Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA)

COMUNICADO

 

JUICIO por Expediente Sancionador de 20.000 (veinte mil) euros, contra Sebastian Garcia Rodriguez, vocal de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), y también, delegado de la Sección Sindical "Sindicalistas de Base"

JUICIO contra el compañero Sebastian Garcia Rodriguez, vocal de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), y también, delegado de la Sección Sindical "Sindicalistas de Base" Taxistas Asalariados Costa Adeje, en Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Tres de Santa Cruz de Tenerife, fecha y hora:

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NUMERO TRES de Santa Cruz de Tenerife,

Con respecto a esa increíble Denuncia que deriva en Expediente Sancionador de 20.000 (veinte mil) euros, y luego en virtud a las alegaciones interpuestas la rebajan a 1.200 (mil doscientos) euros contra nuestro compañero SEBASTIAN GARCIA RODRIGUEZ, hechos que suceden la fecha 05 de enero de 2016, vísperas de los Reyes Magos, hechos que suceden en las Áreas de Turismo y Transportes del ayuntamiento de Adeje, cuando hacemos acto de presencia una delegación del colectivo ATACA legitimados con la Sentencia firme dictada la fecha 27 de febrero de 2015 y el respaldo acreditado Auto Judicial dictado la fecha 26 de octubre de 2015, legitimados PERSONACION COMO PARTE INTERESADA en todos y cada uno de los Expedientes Revocatorios de licencias de TAXIS denunciadas por explotación en continuado fraude.

Actuación altamente sospechosas del despliegue descomunal de POLICIAS LOCALES el día que se refiere esta increíble SANCIÓN, el día 05 de enero de 2016, víspera del día de los Reyes Magos, nuestra presencia (asociación ATACA) en las áreas de Turismo y Transportes estaba mas que justificada, ya que teníamos (asociación ATACA), como parte interesada, en el Expediente Administrativo 71/2010 y que derivan en los Expedientes Revocatorios contra mas de 80 (ochenta) licencias de auto taxis por explotación en continuado fraude, que manda incoar la Autoridad JUDICIAL en virtud a la Sentencia Firme dictada la fecha 27 de febrero de 2015 y posterior Auto Judicial dictado la fecha 26 de octubre de 2015.

Vergonzosamente el Jefe de la Brigadilla de la Policia Local que intervienen en los hechos sucedidos la citada fecha 05 de enero de 2016, actuan sin fundamentos ni razonamientos, dicha persona uniformada Policía Local es el hijo de un concesionario titular de licencia de TAXI denunciado por explotación en continuado fraude, ha hecho el negocio del siglo en operación especulativa de compra venta con todo libertinajes, cuando dicho Expediente ha estado y sigue judicializado en virtud a la referida Sentencia.

Pero aun más, hemos sido nuestra asociación ATACA reiteradamente obstaculizados e impedidos para ejercitar nuestros derechos que nos conceden la Legislación reguladora del proceso administrativo, como parte interesada en el mismo, de obtener información y acceder a todos y cada uno de mas de 80 (ochenta) Expedientes Administrativos REVOCATORIOS de licencias de auto taxis de Adeje, los cuales han sido forzosamente obligados a incoar por ese Ayuntamiento, en virtud de Resolución Judicial, en EJECUCIÓN FORZOSA. Impidiéndonos por medidas ordenadas por ese departamento acceder a las oficinas del mismo, a los fines indicados.

Acompañamos diversos escritos dirigidos a la FISCALIA ANTICORRUPCIÓN con fechas 12 de agosto de 2016, 30 de septiembre de 2016, 20 de octubre de 2016, 07 de diciembre de 2016, 12 de diciembre de 2016, 29 de diciembre de 2016, 10 de febrero de 2017 y 03 de marzo de 2017 denunciando tales hechos, que bien pudieran ser  constitutivos de COACCIONES y de PREVARICACIÓN. Donde esta SANCIÓN que ahora impugnamos, a celebrar JUICIO este próximo jueves dia 18 de mayo de 2017, se encuentra incardinada en toda esta ILÍCITA ACTUACIÓN, solo y únicamente por ejercitar los derechos que Legal y Judicialmente se nos tienen reconocidos en relación a los Expedientes Revocatorios.  

Y, además, como ya es doctrina consolidada por el Tribunal Constitucional, con esa desproporcionada, torticera y arbitraria SANCIÓN se vulnera mi derecho a la INDEMNIDAD, que se incardina en el articulo 24.1 de la Constitución Española.

ADEJE, martes a día dieciséis del mes de mayo del año dos mil diecisiete.

Mas información:  http://elcanario.net/ Secciones/ataca.htm