ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA)

COMUNICADO

 

Se repite la historia obstrucionista por parte del Ayuntamiento de Adeje prohibiendo a ATACA la vista y acceso a  los Expedientes Revocatorios de las mas de 80 (ochenta) licencias de auto taxis denunciadas.


Se repite la historia de tomadura de pelo y falta de respeto, por parte del Ayuntamiento en la fecha lunes día 17 de octubre de 2016, contra la Asociación ATACA,  prohiben la vista y acceso a todos y cada unos de los Expedientes Revocatorios de las mas de 80 (ochenta) licencias de auto taxis denunciadas, en virtud al mandato Judicial dictado la fecha 12 de Abril de 2016

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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

A LA CONCEJAL DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA

AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES RAMOS
AL INSTRUCTOR Nº UNO, DON JUAN ANTONIO CURBELO
AL INSTRUCTOR Nº DOS, DON DAVID SÁNCHEZ BARRERA
AL INSTRUCTOR Nº TRES, DON JAVIER GARCÍA MORALES
Y AL INSTRUCTOR Nº CUATRO, DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto de D.N.I. Nº 43.272.095-X, en la representación que ostenta, Presidente de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tiene acreditado, con todas las demás circunstancias en el Expediente Administrativo Nº 71/2010

 

DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, provisto de D.N.I. Nº 42.074.015-T

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA, provisto de D.N.I. Nº 42.044.364-L

DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS provisto de D.N.I. Nº 43.365.232-C

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto de D.N.I. Nº 42.080.671-D

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto de D.N.I. Nº 42.067.872-K

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto de D.N.I. Nº 78.376.581-X

Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto de D.N.I. Nº 78.698.689-A

Todos ellos trabajadores asalariados del TAXI en municipio excelencia turístico de ADEJE, estos últimos en calidad de Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la citada ASOCIACIÓN, según constan acreditados en los Autos de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante del Procedimiento de Origen 210/2013 seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. Uno, de S/C de Tenerife, COMPARECEMOS, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, con núm. 479, del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en derecho, DECIMOS:

A medio del presente esta Asociación nos personamos nuevamente ante este Ayuntamiento en escrito ampliatorio por registro de entrada, con fecha 13 de Octubre de 2016, ordinal 38.702, citamos textualmente:

Una delegación de la Asociación ATACA, formada por su presidente Don Pedro José Afonso y su vocal Don José Miguel Delgado, se personan la fecha de hoy jueves, día 13 de Octubre de 2016, en las Áreas de Turismo y Transportes, primero se nos prohíbe la entrada por medio del Guardia de Seguridad, y luego se nos invita la entrada con reunión con la Primer Teniente Alcalde, Doña Ermitas Moreira, reunión larga y tendida, donde confirma plenamente la disposición para supervisar todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios. Según la Primer Teniente Alcalde, Doña Ermitas Moreira, la cita confirmada es la fecha del próximo lunes día 17 de Octubre de 2016, hora 12:00”.

Nuevamente se repite la historia de tomadura de pelo y falta de respeto, en la fecha prevista de hoy, lunes día 17 de octubre de 2016, a la hora señalada 12:00, hacemos actos de presencia nuestra Asociación ATACA, una delegación de cuatro dirigentes: Don José Miguel Delgado, Don Alfonso Díaz Valentín, Don Sergio Navarro García y Don Pedro José Afonso, edificio CDTCA (Centro Desarrollo Turístico de Costa Adeje), Áreas Municipales de Turismo y Transportes, ya en un primer momento somos obstaculizados por el “vigilante de seguridad” con carácter autoritario se nos prohíbe la entrada a las Áreas de Turismo y Transportes, ordena que debemos esperar en la recepción del edificio, manifiesta que por orden de la Primer Teniente Alcalde NO podemos supervisar los Expedientes Revocatorios de todas y cada una de las licencias de AUTO TAXIS hasta que lleguen los nombrados cuatro instructores abogados municipales: DON JUAN ANTONIO CURBELO, DON JOSÉ DAVID SÁNCHEZ BARRERA, DON JAVIER GARCÍA MORALES Y DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO GONZALEZ.

Con Diligencias de Investigación Penal núm. 22/2016 instruidas por la Fiscalía Anticorrupción de Arona, ante nuestras continuadas denuncias por presuntas conductas delictivas por parte de los responsables de las Áreas de Turismo y Transportes, prosiguen en posición de mofa y burla contra la Justicia, tienen colocado un “Vigilante de Seguridad” que utilizan con animo de intimidación, informa que los instructores abogados NO quieren reunirse con la Asociación ATACA, terminantemente prohíben la Personación Como Parte Interesada a la VISTA Y ACCESO de todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios de las licencias de TAXIS, que únicamente se reúne con la delegación de la Asociación ATACA, la persona asignada como Ingeniero en el Área de Turismo, Don Huberto Rodríguez, por lo cual los dirigentes de esta Asociación ATACA entendemos que dicha persona NO es la indicada NI la adecuada para tomar decisiones a nivel Jurídico, puesto que es profano en formación jurídica, así y todo, Don Huberto Rodríguez se reúne con la Asociación ATACA, donde se permite el lujo de leer alto y claro el contenido de nuestro escrito con registro general de entrada con fecha 09 de Mayo de 2016, ordinal 16.981, dicha persona Don Huberto Rodríguez, Ingeniero de profesión y experto ingeniería termo nuclear, en manifiesta usurpación de funciones se toma atribuciones de abogado, ordena que debemos presentar nuevo escrito ante el Ayuntamiento de Adeje, objetivo solicitar la Asociación ATACA la Personación Como Parte Interesada a efectos de ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los Expedientes. Asimismo, ese Ayuntamiento con dilaciones indebidas y actuaciones omisivas NO cumplen los requisitos “LIBRAR MANDATO DE OFICIO” a la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos los concesionarios patronos de licencias de TAXIS denunciados, por ejercer otras actividades económicas o estado de jubilación. Indicamos, que deliberadamente con actuaciones maliciosas incluyen datos incorrectos y falseados de los concesionarios de licencias que ejecutan el negocio del siglo, pueden esconderse operaciones prohibitivas de compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosas procedencias presuntamente ilícitas, debiéndose de investigar si ha habido o no connivencia o complicidad para lograr la impunidad por parte de las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local en la permisividad de la explotación de las licencias.

Evidentemente, la información del periódico EL DÍA, publicada la fecha día 08 de Octubre de 2016, con el titular de portada “El gobierno local cumple y revisa los 83 expedientes de licencias de auto taxi”, está totalmente tergiversada, manipulada, sesgada y falsa por parte del Ayuntamiento, por cuanto el contundente Auto Judicial Ejecución Forzosa dictado la fecha 12 de Abril de 2016, el Magistrado Juez ante las múltiples irregularidades y abanicos de ilegalidades ve claros indicios de delitos, ordena condición sine qua non, plazo seis meses, a efectos de terminar la tramitación de los Expedientes Revocatorios contra más de 80 (ochenta) licencias de taxis denunciadas, con Normativa aplicación la Ley Nacional del Taxi: Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo, VIGENTE en el momento de las detalladas y personalizadas denuncias ante el Ayuntamiento, y lo que es peor, NO cumplen con requisito obligatorio de legitima Personación Como Parte Interesada del representante legal de la Asociación, cada vez que hacen acto de presencia llaman y lanzan a la Policía Local con ánimos de intimidación, los responsables Municipales de Transportes se burlan y mofan de la JUSTICIA.

Igualmente, las desproporcionadas Sanciones que interpone ese Ayuntamiento contra los humildes dirigentes de la represaliada Asociación, NO se corresponde con la fecha 05 de Junio de 2016, realmente dichas Sanciones corresponde a la fecha 05 de Enero de 2016, vísperas de los Reyes Magos, por importe de 20.000 (veinte mil) euros a cada compañero, luego ante nuestras alegaciones la rebajan a la cantidad de 1.200 (mil doscientos) euros, los hechos suceden cuando exigimos explicaciones fundamentadas y fehacientes sobre numerosos datos INCORRECTOS Y FALSEADOS de titulares concesionarios de las licencias de auto taxis, cuando trasladan documento público certificado al Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno, en virtud al demoledor requerimiento del primer Auto Judicial de Ejecución Forzosa dictado con fecha 26 de Octubre de 2015, información respectiva enlace digital www.elcanario.net/Comunicados/ataca4oct16.htm

Lamentablemente, ese Ayuntamiento NO proceden y NO cumplen con el contundente Auto Judicial de Ejecución Forzosa dictado la fecha 12 de Abril de 2016, hacen caso omiso y oídos sordos, con régimen de impunidad se burlan y mofan de la solemne Justicia, respecto a la Asociación ese progresista Ayuntamiento prohíben, deniegan, obstaculizan e impiden la legítima PERSONACIÓN COMO PARTE INTERESADA en la tramitación de todos y cada uno de los singulares Expedientes Revocatorios más de 80 (ochenta) licencias de AUTO TAXIS denunciadas en su momento con documentación y demás certificaciones que obran en Expediente Administrativo 71/2010, cuya Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, ordena retrotraer todas las actuaciones al momento de las continuadas denuncias de fechas 2007, 2008, 2009, 2010, etc. presentadas en Ayuntamiento, proceden a incoar Expediente Administrativo 71/2010 y a las pocos meses cerró en falso mediante decisiones arbitrarias y abuso de poder, por lo cual esta Asociación acude a los Tribunales de Justicia, donde le dan la razón una primera Sentencia dictada la fecha 09 de Marzo de 2012, luego nuevamente esta Asociación le dan la razón una segunda Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme, por Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, manda retrotraer todas las actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010, repito, en su momento cerró en falso ese Ayuntamiento, cuando existía una investigación abierta contra las más de 80 (ochenta) licencias de TAXIS explotadas por una variada fauna de concesionarios con régimen de impunidad bananera en continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS: Gasolineras, Supermercados, Restaurantes, Discotecas, Seguritas, Camiones, Guaguas, Prostíbulos, etc. oligarcas FLOTEROS: los Rusos, los Granadillos, los Vilaflor, la Jueza Beltrán, los Puteros, los Fragas, etc. Hablamos de males endémicos en sector del TAXI, cimentado en la repugnante ECONOMÍA SUMERGIDA con múltiples irregularidades derivan en organizaciones criminales plagados de historiales delictivos: Narcotraficantes, Proxenetas, Violadores, Gangocheros, etc. con régimen de impunidad desembarcan y apoderan licencias de TAXIS mediante operaciones prohibitivas en cantidades dinerarias multimillonarias, con ambiciosos planes ilícitos, utilizan a los humildes asalariados, preferiblemente inmigrantes, explotados en condiciones esclavistas, con vulneración Legislación Vigente Laboral: horarios abusivos, jornadas maratonianas, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas, cesión ilegal de trabajadores, imposición afán recaudatorios, incitación la violencia, persecución sindical, etc.

La Asociación ATACA en manifiesta reiteración volvemos a SOLICITAR ante este Ayuntamiento la plena Personación Como Parte Interesada a todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios de licencias de Taxis, solicitamos las pruebas donde tenemos derecho al ACCESO Y VISTA de todos y cada uno de los Expedientes tramitados que obran en Expediente Administrativo 71/2010, porque somos Parte Interesada, es decir, nadie nos pueden prohibir nuestro derecho, que hasta la fecha presente se nos prohíben e impiden el ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios, a través del “Vigilante de Seguridad”, mediante el Ingeniero experto ingeniería termo nuclear, Don Huberto Rodríguez, por lo cual esta legalmente constituida Asociación en virtud a nuestra Sentencia, en manifiesta reiteración volvemos a solicitar ante las innumerables perturbaciones y obstáculos para tener ACCESO Y VISTA a dichos Expedientes, incluso, con prohibiciones al acceso de las dependencias municipales, repito, la prohibición por un “Vigilante de Seguridad” el día de hoy, vergonzosamente hemos sido recibido por Don Huberto Rodríguez, en usurpación de funciones, Ingeniero de profesión experto ingeniería termo nuclear y profano en formación jurídica, deliberadamente se nos exigen que debemos solicitar por escrito, aunque esto es superfluo y así lo hacemos saber el que se nos dé ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios con legitima Personación Como Parte Interesada.

Que dado en el sector del auto taxi a lo que se debe de atender en Justicia es al “régimen de plena dedicación exclusiva y de incompatibilidad con otra profesión”, en virtud al art. 17 del Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, VIGENTE en el momento de las detalladas y personalizadas denuncias, para así amortiguar los desastrosos índices de desempleos que hay en Canarias, lo que NO es de recibo es que personas que tienen muy bien ganada la vida, porque están obteniendo ganancias, beneficios y con negocios en otros sectores ajenos al auto taxi, que también tengan licencias de auto taxi (oligarcas FLOTEROS), concentrándolas en formas oligopolísticas que están restando y sustrayendo la creación de puestos de trabajo en Canarias. Conforme la legitimidad en la Personación Como Parte Interesada la Asociación ATACA en los Expedientes de Revocación más de 80 (ochenta) licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter gratuitos a todos los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho a ellas, ante la gravísima emergencia social y situación laboral existente en Canarias: repugnante economía sumergida, desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo.

En su virtud,

SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones, accedan a todo lo interesado y acuerden dar cumplimiento a la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme, con la Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que ante las maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas se ha dictado posterior Auto Judicial notificado la fecha 14 de Abril de 2016, condición sine qua non fijan plazo de seis meses ya expirado, a la vez que se nos dé ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios de las licencias de TAXIS en fase de tramitación, con legitimidad la Personación Como Parte Interesada de nuestra Asociación ATACA, además, la Fiscalía Anticorrupción de Arona, instruyen las Diligencias de Investigación Penal núm. 22/2016 por presuntas conductas delictivas, con dos requerimientos al alcalde Don José Miguel Rodríguez Fraga, y a la primer teniente alcalde Doña Ermitas Moreira, paradójicamente representantes del Partido Socialista Obrero.

 

En la Villa de Adeje, lunes a día diecisiete de Octubre de dos mil dieciséis.