos a todos aquellos
trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la
gravísima situación social y laboral con desgarradoras tasas de paro y
devastadoras cifras de desempleo.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este
escrito, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones
y accedan a lo interesado, con incoación inmediata de Expedientes de
Revocaciones de las licencias de taxis núm. 36 y núm. 161 en virtud al
estricto cumplimiento de la mencionada Sentencia, dictada hace ya UN AÑO y en
tramitación con Orden de
Ejecución Judicial Forzosa.
En la
Villa de Adeje, a
día veinticinco de Febrero de dos mil
dieciséis.
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AL ÁREA DE TRANSPORTES DEL
AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
SR. ALCALDE PRESIDENTE,
DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de
D.N.I. núm. 42.074.015-T; DON
JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. núm.
42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto de
D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de
D.N.I. núm. 42.067.872-K;
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D; Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X;
en la representación de
Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente
constituida ASOCIACIÓN
DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditado en el Expediente Administrativo Núm.
71/2010, como en los Autos del Procedimiento Ordinario Núm. 210/2013, seguidos
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de S/C de Tenerife,
COMPARECEMOS, bajo dirección del abogado Don José Manuel Rivero, y como mejor
proceda y haya lugar en derecho, DECIMOS:
A medio del presente escrito en
manifiesta reiteración ponemos en conocimiento de ese Ayuntamiento, la
situación de las licencias auto taxis núm. 10 (diez), núm. 71 (setenta y
uno), núm. 72 (setenta y dos) y núm. 146 (ciento cuarenta y seis),
cuyos concesionarios forman el poderoso CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados
“LOS FRAGAS”, después
de transcurrido ya UN AÑO de la ejecutiva Sentencia declarada Firme de fecha
27 de Febrero de 2015, dictada por la Sala lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena retrotraer todas las
actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010 en su momento cerrado en
falso cuando existía investigación contra mas de 80 (ochenta)
licencias de taxis por fraude de explotación, lo cierto es que a pesar de que,
en cumplimiento de Sentencia, se dictó Decreto de Alcaldía de fecha 30
de Marzo de 2015, por el que se acordaba por los órganos competentes se
incoaran tantos Expedientes de Revocación como licencias de TAXI denunciadas,
después de transcurrido ya UN AÑO, ese Ayuntamiento procede con maniobras
dilatorias, actuaciones maliciosas y absoluto empantanamiento,
hasta la fecha presente NO tienen constancia que hayan incoado Expedientes
Revocación ordenados, tanto por Alcaldía como por Ejecución Judicial Forzosa.
Toribio Rivero Bello,
explota licencia de auto taxi núm. 10 (diez), se encuentra en estado de
jubilación, en simultaneo explota sociedad mercantil agrícola, ganadera y
apicultura, CUMBRES DE ADEJE MIEL DE FLORES, con NIF 41.826.354-A, con Registro
General Sanidad TF/23/ML7745, acompañamos copia etiqueta publicitaria; Pedro
Damián Rivero Fraga, explota licencia de auto taxi núm. 71 (setenta y uno),
en simultaneo explota una empresa de camiones transportes de mensajería, dicha
licencia núm. 71 (setenta y uno), operación de compra venta, por cantidades
dinerarias desorbitadas por CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS RUSOS”,
cuyos integrantes están plagados de historiales delictivos y graves
antecedentes penales, cometen un ASESINATO por asuntos de ajustes de cuentas; Manuel
Rivero Fraga, explota licencia de auto taxi núm. 72 (setenta y dos),
ejerce de desalmado Dirigente de la poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje; Gregorio Rivero Fraga, explota licencia auto
taxi núm. 146 (ciento cuarenta y seis), ejerce de marrullero Presidente de la
poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje, fomentan las
prácticas fraudulentas y encubridor de irregularidades, con ambiciosos planes
ilícitos ejercen de cofundadores del entramado financiero empresarial “Taviaje Sur Auto Taxi S.L.”, con CIF núm. B-38/454815,
piruetas Jurídicas tienen camuflada gigantesca estación gasolinera Repsol,
talleres, restaurantes, etc. utilizan ingenierías financieras con objetivos de
defraudar a la Hacienda Pública (“Hacienda somos todos”, rezan los
carteles en la lucha contra el fraude y la corrupción), vinculados por
lazos familiares con el alcalde de Adeje, José
Miguel Rodríguez Fraga, paradójicamente representante del Partido
Socialista Obrero Español, cuya Corporación Municipal gobernada por un régimen oligopolistico y antisocial. INTERESAMOS en virtud a
la legitima Personación Como Parte Interesada de nuestra Asociación
ATACA en los Procedimientos de Revocación de licencias de TAXI explotadas de
las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se
ofrezcan con carácter gratuitos a los trabajadores asalariados del TAXI de
acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la gravísima situación social y laboral
con desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este
escrito, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones
y accedan a lo interesado, con incoación inmediata de Expedientes de
Revocaciones de las licencias de taxis núm. 10, núm. 71, núm. 72 y núm. 146 en
virtud al cumplimiento de dicha Sentencia, dictada hace ya UN AÑO en
tramitación con Orden Ejecución
Judicial Forzosa.
En la Villa de Adeje,
a día veinticinco de Febrero de dos mil dieciséis.