Ejercicio de cinismo y distorsión
ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE ( A T A C A )
C O M U N I C A D O
Las manifestaciones en ejercicio de cinismo y distorsión del mercenario Concejal de Transportes del Ayuntamiento de Adeje, Don Andrés Pérez Ramos, vertidas en el periódico EL DÍA, fecha 11 de Junio de 2016, página 13, Sección ADEJE, cuyo titular: "EL GOBIERNO DICE QUE TODOS LOS TAXIS OPERAN CON LEGALIDAD" "Los taxis que en estos momentos desarrollan sus servicios en Adeje lo hacen con todas las garantías legales, ya que lo que está ocurriendo es un trámite interno de carácter administrativo que no debería demorarse mucho más en el tiempo”, aseguró el concejal de Transportes y Movilidad, Andrés Pérez Ramos. El mismo señaló que el Ayuntamiento de Adeje ha iniciado el estudio e investigación de 84 (ochenta y cuatro) licencias de taxi para comprobar, tal y como indica la Ley, que cumplen con los requisitos necesarios para continuar prestando este servicio en el municipio. Al respecto, aclaró que “no se ha suspendido la actividad de ninguna licencia de taxi de nuestro municipio”, matizando que “se han parado, de manera provisional, las posibles transmisiones de dichas licencias hasta que exista una resolución de los Expedientes Revocatorios”. Para Andrés Ramos “se trata de comprobar que todas las licencias cumplen con la regulación existente, como Administración estamos obligados a velar por el escrupuloso cumplimiento de la Legalidad y, a la vez, actuar con la sensatez necesaria para que este proceso sea lo menos traumático para un sector tan importante en nuestro municipio de excelencia turístico y que ha demostrado durante mucho tiempo un comportamiento digno de elogio”. Cabe recordar que el Gobierno Municipal de Adeje actúa obligado por una decisión Judicial.
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La Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje (ATACA), manifiesta enérgica protesta de rechazo y repudio a estas declaraciones del mercenario Concejal de Transportes del Ayuntamiento de Adeje, esto es simple y llanamente campaña electoral, es como los corruptos y pringados políticos nacionales o la selección española de futbol, dicen “yo no he hecho eso, yo no he cometido eso, todo eso es falso”, y al final sale la cuestión a la luz pública, es decir, el mercenario Concejal de Transporte, Andrés Pérez Ramos, NO TIENE QUE DICTAMINAR, preguntamos ¿Cómo puede prejuzgar unos expedientes que han dilatado al máximo? Si lo han dilatado con actuaciones maliciosas, es que realmente hay algo, cuando siguen con afán de delinquir, ocultar, obstaculizar, negar y prohibir a nuestra Asociación ATACA el acceso y vista de todos los Expedientes Administrativos de Revocación contra más de 80 (ochenta) licencias de taxis, o sea, ante comportamientos extraños se esconden intereses espurios por parte de ese Ayuntamiento en defensa numantina en favorecer a los DEFRAUDADORES concesionarios titulares de las licencias de TAXIS: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, delincuentes FLOTEROS, etc. por lo cual, ese Ayuntamiento plagado de corruptos SOCIALISTAS han procedido a remolque con el contundente requerimiento del AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12 de Abril de 2016, Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante del Procedimiento Ordinario 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de S/C de Tenerife, por el grosero INCUMPLIMIENTO de Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme, con Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena y manda retrotraer todas las actuaciones del EXPEDIENTE ADMINSTRATIVO Nº 71/2010 donde obran abundante documental probatorias contra las mencionadas licencias municipales de TAXIS al ser de aplicación la Normativa Nacional del Taxi: Real Decreto 763/1979, de 16 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de las continuadas Denuncias, que es de aplicación por cuanto el citado EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 71/2010 se incoó antes de la entrada en vigor del bananero Decreto 74/2012, de 02 de Agosto, por el que se aprobó el Reglamento del Servicio de Taxi, del Gobierno de Canarias, cuyas sucesivas Denuncias personalizadas con fechas: 30 de Abril de 2008, 20 de Octubre de 2009 y 16 de Marzo de 2010, etc. además, Denuncia con fecha 08 de Noviembre de 2011, presentada por abogado Don Felipe Campos Miranda, en nombre de nuestra Asociación ATACA, adjuntó 68 (sesenta y ocho) HOJAS DE DECLARACIONES JURADAS, de fecha 09 de Noviembre de 2011, ante la Subdelegación Gobierno de S/C Tenerife dirigido al Ayuntamiento.
Hablamos de puro electoralismo del mercenario déspota, Andrés Pérez Ramos, Concejal de Transportes, paradójicamente representante PSOE (Partido Socialista Obrero Español), periódico EL DÍA, fecha 11 de Junio de 2016, se pasa tres pueblos con falsos argumentos: “Como Administración estamos obligados a velar por el escrupuloso cumplimiento de la Legalidad”, está pringado y embadurnado hasta las cejas en connivencia bananera en defensa numantina con los DEFRAUDADORES que explotan licencias de TAXIS, tienen montado apetitoso Mercado Persa operaciones prohibitivas compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros sucios de dudosa procedencia. Desde el momento que el MAGISTRADO JUEZ manda incoar singulares Expedientes Revocación porque realmente ve indicios múltiples irregularidades, efectivamente hay materias para iniciar Expedientes Revocatorios contra licencias de TAXIS, así pues, Auto Judicial dictado la fecha 12 de Abril de 2016, procede como vulgar delincuente el déspota Concejal, Andrés Pérez Ramos, alias “El Cadenas”.
En la Villa de ADEJE, a día once del mes de JUNIO del año dos mil dieciséis.
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ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A)
C O M U N I C A D O
Pleno Ordinario del Ayuntamiento de Adeje, celebrado fecha 27 de Mayo de 2016, con asistencia de varios compañeros de nuestra Asociación, otros compañeros NO asisten por miedo terrorífico al caudillo, vitalicio y fascista alcalde, José Miguel Rodríguez Fraga, carece cohesión interna ideológica, presume espíritu eclesiásticos NO duda llamar y lanzar la Policía Local contra trabajadores asalariados y empapelar con Expediente Sancionador, en manifiesta persecución sindical, es público y notorio la asignatura pendiente es la TRANSPARENCIA pilar fundamental en un Estado Social, Democrático y de Derecho. Ese Ayuntamiento funciona como ventorrillo financiero de LOBBYS empresariales y redes clientelares del poderoso Clan FLOTERO Taxistas Familiar denominados “LOS FRAGAS”, vergonzoso el pucherazo y amaño del portavoz de Coalición Canaria y el concejal de Transportes “Socialista y Obrero”, sugieren pacto de silencio cómplice de corrupción, en defensa DEFRAUDADORES explotan las licencias Auto Taxis. Pedimos con brazo alzado turno de palabra en Ruegos y Preguntas al alcalde accidental, Epicentro Díaz Hernández, después de leer la cartilla con ánimos intimidación concede turno de palabra al portavoz la Asociación ATACA con fundamentación y razonamientos manifiesta: “Exigimos cumplan la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, con Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, además, contundente y demoledor Auto Judicial dictado la fecha 12 de Abril de 2016, plena legitimidad la Personación Como Parte Interesada en todos y cada uno Expedientes Revocatorios de licencias de AUTO TAXIS denunciadas”.
Oliver Tacoronte (Coalición Canaria), con sarcasmo pregunta: “En nombre de vecinos de Adeje tienen preocupación, quieren saber sobre la Sentencia que tramitan Expedientes de Licencias”. A continuación concejal de Transportes, Andrés Ramos (Socialista Obrero), responde con oscurantismo: “Hemos nombrado a cuatro Instructores objeto de revisar los Expedientes de Licencias”. Entendemos que proceden favorecer a los DEFRAUDADORES, actúan en connivencia y complicidad los personajes, Oliver Tacoronte (Coalición Canaria) y Andrés Ramos (Partido Socialista), torticera intervención van juntos del brazo, siempre hablan y repiten sobre “Expedientes de Licencias”, ocultan y omiten la palabra Auto Taxi. “Mejora de la TRANSPARENCIA del Ayuntamiento y sus empresas vinculadas”, en cambio, NO tienen solidaridad NI preocupación por el CUMPLIMIENTO de Sentencia que favorecen los intereses laborales de humildes trabajadores asalariados, respecto a las licencias Auto Taxis explotadas en FRAUDE, vulneración “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”, articulo 17 del estatal Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo, (Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros), VIGENTE en el momento de las personalizadas y detalladas Denuncias contra mas 8O (ochenta) licencias Auto Taxis: “NO AL EMPRESARIO DEL TAXI EN SIMULTANEO CON OTRAS ACTIVIDADES”, “NO A LA ACUMULACIÓN DE LICENCIAS EN FRAUDE DE LEY EN UNA SOLA PERSONA”, “NO A LOS OLIGOPOLIOS DE FLOTEROS”, “CONTRA EL DESEMPLEO Y ABUSOS” y “EL TAXI PARA EL QUE LO TRABAJA”
José Miguel Rodríguez Fraga, alcalde de Adeje, se había ausentado momentos antes, cuando hace acto de presencia a dicho Pleno, procede con falta de respeto y silencia al portavoz de la Asociación ATACA, pone de manifiesto cúmulo irregularidades explotación licencias de Auto Taxis: Auto Judicial dictado la fecha 12 de Abril de 2016 requerimiento al alcalde y la primer teniente alcalde por incumplimiento Sentencia, manda tramitación Expedientes Revocatorios contra mas 80 (ochenta) licencias de Auto Taxis. Las personas asistentes al viciado Pleno Municipal, entienden que los mercenarios Oliver Tacoronte (Coalición Canaria) y Andrés Ramos (Socialista Obrero), hablan sobre “Expedientes de Licencias de Obras y Construcción”, actúan defensa numantina corporativa intereses espurios licencias Auto Taxi: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS, poderosos FLOTEROS, etc. concejal Transportes, Andrés Ramos, funciona como rehén teledirigido de la poderosa Cooperativa de Taxis, cuya hermana Olga Ramos dirige una Gestoría, teléfonos 922 780 805 / 639 307 157 centro logístico de apetitoso Mercado Persa: contratos basuras, condiciones esclavistas contra indefensos asalariados, violación legislación laboral, operaciones prohibitivas de arrendamientos, compras ventas cantidades dinerarias desorbitadas con dinero dudosa procedencia de licencias Auto Taxi.
En la Villa de Adeje, a día veintisiete de MAYO de dos mil dieciséis.
ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A)
Juzgado Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife
PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN DEFINITIVA NUM. 20/2015
PROCEDIMIENTO ORDINARIO ORIGEN NÚM. 210/2013
Diligencia Ordenación de la letrada de la Administración de Justicia. Dada cuenta, por recibido el anterior escrito del ayuntamiento de ADEJE, únase a los autos de su razón y visto su contenido dese traslado a las Partes a los efectos procedentes
ADEJE municipio excelencia turístico tiene institucionalizada la siniestra corrupción…
CERTIFICADO expedido por el secretario general municipal del ayuntamiento de Adeje, Héctor Gallego del Pozo, contestación requerimiento personal al alcalde, José Miguel Rodríguez Fraga, y a la obediente primer teniente alcalde, Ermitas Moreira García, paradójicamente representantes del P.S.O.E. (Partido Socialista Obrero Español), asumen las responsabilidades del concejal de Transportes, Rafael Dolado Pinocho, sibarita, trilero y corrupto fácilmente sobornable por la poderosa COOPERATIVA DE TAXIS mediante subterfugios paralizantes y actuaciones bananeras de una organización criminal, con métodos gansteriles y conductas mafiosas se han burlado de la solemne JUSTICIA, hacen caso omiso en la reapertura Expediente Administrativo 71/2010, por tanto, para el cumplimiento del AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12 de Abril de 2016 por Juzgado lo Contencioso Administrativo de S/C de Tenerife, Procedimiento Ejecución Definitiva de la Sentencia recaída Procedimiento Ordinario 210/2013, a efectos de la imposición de multas coercitivas, deducir testimonios por comisión de un delito desobediencia a la Autoridad Judicial, con identificación nombre, apellidos, documento nacional identidad, domicilio y si percibe retribuciones del ayuntamiento la persona que actualmente ocupa la Alcaldía, y los datos de la persona que actualmente ocupa el Área de Transportes, y con remisión de testimonios particulares al Ministerio Fiscal por desobediencia Judicial, por las evidentes maniobras dilatorias y actuaciones maliciosas ante el vergonzoso INCUMPLIMIENTO de Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, con la Sentencia dictada fecha 27 de Febrero de 2015, manda y ordena tramitación singulares Expedientes Administrativos Revocación contra más 80 (ochenta) concesionarios licencias AUTO-TAXIS denunciadas por utilización y explotación en continuado fraude: JUBILADOS, FUNCIONARIOS, EMPRESARIOS, FLOTEROS, etc.
ADEJE, a día treinta de Mayo de dos mil dieciséis
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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRES RAMOS
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA
AL INSTRUCTOR Nº UNO, DON JAVIER GARCÍA MORALES
AL INSTRUCTOR Nº DOS, DON JOSÉ DAVID SÁNCHEZ BARRERA
AL INSTRUCTOR Nº TRES, DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO
Y AL INSTRUCTOR Nº CUATRO, DON JUAN ANTONIO CURBELO
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. Nº 43.272.095-X,
en nombre y representación que ostenta, en calidad de Presidente de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tengo acreditado, con todas las demás circunstancias en el Expediente Administrativo Nº 71/2010; DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de D.N.I. Nº 42.074.015-T; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. Nº 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto de D.N.I. Nº 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. Nº 42.067.872-K; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. Nº 42.080.671-D; Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. Nº 78.376.581-X; estos últimos en calidad Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de dicha ASOCIACIÓN, según constan acreditados y demás circunstancias en los Autos del Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante Procedimiento Ordinario de Origen 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº Uno, de Santa Cruz de Tenerife, COMPARECEMOS, bajo dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, colegiado Nº 479, del Ilustre Colegio Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en derecho, D E C I M O S:
A medio del presente, los dirigentes de esta Asociación nuevamente formulamos QUEJA contra el proceder reincidente de falta de respeto y falta de consideración de los Técnicos y Políticos responsables en las Áreas de Turismo y Transportes, también, formulamos QUEJA contra los cuatro abogados Instructores adscritos en los más de 80 (ochenta) Expedientes Administrativos Revocación de licencias de TAXIS, por Denuncias formuladas a instancia de la Asociación de Taxistas Asalariados Costa Adeje (A.T.A.C.A) contra los titulares concesionarios de las mismas, con abundante documental probatorias que obran dentro Expediente 71/2010, por lo cual este ayuntamiento corresponde al contundente requerimiento del AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12 de Abril de 2016, Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante del Procedimiento Ordinario de Origen 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Num. Uno de Santa Cruz de Tenerife, con Sentencia 5/2014 dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme, por Sentencia 29/2015 dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, por tanto, nuestra Asociación tiene plena legitimidad en la Personación Como Parte Interesada en todos y cada uno de los Expedientes Administrativos de Revocación de licencias de TAXIS denunciadas, cuya secretaria Doña Ángela Arbelo en Área de Turismo y Transportes, vuelve a PROHIBIR Y DENEGAR la Personación Como Parte Interesada a nuestro representante legal de la Asociación A.T.A.C.A. aduciendo la secretaria Doña Ángela Arbelo que obedece órdenes de los cuatro abogados Instructores adscritos en los Expedientes Administrativos Revocatorios, hechos sucedidos el pasado día 25 de Mayo de 2016, vuelven a repetir el mismo escenario con ánimos de intimidación llaman, montan y lanzan despliegue descomunal con Policías Locales.
Estos flagrantes hechos de PROHBIR Y DENEGAR la Personación Como Parte Interesada al representante legal de nuestra Asociación, por parte los responsables del Área de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje, hemos denunciado ante el Cuartel de la Guardia Civil, cuyo Atestado Diligencia de Comparecencia, fecha 25 de Mayo de 2016, citamos textualmente:
“Preguntada para que diga cómo han podido desarrollarse los hechos DECLARA: Que realiza la presente comparecencia como Presidente de la Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje, al objeto de Denunciar una serie de hechos, que según conversación telefónica mantenida con el abogado de dicha Asociación el mismo le indicó que podría tratarse de una infracción Penal. Hace años que mantiene una reclamación con el Ayuntamiento de Adeje, por el motivo de la concesión arbitraria de licencias de Taxis y su explotación por parte de dicha entidad, motivo por el cual ha tenido numerosos problemas, ya que dicho Ayuntamiento nunca ha reconocido los hechos denunciados, y no ha cambiado la forma de explotación de las licencias, y que suponen fraude generalizado en el sector, en manos de Floteros, Empresarios, Funcionarios, Jubilados, e incluso, cuatro Viudas sin carnet de conducir. Y en la mañana de hoy (fecha 25 de Mayo de 2016) sobre las 12:45 horas, acompañado del testigo y vocal de la Asociación antes mencionada, cuyos datos figuran en el encabezamiento de esta Denuncia, Sebastián García Rodríguez, acudió al Área de Turismo y Transportes sito en el Centro de Desarrollo de Turismo Costa Adeje (CDTCA), calle Las Jarcias, núm. 07, Adeje, S/C de Tenerife, al objeto de supervisar los Expedientes de Licencias de Auto Taxi denunciadas por diversas irregularidades en la concesión y explotación, tal como recoge una Sentencia de 07 de Enero de 2014, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Núm. Uno de Santa Cruz de Tenerife, declarada FIRME, el día 27 de Febrero de 2015, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y posterior Auto Judicial de Ejecución Forzosa, de fecha 12 de Abril de 2016, con multas coercitivas contra el Alcalde de Adeje, JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA, y la Primer Teniente Alcalde y Concejala de Turismo y Transportes, ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA, por incumplimiento en la tramitación de los Expedientes Administrativos de Revocación contra mas de OCHENTA licencias de auto taxis. Personados en el lugar citado CDTCA (Área de Turismo y Transportes), no se les ha permitido, e incluso se les ha prohibido supervisar los Expedientes Administrativos Revocatorios de más de OCHENTA licencias de Auto Taxis, que la prohibición ha consistido en NO permitirles el paso a la Sala donde se encuentran los archivos relativos a dichas Licencias de Taxi, siendo la persona responsable en la prohibición ÁNGELA ARBELO, quien les comunicó que por orden de los cuatro Instructores personados por parte del Ayuntamiento de Adeje se les prohibía ver los Expedientes Administrativos Revocatorios. Posteriormente, cuando se encontraban en la zona de cafetería del CDTCA, sentados en una mesa, hablando el denunciante por teléfono con el abogado de la Asociación, se personaron dos coches patrullas de Policía Local de Adeje, manteniéndose a una distancia de unos treinta metros, encontrándose a su lado la Funcionaria antes citada ÁNGELA ARBELO, que señalaba al denunciante y su acompañante a los agentes de Policía Local, con la finalidad de criminalizarles a la vista de otros ciudadanos, cada vez que hacen acto de presencia tanto Ayuntamiento, como en CDTCA de Adeje. PREGUNTADO, si desea manifestar alguna cosa más, responde que también, se encontraba presente durante el transcurso de los hechos otro Vocal de la Asociación, José Miguel Delgado, y que aporta a su Denuncia, escrito presentado en Ayuntamiento (registro general de entrada con fecha 25 de Mayo de 2016, hora 12:13, ordinal 19.631), relacionado con la explotación de las Licencias de Auto Taxi en municipio de Adeje, no siendo otro interés del compareciente en su visita a dependencias del Ayuntamiento, de que se cumpla el mandato de la Autoridad Judicial.
Reiteramos nuestra enérgica protesta de QUEJA contra los responsables de las Áreas de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje, donde ya tenemos recusado por manifiesta enemistad al abogado de Transportes, Don Marcos Barrera González, por agresión e insultos, hechos sucedidos la fecha 16 de Noviembre de 2015 con denuncia Judicial aun por resolver, también, hemos presentado escrito de QUEJA contra un Instructor Don Juan Antonio Curbelo, sin dar motivos en tono despectivo, vejatorio y animadversión contra los dirigentes de la Asociación A.T.A.C.A. cuando exigimos con fundamentación y legitimidad la Personación Como Parte Interesada en todos y cada uno de los Expedientes Administrativos de Revocación de licencias de TAXIS explotadas en fraude, manda contundente AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12 de Abril de 2016, por tanto, ordena tramitación sin más dilaciones Expedientes de Revocaciones, objeto orden prioritario y urgente todas las licencias de TAXIS explotadas en FRAUDE: avispados JUBILADOS, caraduras FUNCIONARIOS, codiciosos EMPRESARIOS: restaurantes, supermercados, discotecas, mensajerías, guaguas, prostíbulos, seguritas, etc. poderosos FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor, el Machito Santos, los Puteros, los Granadillos, los Laguneros, los Gomeros, los Vilaflor, los Fragas, la Jueza Beltrán, etc. con legitimidad en la Personación Como Parte Interesada la Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes Revocación en todas y cada una de las licencias de TAXI explotadas las que sean titulares concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con CARÁCTER GRATUITOS a los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la situación de emergencia social y laboral: desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo.
En la Villa de Adeje, a día veintisiete de Mayo de dos mil dieciséis.
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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
L ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA
Y AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado; DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido de despido; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido de despido; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado; y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN desempleado; todos ellos trabajadores asalariados en el sector del AUTO TAXI municipio de Adeje, en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), COMPARECEMOS, bajo dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, del Ilustre Colegio Abogados Las Palmas, y como mejor proceda y haya lugar en Derecho, DECIMOS:
A medio del presente en manifiesta reiteración ante este Ayuntamiento de Adeje, la Asociación A.T.A.C.A. con legitimidad en la PERSONACIÓN COMO PARTE INTERESADA en todos los Expedientes Revocación contra más de 80 (ochenta) licencias AUTO TAXIS municipio turístico de Adeje por explotación continuada fraudulenta denunciadas, que obran en el EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO 71/2010, ante contundente AUTO JUDICIAL dictado fecha 12 de Abril de 2016, del Procedimiento Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante del Procedimiento 210/2013, Juzgado Contencioso Administrativo Núm. Uno, Sentencia dictada fecha 07 de Enero de 2014, declarada FIRME, por Sentencia dictada fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Que a la vista del AUTO JUDICIAL de Ejecución que mandó hay indicios evidentes de irregularidades en la explotación de las licencias, por tanto, si no, no se hubiese mandado a ejecutar la Sentencia en la contundente forma que se ha mandado con requerimientos al Alcalde y la Primer Teniente alcalde.
En segundo lugar, incoados esos Expedientes Revocación de licencias de TAXIS denunciadas, por los indicios que encontró la Sentencia y en los propios Autos de Ejecución Forzosa, SOLICITAMOS LAS MEDIDAS CAUTELARES DE PRECINTOS Y SUSPENSIÓN de todas y cada una de licencias auto taxis con abundante documentación probatorias, hasta que se tramiten todos los Expedientes de Revocación, repito, porque ya la Sentencia establece los indicios al igual que los Autos de Ejecución Forzosa establece los indicios de irregularidades, por lo cual NO fuera tan contundente los Autos de Ejecución Forzosa, que mandan abrir Expedientes de Revocación de licencias denunciadas, que objetivamente establece el Magistrado Juez en dicho AUTO JUDICIAL. En virtud a la legitima Personación Como Parte Interesada la Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes de Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter GRATUITOS a los asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la tesitura de desgarradoras tasas de PARO y devastadoras cifras de DESEMPLEO.
Que desde el momento que la AUTORIDAD JUDICIAL ha mandado incoar los singulares Expedientes de Revocación, porque realmente ve indicios de que efectivamente hay materias para iniciar los Expedientes de Revocación, por lo tanto, INTERESAMOS ya la inmediata SUSPENSIÓN CAUTELAR desde que se tramiten esos Expedientes contra mas de 80 (ochenta)licencias por cuanto normativa aplicación: Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo (Reglamento Nacional de Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros), VIGENTE en el momento de las continuadas denuncias, por el cual fue incoado Expediente 71/2010, contra las licencias municipales de AUTO TAXIS denunciadas, incumplen las obligaciones impuestas del artículo 17 del Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo, explotadas en continuado FRAUDE, respecto al obligatorio “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”.
SOLICITAMOS que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, se tenga ya inmediatamente sin mas dilaciones la Personación como Parte Interesada a nuestra Asociación A.T.A.C.A en los Expedientes Administrativos en virtud contundente AUTO JUDICIAL DE EJECUCIÓN FORZOSA dictado fecha 12 de Abril de 2016, ordena SUSPENSIÓN Y PRECINTO CAUTELAR desde que se tramiten los Expedientes de Revocación, contra más de 80 (ochenta) Licencias Auto Taxis explotadas en continuado fraude denunciadas.
En la Villa de Adeje, a día veinticinco de Mayo de dos mil dieciséis.
AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS RAMOS
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚMERO 71 / 2O1O
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X,
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.074.015-T;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K;
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D;
Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X;
en representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditados Expediente Administrativo Nº 71/2010, como en Procedimiento Ordinario Nº 210/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº Uno de S/C de Tenerife, COMPARECEMOS, bajo la dirección del abogado Don José Manuel Rivero, y como mejor proceda en derecho, DECIMOS:
A medio del presente nuevamente nos personamos ante las Áreas de Turismo y Transportes del ayuntamiento, en ampliación al último escrito presentado con RGE 13 de Mayo de 2016, ordinal 18.029, ante la manifiesta falta de consideración y falta de respeto por parte de los abogados Instructores designados en los singulares Expedientes Administrativos contra los concesionarios de licencias de auto taxis detalladas y personalizadas denunciadas dentro del Expediente Administrativo 71/2010, relativos a “INICIO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SOBRE LA POSIBLE CAUSA DE REVOCACIÓN DE LICENCIA AUTO TAXI…/…”, en virtud al contundente AUTO JUDICIAL dictado la fecha 12 de Abril de 2016, Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, por incumplimiento de dar trámite sin dilación a lo ordenado en la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, con la ejecutiva Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, Procedimiento Origen 210/2013, respecto a REVOCACIÓN de licencias explotadas en continuado fraude, con los 84 (ochenta y cuatro) Expedientes incoados contra cada concesionario de licencia de Auto Taxi denunciados en su momento obran dentro del Expediente Administrativo 71/2010, observamos múltiples irregularidades donde aún faltan por hacer entrega de varios Expedientes:
Licencia Auto Taxi Nº 159, concesionario en paradero desconocido desde su adjudicación, NO la explota, ejecuta operación prohibitiva compra venta en cantidades dinerarias desorbitadas.
Licencia Auto Taxi Nº 161, concesionario Don Domingo Fumero, fallecido, explotada por su viuda, Doña Agustina Beltrán Cano, simultáneamente explota otras licencias Nº 01 y Nº 02 del municipio de Vilaflor, ejerce funcionaria Jueza de Paz y actualmente alcaldesa de Vilaflor, dando rienda suelta al fraude, paradójicamente en representación del PSOE (Partido Socialista Obrero).
Licencia de Auto Taxi Nº 164, concesionario Don Juan, en paradero desconocido desde su adjudicación, residencia en municipio de Santa Cruz, NO la explota, ejecuta operación prohibitiva compra venta en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosa procedencia, nueva concesionaria es una señora vendedora de cupones de la ONCE (Organización Nacional de Ciegos), realmente quien explota dicha licencia es su marido, en calidad de falso trabajador asalariado, mediante piruetas jurídicas pretende ser aspirante a otra licencia de auto taxis de nueva creación.
SOLICITAMOS al Ayuntamiento de Adeje que, habiendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan en todo lo interesado.
En la Villa de Adeje, a día veinticuatro de Mayo de dos mil dieciséis.
AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE AL ALCALDE,
DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS RAMOS
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA
EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO NÚM. 71 / 2O1O
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.074.015-T; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;
Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ejecutiva ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según constan acreditados en los Autos Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante Procedimiento Ordinario Origen 210/2013 seguidos ante el Juzgado Contencioso Administrativo Número Uno, de S/C de Tenerife, comparecemos, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS:
A medio del presente INTERESAMOS copia certificada del Acta Sesión Plenaria celebrada la fecha día 29 de Abril de 2016, punto del Orden del Día núm. cuarenta, relativo a “INICIAR EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SOBRE LA POSIBLE CAUSA DE REVOCACIÓN DE LICENCIA DE AUTO TAXI, A INSTANCIA DE LA ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (ATACA), CONTRA EL TITULAR DE LA LICENCIA AUTO TAXI”, ordenado por el contundente Auto Judicial dictado la fecha día 12 de Abril de 2016, Procedimiento Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante Procedimiento Ordinario Origen 210/2013 seguidos ante Juzgado lo Contencioso Administrativo Nº Uno, de S/C de Tenerife, la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme por la Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, respecto al contundente Auto Judicial, requerimiento por el Secretario General Municipal, Don Hector Gallego, deben remitir al Juzgado, Acta Sesión Plenaria con identificación del nombre y apellidos, documento nacional de identidad, domicilio y si percibe retribuciones del Ayuntamiento la persona que actualmente ocupa la Alcaldía, Don José Miguel Rodríguez Fraga, y saliente Concejal, Don Rafael Dolado García, con imposición multas coercitivas, remisión de testimonios de particulares al Ministerio Fiscal por Desobediencia Judicial.
Asimismo, INTERESAMOS copia certificada de dicha Acta Sesión Plenaria celebrada la fecha día 29 de Abril de 2016, en apartados de Ruegos y Preguntas, lo manifestado por el compañero Don Sebastián García Rodríguez “El Guanche”, Vocal de la represaliada Asociación A.T.A.C.A. con fundamentación y razonamientos Denuncia múltiples irregularidades en la explotación más de 80 (ochenta) licencias auto taxis, cuyos Expedientes de Revocación concesionarios de licencias en el momento de las Denuncias, y al actual concesionario de la misma por “Vía Transmisión Inter-Vivos”, se esconden operaciones prohibitivas compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosas procedencias ilícitas, debiéndose investigar si ha habido o no connivencia o complicidad para lograr impunidad por áreas Turismo, Transportes y Policía Local en la permisividad explotación licencias: avispados Jubilados, caraduras Funcionarios, codiciosos Empresarios, poderosos FLOTEROS, etc. con vulneración sistemática de normativas de Seguridad Transportes Público Personas: Legislación Vigente Laboral, Código la Circulación, Ley Prevención Riesgos Laborales etc, incurren precariedad y siniestralidad laboral, utilizan indefensos trabajadores asalariados en condiciones esclavistas: jornadas maratonianas, horarios abusivos, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas, imposición afán recaudatorios, cesión ilegal trabajadores, persecución sindical, etc. en virtud a nuestra legitima Personación Como Parte Interesada de la Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes de Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter GRATUITOS a los asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la gravísima situación social y laboral con desgarradoras tasas de PARO y devastadoras cifras de DESEMPLEO.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan en todo lo interesado.
En la Villa de Adeje, a día veinticuatro de Mayo de dos mil dieciséis.
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ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE ( A T A C A )
C O M U N I C A D O
Don Héctor Gallego Del Pozo, Secretario General del Ayuntamiento de Adeje, Área de Buen Gobierno y Hacienda, Expediente: AYT/PLE/6/2016; CERTIFICADO: Sesión Plenaria Ordinaria celebrada fecha 29 de Abril de 2016, Orden del Día Punto Cuarenta: “REQUERIMIENTO PERSONAL PARA EL CUMPLIMIENTO DEL AUTO JUDICIAL DICTADO POR EL JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO NÚM. UNO DE S/C DE TENERIFE, FECHA 12 DE ABRIL DE 2016, EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DEFINITIVA DE LA SENTENCIA RECAÍDA EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 210/2013”. Toma la palabra el Secretario General, quien en presencia del Alcalde, Don José Miguel Rodríguez Fraga, y la Primer Teniente Alcalde y Concejal de Turismo, Doña Ermitas María Moreira García, de acuerdo con lo ordenado por Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, para la ejecución de la Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, por Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, procede efectuar requerimiento personal en sede Plenaria al Alcalde-Presidente DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA, y a la Primer Teniente Alcalde DOÑA ERMITAS MOREIRA GARCÍA, cumplimiento de lo acordado en Auto Judicial con los apercibimientos.
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Adeje, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA, con D.N.I. 41.961.393-D, domicilio privado en Calle Grande, Nº 57, piso 02, puerta 01, C.P. 38670, ADEJE. El Cargo de Alcalde-Presidente NO se desempeña en régimen dedicación exclusiva ni parcial por lo que su titular solo percibe del Ayuntamiento asistencias por concurrencia a Sesiones Plenarias de Órganos Colegiados que forma Parte, como apetitosas indemnizaciones por gastos efectivos ocasionados en ejercicio de su Cargo.
Primer Teniente Alcalde del Ayuntamiento de Adeje, DOÑA ERMITAS MARÍA MOREIRA GARCÍA, con D.N.I. 78.399.908-S, domicilio privado en Calle Las Jarcias, Nº 40, Puerta 28, La Goleta, C.P. 38670, ADEJE. El Cargo de Concejal de Turismo y Primer Teniente Alcalde, es desempeñado en régimen de dedicación exclusiva, percibiendo por el ejercicio del mismo las retribuciones fijadas por el Pleno Corporación al inicio del Mandato, como apetitosas indemnizaciones por gastos efectivos ocasionados en ejercicio de su Cargo.
Remiten dentro del plazo legal de cincos días al Juzgado lo Contencioso Administrativo Núm. Uno, fecha 05 de Mayo de 2016, contestación CERTIFICADO Acta Sesión Plenaria Municipal, Orden del Día Punto Cuarenta, celebrada fecha 29 de Abril de 2016, cuyo caudillo Alcalde, José Miguel Rodríguez Fraga y su obediente Lugarteniente Ermitas Moreira García, proceden “DERECHOS COMO VELAS ENCENDIDAS”, ante la lectura del contundente requerimiento del Auto Judicial dictado la fecha 12 de Abril de 2016: advertidos de desobediencia judicial por el INCUMPLIMIENTO de Sentencia dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada firme, Sentencia dictada la fecha 27 de Febrero de 2015, desenmascarados en “pelotas picadas”, cuyos personajes en representación del PSOE (Partido Socialista Obrero) se burlan del Estado Social, Democrático y de Derecho, además, la Oposición representada por Coalición Canaria, Partido Popular e Izquierda Unida hacen la vista gorda cómplice, incluso, saliente “TRILERO” Concejal de Turismo y transportes, RAFAEL DOLADO PINOCHO, sibarita con menos luces que un farolillo, fácilmente sobornable por la poderosa Cooperativa de Taxis, corrupto personaje en paradero desconocido con los bolsillos llenos de asqueroso dinero amasado de presuntas comisiones, obtenidas mediante operaciones prohibitivas de compras ventas de licencias de Auto Taxis en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros sucios de dudosa procedencia presuntamente ilícito, ejecutadas por codiciosos EMPRESARIOS y poderosos FLOTEROS que desembarcan en el sector, con garantías de impunidad apoderan licencias de Auto Taxis, asume responsabilidades en defensa corporativa la obediente Lugarteniente, ERMITAS MOREIRA GARCÍA.
En definitiva, apartado Ruegos y Preguntas del Pleno Municipal, celebrado la fecha 29 de Abril de 2016, permiten manifestarse a DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ “EL GUANCHE”, Vocal de la represaliada Asociación A.T.A.C.A. con fundamentación y razonamientos Denuncia las múltiples irregularidades en la explotación más de 80 (ochenta) licencias auto taxis, cuyos Expedientes de Revocación de concesionarios en el momento de las Denuncias, y al actual concesionario de la misma por “VÍA TRANSMISIÓN INTER-VIVOS”, se esconden operaciones prohibitivas compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosas procedencias ilícitas, debiéndose investigar si ha habido o no connivencia o complicidad para lograr impunidad por las áreas de TURISMO, TRANSPORTES Y POLICÍA LOCAL en la permisividad en la explotación de licencias de Auto Taxis: avispados Jubilados, caraduras Funcionarios, codiciosos EMPRESARIOS: restaurantes, supermercados, discotecas, mensajerías, guaguas, prostíbulos, etc. poderosos FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor, el Macho Santos, los Gomeros, los Granadillos, los Laguneros, los Vilaflor, los Puteros, los Fragas, la Jueza Beltrán, etc. con vulneración sistemática de las Normativas de Seguridad en Transportes Público de Personas: Legislación Vigente Laboral, Código la Circulación, Ley Prevención Riesgos Laborales etc. incurren en precariedad y siniestralidad laboral, utilizan indefensos trabajadores asalariados, preferiblemente “inmigrantes”, en condiciones esclavistas: jornadas maratonianas, horarios abusivos, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas, imposición afán recaudatorios, cesión ilegal de trabajadores, persecución sindical, etc. en virtud legitima Personación Como Parte Interesada la Asociación A.T.A.C.A. en los Expedientes de Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter GRATUITOS a los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la gravísima situación social y laboral: desgarradoras tasas de PARO y devastadoras cifras de DESEMPLEO.
En la Villa de Adeje, a día veintidós de Mayo de dos mil dieciséis (Día de Santa Rita).
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AL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE
AL ALCALDE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
A LA CONCEJALA DE TURISMO, DOÑA ERMITAS MOREIRA
AL CONCEJAL DE TRANSPORTES, DON ANDRÉS PÉREZ RAMOS
Y AL INSTRUCTOR, DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO GONZÁLEZ
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 43.272.095-X;
DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.074.015-T;
DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto D.N.I. núm. 42.044.364-L;
DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto D.N.I. núm. 43.365.232-C;
DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.067.872-K;
DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto D.N.I. núm. 42.080.671-D;
Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto D.N.I. núm. 78.376.581-X;
trabajadores asalariados en sector del AUTO TAXI del municipio de Adeje, actuando en nombre y representación en su condición de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según constan acreditados en los Autos Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015 del Procedimiento Origen 210/2013 seguidos ante el Juzgado Contencioso Administrativo Núm. Uno de S/C de Tenerife, comparecemos, bajo la dirección del abogado Don José Manuel Rivero, del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS:
DON ANTONIO JESÚS TRUJILLO GONZÁLEZ, INSTRUCTOR EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 71/2010 PROCEDIMIENTO ORIGEN Nº 210/2013, JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº UNO PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN DEFINITIVA Nº 20/2015
A medio del presente hemos recibido desde este ayuntamiento la notificación de fecha 05 de Mayo de 2016, un total de 9 (nueve) cartas certificadas por vía de Correos, pertenece cada carta la NOTIFICACIÓN DE DECRETO de licencias de auto taxis denunciadas en el Expediente Administrativo 71/2010, por lo cual este ayuntamiento ha correspondido al contundente AUTO dictado la fecha 12 de Abril de 2016, Procedimiento de Ejecución Definitiva 20/2015, dimanante del Procedimiento Ordinario de Origen 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno, de Santa Cruz de Tenerife, de la Sentencia 5/2014 dictada la fecha 07 de Enero de 2014, declarada Firme por la Sentencia 29/2015 dictada la fecha 27 de Febrero de 2015 por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Que las 9 (nueve) Notificaciones de Decretos que hemos recibido, corresponden a las unidades de auto taxis L.M. Nº 09, L.M. Nº 53, L.M. Nº 70, L.M. Nº 78, L.M. Nº 90, L.M. Nº 100, L.M. Nº 102, L.M. Nº 147 y L.M. Nº 155 cada uno con Expedientes y Decretos correspondientes, dictados la fecha 22 de Abril de 2016, por la Concejalía del Área de Política Turística, Urbanismo y Accesibilidad, relativo a “INICIO DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO SOBRE LA POSIBLE CAUSA DE REVOCACIÓN DE LICENCIA DE AUTO TAXI, POR DENUNCIA FORMULADA A INSTANCIA DE LA ASOCIACIÓN TAXISTAS ASALARIADOS COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), CONTRA EL CONCESIONARIO TITULAR DE LA LICENCIA DE AUTO TAXI”, que a continuación las detallamos textualmente:
1.- AUTO TAXI L.M. Nº 09, titular Manuel Esquivel Bello, Expediente 10TZS00F
2.- AUTO TAXI L.M. Nº 53, titular Benito Juan Felipe Afonso, Expediente 10TZS01F
3.- AUTO TAXI L.M. Nº 70, José Palenzuela Borges, Expediente 10TZS01M
4.- AUTO TAXI L.M. Nº 78, titular Maximiliano Medina Medina, Expediente 10TZS01S
5.- AUTO TAXI L.M. Nº 90, titular Cipriano Manuel Toste Martín, Expediente 10TZS01Z
6.- AUTO TAXI L.M. Nº 100, titular José Simón González, Expediente 10TZS027
7.- AUTO TAXI L.M. Nº 102, titular José Ruperto García Hernández, Expediente 10TZS028
8.- AUTO TAXI L.M. Nº 147, titular, Miguel Ángel Darias Hernández, Expediente 10TZS02N
9.- AUTO TAXI L.M. Nº 155, titular, José Antonio Dorta Eusebio, Expediente 10TZS02O
Que la legalmente constituida Asociación A.T.A.C.A. se da por Personada como Parte Interesada en todos y cada uno de los Expedientes Administrativos de licencias de auto taxis denunciadas, donde se da por reproducida todas las pruebas que se han aportado en el Expediente Administrativo 71/2010. Uniéndose dichas pruebas documentales y escritos de esta Asociación a los Expedientes Administrativos incoados, y se solicita la SUSPENSIÓN CAUTELAR de todas esas licencias por cuanto la normativa de aplicación es el Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo por la que se aprueba Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros, VIGENTE en el momento de nuestras continuadas denuncias, por el cual fue incoado Expediente Administrativo 71/2010, las referidas licencias municipales de auto taxis denunciadas, incumplen las obligaciones impuestas del artículo 17 del citado Real Decreto 763/1979 de 16 de marzo, explotadas en continuado FRAUDE, respecto al obligado “régimen de plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otra profesión”.
Asimismo, interesamos a este ayuntamiento de Adeje “LIBRAR MANDATO DE OFICIO” a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, de todos aquellos concesionarios patronos de licencias de taxis denunciados, por ejercer otras actividades económicas o estado de jubilación.
Indicamos, que deliberadamente con actuaciones maliciosas ese ayuntamiento de Adeje favorecen a los infractores en la explotación de las licencias de taxis, incluyen datos incorrectos y falseados de concesionarios matrices: L.M. Nº 09 titular Manuel Esquivel Bello, en simultaneo explota tres sociedades mercantiles de GUAGUAS DE TURISMO “LONY BUS”, “ESQUIVEL BUS” y “COSTA ADEJE BUS”, mediante piruetas Jurídicas transmite a su hijo Roberto Esquivel Esquivel dicha licencia de auto taxi, cuando realmente Roberto Esquivel Esquivel, ejerce de Encargado Jefe en las tres lucrativas sociedades mercantiles transportes discrecional guaguas de turismo, con vulneración sistemática de las obligaciones impuestas de exclusividad e incompatibilidades.
Además, el denunciado L.M. Nº 90, titular Cipriano Manuel Toste Martín, asiduamente explota un taller de coches en la Estación SHELL de Armeñime, término municipal de Adeje, ha hecho el negocio del siglo mediante la operación prohibitiva de compra venta de dicha licencia, ejecutada por VLADIMIR IACHIMCIUC integrante del hermético CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS RUSOS”, implicados en enfrentamientos sangrientos con ajustes de cuentas, hechos sucedidos en Noviembre de 2014, asesinato de una persona (origen ruso) y cuyo presunto asesino (origen moldavo) están relacionados en apoderamientos y explotación de seis licencias municipales de TAXIS: núm. 01, núm. 28, núm. 71, núm. 90, núm. 108 y núm. 162, presuntamente adquiridas mediante operaciones prohibitivas de compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosa procedencias ilícitas, cuyos concesionarios titulares matrices tienen otras dedicaciones profesionales y actividades mercantiles altamente lucrativas, hechos denunciados tienen plena constancia Expediente Administrativo 71/2010.
Recalcar que los Expedientes Administrativos de REVOCACIÓN de licencias municipales de auto taxis, referentes a los apartados del titular concesionario de la licencia en el momento de la denuncia, y al actual titular concesionario de la misma por “VÍA TRANSMISIÓN INTER-VIVOS”, pueden esconderse operaciones prohibitivas de compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros de dudosas procedencias presuntamente ilícitas, debiéndose de investigar si ha habido o no connivencia o complicidad para lograr impunidad por parte de las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local en la permisividad de la explotación de licencias.
Conforme a la legitima Personación como Parte Interesada de la Asociación A.T.A.C.A. en los aludidos Expedientes de Revocación de licencias de AUTO TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter gratuitos a los ASALARIADOS del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la gravísima situación social y laboral con desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo.
En su virtud,
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y acceda a todo lo interesado.
En la Villa de Adeje, a día nueve de Mayo de dos mil dieciséis.
Otrosí digo, asimismo interesamos la acumulación de todos y cada uno de los expedientes administrativos referenciados en un solo expediente administrativo sin perjuicio de que en dicho Expediente Administrativo que resultare se de audiencia a todos y cada uno de los expedientados, uniéndose las pruebas documentales y escritos aportados por esta Asociación A.T.A.C.A. obrantes en el Expediente Administrativo 71/2010; siguiendo el Procedimiento por los restantes trámites, teniendo a esta Asociación A.T.A.C.A. por personada y parte interesada.
Subsidiariamente y para el caso que no accediera a la acumulación, el presente escrito se adjunte a todos y cada uno de los Expedientes Administrativos referenciados, teniendo por Personada y Parte Interesada a nuestra Asociación en cada uno de ellos. Por lo que, de nuevo SOLICITAMOS tengan por hechas las anteriores manifestaciones y acceda a todo lo interesado.
Lugar y fecha “ut supra”.
AL ÁREA DE TRANSPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE SR. ALCALDE PRESIDENTE, DON JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ FRAGA
DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X, DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.074.015-T; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K; DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D; Y DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X; en la representación de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), según tenemos acreditado en el Expediente Administrativo Núm. 71/2010, como en los Autos del Procedimiento Ordinario Núm. 210/2013, seguidos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de S/C de Tenerife, COMPARECEMOS, bajo dirección del abogado Don José Manuel Rivero, y como mejor proceda y haya lugar en derecho, DECIMOS:
A medio del presente escrito en manifiesta reiteración ponemos en conocimiento de ese Ayuntamiento, la situación de las licencias auto taxis núm. 10 (diez), núm. 71 (setenta y uno), núm. 72 (setenta y dos) y núm. 146 (ciento cuarenta y seis), cuyos concesionarios forman el poderoso CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS FRAGAS”, después de transcurrido ya UN AÑO de la ejecutiva Sentencia declarada Firme de fecha 27 de Febrero de 2015, dictada por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, ordena retrotraer todas las actuaciones del Expediente Administrativo 71/2010 en su momento cerrado en falso cuando existía investigación contra mas de 80 (ochenta) licencias de taxis por fraude de explotación, lo cierto es que a pesar de que, en cumplimiento de Sentencia, se dictó Decreto de Alcaldía de fecha 30 de Marzo de 2015, por el que se acordaba por los órganos competentes se incoaran tantos Expedientes de Revocación como licencias de TAXI denunciadas, después de transcurrido ya UN AÑO, ese Ayuntamiento procede con maniobras dilatorias, actuaciones maliciosas y absoluto empantanamiento, hasta la fecha presente NO tienen constancia que hayan incoado Expedientes Revocación ordenados, tanto por Alcaldía como por Ejecución Judicial Forzosa.
Toribio Rivero Bello, explota licencia de auto taxi núm. 10 (diez), se encuentra en estado de jubilación, en simultaneo explota sociedad mercantil agrícola, ganadera y apicultura, CUMBRES DE ADEJE MIEL DE FLORES, con NIF 41.826.354-A, con Registro General Sanidad TF/23/ML7745, acompañamos copia etiqueta publicitaria; Pedro Damián Rivero Fraga, explota licencia de auto taxi núm. 71 (setenta y uno), en simultaneo explota una empresa de camiones transportes de mensajería, dicha licencia núm. 71 (setenta y uno), operación de compra venta, por cantidades dinerarias desorbitadas por CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS RUSOS”, cuyos integrantes están plagados de historiales delictivos y graves antecedentes penales, cometen un ASESINATO por asuntos de ajustes de cuentas; Manuel Rivero Fraga, explota licencia de auto taxi núm. 72 (setenta y dos), ejerce de desalmado Dirigente de la poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje; Gregorio Rivero Fraga, explota licencia auto taxi núm. 146 (ciento cuarenta y seis), ejerce de marrullero Presidente de la poderosa Cooperativa de Taxis de Adeje, fomentan las prácticas fraudulentas y encubridor de irregularidades, con ambiciosos planes ilícitos ejercen de cofundadores del entramado financiero empresarial “Taviaje Sur Auto Taxi S.L.”, con CIF núm. B-38/454815, piruetas Jurídicas tienen camuflada gigantesca estación gasolinera Repsol, talleres, restaurantes, etc. utilizan ingenierías financieras con objetivos de defraudar a la Hacienda Pública (“Hacienda somos todos”, rezan los carteles en la lucha contra el fraude y la corrupción), vinculados por lazos familiares con el alcalde de Adeje, José Miguel Rodríguez Fraga, paradójicamente representante del Partido Socialista Obrero Español, cuya Corporación Municipal gobernada por un régimen oligopolistico y antisocial. INTERESAMOS en virtud a la legitima Personación Como Parte Interesada de nuestra Asociación ATACA en los Procedimientos de Revocación de licencias de TAXI explotadas de las que sean concesionarios tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan con carácter gratuitos a los trabajadores asalariados del TAXI de acuerdo con la Ley tengan derecho, ante la gravísima situación social y laboral con desgarradoras tasas de paro y devastadoras cifras de desempleo.
SOLICITAMOS AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito, se sirvan admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado, con incoación inmediata de Expedientes de Revocaciones de las licencias de taxis núm. 10, núm. 71, núm. 72 y núm. 146 en virtud al cumplimiento de dicha Sentencia, dictada hace ya UN AÑO en tramitación con Orden Ejecución Judicial Forzosa.
En la Villa de Adeje, a día veinticinco de Febrero de dos mil dieciséis.