ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA)

COMUNICADO

 

TRÁMITE DE AUDIENCIA

EN EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE NUEVAS LISENCIAS DE TAXI EN EN ADEJE

ESCRITO DE 16 (DIECISEIS) PÁGINAS, FUNDAMENTAD0 EN 33 (TREINTA Y TRES) PUNTOS Y ACOMPAÑADO DE ABUNDANTE DOCUMENTACIÓN, presentado ante el Ayuntamiento de Adeje, por Registro General de Entrada número 45.386, con fecha 30 de Noviembre de 2016, hora 14 :13, objeto cumplimentar los TRÁMITES DE AUDIENCIAS, habiéndosenos notificado el día 16 de Noviembre de 2016, respecto el Expediente Administrativo 10TYL03T, dictado por la Primer Teniente Alcalde y Concejal Delegada del Área de Política Turística, Urbanismo y Accesibilidad (TRANSPORTES Y MOVILIDAD), Doña Ermitas María Moreira García, por el que, entre otros pronunciamientos, se resuelve “Trámite de Audiencia en el Procedimiento de Concesión de Nuevas Licencias de Taxi Años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 se otorga TRAMITE DE AUDIENCIA, por plazo de DIEZ DÍAS, a los efectos de que esa Asociación se presenten las alegaciones, documentos y justificaciones que se estimen convenientes”, y según se dice “Visto que en el referido Acuerdo plenario de 30 de Octubre de 2015, se aprueba para el periodo 2014 – 2018 un total de 23 (veintitrés) Licencias de Taxis de Nueva Creación “, cuando es público y notorio que realmente existe plena VIABILIDAD pudiendo haberse convocado para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, en virtud al censo POBLACIÓN REAL, más de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en municipio de excelencia turístico de Adeje, tal como el Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, ha reconocido y manifestado publicamente en los medios de comunicación, concretamente, periódico EL DÍA, la fecha 27 de Mayo de 2016, por consiguiente esta Asociación de trabajadores asalariados a medio del presente propone los MEDIOS DE PRUEBAS, alegaciones, documentaciones y justificaciones.

Que, igualmente el Acuerdo, al fijar en 23 (veintitrés) Licencias Municipales de TAXIS de Nueva Creación a adjudicar, está viciado de nulidad, por arbitrariedad, toda vez que tal número de licencias requiere estar motivada, conforme a lo establecido al articulo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi de Canarias, aprobado por Decreto Núm. 74 de 02 de Agosto de 2012, viene a coincidir plenamente con el articulo 11 del Real Decreto Núm. 763 de 16 de Marzo de1979, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en automóviles Ligeros, también, en virtud al articulado de la Ordenanza Municipal del Taxi de Adeje, aprobado y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 01 de 01 de Enero de 2014, previo los TRÁMITES DE AUDIENCIA, con respecto a los criterios, filosofías, parámetros y pliegos de condiciones, igualmente previstos y con fundamento en la “necesidad del servicio”, incluso, en virtud a principios constitucionales de generar “Pleno Empleo”, fomentar políticas sociales y laborales favorecedoras en la distribución equitativa de la riqueza de las clases trabajadoras, establecen artículos 35 y 40 de la consagrada Constitución Española. Que el acuerdo del Estudio Socio Económico, está totalmente viciado y manipulado carece de la menor referencia a las premisas consideradas para limitar en aquel número las nuevas adjudicaciones de 23 (veintitrés) licencias TAXIS de Nueva Creación, siendo un hecho notorio el notable déficit de TAXIS para atender a la demanda, y la gran desproporción entre las licencias operativas y la POBLACIÓN REAL fijado más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en el perímetro municipio excelencia turístico de ADEJE.

En la Villa de Adeje, a día treinta de Noviembre de dos mil dieciseis.

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AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE ÁREA DE POLÍTICA TURISTICA, URBANISMO Y ACCESIBILIDAD (TRANSPORTES Y MOVILIDAD), SRA. CANCEJAL Y PRIMER TENIENTE ALCALDE DOÑA ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto D.N.I núm. 42.074.015-T;

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido de despido, provisto D.N.I núm. 42.044.364-L;

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido de despido, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C; 

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;  

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D;  

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X; 

Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, desempleado, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A;

todos ellos trabajadores asalariados AUTO TAXI en municipio de excelencia turístico de Adeje, por orden respectivos en nombres propios de cada uno de los arriba mencionados, y también, actuando en representación como Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tienen acreditados con todas las demás circunstancias personales, con domicilio a efectos de notificaciones XXXXXXX   XXXXXXXX   XXXXXXXX   XXXXXXX   XXXXXXX   XXXXXX    XXXXXX   XXXXXX   XXXXXX   COMPARECEN, con el debido respeto acuden y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, EXPONEN:  

           Que, habiéndosenos notificado el día 16 de Noviembre de 2016 el Expediente Administrativo 10TYL03T, dictado por la Primer Teniente Alcalde y Concejal Delegada del Área de Política Turística, Urbanismo y Accesibilidad (TRANSPORTES Y MOVILIDAD), Doña Ermitas María Moreira García, por el que, entre otros pronunciamientos, se resuelve “Trámite de Audiencia en el Procedimiento de Concesión de Nuevas Licencias de Taxi Años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 se otorga TRAMITE DE AUDIENCIA, por plazo de DIEZ DÍAS, a los efectos de que esa Asociación se presenten las alegaciones, documentos y justificaciones que se estimen convenientes”, y según se dice “Visto que en el referido Acuerdo plenario de 30 de Octubre de 2015, se aprueba para el periodo 2014 – 2018 un total de 23 (veintitrés) Licencias de Taxis de Nueva  Creación “, cuando realmente existe plena VIABILIDAD pudiendo haberse convocado para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta)  Licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, en virtud al censo POBLACIÓN REAL, más de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en municipio de excelencia turístico de Adeje, tal como el Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, ha reconocido y manifestado en los medios de comunicación, concretamente, periódico EL DÍA, la fecha 27 de Mayo de 2016, a medio del presente propongo los MEDIOS DE PRUEBAS, alegaciones, documentaciones y justificaciones, siguientes:

           DOCUMENTAL consistente en dar por reproducidos los escritos de IMPUGNACIÓN y documentos presentados ante el Ayuntamiento con registro general de entrada con fecha 22 de Junio de 2015, ordinales núm. 26.883 y núm. 26.881, contra el Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, también, DOCUMENTAL consistente en dar por reproducidos los escritos presentados Procedimiento Ordinario Núm. 62/2016 seguidos en Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife, cuyos escritos y documentos volvemos a aportar al presente para su unión al Expediente referencia, siguientes:

           PRIMERA.- Queremos dejar constancia que el Ayuntamiento pretende la aprobación de Creación de Nuevas Licencias de TAXIS, cuando todavía NO han resuelto el mandato de Ejecución Judicial Forzosa con respecto a las múltiples irregularidades y abanicos de ilegalidades de las Licencias de TAXIS en circulación en manos de una variada fauna de defraudadores, repito, ese Ayuntamiento pretende la aprobación de Creación de Nuevas Licencias de TAXIS, sobre la base de una podredumbre de Licencias que están explotando fraudulentamente, donde van hacer aspirantes a las Licencias de Nueva Creación todos aquellos los familiares de primer grado y segundo grado de consanguinidad, otros muchos ejercen como vulgares testaferros, que infringen Estatutos los Derechos de los Trabajadores, puesto que NO existe relación laboral y deben ser excluidos como aspirantes a Licencia de Nueva Creación, incurren en FALSOS ASALARIADOS con los concesionarios Licencias de TAXIS explotadas en continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. los citados FALSOS ASALARIADOS están dados de altas en la Seguridad Social cuando realmente son los titulares concesionarios en cubiertas, derivando en degradante y repugnante ECONOMIA SUMERGIDA, prueba evidente la DESOBEDIENCIA JUDICIAL por parte de los responsables gestores del Ayuntamiento en reiteración manifiestamente con mandato AUTO ORDEN JUDICIAL EJECUCIÓN FORZOSA dictado la fecha 12 de Abril de 2016, condición sine que non plazo de SEIS MESES ya expirados, proceden con groseros empantanamientos, maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas, Procedimiento 210/2013, por INCUMPLIMIENTO de Sentencia  dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, por Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena y manda retrotraer todas las actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010, en su momento cerró en falso ese Ayuntamiento, cuando existía investigación abierta contra más de 80 (ochenta) titulares concesionarios de Licencias de TAXIS explotadas en continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. además, la Sentencia Firme ordena Normativa de aplicación Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo, por el que se aprueba Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las detalladas y personalizadas Denuncias ante ese Ayuntamiento, por consiguiente, dicha Sentencia declarada firme, ordena y manda tramitar Expedientes Revocatorios  singulares contra las más de 80 (ochenta) licencias de TAXIS por explotación fraudulenta denunciadas.

           SEGUNDA.- Documental, consistente en dar por reproducidos los escritos presentados ante el Ayuntamiento, contra el Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, y también, en dar por reproducidos los escritos presentados ante el Procedimiento Ordinario Núm. 62/2016 seguidos en Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife, en su momento ese Ayuntamiento publicó ANUNCIO ante el Boletín Oficial de la Provincia de S/C de Tenerife, número 72, día 03 de junio de 2015, se saltó a la torera y a la tapia con flagrante vulneración los obligatorios Trámite de Audiencia, por lo cual la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), formuló la debida RECLAMACIÓN contra el citado Acuerdo, fundamentado en las directrices Técnicas y Jurídicas que regulan al sector, donde ese Ayuntamiento tienen plena constancia y conocimiento los numerosos escritos presentados por nuestra Asociación, en manifiesta reiteración en fechas sucesivas desde los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014,  2015 y 2016, en relación a la petición de inicio del Procedimiento Legal de Licencias de Nueva Creación, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxis de Nueva Creación, con documentación acreditativa de los expuestos adjuntadas, cuyas copias (escritos y documentos) volvemos aportar al presente para su unión al referido Expediente administrativo 10TYL03T, siguientes:

           TERCERA.- Tienen plena constancia ese Ayuntamiento de la certificación elaborada y remitida a nuestra Asociación ATACA, por parte del Cabildo Insular de Tenerife de fecha 23 de Julio de 2009, fundamentado en las directrices Técnicas y Jurídicas que regulan al sector, textualmente: “Todo tema relacionado con las licencias de AUTO-TAXI, tanto en lo relativo a los criterios de otorgamiento, pliego de condiciones, estudios de viabilidad, es competencia municipal, por lo que deberán exponer sus RECLAMACIONES en esta materia al AYUNTAMIENTO correspondiente”. Igualmente, tenemos que decir que desde ese entonces el ayuntamiento ha hecho caso omiso y oídos sordos a nuestros continuados escritos de solicitud a la ampliación de las Licencias de Nueva Creación, que con actuaciones altamente sospechosas las licencias han estado BLOQUEADAS en defensa de intereses espurios, además, hemos podido ver en diferentes Medios de Comunicación el conflicto en el sector del TAXI más de 80 (ochenta) licencias de TAXIS están concentradas en pocas manos: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. además, los asalariados del TAXI con experiencias más de 25 (veinticinco) años en el sector, ese Ayuntamiento con decisiones arbitrarias y actuaciones perniciosas benefician a unos pocos en fomentar y encubrir las prácticas fraudulentas, lesionando el Interés General y perjudicando a la mayoría de los trabajadores asalariados y usuarios del Taxi, como así lo demuestran los problemas que ya está creando desde su publicación ANUNCIO ante el Boletín Oficial la Provincia de S/C de Tenerife, núm. 72, fecha día 03 de Junio de 2015.

           CUARTA.- Relación de escritos fundamentados en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento en fechas sucesivas desde los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, respecto a la petición de inicio del Procedimiento Legal de Licencias de Nueva Creación, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxis de Nueva Creación, que enumeramos por orden cronológicos de fechas:

1)      Ayuntamiento escrito RGE sin núm. ordinal, el mismo escrito se presenta ante el Cabildo Insular de Tenerife con RGE ordinal núm. 52.587, fecha 30 de Abril de 2008.

2)     Ayuntamiento   escrito   RGE   ordinal   núm.   15.320,  fecha  25  de  Mayo  de   2008.

3)     Ayuntamiento  escrito    RGE  ordinal   núm.   11.635,   fecha   20   de   Abril  de   2009.

4)     Ayuntamiento   escrito   RGE   ordinal   núm.   12.476,   fecha   27  de  Abril  de  2009.

5)     Ayuntamiento   escrito   RGE   ordinal   núm.   13.015,   fecha   30  de  Abril  de  2009.

6)     Ayuntamiento   escrito   RGE   ordinal  núm.  26.923,  fecha  27  de  Agosto  de  2009.

7)     Ayuntamiento   escrito   RGE   ordinal   núm.   29.675,   fecha  22  Septiembre  2009. 

8)     Ayuntamiento   escrito   RGE  ordinal  núm.  31.996, fecha  14  de  Octubre  de  2009.

9)     Ayuntamiento  escrito    RGE  ordinal  núm.  35.280,  fecha 09 de Noviembre de 2009.

10)Ayuntamiento   escrito      RGE   ordinal   núm.   7.199,   fecha   08  de  Marzo  de  2010.

11)Ayuntamiento   escrito      RGE  ordinal   núm.   27.588,  fecha  30  de  Agosto  de  2010.

12)Ayuntamiento  escrito       RGE ordinal  núm.  30.890,  fecha  27 de Septiembre de 2010.

13)Ayuntamiento  escrito       RGE  ordinal  núm.  38.800,  fecha 30 de Noviembre de 2010.

14)Ayuntamiento   escrito      RGE   ordinal  núm.   18.657,  fecha   09   de   Junio  de  2011.

15)Ayuntamiento  escrito       RGE  ordinal  núm.  27.967,  fecha 09 de Septiembre de 2011.

16)Ayuntamiento  escrito       RGE  ordinal  núm.  28.140,  fecha 12 de Septiembre de 2011.

17)Ayuntamiento  escrito       RGE  ordinal  núm.   31.015,  fecha  05  de  Octubre  de  2011.

18)Ayuntamiento   escrito      RGE   ordinal   núm.   12.520,   fecha   17  de  Abril  de  2012. 

19)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.   19.343,   fecha   07   de   Junio   de   2012.

20)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.   26.008,  de  fecha  02  de  Julio  de  2013.

21)Ayuntamiento  escrito      RGE   ordinal  núm.  34.132,  fecha  28  de  Octubre  de  2013.

22)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal núm. 48.378 de fecha 20 de Diciembre de 2013. 

23)Ayuntamiento   escrito     RGE  ordinal  núm.   5.153,   fecha  12  de  Febrero  de  2014

24)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.  5.399,  fecha  14  de  Febrero  de  2014.

25)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.   8.815,   fecha    10   de   Marzo   de  2014. 

26)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.  10.480  de  fecha  19  de  Marzo  de 2014.

27)Ayuntamiento  escrito      RGE  ordinal  núm.  15.276   de  fecha  15  de  Abril  de  2015. 

           QUINTA.- Ayuntamiento en relación al artículo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012 de 2 de agosto, viene a coincidir con el artículo 11 del Real Decreto nº 763/1979 de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos  de Transportes en automóviles Ligeros, establecen requisitos generales: “Para acreditar dicha necesidad y conveniencia se analizará: el tipo, extensión y crecimiento de los núcleos de población (residencial, turística, industrial, etc.); las necesidades reales de un mejor y más extenso servicio”. En beneficio del Interés General fomentar PLENO EMPLEO. En manifiesta reiteración la Asociación A.T.A.C.A. presentan numerosos escritos en Ayuntamiento, desglosan detalladamente la cruda realidad laboral existente en el sector, denuncian las distintas y variadas formas de múltiples irregularidades y abanicos ilegalidades de explotación de licencias de TAXIS, con régimen de impunidad ante la falta de controles y revisiones periódicas con la inaudita connivencia del Ayuntamiento, derivan repugnante economía sumergida. Reivindicaciones fundamentadas en dignificar las aspiraciones legítimas y derechos irrenunciables de los ASALARIADOS, en virtud Población Real municipio de ADEJE, fijada más 200.000 (doscientas mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas actividades económicas radicadas en este municipio. CONCLUSIÓN, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de  150  (ciento  cincuenta)  Licencias de Taxis de Nueva Creación.

           SÉXTA.- La poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje, hablamos de un PODER  ECONOMICO, que en circulación operativas únicamente existen solo 178 (ciento setenta y ocho) licencias de TAXIS, por lo que entendemos son escasas e insuficientes para un servicio eficaz con los usuarios, todo ello, generan un frenético, apetitoso e incipiente Mercado Persa de operaciones prohibitivas de compras ventas de licencias en cantidades dinerarias desorbitadas, con desembarco en el sector de especuladores de diferentes latitudes que apoderan y explotan las licencias de taxis, incluso, plagados con antecedentes penales de historiales delictivos, incurriendo en múltiples irregularidades y  flagrantes ilegalidades en manifiesta dejación de funciones del Ayuntamiento. Que estos hechos han sido denunciados en reiteración manifiesta por nuestra Asociación ATACA desde hace muchos años. Que los Tribunales de Justicia han dado la razón a nuestra Asociación ATACA con una contundente y ejecutiva Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, por Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena y manda retrotraer todas las actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010, en su momento cerró en falso ese Ayuntamiento, cuando existía investigación abierta contra más de 80 (ochenta) titulares concesionarios de Licencias de TAXIS explotadas en continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. además, la Sentencia Firme ordena Normativa de aplicación Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo, por el que se aprueba Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las detalladas y personalizadas Denuncias ante ese Ayuntamiento, por consiguiente, dicha Sentencia declarada firme, ordena y manda tramitar Expedientes Revocatorios singulares contra las más de 80 (ochenta) licencias municipales de TAXIS explotadas en continuado fraude denunciadas.

           SÉPTIMA.- AUTO TAXIS P.M.R (adaptados para Personas con Movilidad Reducida), DENUNCIA en manifiesta reiteración ante el Ayuntamiento con Registro General de Entrada con fecha 12 de Febrero de 2014, ordinal núm. 5.150, citamos textualmente: “Que a medio del presente escrito, por ser esta Asociación parte interesada en virtud del EXPEDIENTE incoado en referencia a nuestras Denuncia en manifiesta reiteración que se acompaña, con registro general de entrada, ordinal número 48.378 con fecha 20 de Diciembre de 2013, sobre las múltiples irregularidades de las SEIS licencias de AUTO TAXIS adaptadas para Personas con Movilidad Reducida ( P.M.R.), con alteración de la Ficha Técnica con vulneración de los Pliegos de Condiciones y Cláusulas Administrativas: han instalado sillones atornillados en el espacio físico portaequipaje, con violación sistemática de los requisitos obligatorios del transporte especial en Servicio Público de Viajeros, en desamparo discriminatorio con las personas discapacitadas que dejan tiradas y votadas en las puertas de los hoteles, centros comerciales y eventos culturales, incluso, con ambiciosos planes ilícitos y afán recaudatorios tienen rotulados el exterior de los vehículos con cartel anunciador de plazas de viajeros: TAXI seis plazas o TAXI siete plazas. Hablamos de hechos probados la utilización y explotación de licencias P.M.R. por vulgares DEFRAUDADORES en connivencia de Servidores Públicos responsables de las Áreas de Turismo, Transportes y Policía: inspecciones y controles rutinarios en las licencias de TAXIS brillan por su ausencia, se detectan las vergonzosas anomalías de portaequipajes carentes de espacios diáfanos a efectos de ser utilizado por personas con movilidad reducida con los sensibles aparatos sean sillas plegables o compactas. Que los comparecientes no han tenido conocimiento alguno de lo actuado con arreglo a lo denunciado, sobre las licencias P.M.R.: 173, 174, 175, 176, 177 y 178, por vulneración sistemática de Normativas de obligado cumplimiento, su depuración y revocación. INTERESAMOS como parte interesada que se nos den copias de actuaciones obrantes en los Expedientes incoados al respecto.

             OCTAVA.- Que en virtud al escrito presentado ante ese Ayuntamiento, de fecha 11 de Mayo de 2015, ordinal núm. 20.073, personada como parte interesada, en todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios que se tengan que incoar en virtud a las Denuncias formuladas por nuestra Asociación A.T.A.C.A. contra todas y cada una de las licencias de TAXIS otorgadas en ese municipio de Adeje, es decir, tienen que incoarse tantos Expedientes como Denuncias se hayan formulado por cada licencia respectiva, todo ello, en virtud del mandato consignado en el Decreto de Alcaldía núm. 204/2015, de fecha 30 de marzo de 2015, por el que se ACATA y se ORDENA dar cumplimiento a la Sentencia 5/2014, de fecha 07 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento 210/2013 por el Juzgado lo Contencioso Administrativo núm. Uno, y confirmada por la Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, dictada en el Recurso de Apelación 36/2014 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Evidentemente, a simple vista se detecta por parte del Ayuntamiento de Adeje la falta de voluntad e inmovilismo, mediante dilaciones indebidas y subterfugios paralizantes a efectos que cumplan la citada Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, en manifiesta DESOBEDIENCIA JUDICIAL que ordena la reapertura inmediata Expediente Administrativo 71/2010, en su momento cerró en falso falsamente ese Ayuntamiento cuando existía investigación abierta contra las múltiples irregularidades y abanicos ilegalidades: codiciosos empresarios, oligarcas FLOTEROS, etc.

           NOVENA.- La Asociación A.T.A.C.A. formada por humildes asalariados, unos en desempleo y otros advertidos de despidos, tenemos la sensación y percepción que ese Ayuntamiento pretenden favorecer, proteger y beneficiar a los numerosos FLOTEROS y demás defraudadores que explotan las licencias de TAXIS en continuado fraude de Ley, cuando realmente la Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, dice claramente que ordena la reapertura del Expediente Administrativo 71/2010, normativa de aplicación la estatal Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las continuadas Denuncias en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento, contra más de 80 (ochenta) licencias TAXIS, se denunciaban transmisiones ilícitas de licencias por adjudicatarios e incumplimiento, también, por adjudicatarios de licencias de taxis del régimen de incompatibilidades y obligaciones impuestas, artículos 8, 17 y 48 del citado Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, siendo el escrito con RGE núm. 8.228, de fecha 16 de marzo de 2010, las irregularidades y utilización fraudulenta en la explotación de las licencias de TAXIS que se detallaban, reclamando la investigación, depuración y REVOCACIÓN de las adjudicaciones de licencias que, en su caso, incurran en ilegalidad, es decir, se denunciaba la existencia de numerosos titulares de licencias de taxi, que NO tienen dedicación plena ni exclusiva, compatibilizándolas, incluso, con otras actividades económicas y mercantiles, a través de sociedades de capital: empresarios de restaurantes, empresarios de camiones de transportes de mercancías, empresarios de furgones de transportes de mensajerías, empresarios de servicios de grúas, empresarios de talleres de automóviles, empresarios cadenas de guaguas de transporte discrecional, empresarios de plataneras, empresarios de prostíbulos, empresarios de empresas de locales de maquinas recreativas tragaperras, empresarios de discotecas, empresarios de estaciones gasolineras, incluso, avispados funcionarios públicos, jubilado de la Guardia Civil, incluso, numerosos jubilados, incapacitados y viudas de titulares que perciben jugosas pensiones de la Tesorería General de la Seguridad Social en simultaneo explotan las licencias de taxis, además, numerosos CLANES FLOTEROS, algunos plagados de historiales delictivos y antecedentes penales, explotan ramilletes de licencias de TAXIS adquiridas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros sucios de dudosas procedencias.

           DÉCÍMA.- Que la aplicación por parte de ese Ayuntamiento en la elaboración de los Estudios Socios Económicos de Viabilidad, en ningún momento se respetan los requisitos generales que deben regularse por el criterio regulador del número de licencias a conceder en su caso. En este punto se debe anticiparse que tal criterio tiene que tener como uno de sus elementos definitorios POBLACIÓN REAL, de municipio de excelencia turístico de Adeje, fijada en más de 250.000 (doscientas cincuenta mil), habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en ese municipio. Obviamente, a efectos tener en consideración el Procedimiento Legal de Creación de Nuevas Licencias con respecto a los criterios, filosofías, parámetros y pliegos de condiciones, están totalmente tergiversados, distorsionados y falseados, sencillamente NO se corresponden con los datos objetivos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los municipios de excelencia turística tienen establecidos ratios poblacionales 1 ‘ 43 (uno con cuarenta y tres) TAXIS por cada 1.000 (mil) habitantes.

           DÉCIMO PRIMERA.- Dejamos plena constancia de las manifestaciones públicas realizadas en medio audiovisual de “MÍRAME TELEVISIÓN”, en el programa de los periodistas Manuel Artiles y Moisés Grillo, la fecha 20 de Abril de 2015, en la entrevista larga y tendida de una hora al Sr. Alcalde de Adeje, Don José Miguel Rodríguez Fraga, habla de Solidaridad, Transparencia, legalidad y Justicia Social, manifiesta con fundamentación y razonamientos que el municipio de excelencia turístico, construyen y explotan gigantescos centros comerciales: SIAM MALL, SAN EUGENIO, EL GALEÓN,  EL DUQUE, GRAN SUR, TROPICANA, ETC.), gigantes parques temáticos y megas hoteles lujosos de cinco estrellas, con altísima ocupación, rentabilidad y facturación, consecutivamente se baten record de beneficios todos los años a nivel nacional. El Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga manifiesta públicamente que el Ayuntamiento tiene que dar servicios una POBLACIÓN REAL más de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales todas lucrativas actividades económicas radicadas en ADEJE.

           DÉCIMO SEGUNDA.- Periódico municipal “Juan Centeno”, editado, elaborado y distribuido por el propio Ayuntamiento de Adeje, publicación del RESUMEN ANUAL DE 2014, pagina 36, entrevista al Concejal de Turismo y Transporte, Don Rafael Dolado García, cito textualmente: “Política Turística y Transporte. ADEJE, atractivo la inversión turística. Costa Adeje recibió en 2014 más de 1.700.000 (un millón setecientas mil) TURISTAS, lo que supone un incremento respecto al año anterior de 2013 que superó en poco el millón setecientos mil. Las cifras en manos, se entiende que Adeje está dentro de los destinos más atractivos para la inversión turística. Así lo demuestra el hecho de que Fedola y la Cadena Barceló Hoteles hayan presentado la construcción de nuevos hoteles de lujos en Costa Adeje. Además de la inversión en nuevas construcciones, hay que destacar la apuesta privada en turismo de salud, con un proyecto de Talasoterapia o un Parque de Atracciones en la zona cercana al Campo de Golf. Paralelamente a la nueva inversión, el destino sigue posicionado en el sector de lujo y familiar gracias a su apuesta continuada por la calidad y oferta complementaria. En ese sentido hay que recordar el premio de Tripp Advisor al GRAN SIAM PARK como el mejor PARQUE ACUÁTICO del Mundo en 2014”.

           DÉCIMO TERCERA.- Periódico municipal “Juan Centeno”, editado, elaborado y distribuido por el Ayuntamiento de adeje, publicación del Resumen Anual de 2014, pagina 4, entrevista al Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, públicamente pregona por la distribución equitativa de la riqueza,    en relación a la enorme riqueza del municipio, ¿Qué valoración nos puede hacer de este año 2014 que acabamos de dejar atrás? “Visto globalmente, 2014 ha sido un buen año para Adeje. Ha sido un año turísticamente muy activo con una buena ocupación, donde se ha incrementado la rentabilidad de la oferta turística alojativa. Concretamente, tenemos dos hoteles nuevos que están en construcción, se ha puesto en marcha el plan parcial El Puertito con financiación inversora en un modelo sostenible que se adecúa al momento y que viene a dinamizar el destino turístico”. ADEJE se ha convertido en un referente a la hora de invertir ¿Cómo se consigue eso? “ADEJE ha seguido una trayectoria sólida, con un rumbo, se ha hecho creíble, ha creado marca. Es un poco de todo, de un empresariado que ha sabido apostar y escuchar mucho. ADEJE está entre los dos o tres primeros municipios mas rentables de España y eso lo saben los empresarios. Para mí ese es un dato magnifico porque eso hace visible el futuro del municipio. Si hay una empresa importante que hace una inversión en ADEJE municipio de excelencia turístico NO lo hace caritativamente, sino porque tiene posibilidades garantías de éxitos en el mercado”.

           DÉCIMO CUARTA.- Que, igualmente el Acuerdo, al fijar en 23 (veintitrés) Licencias Municipales de TAXIS de Nueva Creación a adjudicar, está viciado de nulidad, por arbitrariedad, toda vez que tal número de licencias requiere estar motivada, conforme a lo establecido al articulo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi de Canarias, aprobado por Decreto Núm. 74 de 02 de Agosto de 2012, viene a coincidir plenamente con el articulo 11 del Real Decreto Núm. 763 de 16 de Marzo de1979, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en automóviles  Ligeros,  también, en virtud al articulado de la Ordenanza Municipal del Taxi de Adeje, aprobado y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia Núm. 01 de 01 de Enero de 2014,  previo los TRÁMITES DE AUDIENCIA, con respecto a los criterios, filosofías, parámetros y pliegos de condiciones, igualmente previstos y con fundamento en la  “necesidad del servicio”, incluso, en virtud a principios constitucionales de generar “Pleno Empleo”, fomentar políticas sociales y laborales favorecedoras en la distribución equitativa de la riqueza de las clases trabajadoras, establecen artículos 35 y 40 de la consagrada Constitución Española. Que el acuerdo del Estudio Socio Económico, está totalmente viciado y manipulado carece de la menor referencia a las premisas consideradas para limitar en aquel número las nuevas adjudicaciones de 23 (veintitrés) licencias TAXIS de Nueva Creación, siendo un hecho notorio el notable déficit de TAXIS para atender a la demanda, y la gran desproporción entre las licencias operativas y la POBLACIÓN REAL fijado más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en el perímetro municipio excelencia turístico de ADEJE.

        DÉCIMO QUINTA.- FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN DE ARONA, denuncia en manifiesta reiteración con registro general de entrada con fecha 20 de Octubre de 2016, textualmente:   “A medio del presente ampliatorio con escrito de denuncia con fecha 30 de Septiembre de 2016, y otro escrito de denuncia con Acta de Comparecencia con fecha 12 de Agosto de 2O16, con Diligencias Investigación Penal núm. 22/2O16 en la Fiscalía Anticorrupción de Arona, se denunciaba a los responsables de las Áreas de Turismo y Transportes de Adeje, por las maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas de prohibir y denegar el ACCESO Y VISTA a todos y cada uno los Expedientes Revocatorios de licencias de TAXI denunciadas, a pesar estar la Asociación legitimados la Personación Como Parte Interesada. Que en la fecha 13 de Octubre de 2016, los dirigentes de la Asociación tienen una reunión con la Sra. Fiscal Jefa, Doña María Isabel Silva, donde informa que siguen las investigaciones abiertas sobre nuestras denuncias contra ese Ayuntamiento, donde han remitido dos requerimientos contra la responsable de las Áreas de Turismo y Transportes, Doña Ermitas Moreira, por los hechos denunciados hasta la fecha NO han contestado los requerimientos…/… Ayuntamiento incoó Expediente Administrativo núm. 71/2010 y a los pocos meses cerró en falso, mediante decisiones arbitrarias y abusos de poder, cuando existía investigación abierta contra más de 80(ochenta) licencias por explotación en continuado fraude, por lo cual esta Asociación acuden a los Tribunales de Justicia, le dan la razón una primera Sentencia dictada la fecha 09 de Marzo de 2012, nuevamente le dan la razón una segunda Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme, por Sentencia dictada fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala Contencioso Administrativo Tribunal Superior de Justicia de Canarias, manda retrotraer todas las actuaciones del Expediente Administrativo núm. 71/2010, normativa aplicación Ley Nacional del Taxi: Real Decreto núm. 763/1979 de 16 de Marzo, VIGENTE en el momento de las detalladas y personalizadas denuncias contra más de 80 (ochenta) licencias de TAXIS explotadas por una variada fauna con régimen de impunidad y continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS: Gasolineras, Supermercados, Restaurantes, Discotecas, Guaguas, Camiones, Seguritas, Prostíbulos, etc. oligarcas FLOTEROS: los Granadillos, los Gomeros, los Vilaflor, los Rusos, los Pelinor, los Puteros, los Fragas, Jueza Beltrán, etc. Hablamos de males endémicos en sector del TAXI cimentado en repugnante ECONOMÍA SUMERGIDA con múltiples irregularidades derivan en nauseabundas organizaciones criminales plagados de historiales delictivos: Narcotraficantes, Proxenetas, Violadores, Gangocheros, etc. para que una vez recuperadas todas las licencias de tales infractores se ofrezcan con carácter gratuitos a los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho a ellas, ante grave emergencia social y laboral existente  en Canarias: desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desemple…/… Que en la fecha prevista y confirmada, lunes día 17 de Octubre de 2016, hora 12:00, la historia se repite por parte del “Vigilante Seguridad”, pone trabas, obstáculos e impedimentos a que subamos la escalera del edificio público CDTCA (Centro Desarrollo Turístico Costa Adeje), debemos esperar en la recepción, con expresa prohibición al recinto público sala de espera de las Áreas de Turismo y Transportes, con falsos pretextos esgrime que NO está presente la Primer Teniente Alcalde, Doña Ermitas Moreira, y debemos esperar por espacio de 30 minutos que hagan acto de presencia los cuatro Técnicos Instructores abogados: DON JUAN ANTONIO CURBELO, DON  DAVID SÁNCHEZ BARRERA, DON JAVIER GARCÍA MORALES Y DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO, son los instructores de los más 80 (ochenta) Expedientes Revocatorios de las licencias de TAXIS…/… que ninguno de los cuatro Instructores están disponibles, y vamos a ser recibidos en el salón de actos por el “Ingeniero Municipal”, Don Huberto Rodríguez, profano y estéril en materia jurídica, se permite el lujo de darnos las instrucciones respecto a la Personación Como Parte Interesada, detenidamente lee alto y claro nuestro escrito, presentado con registro entrada con fecha 09 de Mayo de 2016, ordinal núm. 16.981, con animo de crear confusión Don Huberto Rodríguez, “Ingeniero Municipal” parece que experto en ingeniería termo nuclear, incurre en manifiesta usurpación de funciones se toma las atribuciones de abogado, ordena que debemos presentar nuevo escrito ante el Ayuntamiento, objetivo solicitar la Asociación ATACA nuevamente la legitimidad Personación Como Parte Interesada a efectos de tener ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de dichos Expedientes Revocatorios…/… En definitiva, a modo de resumen, ante las conductas omisivas, maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas se han dictado dos Autos Judiciales de Ejecución Forzosa: con fecha 26 de Octubre de 2015 y con fecha 12 de Abril de 2016, condición obligatoria plazo por SEIS MESES ya expirado, por lo cual ese Ayuntamiento continúan incurriendo en manifiesta desobediencia Judicial.

          DÉCIMO SEXTA.- Procedimiento Ordinario Núm. 62/2016, formalizan la DEMANDA el día 05 de Julio de 2016, Recurso Contencioso Administrativo contra la resolución de fecha 29 de Diciembre de 2015, dictada por Ayuntamiento de Adeje, por el que DESESTIMA el Recurso Reposición interpuesto por la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.) contra el Acuerdo del Ayuntamiento, fecha 30 de Octubre de 2015 en Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, por el que se aprueba con carácter definitivo el Estudio Socio-Económico  de Demanda de Movilidad Turística y Residencial del municipio de ADEJE en el servicio del TAXI, así como la Creación de 23 (veintitrés) Licencias Nuevas en el sector del Servicio Urbano de Viajeros en Auto Taxi para el periodo 2014 – 2018, basándome en la fundamentación legal…/… se ha omitido y denegado la condición de interesado a la Asociación A.T.A.C.A. con vulneración del Trámite de Audiencia…/…  y a tenor de lo dicho y acreditado documentalmente en la POBLACIÓN REAL se dicte una resolución eficaz en la que se acuerde ampliar el número de las Licencias Municipales de Auto Taxis de Nueva Creación en la cantidad de 150 (ciento cincuenta).

          DÉCIMO SÉPTIMA.- Procedimiento Ordinario Núm. 62/2016, complemento el escrito de fecha 05 de Julio de 2016, de formalización de la DEMANDA y proposición de prueba, en el sentido de añadir a los medios de prueba interesados mediante un otrosí, MÁS DOCUMENTAL, consistente en la aportación de 14 (catorce) FOTOGRAFIAS, insertadas en 7 (siete) folios, tomadas en el mes de MAYO DE 2016, donde se observan paradas de TAXIS llenas de personas en espera de un vehículo Auto Taxi que llegara para ser transportadas. Y ello a lo largo y ancho en la zona turística de Costa Adeje, municipio de ADEJE.

          DÉCIMO OCTAVA.- Procedimiento Ordinario Núm. 62/2016, por mandato Judicial al Sr. Alcalde de Adeje, Don José Miguel Rodríguez Fraga, ordenan pliego 13 (trece) preguntas INTERROGATORIO fundamentadas, presenta dentro del plazo notificada el día 07 de Septiembre de 2016, en nombre y representación de la ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA), según tengo acreditado en los Autos de Procedimiento Ordinario núm. 62 / 2016, a fin que, previa declaración pertinencia sea contestado o absuelto, según previene y bajo requisitos de la L.E.C., con apercibimientos establecidos. Sorprendentemente Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, con triquiñuelas Jurídicas y falsos pretextos ha NEGADO tajantemente contestar dicho INTERROGATORIO, citamos textualmente:

        1.- Diga ser cierto que el municipio de Adeje, es un municipio exclencia turístico de primer orden, de los más rentables de España y uno de los primeros destinos turísticos de Canarias.

        2.- Diga ser cierto que el municipio de Adeje alojó durante el año de 2015, aproximadamente 1.812.093 (un millón ochocientas doce mil noventa y tres) TURISTAS. Esperando que durante este año y los próximos esta cifra se incremente de forma importante.

        3.- Diga ser cierto que las plazas hoteleras y extra-hoteleras en el municipio de Adeje, asciende aproximadamente en 162.089 (ciento sesenta y dos mil ochenta y nueve), (en caso que niegue que diga cuántas tiene el municipio de Adeje).

        4.- Diga ser cierto que la ocupación turística en el municipio de Adeje alcanza una tasa superior al setenta por ciento como media, (en caso que puede determinarla lo especifique).

        5.- Diga ser cierto que en el municipio de Adeje cuenta con 33 (treinta y tres) centros comerciales (en su caso diga el número de centros comerciales, aún de forma aproximada).

        6.- Diga ser cierto que, en circulación, durante el año, hay 178 (ciento setenta y ocho) unidades auto taxis en circulación (en caso que niegue la cifra, que diga cuántas unidades hay efectivamente en ese municipio de excelencia turística de Adeje).

        7.- Diga ser cierto que en las AUDITORIAS DE POBLACIÓN para justificar el establecimiento de grandes centros comerciales en el municipio de Adeje, se establece una población de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, (en caso que niegue dicha cantidad que diga qué cantidad de población se refleja al respecto). Por ejemplo, en lo que se refiere a los megas centros comerciales: “SIAM MALL”, “EL GALEÓN”, “TROPICANA”, etc.

        8.- Diga ser cierto que el declarante, Don José Miguel Rodríguez Fraga, ha reconocido en los medios de comunicación, concretamente, periódico EL DÍA, de 27 de Mayo de 2016, la población soporta diariamente, residentes y turistas, asciende más 200.000 (doscientas mil) personas (en caso que niegue o pueda determinar Población Real, de forma aproximada).

        9.- Diga ser cierto que, aproximadamente, 80 (ochenta) unidades de auto taxis del municipio de Adeje están concentradas en pocas manos, los llamados oligarcas FLOTEROS.

        10.- Diga ser cierto que el declarante, Don José Miguel Rodríguez Fraga, sabe que gran parte licencias de TAXIS, municipio de Adeje, se encuentran concentradas en pocas manos.

        11.- Diga ser cierto que gran número titulares concesionarios de licencias de auto taxis explotan otros negocios distintos al de auto taxis.

        12.- Diga ser cierto que el declarante, Don José Miguel Rodríguez Fraga, ha comprobado la gran cantidad de personas esperando por TAXIS las paradas municipio Adeje.  

        13.- Diga ser cierto que en el municipio de excelencia turistico de ADEJE existe plena VIABILIDAD para, atender las necesidades del transporte, de 150 (ciento cincuenta) licencias de auto taxis más (en su caso que diga cuántas licencias de auto taxis serían viables).

          DÉCIMO NOVENA.- Procedimiento Ordinario núm. 62/2016, abogado, Don José Manuel Rivero, en defensa de nuestra Asociación A.T.A.CA., que evacuando dentro de término el traslado conferido por la Diligencia Ordenación de fecha 25 de Octubre de 2016, IMPUGNA el Recurso Reposición interpuesto por el Ayuntamiento contra la Providencia de fecha 19 de Octubre de 2016, el Recurso Reposición interpuesto por la parte recurrida, Ayuntamiento de Adeje, incurre en causa de inadmisión, que ahora se convierte en causa de desestimación, por cuanto el ahora recurrente Ayuntamiento NO señala el precepto infringido por la Providencia que admite el Pliego de 13 (trece) preguntas para ser contestada por el Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, en el INTERROGATORIO presentado por esta parte al respecto. Además la aplicación supletoria de la L.E.C. determina que, admitidas, lo que así ha ocurrido, las preguntas a cuyo tenor debe ser INTERROGADO el Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, como representante de la Administración Pública recurrida, lo más que puede hacer es impugnarla,  a modo de protesta, NO interponer recurso. Esta pretensión de la contraparte NO es admisible por Ley.          

           VIGÉSIMA.- Procedimiento Ordinario núm. 62 / 2016, Auto dictado la fecha 09 de Noviembre de 2016, DESESTIMAN el Recurso de Reposición interpuesto por el Ayuntamiento de Adeje, sobre el que resuelve la pertinencia del pliego de 13 (trece) preguntas presentado por nuestra Asociación A.T.A.C.A. debe contestar con fundamentación el alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, sale por peteneras con triquiñuelas Jurídicas, incluso, el abogado Jefe del Servicio Municipal, Don David García González, deliberadamente falta el respeto con términos peyorativos “futurólogo, adivino o agorero” a nuestro abogado defensor de la Asociación A.T.A.C.A. en relación de la estimación  POBLACIÓN  REAL. 

           VIGÉSIMO PRIMERA.- Procedimiento Ordinario núm. 62 / 2016, periódico EL DÍA, fecha 16 de Noviembre de 2016, información siguiente: “El Juez ordena al Alcalde que responda al colectivo ATACA”, “En el Auto Judicial, desautoriza al letrado del Ayuntamiento y se muestra sorprendido por usar dinero público en una impugnación infundada” y “El Magistrado le sorprende el uso de dinero público en la impugnación infundada de un mero pliego de preguntas, y que pida más plazo para tramitar los numerosos Expedientes de Revocación de Licencias de TAXIS argumentando insuficiencias de recursos”.

           VIGÉSIMO SEGUNDA.- Escrito al Ayuntamiento con registro general de entrada con fecha 22 de Septiembre de 2015, ordinal núm. 39.272, Dejamos constancia en nuestro otro escrito presentado ante este Ayuntamiento, con Registro General Entrada de fecha 22 de Junio de 2015, con ordinal núm. 26.883, en manifiesta reiteración es público y notorio las declaraciones del Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, de este municipio de excelencia turístico de ADEJE, en la entrevista larga y tendida en el medio informativo de MÍRAME TELEVISIÓN el pasado día 20 de Abril de 2015, ante los periodistas Manuel Artiles, David Cuesta y Moises Grillo, manifiesta ante la opinión pública dando todo lujos de detalles, que el censo POBLACIÓN REAL  del Ayuntamiento de ADEJE, asciende a un número superior a los 200.000 (doscientos mil) habitantes, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de ADEJE, recalca la obligación y compromiso del Ayuntamiento en hacer frente en las infraestructuras, dotaciones y servicios públicos a una gigantesca POBLACIÓN REAL de más de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, además, recalca el Sr. Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, de este municipio de ADEJE, que el hecho de ser un municipio turístico le obliga a realizar un especial esfuerzo financiero, organizativo y planificador para poder atender NO a los casi 47.000 (cuarenta y siete mil) residentes de Derecho sino más de 200.000 (doscientos mil) habitantes que conforman la POBLACIÓN REAL. La página web oficial del Ayuntamiento de ADEJE, no solo refrenda estos datos sino que los amplia a señalar que, con una superficie de 106 (ciento seis) kilómetros cuadrados, ADEJE tiene actualmente Población de Derecho ligeramente superior a los 46.000 (cuarenta y seis mil) habitantes y más de 200.000 (doscientos mil) habitantes de POBLACIÓN REAL. Como pocos municipios canarios se ve obligado a realizar un especial esfuerzo financiero, planificador y organizativo, debido al incremento en el número de usuarios, que demandan la prestación de servicios municipales motivado por el flujo turístico, ADEJE viene reclamando el reconocimiento de estas características desde hace dos décadas. ADEJE cerró el balance turístico de 2014 rozando los 2.000.000 (dos millones) de visitantes TURISTAS, por lo tanto, ADEJE es el quinto municipio en creación de empleo en el sector y en el índice de rentabilidad financiera creció un 8 por ciento y sigue siendo de los primeros de España. (…) Uno de los baremos que se utilizan para estudiar esa rentabilidad tiene que ver con el ingreso medio que se obtiene por habitación en cada establecimiento hotelero. ADEJE es referencia a nivel nacional, por ejemplo, en los ingresos medios en los hoteles de cinco estrellas, nada menos que con 142’4 euros de ingreso medio por habitación, el más alto del país. Los hoteles de COSTA  ADEJE  mejoran las cifras respecto a 2013 en más de un 3 por ciento.

           VIGÉSIMO TERCERA.- Periódico municipal Juan Centeno, fecha 30 de Enero de 2015, “ADEJE CERRÓ EL BALANCE TURÍSTICO DE 2014 ROZANDO LOS 2.000.000 (DOS MILLONES) DE VISITANTES”, “ADEJE es el quinto municipio de España en creación de EMPLEO en el sector y en índice de rentabilidad financiera creció un 8 % (ocho por ciento) y sigue siendo de los primeros de España”. “Los datos turísticos del destino COSTA ADEJE de la temporada de verano 2014 en materia de rentabilidad económica, creación de empleo y ocupación hotelera volvieron a ser muy positivos y a colocar el destino del municipio de Adeje entre los primeros de España en todos los índices”. El turismo aumenta en municipio de ADEJE en un 1’6 por ciento durante el primer cuatrimestre del año 2014. El alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga, conjuntamente con el concejal de Cultura, Deportes y Juventud, Adolfo Alonso Ferrera, han dado a conocer los datos TURÍSTICOS del primer cuatrimestre del año 2015. En este sentido, el alcalde de ADEJE José Miguel Rodríguez Fraga ha detallado que ADEJE ha aumentado un 1’6 por ciento en número de visitas con respecto al mismo periodo del año anterior. Hasta la fecha se han registrado más de medio millón de TURISTAS, quienes tienen un gasto medio de 87’80 euros. Según el Foro de Turismo EXELTUR, es la tasa de gasto más elevada de toda España, seguida principalmente por San Bartolomé de Tirajana, Arona y Mogán. (…) el alcalde de ADEJE José Miguel Rodríguez Fraga hizo especial referencia el TURISMO que se aloja en el municipio de ADEJE utiliza, fundamentalmente, los hoteles de cuatro y cinco estrella. Las pernoctaciones han aumentado hasta alcanzar los 3.457.085 (tres millones cuatrocientas cincuenta y siete mil ochenta y cinco) de personas, que suponen un 69’4 por ciento del total y las extra-hoteleras, también han ascendido, han visto un incremento de un 44 por ciento, que se traduce en 1.523.640 (un millón quinientas veintitrés mil seiscientas cuarenta) personas. Los indicadores turísticos, “auguran un buen verano”, resaltó el alcalde de ADEJE, quien subrayó que “la contratación online ha alcanzado records históricos y se han  mejorado las conexiones aéreas, por lo tanto, la mejora en las rutas desde Reino Unido, Italia, Alemania y Polonia se verán reflejadas durante la época estival”. (…) Aunado a todo esto, el alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga señaló que “ADEJE está realizando diferentes actuaciones que mejoran la oferta tanto para las personas residentes como para quienes nos visitan, se trata del plan de infraestructuras TURISTICA, que afecta a arterias de Costa ADEJE como son la calle Londres, calle Unterhaching, calle Adeje 300, calle Los Pueblos, acceso a Costa Adeje desde Fañabé, remodelación del paseo marítimo, acondicionamiento de rotondas en Playa Paraiso y Callao Salvaje”.  (…) el alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga puntualizó que “ADEJE es un destino pionero, puntero, destino TURÍSTICO inteligente, lo que nos hace grandes y por lo que tenemos  que seguir  trabajando es por nuestra  gente, es la riqueza y el  tesoro más  valioso  que  existe”.

           VIGÉSIMO CUARTA.- Escrito al Ayuntamiento con registro general de entrada con fecha 30 de Septiembre de 2015, ordinal núm. 40.446, acompaña una circular del Sindicato U.G.T. (Unión General Trabajadores), SOLICITAMOS la inmediata entrega de LA LISTA de aspirantes a Licencias Municipales de Auto Taxis, dejamos plena constancia ante este Ayuntamiento, que numerosos asalariados, realmente ejercen de concesionarios patronos “EN CUBIERTAS”, es decir, explotan la licencia de Auto Taxi cuyo propietario concesionario es su padre u otro familiar, cuyos datos verificados están documentados en el Vida Laboral, certificaciones expedidas por la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo tanto, hablamos de falsos asalariados aspirantes a Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, tienen vínculos por lazos familiares de primer grado y segundo grado con los patronos, por lo tanto, dichos aspirantes deben quedar tajantemente excluidos. Lo cual vulnera, el articulo 1.3 e) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES. Por cuanto NO pueden equipararse a un asalariado del TAXI al trabajo desempeñado por un familiar del patrono, sin más, por cuanto el trabajo o empleo familiar así está excluido del ámbito del Estatuto de los Trabajadores, el cual es el que se aplica fundamentado a los asalariados del TAXI. Acompaña una circular expedida por Sindicato U.G.T. (Unión General Trabajadores), públicamente expuestas en las Oficinas del INEM (Instituto Nacional de Empleo), donde ponen de manifiesto el articulo 1.3 e) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación al primer grado y segundo grado por consanguinidad o afinidad por lazos familiares. Expresamente: Se excluyen del ámbito regulado por la presente Ley. Los trabajos familiares, salvo que se demuestre lo contrario de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción”. Igualmente, con independencia a la inmediata entrega de LA LISTA de aspirantes a Licencias de Auto Taxis, instamos a los responsables Municipales quedando expresamente advertidos de las responsabilidades jurídicas en que podrán incurrir de no verificarlo, además, el incumplimiento de esta Norma pudiéramos entenderse que estaríamos en presencia de adjudicaciones directas  “A DEDOS” CON LOS FALSOS ASALARIADOS ejercen de patronos concesionarios “en cubiertas”, en nóminas con sus padres u otros familiares en manifiesta afinidad y consanguinidad, en consecuencia, los responsables Técnicos y Políticos Municipales ante los abusos        y decisiones arbitrarias pudieran estar incurriendo alevosamente en presuntos delitos de prevaricación.

          VIGESIMO QUINTA.- Escrito al Ayuntamiento con registro general de entrada con fecha 05 de Noviembre de 2015, ordinal núm. 44.901, Abundando y complementando lo que se dijo en el Pleno Municipal, por parte del Concejal, Don Oliver Tacoronte, portavoz de COALICIÓN CANARIA, citamos textualmente: Pleno Municipal del Ilustre Ayuntamiento de Adeje a celebrar la fecha del próximo, viernes, día treinta de octubre de dos mil quince. ASUNTO: Habiéndose decretado por el Concejal Delegado de Transportes, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS, la DESESTIMACIÓN de las alegaciones, presentadas en nombre propio de cada uno de los compañeros Dirigentes de la Asociación ATACA, y también, en nombre de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), por escrito ante ese Ayuntamiento de Adeje con registro general de entrada, con fecha 22 de Junio de 2015, ordinal 26.883, y demás escritos en reiteración con ampliación de datos a requerimientos del Ayuntamiento,  todo  ello, en RECLAMACIÓN contra el  Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Adeje en Sesión Extraordinaria, celebrada el día 15 de Mayo de 2015, acordó, la aprobación de la apertura de un periodo de exposición pública del Estudio Socio-Económico de demanda de movilidad turística y residencial de Adeje en el Servicio del Taxi, para la Creación de Nuevas Licencias de Auto Taxi, periodo 2014-2018 relativo a la conveniencia de ampliación del número de Licencias en 23 (veintitrés). Por conclusión, en nombres propios y en calidad de dirigentes de la Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Nueva Creación. Y proceda en consecuencia a anular el Acuerdo con arreglo a lo expresado y promoviendo las actuaciones que correspondan. PREGUNTA: ¿Por qué no se convocaron más Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, cuando es publico y notorio que el censo de POBLACIÓN REAL de este municipio, es, más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de excelencia turístico de ADEJE: gigantescos centros comerciales, megas parques temáticos, gigantescos hoteles de cinco estrellas, etc. según datos que a ustedes les constan y reconocidos públicamente por el Alcalde DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA y demás mandatarios de esta Corporación Municipal, teniendo este municipio un gran núcleo poblacional (residencial y turístico) y una importante extensión industrial y comercial? Pudiendo haberse convocado para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta) Licencias Municipales de Auto Taxi de Nueva Creación. ARGUMENTOS: Hablamos con fundamentación y razonamientos en un contexto, de máxima especulación y múltiples irregularidades que existen en este municipio de ADEJE con las Licencias de Auto Taxi (exclusiones en las políticas de Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación y en la utilización fraudulenta de éstas: Licencias explotadas por jubilados que no se revocan, explotar Licencias de jubilados, incapacitados y viudas, éstas sin carnet de conducir, incluso, ser adjudicatarios de otras, explotar Licencias de personas fallecidas y ser adjudicatarios de otras, las frecuentes operaciones prohibitivas de compras ventas de Licencias de Auto Taxi con precios desorbitados, incumplimiento de la obligación de la dedicación plena y exclusiva, numerosos FLOTEROS que explotan Licencias de Auto Taxi en municipio de Adeje y en simultaneo explotan otras Licencias de Auto Taxi en diferentes municipios, incluso, el conocido oligarca FLOTERO (José Luis Rodríguez Herrera) explota Licencias de Auto Taxi por varios municipios: ADEJE, Arona, Granadilla, La Laguna, Santa Cruz, etc. simultáneamente explota diferentes sociedades mercantiles con actividades económicas altamente lucrativas, incluso, la poderosa Cooperativa de Auto Taxi de Adeje explota una gigantesca Estación Gasolinera REPSOL de venta al público, al modo de un entramado holding empresarial de altísima rentabilidad. Siendo el incremento de Licencias de Auto Taxi una forma de lucha contra las desgarradoras tasas de paro y las devastadoras cifras de desempleo que sufrimos, y con lo que paliaríamos en cierta medida esa lacra del paro,  si  se  hiciera  una  distribución  equitativa de las Licencias de TAXI y NO concentrándolas en grupos oligopolisticos. Redundando en la dignificación y transparencia del sector. Con respecto al principio de Igualdad de Oportunidades y de todos ante la Ley, con estricto cumplimiento Normativa aplicación al sector, art. 4 del Decreto Canario del Taxi 74/2012, de 02 de Agosto, que viene a coincidir con el art. 11 del estatal Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, en virtud a fomentar  “Pleno  Empleo”  establecen los arts. 35 y 40 la consagrada Constitución Española. En definitiva, dejamos plena constancia periódico EL DÍA, pagina 14, fecha día 31 de Octubre de 2015, reportaje del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Adeje, textualmente: “durante la Sesión, también se aprobó la Licitación de 11 Licencias de TAXI de las 23 contempladas en el estudio encargado para el periodo 2014-2018”.

          VIGÉSIMO SEXTA.- Periódico municipal “Juan Centeno”, editado, elaborado y distribuido por el Ayuntamiento de adeje, fecha 01 de Julio de 2016, “COSTA ADEJE ES EL ÚNICO DESTINO TURÍSTICO CON LA MEJOR REPUTACIÓN ON LINE DE CANARIAS”, “TRIVAGO.ES lo ha reflejado en un estudio a través 140.000.000 (ciento cuarenta millones) de opiniones de personas usuarias. COSTA ADEJE es el destino turístico con la mejor reputación ON LINE DE CANARIAS, según datos ofrecidos en un Estudio realizado recientemente por TRIVAGO.ES. Para realizar este estudio el portal web ha analizado todas las opiniones a las que se tiene acceso a través de TRIVAGO, un total 140.000.000 (ciento cuarenta millones) procedentes de más de 200 (doscientos) portales de reserva, COSTA ADEJE recibe un 80 ’ 7 % (ochenta con siete por ciento) de la puntuación, la más alta del Archipiélago de Canarias. El estudio analiza la reputación ONLINE de los 70 (setenta) destinos de playas más buscados y entre los destinos de Canarias aparecen en el ranking, COSTA ADEJE es el enclave de las Islas Canarias con mejor reputación ONLINE con 80 ‘ 7 (ochenta con siete por ciento) puntos sobre cien. Los destinos de las Islas Canarias poseen valoraciones muy repartidas, algunos con excelentes puntuaciones y otros, con baja reputación ONLINE.   

           VIGÉSIMO SÉPTIMA.- Periódico Diario de Avisos, fecha 29 de Noviembre de 2015, COSTA ADEJE es el quinto destino español que más empleos genera, el municipio es además el primero de Canarias y cuarto de España en rendimiento económico de hoteles cinco estrellas y el que más creció durante el verano…/… “Son buenos datos porque nos fijamos en la rentabilidad que obtienen las empresas del sector como indicador de posibilidades de seguir creciendo, creando EMPLEO y mejorando el destino COSTA ADEJE”, afirmó la Concejal de Turismo, ERMITAS MOREIRA, que también cree que “si logramos equilibrar las inversiones en nuevos hoteles, con sostenibilidad medioambiental, mejora en la oferta complementaria, los servicios públicos y la rentabilidad, lograremos seguir apostando por la inversión, la formación de nuestros trabajadores y en definitiva, el mejor reparto de la riqueza en la sociedad”. ADEJE posee el mejor dato de CANARIAS con un 85 % (ochenta y cinco por ciento) de media interanual, entre los destinos con mayor y más variada planta hotelera, con más hoteles que cubren la oferta 5, 4 y 3 estrellas. ERMITAS MOREIRA dice “dependemos de quienes nos visitan y de las inversiones de grandes y pequeñas empresas para que el TURISMO sea la fuente de reparto de riqueza en todo el municipio       y eso, hasta ahora, ha funcionado, con lo que hemos podido dar respuestas a buena parte de la sociedad”.  

           VIGÉSIMO OCTAVA.- Periódico La Opinión de Tenerife, fecha 09 de Noviembre de 2016, “Tenerife cerrará 2016 con una cifra record de 2.100.000 (dos millones cien mil) de turistas británicos”. “El Cabildo prevé un crecimiento del 20 % (veinte por ciento) en este mercado”. “El Archipiélago contará con 2.500.000 (dos millones quinientas mil) de plazas aéreas con REINO UNIDO para esta temporada de invierno”. “La falta de competencia permite a los hoteles de Canarias subir un 6 % (seis por ciento) sus precios”. “La ausencia de competidores, fuera del tablero por los problemas de seguridad que presentan, caso de Egipto, Turquía y Túnez, concentra actualmente en CANARIAS oferta de camas en este invierno. 

          VIGÉSIMO NOVENA.- Periódico municipal “Juan Centeno”, editado, elaborado y distribuido por el Ayuntamiento de adeje, fecha 11 de Noviembre de 2016, “Ermitas Moreira, concejal de Turismo y Primer Teniente Alcalde, cree que las perspectivas turísticas tras la World Travel Market de Londres son alentadoras”, “La Concejal de Turismo indicó que Costa Adeje tuvo una presencia importante en la Feria de Turismo, dando a conocer el esfuerzo de todos los agentes en la mejora de nuestro destino”. Hay que recordar que los máximos responsables turísticos de las Islas Canarias indicaron en Londres que Canarias puede ver incrementado el turismo BRITANICO en casi un 20 % (veinte por ciento) en el año 2016 y esos datos podrán mejorar, incluso, en el año 2017. Las cifras que maneja la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias hablan de casi de 5.000.000 (cinco millones) de turistas BRITANICOS que visitarán el Archipiélago este año, que son cerca de 1.000.000 (un millón) más que en 2015. Concretamente, COSTA ADEJE, puso en valor aspectos como “nuestras playas, la posibilidad de tener acceso a la naturaleza y contacto real con el medio ambiente, la gastronomía como factor diferenciador o la apuesta que estamos haciendo por la rehabilitación de espacios, de la que es un ejemplo la nueva apertura del lujoso  HARD  ROCK  HOTELES  en Playa Paraíso, Costa Adeje”, manifiesta Ermitas Moreira.      

           TRIGÉSIMA.- Periódico La Opinión de Tenerife, fecha 15 de Noviembre de 2016, Canarias roza los once millones de pasajeros extranjeros en diez meses. El tráfico de los ocho aeropuertos del Archipiélago aumentó un 14 ’ 5 % (catorce con cinco por ciento) entre Enero y Octubre. Los mercados británico y alemán continúan al alza. “Es la primera vez que se supera ampliamente los 10.000.000 (diez millones) de pasajeros extranjeros en el acumulado hasta Octubre”, subrayó la Consejera de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, María Teresa Lorenzo, después de recordar los datos positivos encadenados durante los últimos meses por el principal sector económico del Archipiélago, que se aproxima al QUINTO RECORD ANUAL CONSECUTIVO.  Exactamente los aeródromos isleños contabilizaron 10.900.000 (diez millones novecientos mil) de viajeros foráneos, 1.300.000 (un millón trescientos mil) visitantes más que en el mismo periodo de 2015. Según el análisis de la Consejería de Turismo sobre los datos de AENA (Aeropuertos Nacionales) los aeropuertos de las ISLAS CANARIAS registraron el último mes un aumento del 12 ‘ 8 % (doce con ocho por ciento) hasta 3.600.000 (tres millones seiscientas mil) de pasajeros españoles e internacionales. Los principales países emisores de TURISTAS para el Archipiélago, REINO UNIDO Y ALEMANIA continuaron al alza durante el mes Octubre.

          TRIGÉSIMO PRIMERA.- Periódico municipal “Juan Centeno”, editado, elaborado y distribuido por el Ayuntamiento de adeje, fecha 24 de Noviembre de 2016, “LA SOSTENIBILIDAD TURÍSTICA Y LA GESTIÓN EFICIENTE DE RESIDUOS A DEBATE”. “FIT CANARIAS y el edificio CDTCA (Centro de Desarrollo Turístico Costa Adeje) acogen unas jornadas de Turismo Sostenible en el marco de la Semana Europea de la Prevención de Residuos y una Ecoferia de reciclaje”. “La Concejal del Área Presidencia del Ayuntamiento de Adeje, Carmen González Cabrera, indicó que Adeje municipio de excelencia turistico, generó durante 2015 cuarenta y ocho mil toneladas de residuos, mil quinientos más que en 2014, por tal motivo, desde la empresa concesionaria de residuos, ASCAN TORROBONAF UTE ADEJE y el Ayuntamiento hemos trazado un plan de acción en el que se involucra tanto a residentes como a turistas. Además de gelocalizar los contenedores de reciclaje que se pueden comprobar a través la APP Adeje se han incorporado nuevos vehículos a la flota que responden a las demandas de la Unión Europea. Asimismo, nos hemos  adherido al proyecto europeo de gestión de residuos “URBAN WASTES”; al de destinos saludables “LIVE” y al de las “SMART CITIES”, todos ellos presentan claros indicios de relevancia del reciclaje y preservación del medioambiente y sus recursos”.  Alberto Bernabé, consejero de Turismo del Cabildo Insular de Tenerife detalló que “Tenerife recibe seis millones de turistas al año, de los cuales dos millones vienes hasta el municipio de Adeje, si a ello sumamos  la población total residente en Tenerife, supone 370.000.000 (trescientos setenta millones) de cenas, desayunos, almuerzos, meriendas, cenas, etc. todo eso genera residuos, por lo tanto, tenemos que preguntarnos si somos sostenibles o si estamos siéndolo o si vamos en el camino correcto de serlo, para ello, tenemos que seguir avanzando en el reciclaje de cara a la ciudadanía dado que el 20 % (veinte por ciento) de los residuos que se generan en Tenerife proviene del sector turístico, es imperativo, que abramos nuevas oportunidades para que el conjunto de personas que residen en Tenerife puedan acceder al reciclaje”.     

          TRIGÉSIMO SEGUNDA.- INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y LA SEGURIDAD SOCIAL  hechos denunciados con reiteración manifiesta por parte de la  Asociación de asalariados A.T.A.C.A. respecto al desarrollo de las condiciones laborales de los trabajadores asalariados explotados en generalizado FRAUDE derivando explotación en condiciones esclavistas, incurren  en delitos contra los derechos de los trabajadores: Primer escrito.- Con R.G.E. de fecha 10 de Febrero de 2016, ordinal núm. 38/0000611/16; Segundo escrito.- Con R.G.E. de fecha 13 de Junio de 2016, ordinal núm. 1.607 e 1601582610, presentada ante la Subdelegación del Gobierno en Tenerife; Tercer escrito.- Con R.G.E. de fecha 07 de Julio de 2016, ordinal núm. 38/3560/16; Cuarto escrito.- Por correo electrónico ante la Inspección de Trabajo ittenerife@meyss.es  fecha 05 de Agosto de 2016; Quinto escrito.- Por correo electrónico ante la Inspección de Trabajo ittenerife@meyss.es  fecha 24 de Agosto de 2016; Sexto escrito.- Con RGE de fecha 29 de Julio de 2016, ordinal núm. 38/0004511/16; Séptimo escrito.- Con RGE de fecha 11 de Octubre de 2016, ordinal núm. 38/0005237/16; Octavo último escrito.- Con RGE de fecha 23 de Noviembre de 2016, ordinal núm. 38/6069/16. respecto al desarrollo las condiciones laborales de los asalariados explotados en generalizado FRAUDE derivando explotación en condiciones esclavistas, incurren en delitos contra los derechos de los trabajadores, repito, que se investiguen todas y cada una las unidades de TAXIS por numerosas flagrantes irregularidades: Fraudulentas Medias Jornadas, Contrataciones Irregulares, Horarios Abusivos, Jornadas Maratonianas, Siniestra Economía Sumergida, Cesión Ilegal de Trabajadores, Vulneración de Derechos y Oportunidades Laborales, Imposición Afán Recaudatorios, Persecución  Sindical, etc. INTERESAMOS que investiguen todas y cada una las 178 (ciento setenta y ocho) licencias de TAXIS del municipio de excelencia turístico de Adeje, porque tenemos el convencimiento que el FRAUDE es generalizado, pudiendo estar las “personas inmigrantes” trabajando en condiciones de cuasi esclavitud, como precedente en el contexto en las que se producen esta petición es por lo que se está produciendo en Canarias, se justifica esta nueva reiteración ante la Inspección Provincial de Trabajo y la Seguridad Social, en base a lo que está sucediendo, según acredito con noticias que adjuntamos de redadas de Inspectores de Trabajo y Policía Nacional contra la ECONOMÍA SUMERGIDA: “El Cuerpo Nacional de la Policía en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, inspeccionaron más de 100 empresas para evitar fraudes a la Seguridad Social o delitos contra los derechos de los extranjeros”, “Empleo en Tenerife detecta flagrante FRAUDE en uno de cada tres contratos inspeccionados”, “Denuncian a 40 empresas por FRAUDE y empleo ilegal”, “La Inspección de Trabajo hace aflorar casi 4.000 (cuatro mil) empleos en negro en Canarias” y “La lucha contra la economía sumergida y fraude a la Seguridad Social detecta cerca de 28.000 (veintiocho mil) empleos sin regularizar desde 2009, las sanciones sumaron 7.800.000 (siete millones ochocientos mil) euros el año pasado, periódico EL DÍA, fechas 17 y 19 de Noviembre de 2016.

          TRIGÉSIMO TERCERA.- Municipio de excelencia turístico de ADEJE con una Población FLOTANTE, contabilizados entre “residentes y turistas” como POBLACIÓN REAL fijado en mas de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de ADEJE, tan importante como ya se ha expuesto, NO puede fijar su Ratio de Licencias de Auto Taxi por habitantes en su Población de Derecho, sino que además, ha de ponderar otras variantes, como la afluencia de TURISTAS (millonaria cuando hablamos del municipio de ADEJE), o la actividad empresarial, para cuya implantación se han tenido en cuenta, tal y como constan en los Expedientes incoados, los criterios de la POBLACIÓN REAL municipio de ADEJE, ha dado lugar a múltiples centros comerciales (con independencia de su vigor empresarial): C.C. AQUA MALL,  C.C. BUGANVILLE, C.C. CRYSTAL, C.C. COSMOS, C.C. DOMASA,   C.C. EL DUQUE,    C.C. EL MIRADOR, C.C.  FAÑABÉ PLAZA, C.C. EL  GALEÓN, C.C. GRAN SUR, C.C. HIPER TREBOL,  C.C. LAGUNA PARK,    C.C. LA NIÑA, C.C. LA PINTA, C.C. LOS OLIVOS, C.C. PARÍS, PLAYA FAÑABÉ,  C.C PLAZA DEL DUQUE, C.C. PUEBLO CANARIO, C.C. PUERTO COLÓN, C.C. RÍO CENTER,  C.C. SALYTIEM, C.C. SAN EUGENIO, C.C. SAN SEBASTIÁN,  C.C. SIAM MALL, C.C. TERRANOVA,  C.C. TEIDE, TORVISCAS,  C.C. TROPICANA, entre otros, además señalar el Polígono Industrial de LAS TORRES, e incluso, dejamos constancia que en todas las instalaciones hoteleras y extra-hoteleras se disponen de amplias áreas comerciales con zonas de tiendas, cafeterías y restaurantes a pie de calle con libres accesos y servicios a los turistas y demás usuarios. La DEMOGRAFÍA a uno de Enero de dos mil catorce, ADEJE tenía un total de 46.667 (cuarenta y seis mil seiscientas sesenta y siete) habitantes, Censo de Empadronamiento como Población de Derecho ocupando el cuarto puesto en número de habitantes tanto de la isla de Tenerife como de la Provincia, aunque ADEJE debido a la condición de municipio de excelencia TURÍSTICO aumenta esta cantidad a lo largo de todos los meses del año, con la ocupación de la planta hotelera y extra-hotelera, POBLACIÓN REAL mas de 200.000 (doscientas mil) personas, de media diariamente, clientes potenciales de todas actividades económicas establecidas en municipio de ADEJE. Acompañamos amplio reportaje de ocho páginas actualizado, ADEJE wikipedia la enciclopedia libre. “el turismo aumenta en Adeje batiendo record durante el primer cuatrimestre del año 2016”, con certificaciones del I.N.E. (Instituto Nacional de Estadística), ADEJE municipio excelencia turístico, certificación de la Encuesta de Ocupación en APARTAMENTOS viajeros y pernoctaciones por puntos turísticos de Residentes en España y Residentes y certificación de Encuesta de Ocupación HOTELERA viajeros y pernoctaciones por puntos turísticos de Residentes en España y Residentes en el Extranjero. Que en relación a la ampliación de las licencias municipales de AUTO TAXIS en virtud al artículo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi, (Decreto Canario del Taxi) aprobado por Decreto 74/2012 de 2 de agosto, viene a coincidir con el artículo 11 del Real  Decreto nº 763/1979 de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos  de Transportes en automóviles Ligeros, establecen requisitos generales: “Para acreditar dicha necesidad y conveniencia se analizará: el tipo, extensión y crecimiento de los núcleos de población (residencial, turística, industrial, etc.); las necesidades reales de un mejor y más extenso servicio”. En beneficio del Interés General en fomentar “Pleno Empleo”. Hechos probados el potencial económico TURÍSTICO del municipio de ADEJE, todos los años baten record de ocupación, rentabilidad y facturación como primero de ESPAÑA, acompañamos pruebas documentales siguientes:

           Documento Uno.- INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS, Notas de Prensa, Viajeros, Pernoctaciones, Estancias Medias, Grados Ocupación y Personal Empleado, con fecha Octubre de 2016.

           Documento Dos.- Instituto Nacional de Estadística, ADEJE, Encuesta de Ocupación Hotelera, Viajeros, RESIDENTES EN ESPAÑA.

          Documento Tres.- Instituto Nacional de Estadística, ADEJE, Encuesta de Ocupación Hotelera, Viajeros, RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

          Documento Cuatro.- Aeropuertos Españoles, Departamento de Estadísticas, datos definitivos, Tráfico de Pasajeros , Operaciones y Carga, Llegadas y Salidas datos definitivos AÑO 2015.                 

           Documento Cinco.- Aeropuertos Españoles, ISLAS CANARIAS, Llegadas de Pasajeros Vuelos Directos,  fecha JUNIO de 2016.  

           Documento Seis.- Aeropuertos Españoles, ISLAS CANARIAS, Llegadas de Pasajeros Vuelos Directos,  fecha ENERO -  JUNIO de 2016.        

          Documento Siete- Aeropuertos Españoles, ISLAS CANARIAS, Llegadas de Pasajeros Vuelos Directos,  fecha ENERO -  AGOSTO de 2016.          

           Documento Ocho.- Aeropuertos Españoles, ISLAS CANARIAS, Llegadas de Pasajeros Vuelos Directos,  fecha ENERO - OCTUBRE de 2016.

           Documento Nueve.- Aeropuertos Españoles, Departamento de Estadísticas, datos definitivos, Tráfico de Pasajeros , Operaciones y Carga, Llegadas y Salidas DATOS ACUMULADOS OCTUBRE DE 2016.         

            Documento Diez.- Aeropuertos Españoles, Departamento de Estadísticas, Tráfico de Pasajeros , Operaciones y Carga, Llegadas y Salidas, DEFINITIVO OCTUBRE de 2016.

          A  los  anteriores  hechos  son  de  aplicación  los  FUNDAMENTOS   DE  DERECHO,  siguientes:

           Uno.- La Ley 39/2015, de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, que regula tanto el Procedimiento a seguir, como el derecho de petición.

            Dos.- Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles ligeros.             

            Tres.- Decreto Canario del Taxi 74/2012, de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi, por el Gobierno de Canarias.

           Cuatro.- Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de accesibilidad y NO discriminación para acceso y utilización transportes para personas con discapacidad.

           Cinco.- Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

           Seis.- Constitución Española de 29 de diciembre de 1978.

           Siete.- Demás Leyes, Disposiciones Concordantes y Normas Administrativas Generales.

 En  su  virtud,

           SOLICITAMOS AL ÁREA DE POLÍTICAS TURÍSTICA, URBANISMO Y ACCESIBILIDAD (TRANSPORTES Y MOVILIDAD) DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito y documento acompañado, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, respecto al Expediente Administrativo Núm. 10TYL03T, a efectos de cumplimentar los Tramites de Audiencias, notificado la fecha miércoles día 16 de Noviembre de 2016, tenga por hechas y dentro del plazo conferido de DIEZ DÍAS las ALEGACIONES que han quedado articuladas en el presente escrito, así como aportados los documentos que se adjuntan para su unión al Expediente de referencia, como prueba. Para que en definitiva y a tenor de lo dicho y acreditado documentalmente se dicte una resolución en la que se acuerde ampliar el número de Licencias Municipales de AUTO TAXIS de Nueva Creación en la cantidad de 150 (ciento cincuenta). Siendo dicho Acuerdo adoptado por el órgano competente del Ayuntamiento para su cumplimiento, vigencia y eficacia.  Es  de  Justicia.

En Villa de Adeje, a día treinta de Noviembre de dos mil dieciséis.

 

 

AL SR. ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

AL SR. CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES PÉREZ RAMOS 

Y A LA SRA. CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA

         

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X;

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.074.015-T;

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido de despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido de despido, provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D; 

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X;

en sus propios nombres de cada uno de los mencionados, y también, en la representación que ostentan de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditados con todas las demás circunstancias personales, en el Procedimiento del Expediente Administrativo de 23 Licencias Municipales de Auto Taxis de Nueva Creación para el periodo 2014-2018, aprobado con carácter definitivo en Acuerdo Plenario del Ayuntamiento, de fecha 30 de octubre de 2015, COMPARECEMOS, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas,  y  como  mejor  proceda  y  haya lugar en Derecho,  D E C I M O S :

      Que al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición, y también, al amparo del artículo 35.I) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 30/1992, de 26 de Noviembre, establece: “A ser tratados con respeto y deferencia por las Autoridades y Funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus Derechos y el cumplimiento de sus obligaciones”, en relación del artículo 42.1) de la citada Ley, que establece la Obligación de resolver de las Administraciones Públicas: “La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los Procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación“, a medio del presente SOLICITAMOS que se dé cumplimiento a tales preceptos legales, en respeto a nuestro Derecho como ciudadanos, dando respuesta o contestación a nuestro escrito en relación: Habiéndose recibido por esta legalmente constituida Asociación ATACA, y también, en nombre de cada uno de las arriba mencionados trabajadores asalariados del TAXI, aspirantes a la obtención de una licencia municipal de TAXI, la notificación en la fecha 15 de Enero de 2016, desde ese Ayuntamiento con registro general de salida, con fecha 11 de Enero de 2016, ordinal 263, cuya resolución consta de tres páginas, por la cual han DESESTIMADO nuestras fundamentadas alegaciones ante ese Ayuntamiento .../… Las alegaciones presentadas en tiempo y forma con registro general de entrada, de fecha 22 de Junio de 2015, ordinal 39.272; y con registro general de entrada, de fecha 05 de Noviembre de 2015, ordinal 44.901, donde este colectivo legalmente constituido de trabajadores asalariados del TAXI acreditamos con razonamientos, fundamentación y abundante documentación la solvencia de nuestros argumentos y fundamentos, donde existe plena viabilidad en este municipio de excelencia turístico de ADEJE, todos los años baten record de ocupación, rentabilidad y facturación en la explotación turística, puesto que las 178 (ciento setenta y ocho) licencias en circulación son escasas e insuficientes, por lo cual hemos solicitado la ampliación de 150 (ciento cincuenta) licencias de AUTO - TAXI de Nueva Creación, en virtud a principios Constitucionales y demás Leyes concordantes de aplicación a los efectos de la distribución de la riqueza y a generar PLENO EMPLEO …/… A medio del presente en ampliación al escrito presentado ante ese Ayuntamiento de fecha 12 de Enero de 2016, con registro general de entrada de fecha 14 de Enero de 2016, ordinal 1.296, INTERESAMOS con carácter de urgencia la entrega inmediata de COPIA COMPLETA DEL PROCEDIMIENTO DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO SOCIO-ECONÓMICO DE DEMANDA DE MOVILIDAD TURISTICA Y RESIDENCIAL EN EL TAXI PARA EL INCREMENTO DE 23 (VEINTITRÉS) LICENCIAS DE TAXI PERIODO 2014-2018 EN MUNICIPIO DE ADEJE, E INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO LICENCIAS DE TAXI AÑO 2014-2015”, escrito de fecha 25 de Enero de 2016, con registro general de entrada en ese Ayuntamiento de Adeje, de fecha 26 de Enero de 2016, ordinal 2.687, adjuntamos al presente. 

       SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito y documento acompañado, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, con la inmediata entrega de COPIA COMPLETA del “Procedimiento del Expediente Administrativo de 23 (veintitrés) Licencias Municipales de Taxis de Nueva Creación para el periodo 2014-2018, aprobado con carácter definitivo en Acuerdo Plenario Municipal del Ayuntamiento de Adeje, de fecha 30 de octubre de 2015”, que SOLICITAMOS al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición, quedando expresamente advertidos de las responsabilidades Jurídicas en que podrán incurrir de no verificarlo.   

 En  la  Villa  de  Adeje,  a  día  doce  de  Febrero  de  dos  mil  dieciséis.

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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

AL SR. ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

AL SR. CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES PÉREZ RAMOS

Y A LA SRA. CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. 43.272.095-X; 

DON MANUEL J. RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto D.N.I. 42.074.015-T; 

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. 42.067.872-K; 

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. 42.080.671-D;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto D.N.I. 78.376.581-X;

       por orden respectivos en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), según tenemos acreditados con todas las demás circunstancias, COMPARECEMOS, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, con número 479 del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, con el debido respeto, acuden y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, DECIMOS:

                      Habiéndose recibido por esta Asociación la notificación en la fecha 12 de Enero de 2016, la certificación de Acuerdo Plenario de fecha 30 de Octubre de 2015, con registro general de salida de fecha 07 de Enero de 2016, ordinal número 79, relativo a APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO SOCIO-ECONÓMICO DE DEMANDA DE MOVILIDAD TURÍSTICA Y RESIDENCIAL EN EL TAXI PARA EL INCREMENTO DE LICENCIAS DE TAXI PERÍODO 2014-2018 EN EL MUNICIPIO DE ADEJE E INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO LICITATORIO DE LICENCIAS AÑO 2014-2015, por la cual han desestimado nuestras fundamentadas alegaciones, donde acreditamos con abundante documentación la solvencia de nuestros argumentos y fundamentos, que existe plena viabilidad en este municipio de excelencia turístico, donde todos los años baten record de ocupación, rentabilidad y facturación en la explotación turística, puesto que las 178 (ciento setenta y ocho) licencias de Taxis en circulación son escasas e insuficientes, por lo cual hemos solicitado la ampliación de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxi de Nueva Creación, en virtud a principios constitucionales y demás leyes concordantes de aplicación a los efectos de distribución de la riqueza y a generar “Pleno Empleo”.  

             Habiéndose observado en la citada certificación de Acuerdo Plenario de fecha 30 de Octubre de 2015, que no se indica en ningún caso qué recurso cabe contra dicho Acuerdo y contra la desestimación de nuestras alegaciones, así como también, se omite el plazo para su interposición y órgano ante el cual ha de interponerse el mismo. Por lo que, a medio del presente INTERESAMOS que se nos notifique qué recurso cabe contra el mencionado Acuerdo Plenario y la desestimación de nuestras alegaciones, indicándonos el plazo y órgano ante el cual debe interponerse dicho recurso.  

                                                              En  su  virtud,  

             SOLICITAMOS AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado.  

    En la Villa de ADEJE, a día doce de Enero de dos mil dieciséis.

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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ADEJE

SR. ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

SR. CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES PÉREZ RAMOS

SRA. CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA         

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. nº 43.272.095-X; 

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de D.N.I. nº 42.074.015-T; 

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. nº 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto de D.N.I. nº 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. nº 42.067.872-K; 

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. nº 42.080.671-D; 

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. nº 78.376.581-X; 

por orden respectivos en calidad y representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), según tenemos acreditados con todas las demás circunstancias, COMPARECEMOS, bajo la dirección del abogado Don José Manuel Rivero, con número 479 del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS

    A medio del presente en ampliación al escrito presentado ante Ayuntamiento, registro de entrada fecha 05 de Noviembre de 2015, ordinal 44.901, SOLICITAMOS copia certificada del PLENO MUNCIPAL tuvo lugar fecha día 30 de Octubre de 2015, relativo a la aprobación de 23 (veintitrés) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, que fue aprobado por unanimidad, por lo cual esta legalmente Asociación ATACA, Y también, los arriba mencionados en su propio nombre, dejamos plena constancia y MANIFESTAMOS nuestra tajante OPOSICIÓN E IMPUGNAMOS el que solo se concedan 23 (veintitrés) Licencias de auto Taxi de Nueva Creación, cuando realmente existe plena VIABILIDAD para la aprobación más de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, en virtud a la existente POBLACIÓN REAL y movimiento de personas de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de excelencia turístico de Adeje, en lo cual, incluso, abundó el portavoz del Grupo Municipal de COALICIÓN CANARIA, Don Oliver Tacoronte Ramos, al cual y a su Grupo les remitimos toda nuestra documentación y nos reunimos en dos ocasiones, lunes 26 Y jueves 29 de Octubre, para que vieran la solvencia de nuestros argumentos y fundamentos, hasta tal punto les merecemos credibilidad nuestra Asociación ATACA, que el portavoz de COALICIÓN CANARIA en su intervención ante el Pleno Municipal llegó a reconocer la VIABILIDAD sobre lo que decimos la Asociación ATACA, respecto con la ampliación de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación. 

    SOLICITAMOS que, teniendo por formulada solicitud de información y acceso de Expedientes al amparo del DERECHO FUNDAMENTAL PETICIÓN, se acceda a la misma con sus efectos, copia certificada del PLENO MUNCIPAL que tuvo lugar la fecha día 30 de Octubre de 2015, relativo a la aprobación de 23 (veintitrés) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, quedando expresamente advertidos de las responsabilidades Jurídicas en que podrán incurrir de no verificarlo.  

    En ADEJE, a día treinta de Diciembre de dos mil quince.

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 AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ADEJE 

SR. ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

SR. CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES PÉREZ RAMOS 

SRA. CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA

         

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. nº 43.272.095-X; 

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, provisto D.N.I. nº 42.074.015-T; 

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. nº 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. nº 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. nº 42.067.872-K; 

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. nº 42.080.671-D; 

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto D.N.I. nº 78.376.581-X; por orden referenciado en calidad y representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), según tenemos acreditados con todas las demás circunstancias, COMPARECEMOS, bajo la dirección del abogado Don José Manuel Rivero, con número 479 del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS

   A medio del presente y en relación al punto del orden del día, del pleno que tuvo lugar el pasado viernes, fecha día 30 de Octubre de 2015, relativo a la aprobación de 23 (veintitrés) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación del Ayuntamiento de Adeje, que fue aprobado por unanimidad, MANIFESTAMOS nuestra tajante OPOSICIÓN E IMPUGNAMOS el que solo se concedan 23 (veintitrés) Licencias de auto Taxi de Nueva Creación, cuando realmente existe plena VIABILIDAD para la aprobación más de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, en virtud a la existente POBLACIÓN REAL y movimiento de personas de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de excelencia turístico de Adeje, en lo cual, incluso, abundó el portavoz del Grupo Municipal de COALICIÓN CANARIA, Don Oliver Tacoronte Ramos, al cual y a su Grupo les remitimos toda nuestra documentación y nos reunimos en dos ocasiones, lunes 26 Y jueves 29 de Octubre, para que vieran la solvencia de nuestros argumentos y fundamentos, hasta tal punto les merecemos credibilidad nuestra Asociación ATACA, que el portavoz de COALICIÓN CANARIA en su intervención ante el Pleno Municipal llegó a reconocer la VIABILIDAD sobre lo que decimos la Asociación ATACA, respecto con la ampliación de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación. 

   Que a la vista de esto y viendo la Justicia de nuestros planteamientos, en ese Pleno Municipal del pasado viernes, fecha día 30 de octubre de 2015, llegó a enunciar los postulados de nuestra Asociación ATACA de ver la solvencia de la abundante documentación al respecto, por parte del portavoz del Grupo Municipal de COALICIÓN CANARIA, Don Oliver Tacoronte, incluso, manifiesta alto y claro varios párrafos de nuestro escrito presentado ante ese Ayuntamiento con registro general de entrada, fecha 31 de Julio de 2015, ordinal 32.664, nuestra Asociación ATACA pedimos la inmediata RECUSACIÓN del abogado del Área de Transportes, DON MARCO BARRERA GARCÍA, por actuaciones altamente sospechosas, por lo tanto, el portavoz del Grupo Municipal de COALICIÓN CANARIA, Don Oliver Tacoronte Ramos, también, piden transparencia y explicaciones al Pleno Municipal, hacen la REPROBACIÓN  contra  el proceder del abogado municipal que ejerce en Área de Turismo y Transportes y en simultaneo defiende los intereses espurios de la poderosa Cooperativa de Taxi, por motivos de manifiestos comportamientos anómalos, actuaciones sospechosas y plenas afinidades con los poderosos FLOTEROS y demás defraudadores.  

   En relación al Pleno Municipal celebrado en el Salón de Pleno del Ayuntamiento de Adeje, fecha, viernes, día 30 de octubre de 2015, en el Orden del día, se incluye el Procedimiento de Licitación de las 23 (veintitrés) licencias de Nueva Creación, que por unanimidad es aprobado definitivamente, por lo cual rechazan y desestiman las alegaciones presentadas en tiempo y forma, por nuestra Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), ante ese Ayuntamiento con Registro General de Entrada, fecha 22 de Junio de 2015, ordinal 26.883, un amplio escrito elaborado con datos fundamentados y razonamientos Jurídicos que existe plena viabilidad a la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias de Nueva Creación.   

   Abundando y complementando lo que se dijo en el Pleno Municipal, por parte del Concejal, Don Oliver Tacoronte, portavoz de COALICIÓN CANARIA, con lo cual hizo la moción a instancias de la Asociación ATACA, tras dos reuniones sostenidas en la sede COALICIÓN CANARIA, fechas 26 y 29 de Octubre de 2015, queremos que se unan al citado Procedimiento Licitación de las 23 (veintitrés) licencias de Taxi de Nueva Creación, que fue entregado un escrito de petición en forma de manifiesto a los concejales del Grupo de COALICIÓN CANARIAS, respecto a la plena viabilidad con fundamentación y razonamientos Jurídicos a la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, tal fue así la solvencia de nuestros argumentos que hicieron mención a que se incrementara las licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, citamos textualmente:      

       A la atención de DON ÓLIVER TACORONTE RAMOS en calidad de Concejal y Portavoz de Coalición Canaria en Ayuntamiento de Adeje, de parte de los compañeros dirigentes en representación de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), ante el Pleno Municipal del Ilustre Ayuntamiento de Adeje a celebrar la fecha del próximo, viernes, día treinta de octubre de dos mil quince.                                    

ASUNTO:

         Habiéndose decretado por el Concejal Delegado de Transportes, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS, la DESESTIMACIÓN de las alegaciones, presentadas en nombre propio de cada uno de los compañeros Dirigentes de la Asociación ATACA, y también, en nombre de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), por escrito ante ese Ayuntamiento de Adeje con registro general de entrada, con fecha 22 de Junio de 2015,  ordinal 26.883, y demás escritos en reiteración con ampliación de datos  a requerimientos del Ayuntamiento,  todo  ello, en RECLAMACIÓN contra el  Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Adeje en Sesión Extraordinaria, celebrada el día 15 de Mayo de 2015, acordó, la aprobación de la apertura de un periodo de exposición pública del Estudio Socio-Económico de demanda de movilidad turística y residencial de Adeje en el Servicio del Taxi, para la Creación de Nuevas Licencias de Auto Taxi, periodo 2014-2018 . relativo a la conveniencia de ampliación del número de Licencias en 23 (veintitrés). Por conclusión, en nombres propios y en calidad de dirigentes de la Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Nueva Creación. Y proceda en consecuencia a anular el referente Acuerdo con arreglo a lo expresado y promoviendo las actuaciones que correspondan.                                     

PREGUNTA:

          ¿Por qué no se convocaron más Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, cuando es publico y notorio que el censo de POBLACIÓN REAL de este municipio, es, más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de excelencia turístico de ADEJE: gigantescos centros comerciales, megas parques temáticos, gigantescos hoteles de cinco estrellas, etc. según datos que a ustedes les constan y reconocidos públicamente por el Alcalde DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA y demás mandatarios de esta Corporación Municipal, teniendo este municipio un gran núcleo poblacional (residencial y turístico) y una importante extensión industrial y comercial? Pudiendo haberse convocado para la aprobación definitiva más de 150 (ciento cincuenta) Licencias Municipales de Auto Taxi de Nueva Creación.                                     

ARGUMENTOS:

        Hablamos con fundamentación y razonamientos en un contexto, de máxima especulación y múltiples irregularidades que existen en este municipio de ADEJE con las Licencias de Auto Taxi (exclusiones en las políticas de Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación y en la utilización fraudulenta de éstas: Licencias explotadas por jubilados que no se revocan, explotar Licencias de jubilados, incapacitados y viudas, éstas sin carnet de conducir, incluso, ser adjudicatarios de otras, explotar Licencias de personas fallecidas y ser adjudicatarios de otras, las frecuentes operaciones prohibitivas de compras ventas de Licencias de Auto Taxi con precios desorbitados, incumplimiento de la obligación de la dedicación plena y exclusiva, numerosos FLOTEROS que explotan Licencias de Auto Taxi en municipio de Adeje y en simultaneo explotan otras Licencias de Auto Taxi en diferentes municipios, incluso, el conocido oligarca FLOTERO (José Luis Rodríguez Herrera) explota Licencias de Auto Taxi por varios municipios: ADEJE, Arona, Granadilla, La Laguna, Santa Cruz, etc. simultáneamente explota diferentes sociedades mercantiles con actividades económicas altamente lucrativas, incluso, la poderosa Cooperativa de Auto Taxi de Adeje explota una gigantesca Estación Gasolinera REPSOL de venta al público, al modo de un entramado holding empresarial de altísima rentabilidad. Siendo el incremento de Licencias de Auto Taxi una forma de lucha contra las desgarradoras tasas de paro y las devastadoras cifras de desempleo que sufrimos, y con lo que paliaríamos en cierta medida esa lacra del paro,  si  se  hiciera  una  distribución   equitativa de las Licencias de TAXI y NO concentrándolas en grupos oligopolisticos. Redundando en la dignificación y transparencia del sector. Con respecto al principio de Igualdad de Oportunidades y de todos ante la Ley. Con estricto cumplimiento de la Normativa de aplicación al sector, art. 4 del Decreto Canario del Taxi 74/2012, de 02 de Agosto, que viene a coincidir con el art. 11 del estatal Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, además, en virtud a fomentar “PLENO  EMPLEO” establecen los arts. 35 y 40 la consagrada Constitución Española. 

         Denunciamos, que existen presiones, coacciones y amenazas desde ese Poder Económico del TAXI, alentadas por el BLOQUE: “Cooperativa de Taxi y Ayuntamiento”, cuyo escrito fundamentado con razonamientos Jurídicos, sorprendentemente COALICIÓN CANARIA y sus Concejales, Don Isidro Mendoza y Don Oliver Tacoronte, parece que tienen MIEDO al Poder Económico del TAXI y entramado político financiero, cuyo Pleno Municipal está abarrotado con avispados aspirantes, pretenden adjudicarse las licencias por sistema caciquil a “A DEDO” las irrisorias 23 (veintitrés) licencias de Taxi de Nueva Creación, proceden como silenciosos “buitres carroñeros”, ejercen como FALSOS asalariados, realmente ejercen como patronos “EN CUBIERTAS”, explotan las licencias cuyos matrices patronos están jubilados o fallecidos, incluso, vinculados por lazos familiares de primer grado o segundo grado de consanguinidad, incluso, familiares de FLOTEROS con ambiciosos planes ilícitos, explotan licencias de Taxi, reclamamos la EXCLUSIÓN de todos aquellos conocidos H P (hijos y demás familiares de patronos) en virtud articulo 1, apartado 3 - E del Real Decreto de la Ley 1/1995 del Estatuto de los Trabajadores.   

   En definitiva, dejamos plena constancia del periódico El Día, pagina 14, fecha día 31 de Octubre de 2015, reportaje del Pleno Municipal del Ayuntamiento de Adeje, citamos textualmente: “DURANTE LA SESIÓN, TAMBIÉN SE APROBÓ LA LICITACIÓN DE 11 LICENCIAS DE TAXI DE LAS 23 CONTEMPLADAS EN EL ESTUDIO ENCARGADO PARA EL PERIODO 2014-2018. Asimismo, y por unanimidad, el Pleno aprobó definitivamente el Estudio socio-económico que justifica el incremento de las plazas del servicio de Auto Taxi. Tras rechazar la única alegación presentada, lo hizo el colectivo de la Asociación ATACA, que pidió 150 (ciento cincuenta) plazas en lugar de las 23 (veintitrés) previstas hasta 2018, los grupos políticos dieron el visto bueno a iniciar el Procedimiento de Licitación de las 11 (once) plazas correspondientes a los años 2014 y 2015. Solo COALICIÓN CANARIA apoyó, aunque no explícitamente, las tesis de la Asociación ATACA para justificar su Demanda de mas Licencias de Auto Taxi. 

                                                   En   su   virtud,                                                                                                    

    SOLICITAMOS AL ÁREA DE TURISMO Y TRANSPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito y documentos acompañados, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, instamos la tajante OPOSICIÓN E IMPUGNAMOS el que solo se concedan 23 (veintitrés) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, cuando realmente existe plena VIABILIDAD para la aprobación más de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, en virtud al movimiento de POBLACIÓN REAL, fijada en más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de excelencia turístico de Adeje, donde crecen como hongos las construcciones de gigantescos Centros Comerciales, gigantescos Parques Temáticos, lujosos Hoteles de Cinco Estrellas, etc. según datos que a ustedes les constan y reconocidos públicamente por el Sr. Alcalde DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA y demás mandatarios de este Ayuntamiento, teniendo este municipio un gran núcleo poblacional (residencial y turístico) y una importante extensión industrial y comercial. 

   En la Villa de ADEJE, a día cinco de Noviembre de dos mil quince.

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AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE Y AL ÁREA DE POLITICA TURÍSTICA Y TRANSPORTE

 

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. 43.272.095-X;

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, provisto D.N.I 42.074.015-T; 

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. 42.067.872-K; 

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. 42.080.671-D;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. 78.376.581-X; 

por orden respectivos actuando en representación y calidad de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), con domicilio a efectos de citaciones y demás notificaciones XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX COMPARECEN, con el debido respeto y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, EXPONEN:

   Que a medio del presente escrito esta parte en nombres propios de los arriba mencionados en calidad asalariados del Auto Taxi del término municipal de Adeje, y también, en representación de la Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.), INTERESAMOS en manifiesta reiteración la inmediata entrega de la LISTA con la relación de los asalariados de Auto Taxi por rigurosos orden de antigüedad laboral en el sector, aspirantes a la obtención de la adjudicación de Licencia Municipal de Auto Taxi de Nueva Creación, en virtud al Concurso Público Abierto en Procedimiento Legal, publicado ante el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 72, fecha del miércoles día 03 de Junio de 2015.

   Que los comparecientes asalariados de Auto Taxi ya solicitaron la citada LISTA, por escrito referenciado con el epígrafe número dos, ante este Ayuntamiento de Adeje con registro general de entrada de fecha 22 de Junio de 2015, ordinal número 26.881, teniendo dicha solicitud de información y acceso a Expedientes, al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición.

    También, este Ayuntamiento de Adeje tiene plena conocimiento en relación el Procedimiento Legal para la Creación de Nuevas Licencias de Taxi, pretenden someter la normativa de aplicación con la Disposición Transitoria única del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012, de 02 de Agosto, por tanto, la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.), en tiempo y forma han recurrido con la oportuna IMPUGNACIÓN, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, y hasta el presente no hay pronunciamientos.

   Dejamos plena constancia ante este Ayuntamiento, que numerosos asalariados, realmente ejercen de concesionarios patronos “en cubiertas”, es decir, explotan la licencia de Auto Taxi cuyo propietario concesionario es su padre u otro familiar, cuyos datos verificados están documentados en el Vida Laboral, certificaciones expedidas por la Tesorería General de la Seguridad Social, por lo tanto, hablamos de falsos asalariados aspirantes a Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, tienen vínculos por lazos familiares de primer grado y segundo grado con los patronos, por lo tanto, dichos aspirantes deben quedar tajantemente excluidos.

   Lo cual vulnera, el articulo 1.3 e) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Por cuanto NO pueden equipararse a un trabajador asalariado del TAXI al trabajo desempeñado por un familiar del patrono, sin más, por cuanto el trabajo o empleo familiar así está excluido del ámbito del Estatuto de los Trabajadores, el cual es el que se aplica fundamentado a los trabajadores asalariados del TAXI.

   Acompañamos copia de la circular expedida por Sindicato U.G.T. (Unión General de Trabajadores), y públicamente expuestas en las Oficinas del INEM (Instituto Nacional de Empleo), donde ponen de manifiesto el articulo 1.3 e) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación al primer grado y segundo grado por consanguinidad o afinidad por lazos familiares. Expresamente: Se excluyen del ámbito regulado por la presente Ley. Los trabajos familiares, salvo que se demuestre lo contrario de asalariados de quienes los llevan a cabo. Se considerarán familiares, a estos efectos, siempre que convivan con el empresario, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción”.

   Igualmente, con independencia a la inmediata entrega de la LISTA de aspirantes a Licencias Municipales de Auto Taxis, instamos a los responsables Municipales quedando expresamente advertidos de las responsabilidades jurídicas en que podrán incurrir de no verificarlo, además, el incumplimiento de esta fundamentada Norma pudiéramos entenderse que estaríamos en presencia de adjudicaciones directas     “a dedos” con los falsos asalariados cuando realmente ejercen de concesionarios patronos “en cubiertas”, es decir, en nóminas con sus padres u otros familiares, en consecuencia, los responsables Técnicos Municipales ante flagrantes decisiones arbitrarias pudieran estar incurriendo en presuntos delitos de prevaricación. 

                                                                   En  su  virtud,

   SOLICITAMOS AL ÁREA DE TRANSPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito y documentos acompañados, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, con la inmediata entrega de la LISTA de aspirantes a Licencias Municipales de Auto Taxis,

   En la Villa de Adeje, a día veintinueve de Septiembre de dos mil quince. 

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AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE  Y AL ÁREA DE TURISMO, INNOVACIÓN, ACCESIBILIDAD Y TRANSPORTE 

     DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, D.N.I. número 43.272.095-X;

DON MANUEL J. RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, D.N.I número 42.074.015-T; 

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, D.N.I número 42.044.364-L;

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, D.N.I. número 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, D.N.I. número 42.067.872-K;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, D.N.I. número 42.080.671-D;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, D.N.I. número 78.376.581-X; 

por orden respectivos actuando en calidad de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), con domicilio a efectos de citaciones y demás notificaciones XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX comparecen y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, EXPONEN: 

     A medio del presente escrito la legalmente constituida Asociación Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.), y también, en nombre propio de cada uno de los arriba mencionados, en virtud a nuestro escrito interpuesto ante este Ayuntamiento de Adeje, con Registro General Entrada de fecha 22 de Junio de 2015, ordinal número 26.883, con respecto a las reclamaciones y alegaciones contra el Estudio Socio-Económico para la ADJUDICACIONES DE LICENCIAS DE NUEVA CREACIÓN, que hemos recibido notificación por parte de este Ayuntamiento con remite del Área de Turismo, Innovación, Accesibilidad y Transporte, de fecha 10 de Septiembre de 2015, con Registro General Salida de fecha 08 de Septiembre de 2015, ordinal número 24.220, cuyo contenido completo citamos textualmente:

AYUNTAMIENTO  DE  ADEJE

ÁREA DE TURISMO,  INNOVACIÓN,  ACCESIBILIDAD  Y  TRANSPORTES

EXPEDIENTE  ADMINISTRATIVO.-  APROBACIÓN  DEL  ESTUDIO  SOCIO  ECONÓMICO  DE DEMANDA  DE  MOVILIDAD  TURÍSTICA  Y  RESIDENCIAL  EN  ADEJE  EN  EL  SERVICIO  DE TAXI,  ADJUDICACIÓN  A  LA  ENTIDAD  RODI  INVERSIONES  S. L.,  LA  REALIZACIÓN  DEL ESTUDIO  –  DECRETO  NÚMERO  230 / 2013,  DE  16  DE  OCTUBRE.  

ASUNTO: REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN

         Incoado por este Ayuntamiento, Expediente Administrativo tendente – si procede – al incremento de Licencias de Taxi en el municipio de Adeje.

       Realizado el preceptivo Estudio Socio Económico que estudie  y valore los parámetros y factores establecidos por el Decreto 74/2012 de 02 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Sector del Taxi, y la Ordenanza Municipal del Servicio de Transportes de Viajeros en Auto Taxi de Adeje, y publicado anuncio de Acuerdo Plenario de fecha 15/05/2015 (quince de Mayo de dos mil quince) de apertura del plazo de exposición pública BOP 03/06/2015 (Boletín Oficial Provincia, fecha tres de Junio de dos mil quince). 

        En el plazo de exposición pública y alegaciones al Estudio, se interpone por Vd. y otras personas escrito reclamación – alegaciones por escrito de fecha 22 de Junio de 2015, con número de Registro de Entrada (oac) 26.883.

           En relación a su escrito alegaciones – reclamación, entre otras cuestiones y como fundamento en la petición de incremento en CIENTO CINCUENTA (150) Licencias más en el municipio de Adeje, se fundamenta en el documento “AUDITORÍA DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO, EXCELENCIA TURÍSTICO, DE MÁS DE 250.000 HABITANTES DE MEDIA MENSUAL”.

          Entendiendo esta Administración que se trata de un documento de capital importancia en la determinación de uno de los factores valorados por el Estudio Socio- Económico: LA POBLACIÓN; se le solicita se aporte al Expediente Administrativo el referido documento que ha servido de base para la justificación de petición planteada.

          Caso contrario y si no fuera posible su aportación, se solicita se indique Boletín, Gaceta o lugar donde consta el referido documento o Entidad que ha realizado el documento, a los efectos de SOLICITAR copia del mismo para su análisis y valoración.

         A los efectos requeridos se concede un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES (10), para el cumplimiento del presente requerimiento; caso contrario se dará cumplido el trámite, continuándose con el Procedimiento como reglamentariamente se establece.

        En la Histórica Villa de Adeje, a ocho de Septiembre de dos mil quince

                             EL CONCEJAL DELEGADO ESPECIAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD  

                                                               Don Andrés Pérez Ramos 

     Que esta Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.) y los compañeros dirigentes en su propio nombre mencionados en este escrito, En virtud al asunto de REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN solicita ese Ayuntamiento a los efectos, que debemos de aportar y acreditar, en relación a nuestro escrito alegaciones – reclamación, entre otras cuestiones y como fundamento en la petición de incremento en CIENTO CINCUENTA (150) Licencias más de AUTO TAXI en municipio de Adeje, se fundamenta en el documento “AUDITORÍA DE POBLACIÓN DEL MUNICIPIO DE ADEJE, EXCELENCIA TURÍSTICO, DE MÁS DE 250.000 HABITANTES DE MEDIA MENSUAL”, por lo tanto, aportamos y acreditamos la documentación siguiente:

     Primero.- Dejamos plena constancia en nuestro citado escrito presentado ante este Ayuntamiento de Adeje, con Registro General Entrada de fecha 22 de Junio de 2015, con ordinal número 26.883, en manifiesta reiteración es público y notorio las declaraciones del Sr. Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, de este municipio de excelencia turístico de ADEJE, en la entrevista larga y tendida en el medio informativo de MÍRAME TELEVISIÓN el pasado día 20 de Abril de 2015, ante los periodistas Manuel Artiles, David Cuesta y Moises Grillo, el Sr. Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, de este municipio de excelencia turístico de ADEJE, manifiesta ante la opinión pública dando todo lujos de detalles, que el Censo Poblacional del Ayuntamiento de ADEJE, asciende a un número superior a los 200.000 (doscientos mil) habitantes, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en esta municipalidad de ADEJE, recalca la obligación y compromiso del Ayuntamiento en hacer frente en las infraestructuras, dotaciones y servicios públicos a una gigantesca población de más de 200.000 (doscientas mil) personas, de media mensual o diariamente, en esta municipalidad, además, recalca el Sr. Alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, de este municipio de excelencia turístico de ADEJE, que el hecho de ser un municipio turístico le obliga a realizar un especial esfuerzo financiero, organizativo y planificador para poder atender NO a los casi 47.000 (cuarenta y siete mil) residentes de Derecho sino más de 200.000 (doscientos mil) habitantes que conforman la Población de Hecho.

     Segundo.- La página web oficial del Ilustre Ayuntamiento de ADEJE, no solo refrenda estos datos sino que los amplia a señalar que, con una superficie de 106 (ciento seis) kilómetros cuadrados, ADEJE tiene actualmente una Población de Derecho ligeramente superior a los 46.000 (cuarenta y seis mil) habitantes y más de 200.000 (doscientos mil) habitantes de Población de Hecho. Como pocos municipios canarios se ve obligado a realizar un especial esfuerzo financiero, planificador y organizativo, debido al incremento en el número de usuarios, que demandan la prestación de servicios municipales motivado por el flujo turístico, ADEJE viene reclamando el reconocimiento de estas características desde hace dos décadas.

     Tercero.- ADEJE cerró el balance turístico de 2014 rozando los 2.000.000 (dos millones) de visitantes TURISTAS, por lo tanto, ADEJE es el quinto municipio en creación de empleo en el sector y en el índice de rentabilidad financiera creció un 8 por ciento y sigue siendo de los primeros de España. (…) Uno de los baremos que se utilizan para estudiar esa rentabilidad tiene que ver con el ingreso medio que se obtiene por habitación en cada establecimiento hotelero. ADEJE es referencia a nivel nacional, por ejemplo, en los ingresos medios en los hoteles de cinco estrellas, nada menos que con 142’4 euros de ingreso medio por habitación, el más alto del país. Los hoteles de Costa ADEJE mejoran las cifras con respecto a 2013 en más de un 3 por ciento. Acompañamos información del periódico municipal Juan Centeno, de fecha 30 de Enero de 2015.

     Cuarto.- El turismo aumenta en municipio de ADEJE en un 1’6 por ciento durante el primer cuatrimestre del año 2015. El alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga, conjuntamente con el concejal de Cultura, Deportes y Juventud, Adolfo Alonso Ferrera, han dado a conocer los datos TURÍSTICOS del primer cuatrimestre del año 2015. En este sentido, el alcalde de ADEJE José Miguel Rodríguez Fraga ha detallado que ADEJE ha aumentado un 1’6 por ciento en número de visitas con respecto al mismo periodo del año anterior. Hasta la fecha se han registrado más de medio millón de TURISTAS, quienes tienen un gasto medio de 87’80 euros. Según el Foro de Turismo EXELTUR, es la tasa de gasto más elevada de toda España, seguida principalmente por San Bartolomé de Tirajana, Arona y Mogán. (…) En este orden de ideas, el alcalde de ADEJE José Miguel Rodríguez Fraga hizo especial referencia que el TURISMO que se aloja en el municipio de ADEJE utiliza, fundamentalmente, los hoteles de cuatro y cinco estrella. Las pernoctaciones han aumentado hasta alcanzar los 3.457.085 (tres millones cuatrocientas cincuenta y siete mil ochenta y cinco) de personas, que suponen un 69’4 por ciento del total y las extra-hoteleras, que también han ascendido, han visto un incremento de un 44 por ciento, que se traduce en 1.523.640 (un millón quinientas veintitrés mil seiscientas cuarenta) personas. Los indicadores turísticos, “auguran un buen verano”, resaltó el alcalde de ADEJE, quien también subrayó que “la contratación online ha alcanzado records históricos y se han  mejorado las conexiones aéreas, por lo tanto, la mejora en las rutas desde Reino Unido, Italia, Alemania y Polonia se verán reflejadas durante la época estival”. (…) Aunado a todo esto, el alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga señaló que “ADEJE está realizando diferentes actuaciones que mejoran la oferta tanto para las personas residentes como para quienes nos visitan, se trata del plan de infraestructuras TURISTICA, que afecta a arterias de Costa ADEJE como son la calle Londres, calle Unterhaching, calle Adeje 300, calle Los Pueblos, acceso a Costa Adeje desde Fañabé, remodelación del paseo marítimo, acondicionamiento de rotondas en Playa Paraiso y Callao Salvaje”.  (…) Finalmente, el alcalde de ADEJE, José Miguel Rodríguez Fraga puntualizó que “ADEJE es un destino pionero, puntero, destino TURÍSTICO inteligente, pero lo que nos hace grandes y por lo que tenemos que seguir trabajando es por nuestra gente, que es la riqueza y el tesoro más valioso que existe”. Acompañamos información del periódico municipal Juan Centeno, de fecha 26 de Junio de 2015.

     Quinto.- NO debemos olvidar que un municipio de excelencia turística como ADEJE con una Población “FLOTANTE” de Hecho, tan importante como ya se ha expuesto, NO puede fijar su Ratio de Licencias de Auto Taxi por habitantes en su Población de Derecho, sino que además, ha de ponderar otras variantes, como la afluencia de TURISTAS (millonaria cuando hablamos del municipio de ADEJE), o la actividad empresarial, para cuya implantación se han tenido en cuenta, tal y como constan en los Expedientes Administrativos incoados, los criterios de la Población de Hecho y población de Derecho de este municipio de excelencia turístico de ADEJE, lo que ha dado lugar a múltiples CENTROS COMERCIALES (con independencia de su vigor empresarial): C.C. AQUA MALL,  C.C. BUGANVILLE, C.C. CRYSTAL, C.C. COSMOS, C.C. DOMASA,   C.C. EL DUQUE, C.C. EL MIRADOR, C.C.  FAÑABÉ PLAZA, C.C. GALEÓN, C.C. GRAN SUR, C.C. HIPER TREBOL, C.C. C.C. LAGUNA PARK, C.C. LA NIÑA, C.C. LA PINTA, C.C. LOS OLIVOS, C.C. PARÍS, PLAYA FAÑABÉ, C.C PLAZA DEL DUQUE, C.C. PUEBLO CANARIO, C.C. PUERTO COLÓN, C.C. RÍO CENTER,  C.C. SALYTIEM, C.C. SAN EUGENIO, C.C. SAN SEBASTIÁN,  C.C. SIAM MALL, C.C. TEIDE,  C.C. TERRANOVA, C.C. TORVISCAS,  C.C. TROPICANA, entre otros, además señalar el Polígono Industrial de LAS TORRES, e incluso, dejamos constancia que en todas las instalaciones hoteleras y extra-hoteleras se disponen de amplias áreas comerciales con zonas de tiendas, cafeterías y restaurantes a pie de calle con libres accesos y servicios a los turistas y demás usuarios.

     Sexto.- DEMOGRAFÍA a uno de Enero de dos mil catorce, ADEJE tenía un total de 46.667 (cuarenta y seis mil seiscientas sesenta y siete) habitantes, Censo de Empadronamiento como Población de Derecho ocupando el cuarto puesto en número de habitantes tanto de la isla de Tenerife como de la Provincia, aunque ADEJE debido a la condición de municipio de excelencia TURÍSTICO aumenta esta cantidad a lo largo de todos los meses del año, con la ocupación de la planta hotelera y extra-hotelera, con mas de 200.000 (doscientas mil) personas, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas establecidas en municipalidad de ADEJE. Acompañamos amplio reportaje de ocho páginas actualizado, ADEJE wikipedia la enciclopedia libre.

     Séptimo.- Dejamos plena constancia en relación al periódico municipal Juan Centeno, con sus titulares de cabeceras ADEJE CERRÓ EL BALANCE TURÍSTICO DE 2014 ROZANDO LOS DOS MILLONES DE VISITANTES TURISTAS de fecha 30 de Enero de 2015; EL TURISMO AUMENTA EN ADEJE EN UN 1’6 POR CIENTO DURANTE EL PRIMER CUATRIMESTRE DEL AÑO 2015, de fecha 26 de Junio de 2015, con las fehacientes certificaciones del I.N.E. (Instituto Nacional de Estadística), con respecto a ADEJE municipio de excelencia turístico, certificación de la Encuesta de Ocupación en APARTAMENTOS viajeros y pernoctaciones por puntos turísticos de Residentes en España y Residentes en el Extranjero por cada mes del año 2014, y certificación de la Encuesta de Ocupación HOTELERA viajeros y pernoctaciones por puntos turísticos de Residentes en España y Residentes en el Extranjero por cada mes del año 2014. Son hechos probados el potencial TURÍSTICO del municipio de ADEJE, todos los años baten record de ocupación, rentabilidad y facturación como primero de España. Acompañamos las citadas certificaciones que constan de cuatro páginas, expedidas por el INE (Instituto Nacional de Estadísticas).        

     Octavo.- Consideramos la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.), y también, en nombre propio de cada uno de los arriba mencionados, que ante la situación de PARO OBRERO  que sume a la población de este ilustre municipio de ADEJE, además, con desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo en la Isla de TENERIFE, y por extensión en la Comunidad Autónoma de CANARIAS, sus dirigentes Servidores Públicos Municipales de este Ayuntamiento de ADEJE han de ofrecer todas las posibilidades que la Ley les permita para el fomento de la emprendeduría, y por tanto, atenta a la lógica que se limite el ofrecimiento de licencias de AUTO TAXI, necesarias para la Población de Derecho y para los cientos de miles de TURISTAS que de forma continua visitan este Término Municipal de ADEJE diariamente, sin olvidar que un mayor número de licencias de AUTO TAXI constituyen fondos económicos cifrados en varios miles de euros mensuales a las arcas Municipales y que destinan a la financiación de los proyectos necesarios para los vecinos y transeúntes de la municipalidad de ADEJE, así como para compensar el mantenimiento de la sobre-prestación de Servicios Municipales, motivada principalmente por la gran afluencia de TURISTAS que actualmente ofrece la Corporación Municipal, y que a pesar de la falta de recursos, es ejemplo de buen hacer para el resto de municipios no sólo de la Isla de Tenerife sino de toda la Comunidad Autónoma de Canarias.

                                                   Es  por  todo  lo  expuesto,

    SOLICITAMOS al Área de Turismo y Transporte del Ayuntamiento de ADEJE que, habiendo por presentado este escrito y documentos acompañados se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y acceda a lo interesado, con respecto al REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN de acreditar la petición de incremento en 150 (ciento cincuenta) Licencias de AUTO TAXI en municipio de ADEJE, fundamentada a la abundante documentación y declaraciones públicas del Sr. Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, recalca que el Censo Poblacional de ADEJE, asciende a un número superior a los 200.000 (doscientos mil) habitantes, de media mensual o diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas establecidas en este municipio de excelencia turística de ADEJE, hablamos de una “AUDITORÍA DE POBLACIÓN DE DERECHO Y POBLACIÓN DE HECHO DEL MUNICIPIO DE ADEJE, de aproximadamente 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual o diariamente”, en consecuencia SOLICITAMOS la ampliación del número de Licencias Municipales de AUTO TAXI de Nueva Creación, hasta completar las 150 (ciento cincuenta) en virtud a los citados Ratios Poblacionales sobre la materia, con el fin de ofrecer un mayor servicio a los cientos de miles de habitantes del municipio de excelencia turístico de ADEJE, que redundaría NO sólo en una mejor imagen de este Término Municipal de ADEJE sino que además, en tiempo de crisis, permitiría el AUTOEMPLEO así como en el incremento de la recaudación de tributos varios destinados a las arcas Municipales que permitirán seguir financiando los diversos servicios que no sólo exige la Legislación teniendo en cuenta la Población de Derecho de ADEJE, sino además aquellos otros que se han de cubrir ante la avalancha constante de ciudadanos, que si bien se encuentran empadronados en otros municipios del Estado Español o la Unión Europea, de Hecho, residen casi todo el año en este Término Municipal. ES de Justicia.

    En la Villa de Adeje, a día veintiuno de Septiembre de dos mil quince.        

         

AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

AL  ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS

Y A LA  CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA

          

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, DESEMPLEADO, provisto de D.N.I. nº 43.272.095-X;

DON MANUEL J. RODRÍGUEZ MEDINA, ADVERTIDO DE DESPIDO, provisto de D.N.I. nº 42.074.015-T;

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, ADVERTIDO DE DESPIDO, provisto de D.N.I. nº 42.044.364-L;

DON JOSÉ MANUEL YANES LUÍS, ADVERTIDO DE DESPIDO, provisto de D.N.I. nº 43.365.232-C; 

DON SEBASTIÁN GARCÍA GUANCHE, DESEMPLEADO, provisto de D.N.I. nº 42.067.872-K;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, DESEMPLEADO, provisto de D.N.I. nº 42.080.671-D;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, DESEMPLEADO, provisto de D.N.I. nº 78.376.581-X;

         actuando por orden respectivos en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA), según tienen acreditados con todas las demás circunstancias en Expediente Administrativo 71/2010, hablando del Procedimiento Ordinario 210/2013 seguidos ante Juzgado lo Contencioso Administrativo Número Uno de Santa Cruz de Tenerife, comparecemos, y como mejor proceda en derecho, DECIMOS:    

       Por el presente escrito ante la petición por escrito con registro general entrada con fecha 22 de Junio de 2015, ordinal número 26.681, referentes a cuatro asuntos fundamentados al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición. Esta Asociación hemos recibido notificación desde esa Área de Transportes, con la fecha 04 de Agosto de 2015, cuyo contenido desvían la atención con argumentos contradictorios, creando confusión a los trabajadores asalariados ante el proceder de la falta de respeto y transparencia de la Función Pública por la Administración Municipal 

           En referencia al punto número dos de nuestro escrito, textualmente pedimos: “La Lista con la relación de los trabajadores asalariados de Auto Taxi del municipio de Adeje, aspirantes a la obtención de la adjudicación de licencia de Auto Taxi de Nueva Creación”. 

           Que la contestación recibida por parte del Ayuntamiento, NO contestan y NO se corresponde en absoluto con nuestra petición, puesto que el Área de Turismo y Transportes están obligados ante un Procedimiento Abierto de Licencias de Auto Taxi de Nueva Creación, con antelación deben exhibir con transparencia y claridad meridiana, la correspondiente LISTA con la relación de los trabajadores asalariados taxistas aspirantes a la adjudicación de las licencias de auto taxis de Nueva Creación, por ende, cabe deducir que muchos de los asistentes a ese bochornoso Pleno Municipal, en su sesión extraordinaria, celebrada el día 15 de Mayo de 2015, en modo alguno cubren los requisitos de “asalariado”. O bien, realizan su trabajo con vínculos familiares que permiten deducir más un negocio familiar que un trabajo por cuenta ajena. O bien con supuestos “patronos” que por su condición de pensionistas establecen de hecho una relación de “arrendamiento”. O bien, ejercen de testaferros o jefes de cuadrillas de los poderosos e intocables FLOTEROS que explotan ramilletes de licencias de auto taxis en continuado fraude de Ley. Máxime cuando son hechos notorios en esta actividad de transportes público de viajeros plagadas de flagrantes ilegalidades, eludir la prohibición expresa de las numerosas prácticas fraudulentas. Y todo, con la inaudita tolerancia cómplice de la Administración Municipal. 

           En definitiva, hacemos una respetuosa protesta y queja por las actitudes y conductas dilatorias de la Concejalía de Transportes ante nuestra petición por escrito con registro general de entrada con fecha 22 de Junio de 2015, con ordinal número 26.681, cuando internamente pudieran agilizarlos, dilatando más el Procedimiento cuando es un tema de gran trascendencia e interés social, con respecto al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición. 

         SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, a efectos de tomar medidas oportunas de respeto y transparencia de la Función Pública, con entrega de la LISTA con la relación de los asalariados taxistas aspirantes a la adjudicación de licencias de Nueva Creación.

 

          En la Villa de Adeje, a día veintiuno del mes de Agosto del año dos mil quince.

 

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AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

DON PEDRO   JOSÉ  AFONSO  PÉREZ,  provisto  de   D.N.I.  nº   43.272.095-X;

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA  GARCÍA,  provisto  de  D.N.I.  nº   42.044.364-L;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO  DELGADO, provisto  de  D.N.I.  nº  42.080.671-D; 

DON JOSÉ   MANUEL YANES   LUIS, provisto   de   D.N.I.   nº   43.365.232-C; 

DON ALFONSO   DÍAZ    VALENTÍN,   provisto   de   D.N.I.   nº   78.376.581-X; 

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRIGUEZ, provisto de D.N.I. Nº 42.067.872-k; 

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, provisto de D.N.I. nº 42.074.015-T; 

todos ellos por orden respectivos actuando en calidad de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (A.T.A.C.A.), según tienen acreditado con todas las demás circunstancias, comparecemos, y como mejor proceda en derecho, DECIMOS:

     Que al amparo de la Ley Orgánica 4/2001, reguladora del Derecho Fundamental de Petición, y por medio del presente escrito SOLICITO SE NOS FACILITE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

1)  COPIA DEL ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO PLENO DE 15 DE MAYO DE 2015, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y FORMA DE CONCURSO DE 23 (VEINTITRES) LICENCIAS DE AUTO TAXI PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTES DE VIAJEROS. 

2)  LA LISTA CON LA RELACIÓN DE LOS TRABAJADORES ASALARIADOS DE AUTO TAXI DEL MUNICIPIO DE ADEJE, ASPIRANTES A LA OBTENCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DE LICENCIA DE AUTO TAXI DE NUEVA CREACIÓN. 

3)  COPIAS DE LOS ESTUDIOS DE VIABILIDAD EN EL SECTOR DEL AUTO TAXI A EFECTOS DE CREACIÓN DE NUEVAS LICENCIAS EN EL MUNICPIO DE ADEJE, CORRESPONDIENTES A LOS CUATRIENIOS 2008-2011  Y  2012-2015. 

4)  INFORMES INVENTARIOS AUDITORIAS DE POBLACIÓN DE DERECHO Y POBLACIÓN DE HECHO ESTIMATIVOS PARA EL MUNICIPIO DE ADEJE QUE LES CONSTEN, CLIENTES POTENCIALES DE TODAS LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS RADICADAS EN ADEJE.

 

                                                                                     En  su  virtud, 

      SOLICITO AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que por medio del presente escrito, teniendo por formulado dicha solicitud de información y acceso a expedientes al amparo del DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN, se acceda a la misma con sus efectos, quedando expresamente advertidos de las responsabilidades jurídicas en que podrán incurrir de no verificarlo. 

 

     En la Villa de Adeje, a día veintiuno de Junio de dos mil quince.

 

 

 

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AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

Y AL ÁREA DE POLITICA TURÍSTICA Y TRANSPORTE

 

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D;  

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I núm. 42.044.364-L; 

DON JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C;  

DON MANUEL J. RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, provisto D.N.I núm. 42.074.015-T; 

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;  

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X;  

por orden respectivos actuando en calidad de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), con domicilio a efectos de citaciones y demás notificaciones en XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX comparecen y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, EXPONEN: 

     A medio del presente escrito esta parte en nombres propios de los arriba mencionados, y también, en representación de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), que por parte de ese Ayuntamiento con remite del Área de Política Turística y Transporte, han publicado ante el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 72, fecha del miércoles día 03 de junio de 2015, cuyo anuncio y contenido completo cito textualmente:     

       <<Apertura del periodo de exposición pública del estudio socio-económico de demanda de movilidad turística y residencial de Adeje en el servicio de Taxi, realizado para la creación de nuevas Licencias de Taxi por el periodo 2014-2018.

         El Pleno del Ayuntamiento de la Histórica Villa de Adeje, en su sesión extraordinaria, celebrada el día 15 de mayo de 2015, acordó, bajo el punto doce del orden del día, la aprobación de la apertura de un periodo de exposición pública del estudio socio-económico de demanda de movilidad turística y residencial de Adeje en el Servicio del Taxi, realizado para la creación de nuevas Licencias de Taxi por el periodo 2014-2018 y, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012 de 2 de agosto, y en virtud de lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se somete el citado estudio a información pública, por el plazo de 20 (veinte) días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas, estableciéndose el mismo plazo de 20 (veinte) días, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia para la formulación de alegaciones.

        El citado estudio estará, durante el plazo establecido, expuesto en las dependencias del Área de Política Turística y Transporte del Ayuntamiento de Adeje, ubicada en C/ Tinerfe el Grande, nº 32, Edificio Recaudación Municipal 2º planta en Adeje y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Adeje.>>                      

Que en relación al mencionado ANUNCIO publicado ante el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 72, fecha del miércoles día 03 de junio de 2015, esta parte en nombre de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), formula la debida RECLAMACIÓN contra el citado Acuerdo, fundamentado en las directrices Técnicas y Jurídicas que regulan al sector, donde ese Ayuntamiento tienen plena constancia y conocimiento ante los numerosos escritos presentados por nuestra Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), en manifiesta reiteración en fechas sucesivas desde los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, en relación a la petición de inicio del Procedimiento Legal de Licencias de Nueva Creación, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxis de Nueva Creación, en base a lo siguiente: 

       Primero.- Que la normativa de aplicación reguladora por la que ese Ayuntamiento de Adeje, pretenden regir el concurso público de adjudicación de las 23 (veintitrés) licencias de Auto Taxis de Nueva Creación, Decreto 74/2012, de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público del Taxi en la Comunidad Autónoma de Canarias. Señalamos, que nuestra Asociación ATACA tiene recurrida mediante demanda contencioso administrativo, referente al Procedimiento Ordinario 104/2013, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y aún no hay pronunciamientos. Que el recurso está fundamentado en que, el citado Decreto incurre en causa de anulación de desviación de poder, prevista dicha causa en el art. 63.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 70.2 de la LRJCA. Pues contiene en su articulado vicios de ilicitud o nulidad de pleno derecho, contemplados en el art. 62 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por infracción del art. 9.3 de la Constitución Española (proscripción de la arbitrariedad), el art. 14 de la Constitución Española (interdicción de la discriminación por circunstancias personales o sociales), en relación con la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, que en su Disposición Transitoria Séptima establece la VIGENCIA del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros; y en relación al art. 1.3 e) del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Asimismo, desde su publicación el Decreto 74/2012, de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público del Taxi en la Comunidad Autónoma de Canarias, hasta el día de hoy, hemos podido ver en diferentes Medios de Comunicación el conflicto que ya está generando en el sector del TAXI este nuevo Reglamento, entendemos como profesionales del TAXI con experiencia en más de 25 (veinticinco) años en el sector, que dicho Reglamento se ha elaborado para beneficiar a unos pocos lesionando el Interés General y perjudicando a la mayoría de los profesionales y a los usuarios del Taxi, como así lo demuestran los problemas que ya está creando desde su publicación.   

       Segundo.- Tienen plena constancia ese Ayuntamiento de la certificación elaborada y remitida a nuestra Asociación ATACA, por parte del Cabildo Insular de Tenerife de fecha 23 de Julio de 2009, fundamentado en las directrices Técnicas y Jurídicas que regulan al sector, cito textualmente: “Todo tema relacionado con las licencias de AUTO-TAXI, tanto en lo relativo a los criterios de otorgamiento, pliego de condiciones, estudios de viabilidad, es competencia municipal, por lo que deberán exponer sus RECLAMACIONES en esta materia al AYUNTAMIENTO correspondiente”. Igualmente, tenemos que decir que desde ese entonces el ayuntamiento de Adeje ha hecho caso omiso y oídos sordos a nuestros continuados escritos de solicitud a la ampliación de las Licencias de Nueva Creación, que con actuaciones altamente sospechosas las licencias han estado BLOQUEADAS en defensa de intereses espurios. 

         Tercero.- Relación de escritos en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento de Adeje en fechas sucesivas desde los años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, con respecto a la petición de inicio del Procedimiento Legal de Licencias de Nueva Creación, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxis de Nueva Creación, que enumeramos por orden cronológicos de fechas de los múltiples escritos fundamentados ante ese ayuntamiento, en virtud al inicio del Procedimiento Legal de las licencias de Nueva Creación: 

1)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE sin núm. ordinal de fecha 30 de abril de 2008, y en simultaneo ante el Cabildo Insular de Tenerife con RGE con ordinal núm. ordinal 52.587 de fecha 29 de abril de 2008.  

2)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 15.320 de fecha 25 de mayo de 2008. 

3)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 11.635 de fecha 20 de abril de 2009. 

4)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 12.476 de fecha 27 de abril de 2009.  

5)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 13.015 de fecha 30 de abril de 2009. 

6)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 26.923 de fecha 27 de agosto de 2009. 

7)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 29.675 de fecha 22 de septiembre de 2009.   

8)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 31.996 de fecha  14 de octubre de 2009. 

9)  Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 35.280 de fecha 09 de noviembre de 2009. 

10)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 7.199 de fecha 08 de marzo de 2010 

11)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 27.588 de fecha 30 agosto de 2010. 

12)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 30.890 de fecha 27 de septiembre de 2010.  

13)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 38.800 de fecha 30 de noviembre de 2010.  

14)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 18.657 de fecha 09 de junio de 2011. 

15)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 27.967 de fecha 09 de Septiembre de 2011. 

16)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 28.140 de fecha 12 de septiembre de 2011 

17)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 31.015 de fecha 05 de octubre de 2011. 

18)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 19.343 de fecha 07 de junio de 2012. 

19)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 12.520 de fecha 17 de abril de 2012.  

20)     Escrito ante Ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 26.008 de fecha 02 de julio de 2013 

21)     Escrito ante Ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 41.32. de fecha 28 de octubre de 2013 

22)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 5.153 de fecha  12 de febrero de 2014. 

23)     Escrito ante Ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 5.399 de fecha  14 de febrero de 2014. 

24)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 8.815 de fecha  10 de marzo de 2014. 

25)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 10.480 de fecha 19 de marzo de 2014. 

26)     Escrito ante ayuntamiento de Adeje con RGE ordinal núm. 15.276 de fecha 15 de abril de 2015.     

    Cuarto.- Que hemos expuesto en diferentes escritos ante ese Ayuntamiento en relación al artículo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012 de 2 de agosto, viene a coincidir plenamente con el artículo 11  del  Real  Decreto  nº  763/1979  de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos  de Transportes en automóviles Ligeros, establecen requisitos generales: “Para acreditar dicha necesidad y conveniencia se analizará: el tipo, extensión y crecimiento de los núcleos de población (residencial, turística, industrial, etc.); las necesidades reales de un mejor y más extenso servicio”. Todo ello, en beneficio del Interés General de generar “Pleno Empleo”. 

       Quinto.- Que en manifiesta reiteración nuestra Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), han presentado numerosos escritos ante este Ayuntamiento, desglosan detalladamente la cruda realidad existente en el sector con un riguroso INFORME, denuncian las distintas y variadas formas de múltiples irregularidades, prácticas fraudulentas y usos irregular de las licencias, ante la falta de controles y revisiones periódicas con la connivencia del Ayuntamiento,  Por lo tanto, nuestra reivindicación está fundamentada a efectos de dignificar las aspiraciones legítimas y derechos irrenunciables de los ASALARIADOS, en virtud a la Auditoría de Población del municipio de Adeje, excelencia turístico, fijada en más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en esta municipio. Por conclusión, a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia instamos la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) Licencias de Taxis de Nueva Creación. 

       Sexto.- Que es público y notorio que el sector está manejado al libre albedrío por los titulares concesionarios de las licencias, asociados a la poderosa Cooperativa de Taxis, hablamos de un PODER  ECONOMICO, que en circulación operativas únicamente existen solo 178 (ciento setenta y ocho) licencias, por lo que entendemos son escasas e insuficientes para un servicio eficaz con los usuarios, todo ello, generan un Mercado Persa de operaciones prohibitivas de compras ventas de licencias en cantidades dinerarias desorbitadas, con desembarco en el sector de especuladores que apoderan y explotan las licencias de taxis, incurriendo en flagrantes ilegalidades en manifiesta dejación de funciones del Ayuntamiento. Que estos hechos han sido denunciados en reiteración manifiesta por nuestra Asociación ATACA desde hace muchos años. Que los Tribunales de Justicia han dado la razón a nuestra Asociación ATACA con una contundente y ejecutiva Sentencia de fecha 27 de Febrero de 2015. Que en virtud al escrito presentado ante ese Ayuntamiento, de fecha 11 de Mayo de 2015, ordinal núm. 20.073, personada como parte interesada, en todos y cada uno de los Expedientes que se tengan que incoar en virtud a las Denuncias formuladas por nuestra Asociación ATACA contra las licencias de AUTO TAXI otorgadas en ese municipio de Adeje, es decir, tienen que incoarse tantos Expedientes como Denuncias se hayan formulado por cada licencia respectiva, todo ello, en virtud del mandato consignado en el Decreto de Alcaldía núm. 204/2015, de fecha 30 de marzo de 2015, por el que se ACATA y se ORDENA dar cumplimiento a la Sentencia 5/2014, de fecha 07 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento 210/2013 por el Juzgado lo Contencioso Administrativo núm. Uno, y confirmada por la Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, dictada en el Recurso de Apelación 36/2014 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Evidentemente, a simple vista se detecta por parte del Ayuntamiento de Adeje la falta de voluntad e inmovilismo, mediante dilaciones indebidas y subterfugios paralizantes a efectos que cumplan la citada Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, en manifiesta DESOBEDIENCIA ante la Justicia que ordena la reapertura inmediata Expediente Administrativo 71/2010, en su momento fue cerrado falsamente por ese Ayuntamiento cuando existía investigación abierta contra las múltiples irregularidades infringidas por numerosos FLOTEROS y demás defraudadores en la explotación de las licencias municipales de TAXIS. Que nuestra represaliada Asociación ATACA tenemos la percepción que ese Ayuntamiento pretenden favorecer, proteger y beneficiar a los numerosos FLOTEROS y demás defraudadores que explotan las licencias de TAXIS en continuado fraude de Ley, cuando realmente la Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, dice claramente que ordena la reapertura del Expediente Administrativo 71/2010, cuya normativa de aplicación es la estatal Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las continuadas Denuncias en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento, contra más de 70 (setenta) titulares concesionarios de licencias taxis, se denunciaban transmisiones ilícitas de licencias por parte de adjudicatarios e incumplimiento, también, por parte de adjudicatarios de licencias de taxis del régimen de incompatibilidades y obligaciones impuestas, artículos 8, 17 y 48 del citado Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, siendo el escrito con RGE núm. 8.228, de fecha 16 de marzo de 2010, las irregularidades y utilización fraudulenta en la explotación de las licencias de TAXIS que se detallaban, reclamando la investigación, depuración y REVOCACIÓN de las adjudicaciones de licencias que, en su caso, incurran en ilegalidad, es decir, se denunciaba la existencia de numerosos titulares de licencias de taxi, que NO tienen dedicación plena ni exclusiva, compatibilizándolas, incluso, con otras actividades económicas y mercantiles, a través de sociedades de capital: empresarios de restaurantes, empresarios de camiones de transportes de mercancías, empresarios de furgones de transportes de mensajerías, empresarios de servicios de grúas, empresarios de talleres de automóviles, empresarios cadenas de guaguas de transporte discrecional, empresarios de plataneras, empresarios de prostíbulos, empresarios de empresas de locales de maquinas recreativas tragaperras, empresarios de discotecas, empresarios de estaciones gasolineras, incluso, avispados funcionarios públicos, jubilado de la Guardia Civil, incluso, numerosos jubilados, incapacitados y viudas de titulares que perciben jugosas pensiones de la Tesorería General de la Seguridad Social en simultaneo explotan las licencias de taxis, además, numerosos CLANES FLOTEROS, algunos plagados de historiales delictivos y antecedentes penales, explotan ramilletes de licencias de TAXIS adquiridas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros sucios de dudosas procedencias. 

         Séptimo.- Que la aplicación por parte de ese Ayuntamiento en la elaboración de los ESTUDIOS DE VIABILIDAD, se respeten los requisitos generales que deben regularse por el criterio regulador del número de licencias a conceder en su caso. En este punto se debe anticiparse que tal criterio tiene que tener como uno de sus elementos definitorios la POBLACIÓN DE HECHO de esta municipalidad con ACTIVIDAD TURÍSTICA, reflejada en la AUDITORÍA DE POBLACIÓN del municipio de Adeje, excelencia turístico, fijada en más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en este municipio de Adeje. Obviamente, a efectos tener en consideración el Procedimiento Legal de Creación de Nuevas Licencias con respecto a los criterios, filosofías, parámetros y pliegos de condiciones, están totalmente tergiversados, distorsionados y falseados, sencillamente NO se corresponden con los datos objetivos de esta Comunidad Autónoma de Canarias, en este caso, las municipalidades con actividad turística tienen establecidos los ratios poblacionales de 1 ‘ 40 (uno con cuarenta) taxis por cada 1000 (mil) habitantes.

         Octavo.- Dejamos plena constancia de las manifestaciones públicas realizadas en medio audiovisual de “MÍRAME TELEVISIÓN”, en el programa de los periodistas Manuel Artiles y Moisés Grillo, la fecha 20 de Abril de 2015, en la entrevista larga y tendida de una hora de duración al Alcalde de Adeje, Don José Miguel Rodríguez Fraga, habla de valores sociales: Solidaridad, Transparencia, legalidad y Justicia Social, manifiesta con fundamentación y razonamientos que el municipio de Adeje, excelencia turística, se construyen y explotan megas centros comerciales (Siam Mall, Tropicana, etc.), gigantes parques temáticos y grandes hoteles de cinco estrellas con altísima ocupación, rentabilidad y facturación en la actividad turística, consecutivamente se baten record de beneficios todos los años a nivel nacional. Manifiesta que el Ayuntamiento de Adeje tiene que dar servicios a un municipio con una población de más de 200.000 (doscientas mil) personas diariamente, clientes potenciales de todas las actividades económicas de Adeje. 

       Noveno.- periódico municipal de “Juan Centeno”, tienen plena constancia ese Ayuntamiento de Adeje, publicación del resumen anual de 2014, pagina 36, concejal de Turismo y Transporte, Don Rafael Dolado García, cito textualmente: “Política Turística y Transporte. ADEJE, atractivo la inversión turística. Costa Adeje recibió en 2014 más de 1.700.000 (un millón setecientas mil) TURISTAS, lo que supone un incremento respecto al año anterior de 2013 que superó en poco el millón setecientos mil. Las cifras en manos, se entiende que Adeje está dentro de los destinos más atractivos para la inversión turística. Así lo demuestra el hecho de que Fedola y la Cadena Barceló Hoteles hayan presentado la construcción de nuevos hoteles de lujo en Costa Adeje. Además de la inversión en nuevas construcciones, hay que destacar la apuesta privada en turismo de salud, con un proyecto de Talasoterapia o un Parque de Atracciones en la zona cercana al Campo de Golf. Paralelamente a la nueva inversión, el destino sigue posicionado en el sector lujo y familiar gracias a su apuesta continuada por la calidad y oferta complementaria. En ese sentido hay que recordar el premio de Tripp Advisor a Siam Park como el mejor Parque Acuático del Mundo en 2014”. 

       Decimo.- periódico municipal de “Juan Centeno”, tienen plena constancia ese Ayuntamiento, la publicación del Resumen Anual de 2014, pagina 4, entrevista al alcalde Don José Miguel Fraga, en relación a la enorme riqueza del municipio, cito textualmente: ¿Qué valoración nos puede hacer de este año 2014 que acabamos de dejar atrás? “Visto globalmente, 2014 ha sido un buen año para Adeje. Ha sido un año turísticamente muy activo con una buena ocupación, donde se ha incrementado la rentabilidad de la oferta turística alojativa. Además, ha sido un año en el que se han consolidado algunas inversiones muy importantes para la proyección de futuro que tiene el destino Costa Adeje. Concretamente, tenemos dos hoteles nuevos que están en construcción, se ha puesto en marcha el plan parcial El Puertito con financiación inversora en un modelo sostenible que se adecúa al momento y que viene a dinamizar el destino turístico”. ADEJE se ha convertido en un referente a la hora de invertir ¿Cómo se consigue eso? “ADEJE ha seguido una trayectoria sólida, con un rumbo, se ha hecho creíble, ha creado marca. Es un poco de todo, de un empresariado que ha sabido apostar y escuchar mucho. ADEJE está entre los dos o tres primeros municipios mas rentables de España y eso lo saben los empresarios. Para mí ese es un dato magnifico porque eso hace visible el futuro del municipio. Si hay una empresa importante que hace una inversión en ADEJE no lo hace caritativamente sino porque tiene posibilidades de éxito en el mercado”. 

         Undécimo.- Que igualmente el Acuerdo, al fijar en 23 (veintitrés) las nuevas licencias a adjudicar, está viciado de nulidad, por arbitrariedad, toda vez que tal número de licencias requiere estar motivada, conforme a lo establecido al articulo 4 del Reglamento del Servicio de Taxi, aprobado por Decreto 74/2012 de 2 de agosto, viene a coincidir con el articulo 11  del  Real  Decreto  nº  763/1979  de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos  de Transportes  en automóviles  Ligeros,  también, en virtud al articulado de la Ordenanza Municipal del Taxi, previo los trámites de audiencia, igualmente previstos y con fundamento en la  “necesidad del servicio”, incluso, en virtud a principios constitucionales de generar “PLENO EMPLEO” y políticas de favorecer la distribución equitativa de la riqueza, establece los artículos 35 y 40 de la consagrada Constitución Española.  

         Duodécimo.- Que el Acuerdo del citado estudio Socio Económico carece de la menor referencia a las premisas consideradas para limitar en aquel número las nuevas adjudicaciones, siendo un hecho notorio el notable déficit de AUTO TAXIS para atender a la demanda, y la gran desproporción entre las licencias operativas y la Población de Hecho Y Población de Derecho (Auditoría de Población) de éste municipio de Adeje, de excelencia turístico, fijado en más de 250.000 (doscientas cincuenta mil) habitantes, de media mensual, clientes potenciales de todas las actividades económicas radicadas en esta municipalidad.        

       A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes: 

FUNDAMENTOS  DE  DERECHO    

        Primero.- La Ley 30/1992, de 26  Noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 Junio, sobre Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que regula tanto el Procedimiento a seguir, como el derecho de petición.

        Segundo.- Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles ligeros.             

         Tercero.- Decreto 74/2012, de 2 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi, por el Gobierno de Canarias. Señalar, que la Asociación ATACA tiene recurrida el citado Decreto Canario del Taxi mediante demanda contencioso administrativo, Procedimiento Ordinario 104/2013, seguido ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y hasta el presente aún no hay pronunciamientos.

         Cuarto.- Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de accesibilidad y no discriminación para acceso y utilización de los modos de transportes para las personas con discapacidad.

         Quinto.- Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

        Sexto.- Constitución Española de 29 de diciembre de 1978.

        Séptimo.- Demás Leyes, Disposiciones Concordantes y Normas Administrativas Generales. 

                                      En  su  virtud,       

         SOLICITAMOS AL ÁREA DE POLÍTICAS TURISTICA Y TRANSPORTE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE tenga por interpuesta la presente RECLAMACIÓN contra el indicado Acuerdo y en su mérito se deje sin efecto el citado Acuerdo y en su lugar se emita nuevo Acuerdo ajustado a las Normas Superiores reguladoras del Servicio y dentro del mismo de los criterios para la concesión de licencias de AUTO TAXI, con respecto a “El Pleno del Ayuntamiento de en sesión extraordinaria, celebrada el día 15 de mayo de 2015, acordó, la aprobación de la apertura de un periodo de exposición pública del Estudio Socio-Económico de demanda de movilidad turística y residencial de Adeje en el Servicio del Taxi, para la creación de nuevas Licencias de Taxi, periodo 2014-2018 relativo a la conveniencia de ampliación del número de licencias en 23 (veintitrés)”. Por conclusión, en nombres propios y en calidad de dirigentes de la represaliada Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), a efectos de clarificar la actividad profesional SOLICITAMOS con carácter de urgencia la aprobación definitiva de 150 (ciento cincuenta) licencias de nueva creación. Y proceda en consecuencia a anular el referente Acuerdo con arreglo a lo expresado y promoviendo las actuaciones que correspondan. Es de Justicia.

 

En la Villa de Adeje, a día veintiuno de Junio de dos mil quince

                                                                                                                                                                                                                                                                                             

El juez-ordena-alcalde-reponda-colectivo-Ataca.

Rodriguez-Fraga-presidira-gestora-PSOE-Canarias.