La licencia de auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE la vuelven a VENDER

Nuevamente hacen el negocio del siglo...

 

Licencia de auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE la vuelven a VENDER y es la tercera ocasión que cambia de titularidad, nuevamente hacen el negocio del siglo con una "concesión administrativa" en cantidades dinerarias desorbitadas más de 300.000 (trescientos miol) euros, apoderan y adquieren otro CLAN FLOTERO denominados LOS VERGUILLAS explotan otras tres licencias en municipio de ARONA: núm. 52, num. 102 y núm. 180.


AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE       

DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA    
Y A LA SRA. CONCEJALA DE TURISMO Y TRANSPORTES            
DOÑA ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA


DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,

DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D

DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L;

DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ, provisto de D.N.I. núm 43.365.232-C;

DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K;

DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X;

DON SERGIO NAVARRO GARCÍA, provisto D.N.I. núm. 78.698.689-A;

en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales la legalmente constituida ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), con todas las demás circunstancias personales según consta en Expediente Administrativo núm. 71/2010, COMPARECEMOS, como mejor proceda en derecho, DECIMOS:

     A medio del presente en escrito ampliatorio del RECURSO DE REPOSICIÓN que NO han contestado, con registro general de entrada con fecha 23 de mayo de 2017, con ordinal núm. 18.246, nuevamente se personan en el  Área de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje, relativo al Expediente Administrativo Núm. 71/2010 obrante con abundante documentación ha derivado en Expediente de Investigación Núm. 10TZS01M contra la licencia de Auto Taxi Núm. 70 (SETENTA) por presunta explotación en  FRAUDE de Ley, afectada en la Sentencia firme dictada la fecha 07  de enero de 2014 y confirmada en Sentencia  dictada la fecha 27 de febrero de 2015 por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena y manda retrotraer todas las actuaciones contra todas y cada una más de 90 (noventa) licencias de auto taxis con detalladas, pormenorizadas y personalizadas denuncias registradas en Ayuntamiento, por el que incoó Expediente Administrativo 71/2010 que a los pocos meses cerró en falso, obligando a esta Asociación acudir a los Tribunales de Justicia, obteniendo las aludidas Sentencias favorables, ordenan normativa aplicación Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbano e Interurbano de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las mencionadas denuncias. 

     Que repito, aún NO han resuelto el citado RECURSO DE REPOSICIÓN ni se han practicado las pruebas propuestas por nuestra Asociación con respecto al Expediente de Investigación de la licencia municipal de Auto Taxi Núm. 70 (SETENTA), considerando, por lo tanto, se vulnera nuestro derecho y el de los ciudadanos a obtener una respuesta de la Administración ante cualquier petición o recurso que se haga ante la misma, causándonos una manifiesta indefensión, por NO practicar las pruebas que eran necesarias y pertinentes para demostrar que incurre en causas de REVOCACIÓN la aludida licencia municipal de auto taxi núm. 70 (setenta), al que fue otorgada en un Procedimiento Legal de Licencias de Nueva Creación al titular concesionario matriz DON JOSÉ PALENZUELA BORGES (actualmente según parece empresario de CONSTRUCCIÓN), posteriormente hace el negocio del siglo con operación prohibitiva de VENTA en cantidades dinerarias desorbitadas, donde los precios oscilan en más de 300.000 (trescientos mil) euros en ese submundo del sector del TAXI de Adeje, por parte del comprador titular concesionario que adquiere y apodera DON SEBASTIÁN EMILIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, todo ello, sorprendentemente haciéndose ante esas Áreas de Turismo y Transportes de Adeje.

     Igualmente, ponemos en conocimiento los hechos anteriores e instamos a que se investiguen y averigüen los mismos sobre la aludida licencia de auto taxi núm. 70 (SETENTA) del municipio de ADEJE por si se está ejecutando en fraude de ley o contra la normativa legal (Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo por el que se aprueba Reglamento Nacional de los Servicios Urbano e Interurbano de Transportes en Automóviles Ligeros), VIGENTE en el momento de las denuncias, averiguándose todo lo concerniente a si se han producido dichas transmisiones y personas intervinientes, determinándose si hay causas de revocación o no de dicha licencia.

     Asimismo, ponemos en conocimiento que el nuevo titular en realidad de la licencia 70 (setenta) de Adeje la explota en operación prohibitiva de compra venta por cantidades dinerarias desorbitadas, presuntamente adquieren y apoderan oligarcas CLAN FAMILIAR FLOTERO denominados “LOS VERGUILLAS” simultáneamente explotan licencias auto taxis núm. 52 (cincuenta y dos), 102 (ciento dos) y 180 (ciento ochenta) del municipio de ARONA cuya cabeza tractora del CLAN FAMILIAR FLOTERO está identificado por DON ALBERTO MENDOZA. 

     SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a todo lo interesado, que se investiguen y averigüen todos los nuevos hechos sobre la aludida licencia de auto taxi núm. 70  (SETENTA).

 

     EN LA VILLA DE ADEJE, A DÍA TRES DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.


http://elcanario.net/Secciones/ataca.htm