El alcalde de Adeje, acata
la Sentencia 05/2014, de 07 de Enero de
2014,
y acepta la personación de la Asociación
ATACA.
Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje
(ATACA) escrito de PERSONACIÓN como Parte Interesada ante ese Ayuntamiento de Adeje en virtud del mandato consignado en el Decreto
de Alcaldía núm. 204/2015, de fecha 30 de Marzo de 2015, por el que se ACATA y
se ORDENA dar cumplimiento a
AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE.
Para su remisión, en su caso, si así procede, a la CONCEJALÍA DE
LAS AREAS DE POLÍTICA TERRITORIAL, TRANSPORTES, SANIDAD Y CONSUMO; Y
A LA CONCEJALÍA DE HACIENDA.
DON PEDRO
JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,
en nombre y representación que ostenta, en calidad de Presidente de la
legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), con CIF núm. G-38.671.152; DON JOSÉ
MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I.
núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido,
provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado,
provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X; DON SEBASTIÁN GARCÍA
RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON
MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, provisto de D.N.I.
núm. 42.074.015-T; los mencionados en representación y calidad de
Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de dicha Asociación ATACA, con
domicilio a efectos de notificaciones, […] municipio de ADEJE,
provincia de Santa Cruz de Tenerife, según consta en Expediente Administrativo
71/2010, COMPAREZCO, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel
Rivero, núm. 479, del ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como
mejor proceda y haya lugar en derecho, DIGO:
Que a medio
del presente y en la representación que ostento como Presidente de la
Asociación ATACA, y en virtud del mandato conferido por dicha Asociación ATACA,
según acredito con la certificación que se acompaña de fecha Primero de Mayo de
A modo
ilustrativo es de recordar que las licencias de AUTO TAXI que se encuentran
denunciadas por la Asociación ATACA que represento están consignadas en
nuestros escritos: RGE núm. 8.298 de fecha 16 de Marzo de 2010; y RGE núm. 401
de fecha 04 de Enero de 2013, también, otras Denuncias pormenorizadas contra
los titulares concesionarios de licencias de auto taxis por explotación
fraudulentas de las mismas, presentadas ante ese Ayuntamiento las fechas de
Febrero, Marzo y Abril de 2012, en nombre de la legalmente constituida SECCIÓN
SINDICAL UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.) DEL
AUTO TAXI DE ADEJE, un total de 136 (ciento treinta y seis) escritos de
denuncias en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento, contra 68 (sesenta y
ocho) titulares concesionarios de licencias auto taxis, se denunciaban
transmisiones ilícitas de licencias por parte de adjudicatarios e
incumplimiento, también, por parte de adjudicatarios de licencias de auto taxis
del régimen de incompatibilidades y de obligaciones impuestas, artículos 8, 17
y 48 por el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos en Automóviles
Ligeros. Siendo el escrito con RGE
núm. 8.298, de fecha 16 de Marzo de 2010, las irregularidades y
utilización fraudulenta en la explotación de las licencias de auto taxi
que allí se detallan,
reclamando la investigación, su depuración y revocación de
las adjudicaciones de licencias que, en su caso, incurran en
ilegalidad. Es decir, se denunciaba la existencia de numerosos titulares de licencias
de auto taxi, que NO tienen dedicación plena ni exclusiva, compatibilizándolas,
incluso, con otras actividades económicas y mercantiles, a través de sociedades
de capital, distintas al auto taxi. Incluso, jubilados, incapacitados y viudas
de titulares. Todo ello, en contra de aquel Real Decreto 763/1979, de 16 de
marzo. Para corroborar lo expuesto, a través de nuestro escrito
de fecha 4 de Enero de 2013, como MEDIOS DE PRUEBAS se aportó nuestro escrito
de fecha 8 de noviembre de 2011, presentado por el Abogado D. Felipe Campos
Miranda, para ese Ayuntamiento, en nombre de la Asociación ATACA, al que se
adjuntó 68 HOJAS DE DECLARACIONES JURADAS, presentado fecha 9 de noviembre de
2011, con núm. 78.505 de RGE ante la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz
de Tenerife. Además, la sociedad mercantil TAVIAJE SUR AUTO TAXI S.L.
emporio holding empresarial, figuran como participes cofundadores 42 (cuarenta
y dos) titulares concesionarios de licencias de auto taxi, se aportó escrito de
fecha 01 de Junio de 2012, con RGE núm. 18.467, presentado por el abogado D.
Pablo Coito Fontseré, para ese Ayuntamiento, en
nombre de la Asociación ATACA, al que se adjuntó certificación del Registro
Mercantil de Tenerife. Dejando plena constancia con los MEDIOS DE PRUEBAS con
documentación acreditativa en relación a la explotación y utilización
fraudulenta de las concesiones de licencias de auto taxis: Informes de
diferentes Ayuntamientos cuyos titulares de licencias de auto taxis de Adeje en simultaneo explotan licencias de auto taxis
en otros municipios, incluso, titulares de licencias de auto taxis de Adeje explotan otras actividades económicas. Todo lo expuesto está argumentado en los
escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en
Expediente Administrativo 71/2010.
En
su virtud,
SOLICITO AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE
que, habiendo por presentado este escrito con documentación y certificación que
se acompaña se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones
y acceda a tenerme por PERSONADO Y COMO PARTE INTERESADA en la representación
que ostento (Asociación ATACA), en todos y cada uno de los Expedientes
Administrativos que se incoen por cada una de las licencias de AUTO TAXI
denunciadas por esta Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA) ante ese Ayuntamiento de Adeje.
Por ser de Justicia que pido en Adeje,
a día siete de Mayo de dos mil quince.
OTROSI
Primero digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a la Tesorería General
de la Seguridad Social de Arona, a fin que, por
quien legalmente corresponda expida y remita Informe certificados para su
unión, sobre la situación socio-laboral y de sus circunstancias concretas en su
relación con la Seguridad Social de todos y cada uno de los titulares
concesionarios de licencias de auto taxi, en explotación, correspondientes a
ese municipio de Adeje, con especificación en dicho
Oficio de nombres, domicilios y documentos nacional de identidad de cada uno de
los Expedientes referenciados en el cuerpo del presente escrito y que constan
en el Registro u otro archivo o ficheros de licencias municipales de ese
Ayuntamiento, en la que se relacionan si los titulares concesionarios de
licencias de auto taxi están jubilados o incapacitados o viudas que perciben
vitalicias pensiones.
OTROSI
Segundo digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a la Inspección
Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de Tenerife, a fin
que, por quien legalmente corresponda expida y remita todos los Informes certificados
elaborados por los Inspectores de Trabajo en las rutinarias inspecciones
en el sector contra más de 70 (setenta) titulares concesionarios de licencias
de AUTO TAXIS de Adeje, por múltiples
irregularidades en la explotación contra los asalariados
en condiciones esclavistas: horarios abusivos, jornadas maratonianas, contrataciones irregulares, fraudulentas
medias jornadas, cesiones ilegales de trabajadores, etc. cuyas Denuncias
continuadas y registradas ante la Inspección de Trabajo, las fechas 2008, 2009,
2010, 2011, 2012 y 2013, de todos y cada uno de los concesionarios de licencias
de auto taxi, en explotación, correspondientes a ese municipio de Adeje, para su unión al Expediente Administrativo 71/2010,
la Inspección Provincial de Trabajo solo entregaron los Informes de
las licencias núm. 114, núm. 115, núm. 161 y núm. 162.
OTROSI
Tercero digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Registro Mercantil y
de Bienes Muebles de Tenerife, a fin que, por quien legalmente corresponda
expida y remita certificación para su unión al Expediente Administrativo
71/2010, sobre la situación de actividades mercantiles y de sus circunstancias
concretas en su relación de todos y cada uno de los titulares concesionarios de
licencias municipales de auto taxi de Adeje,
denunciados por vulneración sistemática del régimen de incompatibilidades y
obligaciones impuestas con explotación de otra actividad económica lucrativa.
OTROSI
Cuarto digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Área de Movilidad y Transportes
del Cabildo Insular de Tenerife, y también, se libre Oficio a los Ayuntamientos:
Guía de Isora, Arona, Vilaflor, Granadilla, Arico, Candelaria, Santa Cruz de
Tenerife y San Cristóbal de La Laguna, a fin que, por quien legalmente
corresponda expida y remita certificación para su unión, sobre la situación de
titulares concesionarios de licencias municipales de auto taxi,
correspondientes al municipio de Adeje, denunciados
por dedicación profesional, incompatible y simultanea con explotación de
licencias de auto taxis en otros municipios. Todo lo expuesto está argumentado en los
escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en
Expediente Administrativo 71/2010.
OTROSI
Quinto digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Área de Movilidad y
Transportes del Cabildo Insular de Tenerife, también, se libre
Oficio a la Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias, y
también, se libre Oficio a la Dirección General de Trafico, a fin que,
por quien legalmente corresponda expida y remita certificación para su unión,
sobre la situación de numerosos EMPRESARIOS propietarios de pequeñas y grandes
cadenas “GUAGUAS, AUTOBUSES Y MICROBUSES DE TRANSPORTES DISCRECIONAL DE
VIAJEROS”, en simultaneo explotan licencias de auto taxi (concesionarios de
licencias de auto taxi), correspondientes a ese municipio de Adeje, denunciados por vulneración de la plena dedicación
exclusiva e incompatible con otra profesión. Todo lo expuesto está argumentado en los
escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en
Expediente Administrativo 71/2010, relación de empresarios de GUAGUAS: LM núm.
09 Don Manuel Esquivel Bello “ESQUIVEL BUS” y “LONY BUS”; LM núm.
33 Don José Antonio Chinea Cabrera “CHINEA BUS”; y LM 93 Don José Robayna Rivero “ABADES BUS”.
OTROSI
Sexto digo: Se tenga por aportada las siguientes certificaciones del Registro
Mercantil de Tenerife donde se acredita que el titular de la licencia de auto
taxi INCUMPLE la plena dedicación exclusiva al constar que en dicha sociedad
mercantil tiene por dedicación profesional otra explotación distinta a la
explotación del TAXI, porque tiene por objeto esa otra lucrativa actividad
económica, por lo cual acredito la relación siguiente: Don José Luís Rodríguez
Herrera, explota auto taxis LM núm. 11 y LM núm. 61 y explota las mercantiles
DAMAYO PLAYA SL con CIF B38558557, PELIYAI SL con CIF B38380705 y RECREATIVOS
PELINOR SL con CIF B38750725; Don Juan Pedro Mora Rodríguez, explota auto taxi
LM núm. 46 y explota la mercantil J.P. MORA E HIJOS
SL con CIF B38562062; Don Agustín Francisco Pérez Rivero, explota auto taxi LM
núm. 54 y explota la mercantil GRUELSA SL con CIF B35228295; Don Beltrán
Barroso Cabrera explota auto taxi LM núm. 115 y explota la mercantil BARROSO
CABRERA SL con CIF B38898607; Don Cipriano Manuel Toste
Martín, explota auto taxi LM núm. 90 y explota la mercantil TAVIAJE SUR AUTO
TAXI SL con CIF B38454815, conjuntamente explotan emporio holding con otros 41
(cuarenta y uno) titulares concesionarios de licencias de auto taxis del
municipio de Adeje. Todo lo expuesto está argumentado en los
escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en
Expediente Administrativo 71/2010.
OTROSI
Séptimo digo: Las Diligencias Abiertas núm. 515/2014 ante la FISCALÍA
PROVINCIAL contra el CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS RUSOS”,
hechos sucedidos en Noviembre de 2014, asesinato de una persona (origen ruso) y
cuyo presunto asesino (origen moldavo) están relacionados en apoderamientos y
explotación de seis licencias municipales de TAXIS: núm. 01, núm. 28, núm. 71,
núm. 90, núm. 108 y núm. 162, presuntamente adquiridas mediante operaciones
prohibitivas de compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con
dineros sucios de dudosa procedencias, cuyos titulares concesionarios matrices
tienen otras dedicaciones profesionales y actividades mercantiles altamente
lucrativas, cuyas practicas prohibitivas y fraudulentas fueron denunciadas ante
ese Ayuntamiento y tienen plena constancia Expediente Administrativo 71/2010.
OTROSI
Octavo digo: La licencia municipal núm. 123 de ADEJE la explota una persona y
ejerce en simultaneo de Policía Local en municipio de Guía de Isora, presuntamente adquirida en operación fraudulenta de
compra venta en cantidades dinerarias desorbitadas. El cual ha sido condenado a
dos años de cárcel y cuatro años de inhabilitación a ejercer Cargo Público, por
hechos de agresión sexual, según acredito copia de información aparecida en La
Opinión de Tenerife, fecha Septiembre 2014.
OTROSI
Noveno digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a los Ayuntamientos Arona, Granadilla, Santa Cruz de Tenerife y San Cristóbal
de La Laguna, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita
certificación para su unión, sobre las numerosas licencias de auto taxis que
explotan CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS PELINOR”, formado por
matrimonio Don José Luis Rodríguez Herrera y Doña María del Carmen Rancel
Sierra, conjuntamente explotan las licencias núm. 11 y núm. 61 municipio de
ADEJE, también, acredito certificaciones en simultaneo explotan licencias de
auto taxis en municipios: Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna,
Granadilla y Arona, además, José Luís Rodríguez
Herrera ha reconocido ante Juzgado de Instrucción núm. Tres de Granadilla,
Procedimiento núm. 205/2011, Juicio celebrado la fecha 03 de Febrero de 2015.
Además, acredito certificaciones del Registro Mercantil de Tenerife, en
simultaneo explotan tres sociedades mercantiles DAMAYO PLAYA SL con CIF núm.
B38558557, PELIYAI SL con CIF núm. B38380705 y RECREATIVOS PELINOR SL con CIF
núm. B38750725; presuntamente utiliza de pantalla trampolín con ambiciosos
planes ilícitos en otras actividades económicas lucrativas: tres estaciones
gasolineras, talleres, varios restaurantes, locales máquinas recreativas
tragaperras y salas de fiestas.
OTROSI
Décimo digo: Se tenga por aportada la certificación del Ayuntamiento de
Candelaria donde se acredita que el FLOTERO, Don Fernando Meneses Guanche,
explota otra licencia de auto taxi otorgada por el Ayuntamiento de Candelaria,
en simultaneo explota licencia de auto taxi núm. 38 del Ayuntamiento de Adeje, hechos denunciados por la Asociación ATACA, con RGE
núm. 12.999 de fecha 19 de Abril de 2012; por vulneración lo dispuesto articulo
17 del Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo. Además, tienen plena constancia de
otra denuncia con RGE núm. 15.203 de fecha 07 de Mayo de 2012, se acompañaba
certificación expedida por el Área de Movilidad y Turismo del Cabildo Insular
de Tenerife, se acredita que decenas de concesionarios de licencias de auto
taxis del municipio de Adeje, también, son titulares
de dos o más licencias de auto taxis, dichos avispados defraudadores son
conocidos por FLOTEROS, se instaba al Ayuntamiento de Adeje
que procediera a las REVOCACIONES de las licencias afectadas. Todo lo expuesto está argumentado en los
escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en
Expediente Administrativo 71/2010.
Por ser de Justicia que
reitero, en lugar y fecha consignados “up supra”.
CERTIFICADO DE ACUERDO CON
LA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE LA ASOCIACIÓN DE
TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A)
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO,
provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D, en representación y calidad de SECRETARIO de
la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), con el C.I.F. núm.
G-38.671.152, con inscripción del Registro de Asociaciones de Canarias núm.
38/856, con domicilio a efectos de notificaciones […] municipio de Adeje, Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
C E
R T I F I C A C I Ó N :
Que en el Libro de Actas, a mi cargo, de esta
Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje
(ATACA), con los datos identificativos arriba indicados, figura la que se
aprobó de acuerdo a la Ley, la Asamblea Extraordinaria, celebrada en los
aparcamientos públicos del Palacio de Congresos Magma, término municipal de Adeje, bajo un sol de Justicia con la asistencia de siete
compañeros miembros de la Junta Directiva: Don José Damián Chinea García, Don
José Manuel Yanes Luís, Don Manuel Jesús Rodríguez
Medina, Don Sebastián García Rodríguez, Don Alfonso Díaz Valentín, Don Pedro
José Afonso Pérez y Don José Miguel Delgado Delgado, la fecha viernes a día Primero del mes de Mayo del
año dos mil quince, horas a las 16:00, señalada con el número NUEVE de folio
del Libro de Actas, en la que se adoptó como asunto único, el siguiente
ACUERDO:
Se aprueba por unanimidad por parte de los
compañeros asistentes miembros de la Asociación de Taxistas Asalariados de
Costa Adeje (ATACA), el acuerdo siguiente: tomando
conocimiento de que ya ese Ayuntamiento de Adeje
mediante Decreto de la Alcaldía número 204/2015, de fecha 30 de Marzo de 2015,
por el que se ACATA y se ORDENA dar cumplimiento a la Sentencia 5/2014, de
fecha 7 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento Ordinario 210/2013 por el
Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. Uno, y confirmada por la
Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, en el rollo del Recurso de
Apelación 36/2014 dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sección Primera de Santa Cruz de
Tenerife, se aprueba por unanimidad facultar al Presidente DON PEDRO JOSE
AFONSO PÉREZ de la Asociación ATACA por parte de la Asamblea para que en nombre
de la Asociación ATACA se persone ante ese Ayuntamiento, para lo que se
le apodera al efecto, concretamente se persone en todos y cada uno de los Expedientes
Administrativos que se tienen que incoar como consecuencia del cumplimiento de
esa Sentencia por cada una de las licencias municipales de Auto Taxi
denunciadas por esta Asociación ATACA en el Ayuntamiento de Adeje.
Que el referido asunto se aprueba por unanimidad
y de acuerdo con lo establecido en el apartado a) del artículo segundo de los
Estatutos de esta Asociación ATACA, conforme a promover las acciones legales
necesarias para defender los intereses legítimos de la legalmente constituida
Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje
(ATACA).
Y para que conste y surta los efectos oportunos
expedimos la presente Certificación con el visto bueno del Sr. Presidente, DON
PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, en la Villa de Adeje, la fecha
viernes a día Primero del mes de Mayo del año dos mil quince.
Firmado.- Vº Bº Sr.
Secretario
Firmado.- Vº Bº Sr.
Presidente
Don José Miguel Delgado Delgado. Don Pedro José Afonso
Pérez.
D.N.I. nº
42.080.671-D D.N.I. nº
43.272.095-X
Asociación Taxistas Asalariados ATACA
http://elcanario.net/Secciones/ataca.htm