ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.)
SECCIÓN SINDICAL “SINDICALISTAS DE BASE” TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (S.B.TAXIS)

ATACA solicita acceder a todos y cada uno de los expedientes, de forma inmediata y urgente que se  señale diversos días y horas respectivas en que podamos acudir para tener ACCESO Y VISTA en todos cada uno singulares Expedientes Revocatorios de licencias de TAXIS, a la vista que está transcurriendo el mes de plazo para interponer los necesarios y obligados Recursos de Reposición que han notificado 40 (cuarenta) resoluciones de Expedientes Investigación Revocatorios de licencias de TAXIS, incluso, pudiendo obtener copias de los mismos; todo ello a los fines de poder formular Recursos de Reposición contra todas las resoluciones que se están  dictando en los mismos.

Acreditados con un contundente Auto Judicial dictado la fecha 08 de marzo de 2017, Ejecución Definitiva núm. 20/2015, dimanantes Procedimiento Ordinario núm. 210/2013, seguidos en Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Santa Cruz de Tenerife, representantes de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A.) hacen acto de presencia en las Áreas de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje, en edificio CDTCA (Centro Desarrollo Turístico Costa Adeje), pasado martes día 14 de marzo de 2017, la Primer Teniente Alcalde y Concejala Delegada de las Áreas de Turismo y Transportes, Ermitas María Moreira García, con ánimos de intimidación y maneras autoritarias ordena al "Vigilante de Seguridad Privada" que llame urgentemente por teléfono a la GUARDIA CIVIL, a continuación se personan una pareja de la GUARDIA CIVIL, toman las filiaciones y declaraciones a los compañeros y somos acusados de "altercados de orden público" según la versión del "Vigilante de Seguridad Privada" y de la famosa Primer Teniente Alcalde, Ermitas María Moreira García, por naturaleza mentirosa compulsiva y embustera de tomo y lomo, totalmente desacreditada cuyos comportamientos anómalos de "Desobediencia Judicial" por incumplimiento de Sentencia, con maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas en manifiestos encubrimientos con los numerosos INFRACTORES que explotan más de  80 (ochenta) licencias de AUTO TAXIS en continuado FRAUDE DE LEY, por lo cual un Magistrado Juez deduce testimonios de particulares con remisión a la FISCALÍA ANTICORRUPCIÓN por si la NO ejecución de la Sentencia firme dictada la fecha 07 de enero de 2014 pudiera ser constitutiva de un delito de "desobediencia a la Autoridad u otro ilícito penal ... ".

AL ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE                                  

AL ÁREA DE TURISMO Y TRANSPORTES           

DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA

 

DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;

DON MANUEL JESÚS RODRIGUEZ MEDINA, provisto D.N.I. núm. 42.074.015-T;

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L;

DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X;

Y DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm.  78.698.689-A;  

todos asalariados AUTO TAXI en municipio excelencia turístico de Adeje, en representación de Delegados de la legalmente constituida SECCIÓN SINDICAL “SINDICALISTAS DE BASE” TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (SBTAXIS), también, en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA), con todas las demás circunstancias personales, COMPARECEMOS, en Expediente Administrativo núm. 71/2010, también, en Procedimiento Ordinario núm. 210/2013, dimanantes de Ejecución Definitiva núm. 20/2015, seguidos en Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de Santa Cruz de Tenerife, y como mejor proceda y haya lugar en derecho,  D E C I M O S :

 

   Nuevamente una delegación en nombre de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje, también, en nombre la Sección Sindical “Sindicalistas de Base” Taxistas Asalariados Costa Adeje, don Pedro José Afonso Pérez y don José Miguel Delgado Delgado, se han personados en las Áreas de Turismo y Transportes del Ayuntamiento, por edificio CDTCA (Centro Desarrollo Turístico Costa Adeje), la fecha martes, día 14 de marzo de 2017, horas 11:00, objeto tener pleno ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los singulares Expedientes Revocatorios de licencias de TAXIS incoados en curso tramitación, inmersos en Ejecución Definitiva Forzosa núm. 20/2015, dimanantes Procedimiento Ordinario núm. 210/2013, seguidos en Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de  Santa Cruz de Tenerife, acreditados con un nuevo contundente Auto Judicial dictado la fecha 08 de marzo de 2017.

 

   Sorprendentemente, el “Vigilante de Seguridad Privada” con carácter autoritario y ánimo intimidatorio ha llamado a la GUARDIA CIVIL según hacemos acto de presencia en el edificio CDTCA (Centro Desarrollo Turístico Costa Adeje), los dos compañeros dirigentes, don Pedro José Afonso Pérez y don José Miguel Delgado Delgado, la fecha día 14 de marzo de 2017, horas 11:00, cuando nos presentamos ante el “Vigilante de Seguridad Privada”, reciben trato vejatorio y discriminatorio por esa misma persona que ya hemos Denunciado en varias ocasiones, rechaza la entrega del contundente Auto Judicial dictado la fecha 08 de marzo de 2017, motivo poder subir por la escalera a la primera planta donde está situada las Áreas de Turismo y Transportes, objeto tener ACCESO Y VISTA a todos y cada uno de los singulares Expedientes Revocatorios de licencias de TAXIS incoados en curso tramitación, esta Asociación plenamente legitimados la Personación Como Parte Interesada, más aún este nuevo Auto Judicial. Desde un primer momento ese “Vigilante de Seguridad Privada”, NO entra en razones y persiste en posición firme de prohibir, impedir y obstaculizar la entrada al recinto público de las Áreas de Turismo y Transportes, NO dejando en ningún momento subir las escaleras, utiliza tono agresivo intimidación, provocación con ánimos de agresión contra los dirigentes de la Asociación, cuando llega la GUARDIA CIVIL pide las afiliaciones de los presentes, se entrevista con el “Vigilante Seguridad Privada” alega solo mentiras acusando de altercado orden público a los honestos dirigentes de la Asociación. Las funcionarias de recepción del edificio CDTCA y el Vigilante de Seguridad Privada, como es práctica habitual vuelven a engañar a la pareja de GUARDIAS CIVILES manifestando que el protocolo obligatorio para tener “acceso, vista, participar y obtener copias” de todas y cada una de las licencias de TAXIS se debe solicitar la preceptiva CITA PREVIA escrito con registro general de entrada en dicho Ayuntamiento, instalados en la impunidad incurren manifiesta “Desobediencia Judicial” plazo vencido fijado Auto Judicial condición sine qua non fecha 12 de octubre de 2016, se mofan y burlan de la solemne JUSTICIA, notifican dos Policías Locales fecha 06 de marzo de 2017, total 18 resoluciones FRAUDE DE LEY: L.M. 01, L.M. 02, L.M. 03, L.M. 04, L.M. 05, L.M. 07, L.M. 08, L.M. 10, L.M. 11, L.M. 12, L.M. 14, L.M. 15, L.M. 16, L.M. 17,  L.M. 19, L.M. 20, L.M. 21 y L.M. 22, también, notifican dos Policías Locales fecha 09 de marzo de 2017, total 11 resoluciones FRAUDE DE LEY: L.M. 23, L.M. 25, L.M. 26, L.M. 27, L.M. 28, L.M. 30, L.M. 33, L.M. 35, L.M. 36, L.M. 38 y L.M. 42, también, notifican dos Policías Locales fecha 15 de marzo de 2017, total de 11 resoluciones FRAUDE DE LEY: L.M. 43,  L.M.  44,  L.M.  45,  L.M.  46,  L.M.  47,  L.M.  48,  L.M.  49, L.M. 50, L.M. 51, L.M. 58 y L.M. 60.  

 

   Auto Judicial dictado la fecha 08 de marzo de 2017, Ejecución Definitiva núm. 20/2015, dimanantes Procedimiento Ordinario núm. 210/2013, seguidos en Juzgado lo Contencioso Administrativo Uno de Santa Cruz de Tenerife, citamos textualmente la parte resolutiva: “DISPONGO: Se acuerda imponer multa coercitiva en cuantía de 600 (seiscientos) euros, que será reiterada mensualmente a DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA hasta el total cumplimiento de la Sentencia, dedúzcase testimonio de particulares con remisión al Ministerio Fiscal por si la NO ejecución de la Sentencia por parte de DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA pudiera ser constitutiva de un delito de desobediencia a la Autoridad u otro ilícito penal (habida cuenta de que consta requerimiento personal de ejecución de la Sentencia por parte del Secretario Municipal). Se fija un plazo de quince días para que DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA proceda al ingreso de la multa impuesta. Líbrese oficio al Jefe de la Policía Local de Adeje para que proceda a notificar personalmente copia testimoniada del Auto a la Concejala, con los apercibimientos legales”.

 

   La legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), en manifiesta reiteración ha puesto en conocimiento con numerosos solicitudes suman más de 80 (ochenta) escritos por registro general de entrada  ante Ayuntamiento de Adeje, incluso, poniendo en conocimiento las denuncias interpuestas en otras Administraciones Públicas, la relación detallada de escritos presentados en Cuartel de la Guardia Civil, Diputado del Común, Juzgados de Guardias, Fiscalía Anticorrupción, etc. respecto legitima Personación Como parte Interesada ACCESO, VISTA, PARTICIPACIÓN Y OBTENCIÓN COPIAS del Expediente Administrativo Núm. 71/2010, derivando incoación y tramitación de singulares Expedientes REVOCATORIOS de todas y cada una mas de 80 (ochenta) licencias de TAXIS denunciadas explotación continuado FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, oligarcas FLOTEROS, etc. incluso, explotan licencias de auto taxis VIUDAS sin carné de conducir de fallecidos titulares concesionarios, además, apoderan y explotan licencias TAXIS con ambiciosos planes ilícitos, especuladores proceden de otras latitudes plagados con antecedentes penales e historiales delictivos: GANGOCHEROS, AGRESORES SEXUALES, NARCOTRAFICANTES, PROXENETAS, etc. ordena y manda la Sentencia firme de fecha 07 de Enero de 2014, dictada Procedimiento Ordinario Núm. 210/2013, por Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, de S/C de Tenerife, confirmada por Sentencia de fecha 27 de Febrero de 2015, dictada contra el vergonzoso Recurso Apelación Núm. 36/2014 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por lo que ese Ayuntamiento han tenido conocimiento y comunicado, inmediatamente por Decreto Alcaldía con fecha 30 de Marzo de 2015 ordenan acatar y cumplir la Sentencia. Sorprendentemente hasta la fecha presente después de pasar tres años INCUMPLEN Sentencia, incurriendo actuaciones delictivas, desobediencia Judicial el Ayuntamiento gobernado por progresistas con etiquetas socialistas, presumen de espíritu legalistas y eclesiásticos, cuando realmente proceden con maniobras dilatorias, actuaciones maliciosas y objetivos empantanamientos, se delatan en conductas mafiosas como vulgares corruptos, despotismo ilustrados se burlan y mofan de la solemne Justicia. Con posterioridad el Juzgado ha iniciado Procedimiento Ejecución Forzosa Definitiva Núm. 20/2016, han dictado tres contundentes Autos con multas coercitivas de apercibimientos por desobediencia Judicial: 26 de Octubre de 2015, 12 de Abril de 2016 y 23 de Noviembre de 2016, contra el caudillo Alcalde José Miguel Rodríguez Fraga y Lugarteniente Ermitas Moreira García paradójicamente representantes jerarcas jefes del bananero PSOE (Partido Socialista Obrero Español) de Canarias. INTERESAMOS se cumplimente y ejecute el FALLO de la Sentencia firme confirmada, apartado 3ª dice: “Retrotraer las actuaciones a la fecha de las Denuncias con objeto de que se incoen tantos expedientes como licencias de auto taxis denunciadas hayan de ser revisadas con audiencia de los interesados”. Significar al Ayuntamiento en fechas las Denuncias efectuadas por esta Asociación contra las licencias de TAXIS consignadas en Expediente Municipal Núm. 71/2010, estaba y está vigente Ley 13/2007, de 17 de Mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, que en el apartado u) de su art. 107, establece imperativamente la “plena dedicación del titular de la preceptiva licencia…”, además, del Reglamento Nacional del Taxi: REAL DECRETO 763/1979, DE 16 DE MARZO, por aplicación de Disposición Transitoria Sexta, Expedientes en trámite, del Decreto Canario 74/2012, de 2 de Agosto, dice: ”Los expedientes iniciados antes de la entrada en vigor del presente reglamento se tramitarán y resolverán conforme a la normativa vigente en el momento de la solicitud. Por tanto, el incumplimiento de las condiciones para la explotación de las licencias de TAXIS denunciadas debe dar lugar REVOCACIÓN de las mismas. Teniéndose en cuenta, una vez REVOCADAS y ser sacadas las mismas a concurso para ser adjudicadas con arreglo a derecho, el derecho, en su caso, Derecho de Adquisición Preferente de los ASALARIADOS del TAXI, que sufren cada vez más la sobreexplotación en su trabajo, devastador desempleo y empobrecimiento. NO debiendo permitirse CLANES FLOTEROS ni las licencias sean explotadas por emporios empresariales con intereses en otros sectores económicos. Debiendo primar el interés social y la creación empleo digno y de calidad en sector del TAXI. Conclusión, constantemente PROHÍBEN Y DENIEGAN legitima Personación como Parte Interesada, para tener ACCESO Y VISTA a la Asociación Taxistas Asalariados, participar y obtener copias en tramitación de Expedientes Revocatorios contra las más de 80 (ochenta) licencias auto taxis explotadas en continuado fraude, detallamos los numerosos reiterados escritos presentados en Ayuntamiento Adeje:

  1. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  14.298, fecha 08 de Abril de 2015.

  2. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  20.073, fecha 11 de Mayo de 2015.

  3. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  22.943, fecha 27 de Mayo de 2015.            

  4. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  27.930, fecha 29 de Junio de 2015.

  5. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  27.933, fecha 29 de Junio de 2015.

  6. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  27.935, fecha 29 de Junio de 2015.

  7. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  27.938, fecha 29 de Junio de 2015.

  8. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  31.800, fecha 24 de Julio de 2015.

  9. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  32.664, fecha 31 de Julio de 2015.   

  10. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  39.897, fecha 25 de Septiembre de 2015.   

  11. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  40.877, fecha 02 de Octubre de 2015.

  12. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  44.506, fecha 03 de Noviembre de 2015.

  13. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  45.877, fecha 12 de Noviembre de 2015.

  14. Escrito al ayuntamiento de Adeje,  R.G.E. número  48.517, fecha 27 de Noviembre de 2015.

  15. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  48.523, fecha 27 de Noviembre de 2015.

  16. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  48.768, fecha 30 de Noviembre de 2015.

  17. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  49.533, fecha 04 de Diciembre de 2015.

  18. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  50.403, fecha 14 de Diciembre de 2015.

  19. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  51.595, fecha 22 de Diciembre de 2015.

  20. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número 51.796, fecha 23 de Diciembre de 2015.

  21. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  52.105, fecha 29 de Diciembre de 2015.

  22. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  00609, fecha 08 de Enero de 2016.      

  23. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  03.156, fecha 29 de Enero de 2016.

  24. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  03.681, fecha 04 de Febrero de 2016.

  25. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  03.891, fecha 05 de Febrero de 2016.

  26. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  03.892, fecha 05 de Febrero de 2016.

  27. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  03.893, fecha 05 de Febrero de 2016.

  28. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  05.409, fecha 18 de Febrero de 2016.

  29. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  05.410, fecha 18 de Febrero de 2016.

  30. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  6.390, fecha 25 de Febrero de 2016.

  31. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  6.393, fecha 25 de Febrero de 2016.

  32. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  6.653, fecha 26 de Febrero de 2016.

  33. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  8.278, fecha 09 de Marzo de 2016.     

  34. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  14.159. fecha 19 de Abril de 2016.

  35. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  15.995, fecha 03 de Mayo de 2016.

  36. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  16.743, fecha 06 de Mayo de 2016.

  37. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  16.981, fecha 09 de Mayo de 2016.

  38. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  16.985, fecha 09 de Mayo de 2016.

  39. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  16.988, fecha 09 de Mayo de 2016.

  40. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  16.990, fecha 09 de Mayo de 2016.

  41. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  17.809, fecha 12 de Mayo de 2016.

  42. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  18.029, fecha 13 de Mayo de 2016.

  43. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  19.426, fecha 24 de Mayo de 2016. 

  44. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  19.427, fecha 24 de Mayo de 2016.

  45. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  19.631, fecha 25 de Mayo de 2016.

  46. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  20.139, fecha 27 de Mayo de 2016.

  47. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.423, fecha 06 de Junio de 2016.

  48. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.425, fecha 06 de Junio de 2016.

  49. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.428, fecha 06 de Junio de 2016.

  50. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.454, fecha 06 de Junio de 2016.

  51. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.458, fecha 06 de Junio de 2016.

  52. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.685, fecha 07 de Junio de 2016. 

  53. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.688, fecha 07 de Junio de 2016.

  54. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.691, fecha 07 de Junio de 2016.

  55. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  21.903, fecha 08 de Junio de 2016.

  56. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  22.164, fecha 09 de Junio de 2016.

  57. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  22.165, fecha 09 de Junio de 2016.

  58. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  22.167, fecha 09 de Junio de 2016.

  59. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  22.169, fecha 09 de Junio de 2016.

  60. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número 24.345, fecha 22 de Junio de 2016.

  61. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  25.966, fecha 04 de Julio de 2016. 

  62. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  26.917, fecha 08 de Julio de 2016.

  63. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  28.063, fecha 15 de Julio de 2016. 

  64. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.361, fecha 25 de Julio de 2016.

  65. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.362, fecha 25 de Julio de 2016.

  66. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.364, fecha 25 de Julio de 2016.

  67. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.366, fecha 25 de Julio de 2016.

  68. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.366, fecha 25 de Julio de 2016.

  69. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.369, fecha 25 de Julio de 2016.

  70. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.370, fecha 25 de Julio de 2016.

  71. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.372, fecha 25 de Julio de 2016.

  72. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.556, fecha 26 de Julio de 2016.

  73. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.878, fecha 28 de Julio de 2016.

  74. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  29.879, fecha 28 de Julio de 2016.

  75. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  30.880, fecha 05 de Agosto de 2016.

  76. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  35.676, fecha 19 de Septiembre de 2016.

  77. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  39.824, fecha 21 de Octubre de 2016.

  78. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  40.007, fecha 24 de Octubre de 2016.

  79. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  40.796, fecha 31 de Octubre de 2016.

  80. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  41.877, fecha 08 de Noviembre de 2016.

  81. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número  01.590, fecha 16 de Enero de 2017.

  82. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número   03.718, fecha 01 de Febrero de 2017.

  83. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número   03.822, fecha 03 de Febrero de 2017.

  84. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número   07.228, fecha 03 de Marzo de 2017.

  85. Escrito al ayuntamiento de Adeje, R.G.E. número   08.633, fecha 13 de Marzo de 2017.

             INTERESAMOS en nombre del Presidente de la represaliada Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje, a la vista del contundente Auto Judicial dictado la fecha 08 de marzo de 2017, por el Magistrado Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de Santa Cruz de Tenerife, solicitamos que accedan a todo lo interesado, de forma inmediata y urgente que se me señale diversos días y horas respectivas en que podamos acudir para tener ACCESO Y VISTA en todos cada uno singulares Expedientes Revocatorios más de 80 (ochenta) licencias de TAXIS, a la vista que está transcurriendo el mes de plazo para interponer los necesarios y obligados Recursos de Reposición que han notificado 40 (cuarenta) resoluciones de Expedientes Investigación Revocatorios de licencias de TAXIS, incluso, pudiendo obtener copias de los mismos; todo ello a los fines de poder formular Recursos de Reposición contra todas las resoluciones que se están  dictando en los mismos.

    En su virtud,  

            SOLICITAMOS a las Áreas de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones, y accedan a todo lo interesado, de forma inmediata y urgente que se me señale diversos días y horas respectivas en que podamos acudir para tener ACCESO Y VISTA en todos y cada uno de los singulares Expedientes Revocatorios de las más de  80 (ochenta) licencias de auto taxis, a la vista que están transcurriendo el mes de plazo para interponer los Recursos de Reposición que han notificado de pronto 40 (cuarenta) resoluciones de Expedientes de Investigación de licencias de auto taxis, incluso, pudiendo obtener copias de los mismos; todo ello, a los fines necesarios de poder formular los Recursos de Reposición contra todas las resoluciones que se están dictando en los mismos.

     

           En la Villa de Adeje, a día dieciséis del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

     Más información: elcanario.net/Secciones/ataca.htm