La licencia de auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE la vuelven a VENDER
Nuevamente hacen el negocio del siglo...
Licencia
de auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE la vuelven a VENDER y
es la tercera ocasión que cambia de titularidad, nuevamente hacen el
negocio del siglo con una "concesión administrativa" en
cantidades dinerarias desorbitadas más de 300.000 (trescientos miol) euros,
apoderan y adquieren otro CLAN FLOTERO denominados LOS VERGUILLAS explotan
otras tres licencias en municipio de ARONA: núm. 52, num. 102 y núm. 180.
AL
SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE
DON
JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
Y
A LA SRA. CONCEJALA DE TURISMO Y TRANSPORTES
DOÑA
ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto de D.N.I. núm 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K;
DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X;
DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A;
en
representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y
Vocales la legalmente constituida ASOCIACIÓN
TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.),
con todas las demás circunstancias personales según
consta en Expediente Administrativo núm. 71/2010, COMPARECEMOS, como mejor
proceda en derecho, DECIMOS:
A medio del presente en escrito ampliatorio del RECURSO DE REPOSICIÓN
que NO han contestado, con registro general de entrada con fecha 23 de mayo
de 2017, con ordinal núm. 18.246, nuevamente se personan en el
Área de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje, relativo al
Expediente Administrativo Núm. 71/2010 obrante con abundante documentación
ha derivado en
Expediente de Investigación Núm. 10TZS01M contra la licencia de Auto
Taxi Núm. 70 (SETENTA) por presunta explotación en
FRAUDE de Ley, afectada en la Sentencia firme dictada la fecha 07
de enero de 2014 y confirmada en Sentencia
dictada la fecha 27 de febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena y manda retrotraer
todas las actuaciones contra todas y cada una más de 90 (noventa) licencias
de auto taxis con detalladas, pormenorizadas y personalizadas denuncias
registradas en Ayuntamiento, por el que incoó Expediente Administrativo
71/2010 que a los pocos meses cerró en falso, obligando a esta Asociación
acudir a los Tribunales de Justicia, obteniendo las aludidas Sentencias
favorables, ordenan normativa aplicación Real Decreto 763/1979 de 16 de
marzo por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbano e
Interurbano de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de
las mencionadas denuncias.
Que repito, aún NO han resuelto el citado RECURSO DE REPOSICIÓN
ni se han practicado las pruebas propuestas por nuestra Asociación con
respecto al Expediente de Investigación de la licencia
municipal de Auto Taxi Núm. 70 (SETENTA),
considerando, por lo tanto, se
vulnera nuestro derecho y el de los ciudadanos a obtener una respuesta de la
Administración ante cualquier petición o recurso que se haga ante la
misma, causándonos una manifiesta indefensión, por NO practicar las
pruebas que eran necesarias y pertinentes para demostrar que incurre en
causas de REVOCACIÓN la aludida licencia municipal de auto taxi núm.
70 (setenta), al que fue otorgada en un Procedimiento Legal de Licencias de
Nueva Creación al titular concesionario matriz DON
JOSÉ PALENZUELA BORGES (actualmente según parece empresario de CONSTRUCCIÓN),
posteriormente hace el negocio del siglo con operación prohibitiva de VENTA
en cantidades dinerarias desorbitadas, donde los precios oscilan en más de
300.000 (trescientos mil) euros en ese submundo del sector del TAXI de
Adeje, por parte del comprador titular concesionario que adquiere y apodera
DON SEBASTIÁN EMILIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, todo ello, sorprendentemente
haciéndose ante esas Áreas de Turismo y Transportes de Adeje.
Igualmente, ponemos en conocimiento los hechos anteriores e instamos
a que se investiguen y averigüen los mismos sobre la aludida licencia de
auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE por si se está
ejecutando en fraude de ley o contra la normativa legal (Real Decreto
763/1979 de 16 de marzo
por el que se aprueba Reglamento Nacional de los Servicios Urbano e
Interurbano de Transportes en Automóviles Ligeros), VIGENTE en el momento
de las denuncias,
averiguándose todo lo concerniente a si se han producido dichas
transmisiones y personas intervinientes, determinándose si hay causas de
revocación o no de dicha licencia.
Asimismo, ponemos en conocimiento que el nuevo titular en realidad de
la licencia 70 (setenta) de Adeje la explota en operación prohibitiva de
compra venta por cantidades dinerarias desorbitadas, presuntamente adquieren
y apoderan oligarcas CLAN FAMILIAR FLOTERO denominados “LOS VERGUILLAS”
simultáneamente explotan licencias auto taxis núm. 52 (cincuenta y dos),
102 (ciento dos) y 180 (ciento ochenta) del municipio de ARONA cuya cabeza
tractora del CLAN FAMILIAR FLOTERO está identificado por DON ALBERTO
MENDOZA.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a todo lo interesado, que se investiguen y averigüen todos los nuevos hechos sobre la aludida licencia de auto taxi núm. 70 (SETENTA).
EN LA VILLA DE ADEJE, A DÍA TRES DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
http://elcanario.net/Secciones/ataca.htm