ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.)

 

 

 

ATACA solicita al Juzgado de Instrucción 4 de Arona copia de la grabación de la vista del juicio de faltas 184/2014, con sentencia favorable.

 

 

AL JUZGADO DE INTRUCCIÓN

NÚMERO CUATRO DE ARONA

   

   DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, provisto D.N.I. Núm. 43.272.095-X;DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, provisto D.N.I. Núm. 42.074.015-T;DON JOSÉ DAMIAN CHINEA GARCÍA, provisto D.N.I. Núm. 42.044.364-L;DON JOSÉ MANUEL YANES LUÍS, provisto D.N.I. Núm. 43.365.232-C;representación de presidente, Secretario, Vicepresidente y Tesorero de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.), cuyas demás circunstancias y domicilio a efectos de notificación constan en ese Procedimiento de Juicio de Faltas núm. 5.108/2014, cuyo Juicio oral y público celebrado ante Juzgado de Paz de Adeje, referencia Juicio de Faltas núm. 184/2014, comparecen, y como mejor proceda y haya lugar en derecho, dicen:

 

   A medio del presente INTERESAN por quien corresponda en ese Juzgado de Instrucción Núm. Cuatro de Arona, se nos hagan entrega de copia de la grabación realizada en la vista del Juicio de Faltas núm. 5.108/2014, vista pública celebrado en Juzgado de Paz de Adeje, referencia Juicio de Faltas núm. 184/2014, con Sentencia favorable.

 

   Sentencia dictada la fecha 28 de Mayo de 2015, por el Juzgado de Paz de Adeje, contra DOÑA HORTENSIA GARCÍA GARCÍA, antigua Subjefa de la Policía Local del municipio de excelencia turístico de Arona, y cuando suceden los hechos condenados ejerce de Jefa de la Policía Local del municipio de excelencia turístico de Santiago del Teide, por la denuncia de fecha 12 de Septiembre de 2014, ante la Comisaria de la Policía Nacional, por hechos probados de comportamientos anómalos, agresivos e insultantes en defensa corporativa a favor de una persona que ejerce de FLOTERO de TAXIS y en simultaneo ejerce de Policía Local en municipio de excelencia turístico de Guía de Isora, condenado judicialmente por salvaje agresión a una indefensa turista de nacionalidad noruega, cuyos aberrantes hechos tuvieron repercusión en diferentes medios de comunicación nacionales e internacionales.   

 

   Que la Asociación ATACA han solicitado en tiempo y forma, copia de la grabación realizada en la vista pública del Juicio de Faltas, donde hacen entrega del correspondiente USB DRIVE para dicho fin, incomprensiblemente se nos ha hecho la devolución del USB DRIVE pero sin la expresa grabación, justifican con argumentos peregrinos y nada creíbles desde el Juzgado de Paz, que la estricta Ley NO lo permite.

 

   Que tienen conocimiento público y notorio por este Ayuntamiento del municipio de excelencia turístico de Adeje, que existen varios titulares concesionarios que explotan licencias de TAXIS y en simultaneo ejercen de FUNCIONARIOS PÚBLICOS en manifiesto fraude, protegidos por las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local.

 

   Que por quien corresponda en Juzgado de Instrucción Cuatro de Arona, INTERESAN que se nos hagan entrega de copia expresa grabación realizada en la vista pública del Juicio de Faltas núm. 5.108/2014, celebrado ante Juzgado de Paz de Adeje, referencia núm. 184/2014, acompañan copia de la Sentencia dictada la fecha 28 de Mayo de 2015, y escrito al Ayuntamiento de Adeje de los hechos condenados, registro general de entrada de fecha 29 de Junio de 2015, ordinal núm. 27.933.

 

       En su virtud,

 

 

   SOLICITAN AL JUZGADO DE INTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE ARONA que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tengan por hechas las anteriores manifestaciones y accedan a lo interesado.

 

   En Adeje, a día once de Enero de dos mil dieciséis.

 

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AL  AREA DE TRANSPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE

 

AL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE ADEJE

 

    

Don PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X;  Don JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D;    Don  JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L; Don JOSÉ MANUEL YANES LUIS, advertido despido, provisto de D.N.I. núm. 43.365.232-C;                                            DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRIGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K; Don MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido despido, provisto de D.N.I núm. 42.074.015-T; Don ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X; por orden referenciados actuando en calidad de Presidente, Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA), según consta en Expediente Administrativo núm. 71/2010, comparecemos, y como mejor proceda en Derecho, DECIMOS:

  

         

       A medio del presente escrito esta Asociación ATACA quiere poner en conocimiento de los responsables en materia de Turismo y Transportes de ese Ayuntamiento de Adeje, que la licencia de AUTO TAXI núm. 123 que explota una persona y en simultaneo ejerce de Policía Local en municipio de Guía de isora, presuntamente apodera y explota la licencia mediante operación fraudulenta de compra venta por cantidades dinerarias desorbitadas, en este caso, según publica el periódico La Opinión de Tenerife, la fecha 10 de Septiembre de 2014, ha sido condenado a un año y medio de cárcel y cuatro años de inhabilitación absoluta por agresión a una turista noruega, estos hechos fueron de gran trascendencia a nivel nacional e internacional debido que una cámara de la cafetería de una gasolinera de Adeje grabó como el Policía se llevaba a la turista a la fuerza. Prácticas habituales Denunciadas por la Asociación dieron lugar incoación Expediente Administrativo 71/2010.

      

       La Denuncia formulada en manifiesta reiteración en la fecha 16 de Marzo de 2010, por la existencia de numerosos concesionarios de licencias de AUTO TAXI, por vulneración sistemática de la Legislación Vigente del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en Automóviles Ligeros. La citada Denuncia dio lugar a la incoación por el Ayuntamiento del Expediente Administrativo 71/2010, que inculcando Normas básicas del Procedimiento Administrativo, cerró falsamente apenas unos meses después, gravísima infracción que fue Denunciada ante los Juzgados competentes, dictándose SENTENCIA la fecha 09 de Marzo de 2012, del Juzgado Contencioso núm. Tres, por la que se CONDENA al Ayuntamiento, a la reapertura inmediata del Expediente Administrativo 71/2010, dicha Sentencia con  carácter de firmeza ordena la continuación de la investigación solicitada que a pesar que desde la fecha 25 de Mayo de 2012 se notificó a esta Asociación ATACA, por el Ayuntamiento que esa Corporación ASUME, ORDENA Y ACATA el contenido de la Sentencia que fundamenta nuestras Denuncias, ese Ayuntamiento mediante subterfugios paralizantes hacen caso omisos y oídos sordos a la inmediata ejecución, por lo tanto, obligan a esta Asociación ATACA nuevamente acudir ante los Tribunales de Justicia, donde les vuelven a dar la razón mediante nueva Sentencia, la fecha 07 de Enero de 2014 por el Juzgado Contencioso Administrativo núm. Uno, y confirmada por la Sentencia, la fecha 27 de Febrero de 2015, dictada en Recurso de Apelación por la Sala lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior Justicia de Canarias, ordena la inmediata REAPERTURA, actualmente en fase de ejecución y  proposición de los medios de pruebas, ese Ayuntamiento con  dilaciones indebidas continúa en manifiesto incumplimiento de la Sentencia,  instamos a ese Ayuntamiento a la apertura de Expedientes Sancionadores contra los infractores así como a la inmediata y eficaz REVOCACIÓN de las licencias de las que sean titulares tales infractores, para que una vez recuperadas se ofrezcan a aquellos trabajadores asalariados del TAXI que de acuerdo con la Ley, tengan derecho a ellas.

                                                                                                                                                                              

En  su  virtud,

        

SOLICITAN AL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones, se tomen las medidas oportunas y acceda a lo interesado. 

        En la Villa de Adeje, lunes a día veintinueve de Junio de dos mil quince.

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ASOCIACIÓN  DE  TAXISTAS  ASALARIADOS  DE  COSTA  ADEJE  (ATACA)

C O M U N I C A D O

 

        La Sentencia dictada la fecha 28 de Mayo de 2015, por el Juzgado de Paz de Adeje, contra Doña Hortensia García García, quien ejerce en calidad de Jefa de la Policía Local del municipio turístico de Santiago del Teide, por la Denuncia formulada la fecha 12 de Septiembre de 2014, ante la Comisaria de la Policía Nacional, por hechos probados de comportamiento agresivo en defensa corporativa con el desalmado FLOTERO y simultaneo Policía Local, condenado por salvaje agresión a una indefensa turista de nacionalidad noruega, por lo tanto, la citada Jefa de la Policía Local de Santiago del Teide, Doña Hortensia García García, carente de educación cívica se presta de encubridora con delincuentes. 

 

        A la vista de esta Sentencia debe cesar inmediatamente de sus funciones públicas la Jefa de la Policía Local del municipio de Santiago del Teide, Doña Hortensia García García, y dedicarse a otra actividad por cuanto su comportamiento respecto a un ciudadano ha sido reprobable y condenable Judicialmente, por lo tanto, NO merece ser mantenida en sus funciones públicas, por cuanto los Agentes de la Autoridad y máxime cuando son Jefes representantes de una Policía Local, deben velar por la seguridad y su comportamiento  tienen que ser honorable y NO insultante hacia los ciudadanos. 

 

        Con respecto a la citada Sentencia contra la Jefa de la Policía Local del municipio turístico de Santiago del Teide, Doña Hortensia García García, deja en evidencia las cloacas del sistema en la Función Pública, panorama desolador donde únicamente la siniestra corrupción, en servilismo con los poderosos FLOTEROS que explotan ramilletes de licencias de TAXIS en continuado fraude de Ley, en este caso, ha sido un nuevo triunfo Judicial favorable a la Asociación ATACA, en relación a las Denuncias que hemos hecho y toda la formulación de reivindicaciones y reclamaciones en favor de los asalariados del TAXI, que se han visto asaeteados y asediados con Demandas y Denuncias, por lo que hay una nueva Sentencia con carácter estimatoria favorable por la que ha sido condenada la Jefa de la Policía Local de Santiago del Teide, Doña Hortensia García García, tiene un comportamiento agresivo y violento contra los dirigentes dignos de la Asociación ATACA ante la petición informativa relacionada con la noticia del periódico La Opinión de Tenerife, de fecha 10 de Septiembre de 2014, textualmente: “Un Policía Local es condenado a un año y medio de cárcel por agredir a una turista”, dicho energúmeno uniformado delincuente y en simultaneo FLOTERO con más cuñas que el cabo un sacho, protegido por los Sindicatos  Policiales de Adeje y por la Jefa de Policía de Santiago del Teide.

 

H E C H O S  P R O B A D O S

 

        De lo actuado resultado probado y así se declara que el día 12 de Septiembre de 2014, sobre las 13:11 horas, el denunciante Don Pedro José Afonso Pérez, en representación y calidad de Presidente de la legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA), cuando se encontraba en una vía pública del municipio de Adeje, llamó a la central de la Policía Local de Santiago del Teide y identificándose correctamente estuvo haciendo preguntas a la Agente que contestó al teléfono sobre una persona que él afirmaba era Policía Local y en simultaneo FLOTERO.

 

        Tras ser informado de que no podían darle los datos que solicitaba, recibió una llamada de Doña Hortensia García a la sazón Jefa de la Policía Local de Santiago del Teide, quien tras una discusión con Don Pedro José Afonso Pérez, acabó llamándole “tu eres un cabrón”, “tu eres un mierda”, “tu eres un chulo”, “pecho de lobo, tu tienes que verte la cara conmigo”, repetidas veces. Don Pedro José Afonso Pérez grabó la citada conversación aportando copia del CD grabado a la denuncia interpuesta.

 

C O N D E N A

 

        Que debo condenar y condeno a Doña Hortensia García García, como autora responsable de una falta de VEJACIONES prevista en el artículo 620 del Código Penal de 10 (diez) días por multa a razón de 6 (seis) euros por día, lo que hace un total de 60 (sesenta)  euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53  del  Código  Penal  de  un  día  de  arresto,  privación  de  libertad  por  cada  dos  cuotas  impagadas. 

 

   En la Villa de ADEJE, sábado a día seis del mes de JUNIO del año dos mil quince. 

AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE.   Para su remisión, en su caso, si así procede, a la CONCEJALÍA DE LAS AREAS DE POLÍTICA TERRITORIAL, TRANSPORTES, SANIDAD Y CONSUMO; Y A LA CONCEJALÍA DE HACIENDA.

   DON PEDRO JOSÉ AFONSO PÉREZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 43.272.095-X, en nombre y representación que ostenta, en calidad de Presidente de la legalmente constituida ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (A.T.A.C.A.); DON JOSÉ MIGUEL DELGADO DELGADO, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.080.671-D; DON JOSÉ DAMIÁN CHINEA GARCÍA, advertido de despido, provisto de D.N.I. núm. 42.044.364-L; DON JOSÉ MANUEL YÁNEZ LUIS, advertido de despido, provisto de D.N.I. núm 43.365.232-C; DON ALFONSO DÍAZ VALENTÍN, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 78.376.581-X; DON SEBASTIÁN GARCÍA RODRÍGUEZ, desempleado, provisto de D.N.I. núm. 42.067.872-K; y DON MANUEL JESÚS RODRÍGUEZ MEDINA, advertido de despido, provisto de D.N.I. núm. 42.074.015-T; estos últimos en representación y calidad de Secretario, Vicepresidente, Tesorero y Vocales de la represaliada Asociación A.T.A.C.A., con domicilio a efectos de notificaciones en municipio de ADEJE, provincia de Santa Cruz de Tenerife, según consta en Expediente Administrativo 71/2010, COMPAREZCO, bajo la dirección legal del abogado Don José Manuel Rivero, núm. 479, del ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, y como mejor proceda y haya lugar en derecho, DIGO:

   Que a medio del presente y en la representación que ostento como Presidente de la Asociación ATACA, y en virtud del mandato conferido por dicha Asociación ATACA, según acredito con la certificación que se acompaña de fecha Primero de Mayo de 2015, a medio del presente INTERESO que se me tenga por PERSONADO Y PARTE INTERESADA en nombre de la Asociación ATACA en todos y cada uno de los Expedientes que se tengan que incoar en virtud de las Denuncias formuladas por esta Asociación ATACA contra las licencias de AUTO TAXI otorgadas en ese municipio de Adeje. Es decir, tienen que incoarse tantos Expedientes como Denuncias se hayan formulado por cada licencia respectiva, INTERESANDO, repito que se me tenga por personado en la representación que ostento en cada uno de dichos Expedientes respectivos. Todo ello, en virtud del mandato consignado en el Decreto de Alcaldía núm. 204/2015, de fecha 30 de Marzo de 2015, por el que se ACATA y se ORDENA dar cumplimiento a la Sentencia 05/2014, de fecha 07 de Enero de 2014, dictada en el Procedimiento 210/2013 por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. Uno, y confirmada por la Sentencia 29/2015 de fecha 27 de Febrero de 2015, dictada en el recurso de apelación 36/2014 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

   A modo ilustrativo es de recordar que las licencias de AUTO TAXI que se encuentran denunciadas por la Asociación ATACA que represento están consignadas en nuestros escritos: RGE núm. 8.298 de fecha 16 de Marzo de 2010; y RGE núm. 401 de fecha 04 de Enero de 2013, también, otras Denuncias pormenorizadas contra los titulares concesionarios de licencias de auto taxis por explotación fraudulentas de las mismas, presentadas ante ese Ayuntamiento las fechas de Febrero, Marzo y Abril de 2012, en nombre de la legalmente constituida SECCIÓN SINDICAL UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.) DEL AUTO TAXI DE ADEJE, un total de 136 (ciento treinta y seis) escritos de denuncias en manifiesta reiteración ante ese Ayuntamiento, contra 68 (sesenta y ocho) titulares concesionarios de licencias auto taxis, se denunciaban transmisiones ilícitas de licencias por parte de adjudicatarios e incumplimiento, también, por parte de adjudicatarios de licencias de auto taxis del régimen de incompatibilidades y de obligaciones impuestas, artículos 8, 17 y 48 por el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos en Automóviles Ligeros. Siendo el escrito con RGE núm. 8.298, de fecha 16 de Marzo  de 2010, las irregularidades y utilización fraudulenta en la explotación de las licencias de auto taxi     que allí se detallan, reclamando la investigación, su depuración y revocación de las adjudicaciones de licencias que, en su caso,  incurran en ilegalidad. Es decir, se denunciaba la existencia de numerosos titulares de licencias de auto taxi, que NO tienen dedicación plena ni exclusiva, compatibilizándolas, incluso, con otras actividades económicas y mercantiles, a través de sociedades de capital, distintas al auto taxi. Incluso, jubilados, incapacitados y viudas de titulares. Todo ello, en contra de aquel Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo.  Para corroborar lo expuesto, a través de  nuestro escrito de fecha 4 de Enero de 2013, como MEDIOS DE PRUEBAS se aportó nuestro escrito de fecha 8 de noviembre de 2011, presentado por el Abogado D. Felipe Campos Miranda, para ese Ayuntamiento, en nombre de la Asociación ATACA, al que se adjuntó 68 HOJAS DE DECLARACIONES JURADAS, presentado fecha 9 de noviembre de 2011, con núm. 78.505 de RGE ante la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife. Además, la sociedad mercantil TAVIAJE SUR AUTO TAXI S.L. emporio holding empresarial, figuran como participes cofundadores 42 (cuarenta y dos) titulares concesionarios de licencias de auto taxi, se aportó escrito de fecha 01 de Junio de 2012, con RGE núm. 18.467, presentado por el abogado D. Pablo Coito Fontseré, para ese Ayuntamiento, en nombre de la Asociación ATACA, al que se adjuntó certificación del Registro Mercantil de Tenerife. Dejando plena constancia con los MEDIOS DE PRUEBAS con documentación acreditativa en relación a la explotación y utilización fraudulenta de las concesiones de licencias de auto taxis: Informes de diferentes Ayuntamientos cuyos titulares de licencias de auto taxis de Adeje en simultaneo explotan  licencias de auto taxis en otros municipios, incluso, titulares de licencias de auto taxis de Adeje explotan otras actividades económicas. Todo lo expuesto está argumentado en los escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en Expediente Administrativo 71/2010.

                                                                                                                                                  En  su  virtud,

         SOLICITO AL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE ADEJE que, habiendo por presentado este escrito con documentación y certificación que se acompaña se sirva admitirlo, tenga por hechas las anteriores manifestaciones y acceda a tenerme por PERSONADO Y COMO PARTE INTERESADA en la representación que ostento (Asociación ATACA), en todos y cada uno de los Expedientes Administrativos que se incoen por cada una de las licencias de AUTO TAXI denunciadas por esta Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA) ante ese Ayuntamiento de Adeje.

          Por ser de Justicia que pido en Adeje, a día siete de Mayo de dos mil quince. 

           

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   OTROSI Primero digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a la Tesorería General de la Seguridad Social de Arona, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita Informe certificados para su unión, sobre la situación socio-laboral y de sus circunstancias concretas en su relación con la Seguridad Social de todos y cada uno de los titulares concesionarios de licencias de auto taxi, en explotación, correspondientes a ese municipio de Adeje, con especificación en dicho Oficio de nombres, domicilios y documentos nacional de identidad de cada uno de los Expedientes referenciados en el cuerpo del presente escrito y que constan en el Registro u otro archivo o ficheros de licencias municipales de ese Ayuntamiento, en la que se relacionan si los titulares concesionarios de licencias de auto taxi están jubilados o incapacitados o viudas que perciben vitalicias pensiones.

   OTROSI Segundo digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz de Tenerife, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita todos los Informes certificados elaborados por los Inspectores de Trabajo en las rutinarias  inspecciones en el sector contra más de 70 (setenta) titulares concesionarios de licencias de AUTO  TAXIS de  Adeje, por múltiples  irregularidades en la explotación  contra los asalariados en condiciones esclavistas: horarios abusivos, jornadas maratonianas, contrataciones irregulares, fraudulentas medias jornadas, cesiones ilegales de trabajadores, etc. cuyas Denuncias continuadas y registradas ante la Inspección de Trabajo, las fechas 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, de todos y cada uno de los concesionarios de licencias de auto taxi, en explotación, correspondientes a ese municipio de Adeje, para su unión al Expediente Administrativo 71/2010, la Inspección Provincial   de Trabajo solo entregaron los Informes de las licencias núm. 114, núm. 115, núm. 161 y núm. 162.  

   OTROSI Tercero digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Tenerife, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita certificación para su unión al Expediente Administrativo 71/2010, sobre la situación de actividades mercantiles y de sus circunstancias concretas en su relación de todos y cada uno de los titulares concesionarios de licencias municipales de auto taxi de Adeje, denunciados por vulneración sistemática del régimen de incompatibilidades y obligaciones impuestas con explotación de otra actividad económica lucrativa.

   OTROSI Cuarto digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Área de Movilidad y Transportes del Cabildo Insular de Tenerife, y también, se libre Oficio a los Ayuntamientos: Guía de Isora, Arona, Vilaflor, Granadilla, Arico, Candelaria, Santa Cruz de Tenerife y San Cristóbal de La Laguna, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita certificación para su unión, sobre la situación de titulares concesionarios de licencias municipales de auto taxi, correspondientes al municipio de Adeje, denunciados por dedicación profesional, incompatible y simultanea con explotación de  licencias de auto taxis en otros municipios. Todo lo expuesto está argumentado en los escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en Expediente Administrativo 71/2010.

   OTROSI Quinto digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio al Área de Movilidad y Transportes del Cabildo Insular de Tenerife, también, se libre Oficio a la Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias, y también, se libre Oficio a la Dirección General de Trafico, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita certificación para su unión, sobre la situación de numerosos EMPRESARIOS propietarios de pequeñas y grandes cadenas “GUAGUAS, AUTOBUSES Y MICROBUSES DE TRANSPORTES DISCRECIONAL DE VIAJEROS”, en simultaneo explotan licencias de auto taxi (concesionarios de licencias de auto taxi), correspondientes a ese municipio de Adeje, denunciados por vulneración de la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión. Todo lo expuesto está argumentado en los escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en Expediente Administrativo 71/2010, relación de empresarios de GUAGUAS: LM núm. 09 Don Manuel Esquivel Bello “ESQUIVEL BUS” y “LONY BUS”; LM núm. 33   Don José Antonio Chinea Cabrera “CHINEA BUS”; y LM 93 Don José Robayna Rivero “ABADES BUS”.   

   OTROSI Sexto digo: Se tenga por aportada las siguientes certificaciones del Registro Mercantil de Tenerife donde se acredita que el titular de la licencia de auto taxi INCUMPLE la plena dedicación exclusiva al constar que en dicha sociedad mercantil tiene por dedicación profesional otra explotación distinta a la explotación del TAXI, porque tiene por objeto esa otra lucrativa actividad económica, por lo cual acredito la relación siguiente: Don José Luís Rodríguez Herrera, explota auto taxis LM núm. 11 y LM núm. 61 y explota las mercantiles DAMAYO PLAYA SL con CIF B38558557, PELIYAI SL con CIF B38380705 y RECREATIVOS PELINOR SL con CIF B38750725; Don Juan Pedro Mora Rodríguez, explota auto taxi LM núm. 46 y explota la mercantil J.P. MORA E HIJOS SL con CIF B38562062; Don Agustín Francisco Pérez Rivero, explota auto taxi LM núm. 54 y explota la mercantil GRUELSA SL con CIF B35228295; Don Beltrán Barroso Cabrera explota auto taxi LM núm. 115 y explota la mercantil BARROSO CABRERA SL con CIF B38898607; Don Cipriano Manuel Toste Martín, explota auto taxi LM núm. 90 y explota la mercantil TAVIAJE SUR AUTO TAXI SL con CIF B38454815, conjuntamente explotan emporio holding con otros 41 (cuarenta y uno) titulares concesionarios de licencias de auto taxis del municipio de Adeje. Todo lo expuesto está argumentado en los escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en Expediente Administrativo 71/2010.

   OTROSI Séptimo digo: Las Diligencias Abiertas núm. 515/2014 ante la FISCALÍA PROVINCIAL  contra el CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS RUSOS”, hechos sucedidos en Noviembre de 2014, asesinato de una persona (origen ruso) y cuyo presunto asesino (origen moldavo) están relacionados en apoderamientos y explotación de seis licencias municipales de TAXIS: núm. 01, núm. 28, núm. 71, núm. 90, núm. 108 y núm. 162, presuntamente adquiridas mediante operaciones prohibitivas de compras ventas en cantidades dinerarias desorbitadas con dineros sucios de dudosa procedencias, cuyos titulares concesionarios matrices tienen otras dedicaciones profesionales y actividades mercantiles altamente lucrativas, cuyas practicas prohibitivas y fraudulentas fueron denunciadas ante ese Ayuntamiento y tienen plena constancia Expediente Administrativo 71/2010.

   OTROSI Octavo digo: La licencia municipal núm. 123 de ADEJE la explota una persona y ejerce en simultaneo de Policía Local en municipio de Guía de Isora, presuntamente adquirida en operación fraudulenta de compra venta en cantidades dinerarias desorbitadas. El cual ha sido condenado a dos años de cárcel y cuatro años de inhabilitación a ejercer Cargo Público, por hechos de agresión sexual, según acredito copia de información aparecida en La Opinión de Tenerife, fecha Septiembre 2014.

   OTROSI Noveno digo: Desde ya INTERESO que se libre Oficio a los Ayuntamientos Arona, Granadilla, Santa Cruz de Tenerife y San Cristóbal de La Laguna, a fin que, por quien legalmente corresponda expida y remita certificación para su unión, sobre las numerosas licencias de auto taxis que explotan CLAN FLOTERO TAXISTAS denominados “LOS PELINOR”, formado por matrimonio Don José Luis Rodríguez Herrera y Doña María del Carmen Rancel Sierra, conjuntamente explotan las licencias núm. 11 y núm. 61 municipio de ADEJE, también, acredito certificaciones en simultaneo explotan licencias de auto taxis en municipios: Santa Cruz de Tenerife, San Cristóbal de La Laguna, Granadilla y Arona,  además, José Luís Rodríguez Herrera ha reconocido ante Juzgado de Instrucción núm. Tres de Granadilla, Procedimiento núm. 205/2011, Juicio celebrado la fecha 03 de Febrero de 2015. Además, acredito certificaciones del Registro Mercantil de Tenerife, en simultaneo explotan tres sociedades mercantiles DAMAYO PLAYA SL con CIF núm. B38558557, PELIYAI SL con CIF núm. B38380705 y RECREATIVOS PELINOR SL con CIF núm. B38750725; presuntamente utiliza de pantalla trampolín con ambiciosos planes ilícitos en otras actividades económicas lucrativas: tres estaciones gasolineras, talleres, varios restaurantes, locales máquinas recreativas tragaperras y salas de fiestas.

   OTROSI Décimo digo: Se tenga por aportada la certificación del Ayuntamiento de Candelaria donde se acredita que el FLOTERO, Don Fernando Meneses Guanche, explota otra licencia de auto taxi otorgada por el Ayuntamiento de la Villa de Candelaria, en simultaneo explota licencia de auto taxi núm. 38 del Ayuntamiento de Adeje, hechos denunciados por la Asociación ATACA, con RGE núm. 12.999 de fecha 19 de Abril de 2012; por vulneración lo dispuesto articulo 17 del Real Decreto 763/1979 de 16 de Marzo. Además, tienen plena constancia de otra denuncia con RGE núm. 15.203 de fecha 07 de Mayo de 2012, se acompañaba certificación expedida por el Área de Movilidad y Turismo del Cabildo Insular de Tenerife, se acredita que decenas de concesionarios de licencias de auto taxis del municipio de Adeje, también, son titulares de dos o más licencias de auto taxis, dichos defraudadores son conocidos por FLOTEROS, se instaba al Ayuntamiento de Adeje que procediera a las REVOCACIONES de las licencias afectadas. Todo lo expuesto está argumentado en los escritos de referencia, además, acreditado y documentado y que obran en Expediente Administrativo 71/2010.

Por ser de Justicia que se reitera, en lugar y fecha consignados “up supra”.

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ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA)

C O M U N I C A D O

 

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, Sección Primera, integrada por los Ilustrísimos Sres. Magistrados Don Pedro Hernández Cordobés (en calidad de Ponente), Don Rafael Alonso Dorronsoro y Doña  María Pilar Alonso Sotorrío, han dictado SENTENCIA desestimatoria contra el vergonzoso Recurso de Apelación  interpuesto por ese Ayuntamiento de Adeje,  notificación 04 de Marzo de 2015, así pues, la solemne Justicia estrecha el cerco a los desalmados FLOTEROS y demás defraudadores que explotan licencias de TAXIS, en connivencias bananeras con las Áreas de Turismo, Transportes y Policía Local de Adeje.

 

Asociación ATACA.- La Sala de lo Contencioso Administrativo confirma nuestra Sentencia estimatoria de fecha 07 de Enero de 2014, que trae causa de la anterior Sentencia estimatoria de fecha 09 de Marzo de 2012, por lo tanto, el Recurso de Apelación interpuesto por ese Ayuntamiento han dictado Sentencia desestimatoria, cuyo contenido demoledor y contundente, incluso, condenado en costas.   

 

Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, confirma la Sentencia de fecha 07 de Enero de 2014,  dictada en el Procedimiento 210/2013, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Uno, y determina ya categóricamente la Sala de lo Contencioso Administrativo, este es el titular ilustrativo: “Que por cada licencia de auto taxi por ustedes (Asociación ATACA) denunciadas tienen que incoarse un Expediente Sancionador singular, por cada licencia tienen que investigarse con respecto al fraude que incurren la licencia a través del oportuno Expediente, en consecuencia deriva en su revocación”.

 

Asociación ATACA.- Las certificaciones que tenemos en nuestro poder de cada licencia, reproducir la documentación que obra en Expediente Administrativo 71/2010, y si ese Ayuntamiento empieza a dar bandazos con subterfugios paralizantes y practicas dilatorias en la tramitación en favorecer a los criminales FLOTEROS: los Rusos, los Pelinor, los Gomeros, los Vilaflor, los Granadillos, los Fraga, etc. y demás defraudadores: jubilados, incapacitados y viudas de fallecidos titulares, entonces con los elementos probatorios acusar al Ayuntamiento de incurrir penalmente en delitos de prevaricación.

 

Don José Manuel Rivero.- Efectivamente, porque es orden de la Sala lo Contencioso Administrativo, dice que retrotráiganse las actuaciones e investíguense de cada licencia denunciada singularmente e incoe el Expediente oportuno para que se aporten las pruebas, se oigan al interesado, etc. que se determine en virtud de lo investigado y por cada procedimiento que determine la responsabilidad, con aquellos titulares concesionarios que están en fraude en la explotación en virtud al Real Decreto 763/1979, artículo 17, establece “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”.

 

Asociación ATACA.- Eso significa que los FLOTEROS y demás defraudadores que explotan las licencias en continuado fraude de Ley, deben ser REVOCADAS en virtud al estatal Real Decreto 763/1979, vigente en el momento de nuestras denuncias que obran en el Expediente Administrativo 71/2010.

 

Don José Manuel Rivero.- Tienen que incoarse Expediente Sancionador por cada licencia que ha denunciado la Asociación ATACA, aportando las pruebas documentales y otras certificaciones donde demuestran la vulneración de “la plena dedicación exclusiva e incompatible con otra profesión”, la labor que toca ahora en virtud a la Sentencia, obliga al Ayuntamiento por cada denuncia contra cada titular concesionario que infringe la Ley, no le queda más remedio que incoar Expediente porque así lo indica la Sala de lo Contencioso, esto ya es inmediatamente ejecutivo, esto hay que darlo ya a la opinión publica, comunicarlo decir que ha sido una victoria de la Asociación ATACA donde se obliga al Ayuntamiento a investigar las denuncias por si infringen la Ley en lo que se refiere a la explotación de licencias de taxis que ustedes han denunciado y no dar el cerrojazo sin incoar Expedientes como en su momento hizo ese Ayuntamiento, y por eso nosotros recurrimos y se nos han dado la razón.

 

Bendito Santo Hermano Pedro de Vilaflor, con los trabajadores taxistas honestos y libres de Adeje.

En la Villa de Adeje, jueves a día 05 de Marzo de 2015.

ASOCIACIÓN DE TAXISTAS ASALARIADOS DE COSTA ADEJE (ATACA)

TAXI  +  ADEJE  =  CORRUPCIÓN  Y  MAFIA

   

    Licencias de Taxis y Galones de Policías Locales bajo sospechas, historias paralelas del chusquero y asqueroso mercado persa promovidos por Ayuntamiento de Adeje, pringados con Sentencias Judiciales, es decir, galones de policías y licencias de taxis adjudicadas a dedos.  Corporación Municipal y Áreas de Turismo, Transportes y Policía son instituciones plagadas de latrocinio y corrupción. Las Sentencias dictadas por los Tribunales de Justicia con subterfugios paralizantes y dilaciones indebidas NO las cumplen y terminan en la papelera más cercana.    La represaliada Asociación ATACA legalmente constituida, con Acta Fundacional de fecha 12 Febrero 2002, visados por Dirección General de Trabajo, en lucha titánica de reivindicar y dignificar el sector con denuncias en cascadas contra las numerosas irregularidades y corruptelas, en virtud a sus Estatutos: “Promover iniciativas que tengan por objeto la defensa de intereses de los colectivos de taxistas asalariados de ADEJE. Promover principios Constitucionales al trabajo, libre sindicación, reunión, participación en la empresa, ocupación efectiva y formación profesional, la integridad física y adecuada política seguridad e higiene”.

    

    Las caricaturas Secciones Sindicales U.G.T. y CC.OO adoctrinadas, correveidiles y acólitas de la Cadena de Mandos Policial, historias paralelas pringados e histéricos con Sentencias Judiciales: “El Tribunal Supremo anula siete plazas de Oficial de la Policía Local, y varapalo a la plaza vitalicia del Comisario JefeyEl Tribunal Supremo no ha admitido a trámite un recurso del Ayuntamiento contra la Sentencia que anula las bases genéricas de Oficial, proceso tendrá que repetirse” (El Día, 11 Marzo 2013). Sindicato ASIPAL-CSL Policía Local, promotores de la denuncia contra las irregularidades y degradante corrupción del ejercicio de la Función Pública: prevalecer la transparencia   y salvaguardar la legalidad que establecen los consagrados Derechos Constitucionales.

    

    Asociación ATACA en la fecha 29 de Julio de 2014, hacen entrega a los dirigentes del Sindicato ASIPAL-CSL Policía Local, índice de quince páginas en resumen claro y somera explicación, orden de fechas desde año 2009 hasta 2014, acompañan amplio dossier de cien documentos cada uno sintetizados: Ayuntamiento, Inspección Provincial Trabajo, Diputado del Común, etc. incluso, resoluciones de Sentencias estimatorias de Juzgado de lo Contencioso, Juzgado de lo Social, Sentencias absolutorias favorables por aberrantes Denuncias Penales en falsos testimonios formuladas por la Concejal de Asuntos Sociales, Amada Trujillo, con utilización fraudulenta de la Policía Local a efectos de criminalizar a la Asociación ATACA, también, cascadas Expedientes Sancionadores con desproporcionadas y sangrantes cantidades por importe 26.000 (veinte y seis mil) euros, incoados por la teledirigida Cadena de Mandos Policía Local cuyos atestados están viciados con objetivos perversos de amordazar, coaccionar y silenciar a la digna Asociación ATACA ante las manifestaciones legales y pacificas frente ese Ayuntamiento. 

    

    Recibimos nuevo mensaje del Sindicato ASIPAL-CSL Policía Local, enlace sindical conocido por Cabo Rodrigo Castro, la fecha 31 Julio 2014, textualmente: ”Me dice el amigo asesor que si es posible hacer en dos folios una explicación de todos los temas de manera somera, sería genial. No sería problema y a ellos les soluciona el asunto de ordenar y clasificar. No solo de temas que conciernen a ustedes directamente, sino de todos los fregados y negocios que ustedes conozcan en los que anden estos metidos”.

     

    Asociación ATACA numerosos escritos ponen en conocimiento tabla reivindicativa sobre irregularidades, connivencias bananeras, falta transparencia y latente corrupción: fecha 10 Marzo 2014, ordinal 8.815; fecha 28 Octubre 2013, ordinal 41.320; fecha 13 Mayo 2013, ordinal 17.921; fecha 27 Septiembre 2010, ordinal 30.890. Hablamos a título ilustrativo Concejal de Turismo y Transportes, Miguel Ángel Santos, (Machito Taoro) poder ostentación, vive en la opulencia de sibarita en lujosa mansión por aledaños Siam park, conduce coches Ferrari o Porsche, estrecha amistad con clanes mafiosos Nuvoletta y Polverino vinculados con la camorra napolitana, establecidos en Marina Palace, Playa Paraiso, paraíso podrido de Adeje, municipio excelencia turístico, detenidos con la intervención de la Audiencia Nacional. Miguel Ángel Santos, en comportamientos delictivos y organización criminal ejerce FLOTERO TAXISTA explota lujosas limusinas, con talleres, garajes y oficinas en el entramado financiero emporio holding empresarial de Canarias.com, con sus testaferros los hermanos Vallecillos, cuyo Jefe de Equipo el avispado Álvaro Vargas Oliva, patrón TAXIS L.M. 60 y L.M. 63 del T.M. de Adeje, incurren flagrante vulneración en grosera competencia desleal y asqueroso intrusismo profesional, fecha 30 Noviembre 2010, ordinal número 38.801.

      

    Francisco Rivero Padrón, profesión médico, Concejal opositor legislaturas 2003 - 2011, de espíritu legalista mientras le aguanta el fuelle de adrenalina testicular del código de ética moral en defensa de la Justicia Social, enfrentamientos habituales contra la Corporación Socialista, exige respeto en tramitar las denuncias por parte Asociación ATACA, contra la precariedad y siniestralidad laboral de los asalariados explotados en condiciones esclavistas: horarios abusivos, jornadas maratonianas, contrataciones irregulares y fraudulentas medias jornadas, procedimientos amañados de nuevas licencias de taxis con adjudicaciones por sistema caciquil “a dedos” a los privilegiados HP (hijos patronos), compras ventas de licencias en circulación operativas por cantidades dinerarias desorbitadas, desembarco de criminales clanes FLOTEROS: Los Rusos, Los Pelinor, Los Granadillos, El Machito Taoro, Los Vilaflor, Los Fraga, etc.

    

    Francisco Rivero Padrón en defensa numantina de tabla reivindicativa de asalariados taxistas, monta la mundial en el Pleno de Julio de 2009, protocolo entrega de ocho licencias de taxis nueva creación adjudicadas a dedos en procedimiento amañado (José Pérez Ventura abogado de la Asociación ATACA, logra la suspensión cautelar, sorprendentemente NO formaliza en tiempo y forma demanda Judicial, con falsos pretextos desaparece de Tenerife). Francisco Rivero Padrón nuevamente monta la mundial en el Pleno de Julio de 2010, protocolo entrega de seis licencias de taxis P.M.R. pone en conocimiento la plena viabilidad de 150 (ciento cincuenta) licencias nueva creación pendientes de aprobación y bloqueadas. El profeta alcalde Miguel Fraga y sus discípulos le faltan el respeto, el médico se levanta ofuscado del escaño y arremete con puños cerrados, sin pelos en la lengua ni censura previa, DENUNCIA la corrupción del Alcalde Miguel Fraga y clan familiar asiduos a paraísos fiscales, constituyen lucrativas sociedades de capital, rentables inversiones en actividad del turismo en lugares exóticos: Punta Cana en República Dominicana, Acapulco en México, Punta del Este en Uruguay, incluso, un hotelito en Madrid. Los hechos producen repugnancia e indignación en Estado Social, Democrático y de Derecho, por violenta reyerta y cruces acusaciones recriminan vertiginoso enriquecimiento ilícito que destilan avispados “socialistas y obreros”, fecha 08 de Octubre de 2010, ordinal 32.599.  

      

   El fascista con etiquetas socialistas  Alcalde Miguel Fraga con sus largos tentáculos y brazos articulados con chantajes propios de quien no tiene principios democráticos, sino autoritarios, su hijo Miguel Ángel Rodríguez (FRAGA JR) bulto sospechoso agente inmobiliario experto en cultura pelotazo, padrino cicerone del entramado clan criminal FLOTERO LOS RUSOS, cuyo letrado yerno David García de espíritu corrupto ejerce de Jefe Servicio Jurídico Municipal, en simultaneo ejerce de leguleyo en la poderosa Cooperativa de Taxis, cuyo marrullero Presidente Gregorio Fraga experto delincuente en defraudar a la Tesorería General de la Seguridad social y a la Agencia Tributaria, hablamos de un panorama desolador donde únicamente reina la corrupción.         

     

   Francisco Rivero Padrón a golpes de talonarios dejan anestesiado con vacunas del silencio y mamandurrias Fondos de Reptiles del Ayuntamiento, coinciden la tesitura con escrito fecha  08 Octubre 2010, incluso, condición presentar desistimiento abogado LANGA del Procedimiento de nuevas licencias TAXIS P.M.R. Así pues, llaman a capitulo al médico tránsfuga y lo enchufan a filas socialistas para elecciones Mayo de 2011, en servilismo bananero con apetitoso sueldo vitalicio y contrato blindado, se embolsa 63.000 (sesenta y tres mil) euros anualmente (periódico El Día, 12 Noviembre 2011).

       

A la atención en solidaridad con el sindicato ASIPAL-CSL Policía Local de Adeje.

 

En  la  Villa  de  ADEJE,  a  día dos  de  Agosto  de dos mil catorce.

 

AL DIRECTOR JEFE DE LA EMISORA COMERCIAL RADIO  FAYCÁN TELDE -  PROVINCIA DE LAS PALMAS

 

Interesados.- La legalmente constituida Asociación de Taxistas Asalariados de Costa Adeje (ATACA).

 

Programa.- El Espejo Canario, entrevistas, tertulias y denuncias sociales, horario 08:30 a 12:00, Radio Faycan Telde, F.M. 104.2, transmite en simultaneo Radio Canal Cuatro La Palma, F.M. 94.0.

 

Síntesis.- José Miguel Rodríguez Fraga, caudillo y vitalicio alcalde de Adeje, fecha 21 de junio de 2013, programa El Espejo Canario, sale en contrarréplica sobre las manifestaciones contundentes del portavoz de la Asociación Taxistas Asalariados Costa Adeje, realizadas fecha 4 de junio de 2013, la entrevista estaba centrada en la CORRUPCIÓN que transmite el Área de Turismo y Transportes del Ayuntamiento de Adeje: Concejal saliente Miguel Santos mangante taxista FLOTERO de limusinas y magnate empresario de coches alquiler Canarias.Com; y, entrante Rafael Dolado ‘Pinocho’ procede del Gran Casino Hotel Gran Tinerfe, experto en ruletas rusas y profano en materia de Transportes se presta de recadero y encubridor del clan LOS FRAGA dirigentes de la poderosa Cooperativa de Taxis.    

 

Periodistas.- Don Francisco Javier Chavanel Seoane, Don Enrique Rey Pitti, Don Valentín Auyanet y Don Enrique Bethencourt: la imparcialidad y la honestidad brillan por su ausencia, se prestan seducidos con el intocable caudillo Alcalde Miguel Fraga al juego sucio en descafeinada entrevista, presumiblemente con tintes sospechosos de pactada y amañada por todopoderoso Don Dinero.     Lo vergonzoso es que tachan de mentirosos” a los indefensos Dirigentes de la Asociación ATACA.  

 

El  Espejo Objeto.- José Miguel Rodríguez Fraga, caudillo y cacique alcalde FASCISTA con etiquetas socialistas, en contradicción personificada, confunde ética moral con políticas de exclusión, subestima a las clases trabajadoras, anclado al régimen antisocial y oligopolístico del siglo XVIII, presume de espíritu legalista y eclesiástico, desprende fariseismo de telepredicador en las entrevistas radiofónicas de cánticos gregorianos, está por encima del bien y el mal, Vocal ejecutivo PSOE de Alfredo Rubalcaba. Se burla del talante presidente Zapatero: “brotes verdes pro-empleo”. Ejerce de Jefe logístico del poderoso clan LOS FRAGAS: hermanos, cuñados, primos, padrinos y demás carcamales forman un peligroso batallón, constituyen filial mercantil Taviaje Sur Auto Taxi S. L. con actuación encubridora y perniciosa tolerancia en complicidad con garantías de impunidad de los Servidores Públicos del BLOQUE: Ayuntamiento y Cooperativa de Taxis, dado que ese Ayuntamiento se debe al interés público y debe responder ante los ciudadanos por sus actos, con decisiones arbitrarias en los últimos 15 (quince) años han bloqueado más de 150 (ciento cincuenta) licencias de nueva creación y las que están en circulación incurren unos 70 (setenta) titulares en continuado fraude de Ley con vulneración del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, cuyo articulado es una herramienta eficaz para luchar contra la lacra social del desempleo y garantizar el Derecho Constitucional del Trabajo. Que nuestra tabla reivindicativa expresan medidas urgentes y necesarias con registro general de entrada, fecha 13 de mayo de 2013, número 17.921, incluso, inculcando Normas básicas cuando existía investigación abierta contra los numerosos criminales, narcotraficantes, violadores y asesinos FLOTEROS explotan ramilletes de licencias en continuado fraude de Ley, falsamente cerrado apenas unos meses después, gravísima infracción fue denunciada ante el Juzgado, dictando Sentencia 09 de Marzo de 2012, condenan al Ayuntamiento a la reapertura inmediata del Expediente Administrativo 71/2010. Hasta el presente siguen en vulgar posición obstruccionista con subterfugios paralizantes. Estos hechos, fecha 16 de mayo de 2013, han sido puesto en conocimiento de la Fiscalía Provincial.

 

Conclusión.- La actitud del periodista Don Francisco Chavanel director del programa radiofónico     El Espejo Canario, en la entrevista pactada de guante blanco y chalaneo con el caudillo y vitalicio alcalde de Adeje, Miguel Fraga, tacharon en reiteradas ocasiones con el término de mentirososcontra los indefensos Dirigentes taxistas asalariados de la represaliada Asociación ATACA. Dichas manifestaciones es un claro insulto y una descalificación fruto de la carencia de argumentos, interesamos que procedan a retractarse públicamente de las gratuitas descalificaciones efectuadas.

 

En la Villa de Adeje, a día veinticuatro del mes de Junio del año dos mil trece.

 

 

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