ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.) - SECCIÓN SINDICAL "SINDICALISTAS DE BASE" TAXISTAS ASALARIADOS MUNICIPIO DE ADEJE (S.B. TAXIS)

           C O M U N I C A D O

 

Denuncia contra la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) Expediente Revocatorio núm. 10TZS02O del municipio de Adeje.

Denuncia contra la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO), Expediente Revocatorio núm. 10TZS02O del municipio de Adeje, titular concesionario DON JOSÉ ANTONIO DORTA EUSEBIO, provisto de D.N.I. num. 45.524.600, en paradero desconocido, residencia habitualmente en municipio de La Guancha, norte de Tenerife, simultáneamente explota otras lucrativas actividades económicas, hace el negocio del siglo con la operación prohibitiva de la citada licencia de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) en cantidades dinerarias multimillonarias mas de 300.000 (trescientos mil) euros por codicioso empresario DON FRANCISCO TORRES LÓPEZ. Escrito de denuncia ante el Ayuntamiento de Adeje con fecha de emisión 21 de Octubre de 2017

ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A)

SECCIÓN SINDICAL "SINDICALISTAS DE BASE" TAXISTAS ASALARIADOS MUNICIPIO DE ADEJE (S.B. TAXIS)

AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ADEJE

AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

A LA CONCEJALA DE TURISMO Y TRANSPORTES, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA

AL CONCEJAL DE LA POLICÍA LOCAL, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS

Y A LOS CUATRO INSTRUCTORES EN LA INVESTIGACIÓN Y REVOCACIÓN DE LAS LICENCIAS DE AUTO TAXIS DEL MUNICIPIO DE ADEJE DENUNCIADAS:

DON JUAN ANTONIO CURBELO.

DON DAVID SÁNCHEZ BARRERA.

DON JAVIER GARCÍA MORALES.

Y DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO.

EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NUM. 71/2010                                                        
AUTO  TAXI  L.M. núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) Expediente Revocatorio Núm. 10TZS02O

DON PEDRO JOSÉ AFONSO, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X; Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A; todos trabajadores asalariados AUTO TAXI municipio de ADEJE, actuando en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.), también, actuando en calidad de Delegados de la legalmente constituida  Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados Municipio Adeje (S.B. TAXIS), según constan acreditados Expediente Administrativo núm. 71/2010, COMPARECEMOS, con el debido respeto y como mejor proceda y haya lugar en derecho, DECIMOS :

Que habiéndose notificado desde el Área de Turismo y Transportes de Adeje, la fecha 22 de septiembre de 2017, resolución “decreto trámite de acceso y vista a mas de 90 (noventa) Expedientes de Investigación y Revocación de Licencias de Auto Taxis por explotación en continuado FRAUDE, en ejecución de sentencia de 07 de enero de 2014”, Procedimiento Ejecución Forzosa 20/2015, dimanantes Procedimiento 210/2013 seguidos Juzgado Contencioso Administrativo núm. Uno, de S/C de Tenerife, también, derivando Procedimientos Núm. 2.282/2016 y Núm. 3.527/2016 seguidos Juzgado Instrucción Núm. Uno de Arona, por delitos continuados de HOSTIGAMIENTO, COACCIONES Y PREVARICACIÓN, respecto a la prohibición con todo tipo de impedimentos al ACCESO, VISTA, PARTICIPAR Y OBTENER COPIAS de los Expedientes de todos y cada una más de 90 (noventa) licencias auto taxis  denunciadas, con abundante documentación y certificaciones obrantes en Expediente Administrativo 71/2010. DILIGENCIA  DE TRÁMITE DE AUDIENCIA, Don Pedro José Afonso y Don José Miguel Delgado, dirigentes de la legalmente constituida Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.), legitimados en la Personación Como Parte Interesada, comparecen en las Área de Política Turística y Transportes de Adeje, para efectuar los TRÁMITE DE AUDIENCIA con fecha 28 de Septiembre de 2017 concedidos en los Expedientes de Investigación de las Licencias Municipales de Auto Taxis del municipio de excelencia turístico de Adeje, siguientes Expedientes [1]

AUTO TAXI L.M. núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) Expediente Revocatorio Núm. 10TZS02O

Concesionario titular DON JOSE ANTONIO DORTA EUSEBIO residencia habitualmente en municipio de LA GUANCHA norte de Tenerife, explota en continuado FRAUDE la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) del municipio de Adeje, adjudicación en su momento gratuitamente, pocos años después hace el negocio del siglo con la operación prohibitiva de compra venta mas de 300.000 (trescientos mil) euros, todo ello, en connivencias bananeras y manifiestos encubrimientos de las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local.

Nuevo concesionario titular licencia municipal auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) por operación prohibitiva de compra venta con ejecución mas de 300.000 (trescientos mil) euros, apodera y adquiere el codicioso empresario DON FRANCISCO TORRES LÓPEZ simultáneamente explota otras lucrativas actividades económicas.

Expedientes Revocatorio de Investigación contra  la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) están vacíos completamente, NO hay pruebas NI se ha hecho nada de averiguación ni de investigación.

Vergonzosamente el Expediente de Investigación Revocatorio núm. 10TZS02O están incompletos, tergiversados, trasquilados, descabezados, mochados y FALSEADO alevosamente han arrancado  y eliminado toda la documentación, NO existen las certificaciones obligatorias revisiones periódicas anuales NO constan los datos técnicos del vehículo y del titular concesionario de la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) con Expediente Revocatorio núm. 10TZS02O, además, con residencia habitualmente en municipio de LA GUANCHA norte de Tenerife, explota otras actividades económicas altamente lucrativas, con actuaciones maliciosas han desaparecido y eliminado las certificaciones aportadas, instalado en complicidad con garantías de impunidad.

Que ese Ayuntamiento NO han hecho investigación de ningún tipo, NO han hecho las averiguaciones oportunas, adolecen y faltan de todas las INSPECCIONES con vulneración sistemática de las incompatibilidades impuestas, respecto al “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”. Por tanto, adolecen de todas las INSPECCIONES, además, NO se ha hecho investigación en función de los hechos flagrantes Denunciados con abundante documental aportadas por la Asociación A.T.A.C.A. Entendemos  que se han tramitado irregularmente NO adoptando las diligencias de investigación pertinentes en función de las graves Denuncias interpuestas por la asociación A.T.A.C.A. Que ese Ayuntamiento ha sido pasivo e inactivo al respecto, siendo un comportamiento anómalo e irregular. Que por parte del Instructor Municipal NO se han hecho prácticas de averiguación e investigación sobre los hechos denunciados por la asociación A.T.A.C.A.  Ese Ayuntamiento ha omitido la investigación oportuna, repito, es un comportamiento anómalo y plagado de graves irregularidades por el Instructor Municipal sobre los hechos denunciados  con abundante documental.  

Que el Expediente Revocatorio de la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO), en su momento adjudicada gratuitamente y explotada en FRAUDE continuado por DON JOSE ANTONIO DORTA EUSEBIO explota otras actividades económicas altamente lucrativas, con residencia habitualmente en municipio de LA GUANCHA norte de Tenerife, hace el negocio del siglo con la operación prohibitiva de compra venta, por mas de 300.000 (TRESCIENTOS MIL EUROS) ejecuta, apodera y adquiere el codicioso empresario DON FRANCISCO TORRES LÓPEZ simultáneamente explota otras lucrativas actividades económicas, todo ello, instalado en complicidad con garantías de impunidad de las Áreas de Turismo, Transportes y Policia Local.

Expediente Revocatorio Num. 10TZS02O contra la licencia municipal de Auto Taxi Núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) NO se ha instruido nada, NI se ha documentado nada, NI prácticas de Diligencias de Investigación, además, adoleciendo esos Expedientes de prácticas de investigación sobre los hechos denunciados, NO existe ninguna instrucción de investigación para ver y saber si las licencias de auto taxis están siendo explotadas de forma normal y ajustadas a la legalidad. Que no se han practicado las investigaciones oportunas, lo único que existe son las alegaciones interesadas de partes, sin ningún sustento y NO se ha procedido a las investigaciones sobre las denuncias en nombre de la asociación A.T.A.C.A. presentadas ante Ayuntamiento de Adeje con registros general entrada: 20 de Octubre de 2009, ordinal núm. 32.847; 16 de Marzo de 2010, ordinal núm. 8.298; 01 de Agosto de 2011, ordinal núm. 24.487; 19 de Abril de 2012, ordinal núm. 12.998; 04 de Enero de 2013,  ordinal   núm.  401, etc.

DENUNCIAS en nombre de la  SECCIÓN SINDICAL U.G.T. (UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES) TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE contra la licencia municipal de auto taxi núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) por continuado FRAUDE de explotación de la misma, registro general entrada 09 de Marzo de 2012, ordinal núm. 7.897; 02 de Abril de 2012, ordinal núm. 10.748; etc.   

Igualmente, escrito de DENUNCIA  con fecha 08 de Noviembre de 2011 presentado por el ABOGADO, DON FELIPE CAMPOS MIRANDA para ese Ayuntamiento en nombre de de la asociación A.T.A.C.A. al que se adjuntó 68 (sesenta y ocho) HOJAS DECLARACIONES JURADAS, presentado en fecha 09 de Noviembre de 2011, con registro entrada núm. 78.505 con registro general núm. 3.909.682 ante la Subdelegación del Gobierno en S/C de Tenerife.

INTERESAMOS se cumplimente y ejecute FALLO de la Sentencia firme confirmada con fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, apartado 3ª dice:  “Retrotraer las actuaciones a la fecha de las Denuncias con objeto de que se incoen tantos Expedientes como licencias de AUTO TAXIS denunciadas hayan de ser revisadas con audiencia de los interesados”. Significar al Ayuntamiento en fechas de las Denuncias efectuadas por la Asociación A.T.A.C.A.  contra las licencias de TAXIS consignadas Expediente Municipal Núm. 71/2010, estaba y está vigente Ley 13/2007, de 17 de mayo, Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, apartado u) artículo 107, establece imperativamente la “plena dedicación del titular de la preceptiva licencia de taxi …”, además, la Ley Nacional del Taxi: INHABILITADORA  PARA DICHAS PERSONAS: Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, con aplicación de la Disposición Transitoria Sexta, Expedientes en trámites, del Decreto Canario 74/2012, de 2 de Agosto, dice: ”Los expedientes iniciados antes de la entrada en vigor del presente reglamento se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en el momento de la solicitud”. El incumplimiento de las condiciones para la explotación de las licencias de TAXIS denunciadas debe dar lugar a la REVOCACIÓN de las mismas, deben ser sacadas a concurso para ser adjudicadas  con arreglo a derecho, Derecho de Adquisición Preferente de los asalariados del TAXI, que sufren cada vez más la sobreexplotación en su trabajo, empobrecimiento y devastador desempleo. NO debiendo permitirse los CLANES FLOTEROS NI las licencias sean explotadas por emporios empresariales con intereses en otros sectores económicos.  Debiendo primar el interés social, creación empleo digno y calidad en sector del TAXI.

          Es por todo lo expuesto,

SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, que tenga por hechas las anteriores manifestaciones, en relación al citado Expediente ese ayuntamiento han omitido la  investigación oportuna, es un comportamiento anómalo, plagado de graves irregularidades, NO HA HECHO LAS INVESTIGACIONES DE NINGÚN TIPO NI HA HECHO LAS AVERIGUACIONES OPORTUNAS, ADOLECE DE TODAS LAS INVESTIGACIONES con vulneración sistemática de las incompatibilidades impuestas: “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión” en virtud a la normativa VIGENTE en el momento de las Denuncias presentadas por nuestra Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.) tal como ordena dicha Sentencia Firme con fecha 07 de Enero de 2014 y confirmada  por Sentencia con fecha 27 de Febrero de 2015. Acordando lo necesario para su práctica, para que en definitiva se dicte las RESOLUCIÓN REVOCATORIA de la licencia de AUTO TAXI núm. 155 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO) Expediente Revocatorio núm. 10TZS02O dicha licencia en su momento adjudicada gratuitamente y explotada en continuado FRAUDE por el concesionario matriz DON JOSE ANTONIO DORTA EUSEBIO en paradero desconocido, con residencia habitualmente en municipio de La Guancha, norte de Tenerife, dedicación profesional otras actividades económicas altamente lucrativas, hace el negocio del siglo con operación prohibitiva de compra venta de 300.000 (trescientos mil) euros, ejecuta, apodera y adquiere el codicioso empresario DON FRANCISCO TORRES LÓPEZ.

En la Villa de Adeje, a día veintiuno del mes de Octubre del año dos mil diecisiete.

*SI HAY TANTA CORRUPCIÓN ES QUE HAY MUCHA IMPUNIDAD*

[1] ttp://elcanario.net/ Comunicados/ataca15sep17d.htm

http://elcanario.net/ Secciones/ataca.htm