ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A) - SECCIÓN SINDICAL "SINDICALISTAS DE BASE" TAXISTAS ASALARIADOS MUNICIPIO DE ADEJE (S.B. TAXIS)

     C O M U N I C A D O

Denuncia contra el clan flotero denominado "Los Fragas"

 

AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ADEJE; AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA; A LA CONCEJALA DE TURISMO Y TRANSPORTES, DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA; AL CONCEJAL DE LA POLICÍA LOCAL, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS; Y A LOS CUATRO INSTRUCTORES EN LA INVESTIGACIÓN Y REVOCACIÓN DE LAS LICENCIAS DE AUTO TAXIS DEL MUNICIPIO DE ADEJE DENUNCIADAS: DON JUAN ANTONIO CURBELO, DON DAVID SÁNCHEZ BARRERA, DON JAVIER GARCÍA MORALES Y DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO, EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚM. 71/2010

AUTO  TAXI  L.M.  núm.  146  (CIENTO CUARENTA Y SEIS)  Expediente Revocatorio Núm.  10TZS02M 
DON GREGORIO  RIVERO  FRAGA

                                                          

       DON PEDRO JOSÉ AFONSO, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;   Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A; todos asalariados AUTO TAXI municipio de ADEJE, actuando en representación Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la constituida Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.), también, actuando Delegados de la constituida Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados de Adeje (S.B. TAXIS), acreditados Expediente Administrativo núm. 71/2010, COMPARECEMOS con el debido respeto, como mejor proceda y haya lugar en derecho, DECIMOS:

         Que habiéndose notificado desde el Área de Turismo y Transportes de Adeje, la fecha 22 de Septiembre de 2017, resolución “Decreto trámite de acceso y vista a mas de 90 (noventa) expedientes investigación y revocación de licencias  auto taxis por explotación en continuado fraude, en ejecución de sentencia de 07 de enero de 2014”, Procedimiento Ejecución Forzosa 20/2015, dimanantes Procedimiento 210/2013 seguidos Juzgado Contencioso Administrativo núm. Uno, de S/C de Tenerife, también, derivando Procedimientos Núm. 2.282/2016 y Núm. 3.527/2016 seguidos Juzgado Instrucción Núm. Uno de Arona, por delitos continuados de HOSTIGAMIENTO, COACCIONES Y PREVARICACIÓN, respecto a la prohibición con todo tipo de impedimentos al ACCESO, VISTA, PARTICIPAR Y OBTENER COPIAS de los Expedientes de todos y cada una más de 90 (noventa) licencias auto taxis  denunciadas, con abundante documentación y certificaciones obrantes en Expediente Administrativo 71/2010. DILIGENCIA DE TRÁMITE DE AUDIENCIA, Don Pedro José Afonso y Don Sergio Navarro García, dirigentes de la legalmente constituida Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.), legitimados en la Personación Como Parte Interesada, comparecen en las Área de Política Turística y Transportes de Adeje, para efectuar los TRÁMITE DE AUDIENCIA con fecha 27 de Septiembre de 2017 concedidos en los Expedientes de Investigación de las Licencias Municipales de Auto Taxis del municipio de excelencia turístico de Adeje, siguientes Expedientes:

        Que los Expedientes de Investigación están vacios completamente, NO hay pruebas NI se han hecho investigación de ningún tipo sobre las Denuncias contra la licencia auto taxi núm. 146 (CIENTO CUARENTA Y SEIS) concesionario GREGORIO RIVERO FRAGA, instalado en la impunidad, NO la explota, oligarca CLAN FLOTERO denominados “LOS FRAGAS”, fraudulentamente explota las licencias núm. 10, núm. 71, núm. 72, núm. 146, etc. DIRIGENTE de la poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje, simultáneamente explota las lucrativas sociedades mercantiles: “CUMBRES DE ADEJE MIEL DE ABEJAS S. L.”  Y  “TAVIAJE SUR AUTO TAXI S.L.” vinculados por lazos familiares con alcalde José Miguel Rodríguez Fraga, paradójicamente representante del PSOE (Socialista Obrero).

      La licencia auto taxi núm. 71 (SETENTA Y UNA) es público y notorio la explota el CLAN FLOTERO denominados “LOS RUSOS” las personas DON ANDREY TIMOFEEV Y DON EUGENIU BEREZENKO apoderan, adquieren y explotan mediante COMPRAS VENTAS por cantidades dinerarias desorbitadas, presuntos dineros sucios de dudosas procedencias más de 300.000 (trescientos mil) euros por cada licencia de auto taxis núm. 01, núm. 28, núm. 71, núm. 90, núm. 108 y núm. 162, alrededor de las mismas se producen los hechos que ha alarmado a TENERIFE con la muerte violenta de DON ANDREY TIMOFEE de origen RUSO, vinculado con el trabajo y explotación conjunta con el presunto asesino DON EUGENIU BEREZENKO de origen MOLDAVO, que por la Guardia Civil fue declarado FUGITIVO con antecedentes penales como delincuente muy peligroso, mediante entrega pactada con su abogado defensor fue detenido a los 42 (cuarenta y dos) días, incluso, con enfrentamientos y acusaciones graves de la Guardia Civil que sospechaba con implicaciones de las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local, información DIARIO DE  AVISOS  fecha 26 de Diciembre de 2014 y 13 de Enero de 2015; EL DÍA fecha 09 de Enero de 2015, etc.    

         Que los Expedientes de Investigación de las licencias de auto taxis vergonzosamente están tergiversados, trasquilados, descabezados y mochados, alevosamente han arrancado y eliminado toda la documentación, NO existen las certificaciones obligatorias revisiones periódicas anuales NO constan los datos técnicos del vehículo y del titular concesionario de la licencia, Ayuntamiento con actuaciones maliciosas han desaparecido y eliminado las documentales aportadas, ese Ayuntamiento de Adeje NO han hecho investigación de ningún tipo, NO han hecho las averiguaciones oportunas, adolecen y faltan de todas las INSPECCIONES con vulneración sistemática de las incompatibilidades impuestas : “RÉGIMEN DE PLENA Y EXCLUSIVA DEDICACIÓN Y DE INCOMPATIBILIDAD CON OTRA PROFESIÓN”. Que se han tramitado irregularmente NO adoptando las diligencias de investigación pertinentes en función de las graves Denuncias interpuestas por la asociación A.T.A.C.A. Ese Ayuntamiento ha sido pasivo e inactivo al respecto, siendo un comportamiento anómalo e irregular. Que el Instructor Municipal NO ha hecho prácticas de averiguación e investigación sobre los hechos denunciados por la asociación A.T.A.C.A. Ese Ayuntamiento ha omitido la investigación oportuna, repito, es un comportamiento anómalo y plagado de graves irregularidades por el Instructor Municipal sobre los hechos denunciados con abundante documental. Que los Expedientes de las licencias de auto taxis NO se ha instruido nada, NI se ha documentado nada, NI prácticas de Diligencias de Investigación, además, adoleciendo esos expedientes de prácticas de investigación sobre los hechos denunciados, NO existe ninguna instrucción de investigación para saber y ver si dichas licencias de TAXIS están siendo explotadas de forma normal y ajustadas a la legalidad. Que no se han practicado las investigaciones oportunas, lo único que existe son las alegaciones interesadas de partes, sin ningún sustento y NO se ha procedido a las investigaciones sobre las DENUNCIAS en nombre de la asociación A.T.A.C.A. presentadas ante Ayuntamiento de ADEJE con registros de entrada: 20 de Octubre de 2009, ordinal núm. 32.847; 16 de  Marzo de 2010, ordinal núm. 8.298; 04 de Enero de 2013, ordinal núm. 401; 25 de Febrero de 2016, ordinal núm. 6.393, etc.

        DENUNCIAS contra la sociedad mercantil TAVIAJE SUR AUTO TAXI SOCIEDAD LIMITADA, se detallan las personas que la constituyen en la que figuran como participes cofundadores con ambicioso planes ilícitos, pantalla trampolín con piruetas Jurídicas tienen camuflada gigantesca estación gasolinera REPSOL, restaurantes, etc. por parte de 42 (cuarenta y dos) titulares de licencias auto taxis del municipio de ADEJE, con registro general   de entrada con fechas  17 de Mayo de 2012, ordinal núm.  16.550;  01 de Junio de 2012, ordinal núm. 18.467, etc.

         DENUNCIAS en nombre la SECCIÓN SINDICAL U.G.T. (UNIÓN GENERAL TRABAJADORES) Taxistas Asalariados Costa Adeje contra la licencia de TAXI núm. 146 (ciento cuarenta y seis) por continuado  FRAUDE de explotación, con registro de entrada 09 de Marzo de 2012, ordinal núm. 7.942; y 02 de Abril de 2012, ordinal núm. 10.753, etc.


          Igualmente, escrito de DENUNCIA con fecha 08 de Noviembre de 2011 presentado por el ABOGADO, DON FELIPE CAMPOS MIRANDA para ese Ayuntamiento en nombre de de la asociación A.T.A.C.A. al que se adjuntó 68 (sesenta y ocho) HOJAS DECLARACIONES JURADAS, presentado en fecha 09 de Noviembre de 2011, con registro entrada núm. 78.505 con registro general núm. 3.909.682 ante la Subdelegación del Gobierno en S/C de Tenerife.

         INTERESAMOS se cumplimente y ejecute FALLO de la Sentencia firme confirmada con fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, apartado 3ª dice: “Retrotraer las actuaciones a la fecha de las Denuncias con objeto de que se incoen tantos Expedientes como licencias de AUTO TAXIS denunciadas hayan de ser revisadas con audiencia de los interesados”. Significar al Ayuntamiento en fechas de las Denuncias efectuadas por la Asociación A.T.A.C.A. contra las licencias de TAXIS consignadas Expediente Municipal Núm. 71/2010, estaba y está vigente Ley 13/2007, de 17 de mayo, Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, apartado u) artículo 107, establece imperativamente la “plena dedicación del titular de la preceptiva licencia de taxi …”, además, la Ley Nacional del Taxi: INHABILITADORA PARA DICHAS PERSONAS: Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, con aplicación de la Disposición Transitoria Sexta, Expedientes en trámites, del Decreto Canario 74/2012, de 2 de Agosto, dice: Los expedientes iniciados antes de la entrada en vigor del presente reglamento se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en el momento de la solicitud. El incumplimiento de las condiciones para la explotación de las licencias de TAXIS denunciadas debe dar lugar a la REVOCACIÓN de las mismas, deben ser sacadas a concurso para ser adjudicadas con arreglo a derecho, Derecho de Adquisición Preferente de los asalariados del TAXI, que sufren cada vez más la sobreexplotación en su trabajo, empobrecimiento y devastador desempleo. NO debiendo permitirse los CLANES FLOTEROS NI las licencias sean explotadas por emporios empresariales con intereses en otros sectores económicos. Debiendo primar el interés social, creación empleo digno y calidad en sector del TAXI.

Es por todo lo expuesto,

          SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones, en relación a dicho Expediente han omitido la investigación oportuna, es un comportamiento anómalo, plagado graves irregularidades, NO HA HECHO LAS INVESTIGACIONES DE NINGÚN TIPO NI HA HECHO LAS AVERIGUACIONES OPORTUNAS, ADOLECE DE TODAS LAS INVESTIGACIONES con vulneración sistemática de las incompatibilidades impuestas: “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión” en virtud normativa VIGENTE en el momento de las Denuncias presentadas por nuestra asociación A.T.A.C.A. tal como ordena dicha Sentencia Firme con fecha 07 de Enero de 2014 y confirmada por Sentencia con fecha 27 de Febrero de 2015. Acordando lo necesario para su práctica, para que en definitiva se dicte RESOLUCIÓN REVOCATORIA licencia  TAXI núm. 146 (ciento cuarenta y seis) Expediente Núm. 10TZS02M concesionario GREGORIO  RIVERO  FRAGA / DON  ANDREY  TIMOFEEV  Y  DON  EUGENIU  BEREZENKO.

         En la Villa de Adeje, a día veintiocho del mes de Septiembre del año dos mil diecisiete.

Más información: elcanario.net/Secciones/ataca.htm