FEMÉRIDES DE LA NACIÓN CANARIA

 

UNA HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS

PERÍODO COLONIAL, DÉCADA 1601-1610

CAPÍTULO XXI (IX)

   

Guayre Adarguma  *

 

1602 Noviembre 20. Aceptación por parte del representante de los Naturales guanches de Chinech (Tenerife), del escrito de retirada del litigio de la orden dominica.

 

/ Canaria. 20 de Noviembre de 1602/

“En Canaria veinte días del mes de Noviembre de mil y seiscientos y dos años: En el convento de Santo Domingo desta ciudad Fray Juan Romero, Provincial destas Islas, dijo ante mí el Escribano que el escrito que está firmado de su nombre lo dió e hizo por su orden y mandado, Lázaro Quesada, Procurador, y ahora siendo necesario lo presenta de nuevo ante mí para que se lea en la Real Audiencia y siendo presentes por testigos Fray Tomás de Lezama, Superior del //Folº. 143 vtº.// dicho Convento= Diego de Agredo=__________

 

Muy Ilustres Señores= Jerónimo Agnese, en nombre de Lázaro Sánchez y de los demás Naturales de la isla de Tenerife por quien soy parte en la causa con el Provincial, Frailes, y Convento de Nuestra Señora de Candelaria de la orden de Santo Domingo de la dicha Isla, en que por su parte se ha hecho ante Vªs. Sªs. cierto allanamiento y se desisten de lo que tratan en el dicho pleito y que mis partes lleven las andas con la dicha Imagen de Nuestra Señora mientras no hubiere en el dicho convento copia de frailes de la dicha orden para llevarla, como consta del escrito que //Folº. 144 rtº.,// acerca de esto por su parte se presentó en cinco de este. Digo que en cuanto el dicho allanamiento y el de desistirse del dicho derecho y pretensión, lo consiento y judicialmente acepto y esto sin perjuicio del caso que en el dicho escrito se reserva en el cual y en cualquier otro mis partes tienen su derecho fundado no sólo contra las partes contrarias, pero contra cualquier otro para llevar las andas con la santa Imagen de Nuestra Señora de Candelaria en todos y cualesquier actos v procesiones que se hicieren, a donde se ofrezca sacar y llevar la dicha Santa Imagen del dicho Convento a cualesQuier partes //Folº. 144 vtº.// del qual derecho mis partes harán y alegarán en todo tiempo y de esta causa como mejor les convengan sin perjuicio de este acepto como hecho dicho ofrecimiento y porque no sea ilusorio la dicha petición viene firmada del Padre presentador Fray Juan Romero, Vicario y Provincial destas Islas y conviene al derecho de mis partes que el Escribano desta causa de por fe que él mismo lo presentó, para lo cual= a Vªs. Sªs. pido y suplico manden a el dicho Diego de Agredo el dicho escrito del dicho Padre Provincial para que de fe de presentarlo él mismo ante el dicho escribano para que lo lea y presente ante Vªs.Sªs. y hecho esto se me //Folº. 145 rtº.// dé por fe y Vªs.Sªs. en virtud del dicho aclaramiento, manden se me dé Provisión para que en continuación del derecho de mis partes y su posesión puedan sacar y saquen la dicha Santa Imagen en las procesiones y las demás ocasiones en que se suele sacarse la dicha Imagen sin que se les ponga impedimento alguno y pido Justicia, costas= Licenciado Francisco de Alfaro.=_____________

 

En Canaria, veinte y dos de Noviembre de mil y sescientos y dos años, Los Señores Regente e oidores, habiendo visto los autos presentados por parte del Provincial de Santo Domingo cerca del allanamiento que hace sobre el llevar la Imagen de Candelaria //Folº. 145 vtº.// los Naturales de que por su parte se pide Provisión y mandaron se le de”.

 

Carta poder concedida por los naturales de Candelaria y vecinos de Chinech (Tenerife) a Juan Marrero, natural, para que prosiguiera el pleito en curso (Incompleto).

 

“Sepan cuantos esta carta de poder vieren: como nos el capitán Juan Albertos y Leonardo Rodríguez y Juan Cabrera Real y Juan López de la Fortaleza , Naturales u vecinos que somos desta isla de Tenerife, todos juntos y de mancomún y a vos de uno y cada uno de nos e por sí insolidum renunciando las leyes de la mancomunidad según y, como en ella se contiene y en nombre de los demás naturales desta Isla: Otorgamos y conocemos por esta presente carta que damos y otorgamos todo nuestro poder cum- //Foº. 146 rº!.// plido cuan bastante de derecho en tal caso se requiere e mejor e más puede y debe valer es a saber a Juan Delgado, Natural, vecino del lugar de Candelaria, estante en la isla de Canaria, generalmente para que el susodicho pueda seguir y solicitar un pleito que traímos todos los Naturales contra los frailes del Convento de Nuestra Señora de Candelaria en razon de llevar la santa Imagen de Nuestra Señora de Candelaria a su santa Casa, en razón del cual pueda parecer y parezca ante las Justicias y Jueces de Su Majestad, ansí eclesiásticas como seglares; y ante ellos y cualesquiera de ellos pueda presentar cualesquier deman(da) //Folº. 146 vtº.//. /Fin de la copia manuscrita existente en los fondos de Ossuna/

 

1602 diciembre 10. La metrópoli expide Real cédula, para que el corregidor en la colonia no gaste sin intervención del Cabildo en la guarda de la salud (LL: R.XI/17.

 

1602 Diciembre 16. Es nombrado Alcaide de la fortaleza de Santa Cruz el Capitán Juan Manuel Gudiel, hijo del Gobernador colonial: “en quien concurren las partes y calidades que se requieren, por el tiempo de un año con el salario que S.M. manda, y para darle la poseción y entregarle la Fortaleza , pertrechos y homenage, se hallan presentes el Gobernador; los Señores Diputados y demas caballeros Regidores que quisieron que entregue la Artillería y demás pertrechos con inventario.” El I9 de Junio se nombró al Capitán Luçis de Sanmartín Cabrera, por estar proximo a embarcarse para España D. Juan Manuel Gudiel.

 

1603. Carta del Rey, en vista de la carta escrita por el Cabildo en 22 de Julio suplicándole diese orden pa qe se fortifique esta isla y dice qe aunque su intención es qe así se haga, conviene primero tener entendido el estado de la de Canaria y qe tiene escrito al Gobernador y al Ingeniero Prospero Casola qe cuando se acabase informe de ello y se tomará resolución. Fecha en Madrid 1603 (Libro 6° de Reales Cédulas, oficio lo n° 38 folio 83).

 

1603. Dos escoceses vie­nen con su navío y pasaporte escocés, de la isla de San Miguel, con dinero del gober­nador para comprar vino para su guarnición. Fueron detenidos en Santa Cruz por orden del capitán general Luís de la Cueva, “y nosotros, molestados con prisiones y tormentos que nos dieron y cominaciones que nos hizieron y en efecto al cabo de muchos días fuimos condenados en perdimiento del dicho navío y mercaderías”.

 

Sin darles ninguna cuenta, su navío se vendió a Tomás Grimón, quien va con él a Indias, “y avernos quedado en esta ysla, presos en ella, pobres y miserables, muriendo de hambre”, sin poder marcharse, porque no se les han devuelto los pasaportes.

 

Comercio colonial con Inglaterra

El más importante de los tráficos de Santa Cruz, y de las islas en general, ha sido tradicionalmente el comercio con Inglaterra. En de­terminados momentos, toda la vida económica de Canarias había lle­gado a depender de una decisión tomada en Londres. Sin embargo, este comercio había empezado modesta y tímidamente, porque tenía muchas ganas de comprar y pocas cosas que vender: como sus prime­ros mercaderes, como por ejemplo James Casteleyn, establecido en Santa Cruz desde los primeros años del siglo XVI y dispuesto a cual­quier clase de operaciones. Como Casteleyn, ha levantado la cabeza paulatinamente. La volvió a agachar más de una vez, bajo la amenaza personal, porque el horizonte de las relaciones se anubló: vino el tiem­po en que cualquier persona procedente de aquella última Thule era convicto y reprobo y la profesión de mercader honrado no ofrecía me­nos riesgos que la de filibustero.

Luego los tiempos se serenaron para los unos y se enfoscaron bas­tante para los otros, para quienes el navío que se esperaba de Inglaterra llegó a simbolizar la última esperanza. Tenerife reconoció demasiado tarde que se vivía mejor con el mal en la casa, que sin él. «El comercio con Inglaterra, este interesante comercio, es por donde respira Tenerife. Bien podemos decir que él nos da la vida, él nos mueve y nos da el ser. Cuan­do está en acción, se aviva el resplandor de la nobleza, se asea el estado eclesiástico, el comerciante se alienta, el artesano trabaja, el pobre resuci­ta, el campo florece y todos hazen su fortuna. Mas cuando este comer­cio se retira, el noble se desluce, el eclesiástico se incomoda, el mercader se pierde, ocia el oficial, gime el pobre, la tierra se esteriliza y todos pere­cen». A este estado de patética sujeción económica había reducido a las islas la lenta y estudiada sofocación de su natural comercio indiano.

 

En las últimas décadas del siglo XVI se importaban de Inglaterra paños, algodón hilado, trajes de mala calidad, trigo, bacalao y arenques, que en Canarias llaman sardinas. En 1596, Felipe II había prohibido el comercio con géneros de Inglaterra y Holanda, incluso cuando los introducían barcos neutrales; pero la vigilancia no parece haber sido tan estricta en las islas, como en la Península Ibérica. La paz concluida en 1604 vuelve a franquear a los géneros ingleses la entrada en los puertos espa­ñoles. En 1645, los mercaderes ingleses establecidos en Andalucía han desplazado a los genoveses de su posición dominante. Entonces es cuan­do consiguen una serie de privilegios y exenciones, que se reflejan rápi­damente en la situación del comercio inglés en Canarias, en el sensible aumento de los mercaderes que vienen a residir en las islas.

Durante esta época, continúa la importación del bacalao; se introducen productos agrícolas de Francia, transportados y exportados por comerciantes ingleses, cuya mediación salva el escollo del estado de guerra; y empiezan a entrar, en cantidades más importantes que hasta entonces, los productos manufacturados de Inglaterra. El trá­fico directo había sufrido una interrupción en 1627- 1631, en mo­mentos de tensión política; pero los mercaderes holandeses habían de­vuelto a los ingleses la cortesía interesada que consistía en poner su propio pabellón a disposición del comercio británico. Luego inter­vino el largo paréntesis de la ruptura de 1655 - 1666, que parece ha­ber afectado la importación de géneros ingleses mucho menos que la exportación de vinos canarios, quizá debido a la venalidad de la admi­nistración.

De todos modos, en la segunda mitad del siglo XVII el comercio con Inglaterra pasó por una gran crisis, traducido por una contracción de la economía canaria en general. El gobierno inglés había cargado de gravámenes los vinos canarios, reduciendo sus posibilidades de ven­ta: se quiso contestar a esta medida, en 1728, penalizando con una contribución de 9% los géneros ingleses, y al año siguiente eliminan­do de las islas a los comerciantes ingleses. Pero ambas medidas tuvie­ron que ser anuladas, pues no hacían más que empeorar las cosas y so-tocar completamente la debilitada economía insular. A partir de mediados del siglo xviii la situación se normaliza. Las importaciones siguen siendo muy activas y superan con mucho los géneros que pro­ceden de otros países; abarcan una gran variedad de productos, desde los alimentos, principalmente carne, queso y arenques, hasta la quin­callería, de los medicamentos a los libros y de los coches de caballo a los instrumentos de laboratorio.

 

En cuanto a la exportación tinerfeña a Inglaterra, hasta 1580 aproximadamente su principal y casi único artículo fue el azúcar.

Luego, de modo igualmente exclusivo, pasó a serlo el vino. Sin duda los ingleses habían empezado a apreciarlo en ocasión de los repetidos contactos, entre comerciales y piráticos, de los Hawkins, Drake y de­más agentes de la primera expansión marítima inglesa; porque era fre­cuente que los piratas se detuvieran en las islas para pedir refresco de vino, tan necesario como el agua y más apreciado que ella. Durante la época isabelina, la malvasía no faltó en las tabernas de Londres, a pe­sar de la oficial falta de relaciones L25. Al normalizarse la situación del comercio entre las dos naciones, a partir de 1604, las entradas se hicie­ron más regulares y, según algunos, más que regulares, excesivas: en 1635, según juicio de James Howell, entraba más vino canario en In­glaterra que en todos los demás países reunidos y, según los datos que conocemos, esta aseveración no era inexacta.

 

El precio de venta al público del vino canario se fijaba por el Consejo Privado. No sabemos si éste procedía en las posturas con más tino que el Cabildo de La Laguna: lo cierto es que, a su juicio, el vino canario valía dos veces más que el francés y bastante más que el espa­ñol. Los precios fijados por ejemplo para el año de 1626 eran de 6 pe­niques el cuartillo de vino francés, 10 el español y 12 el canario; para 1627, el precio era de 8, 12 y 14 respectivamente. En los años de 1635 a 1638, el precio al por mayor era de 9, 15 y 17 libras esterlinas la pipa.

 

 Es verdad que el vino canario pagaba cada vez más gravá­menes, que en 1656 sumaban 5 libras 5 chelines y 9 peniques por to­nelada. Después de esta fecha interviene una subida de precios ver­tical: en 1664, la pipa de malvasía se vende en 32 libras , casi el doble del precio anterior: parecía tan exagerado, que quedó reducido por or­den del Consejo, arbitrariamente, a partir de primero de febrero de 1665, en 26 libras la pipa.

Las causas del encarecimiento deben ser múltiples y en la mayo­ría de los casos permanecen oscuras. La presión fiscal fue una de las primeras: los precios no habían variado tan escandalosamente en Ca­nanas, donde pasaban, al contrario, por un período de depresión y de crisis. De todos modos, la producción canaria no dicta sus condicio­nes al mercado inglés, sino que, por lo contrario, depende de las fluc­tuaciones de este mercado: la crisis canaria de mediados de siglo se ex­plica precisamente por la falta de salida de los caldos y por las trabas puestas a la importación en Inglaterra. Pero la más interesante y quizá la más plausible de las explicaciones que se han dado a esta nueva si­tuación es sin duda la explicación oficial inglesa, dada como justifica­ción de una reforma importante del comercio con Canarias, como fue la creación de la célebre Compañía Inglesa de Canarias en 1665.

 

El documento fundacional explica que tradicionalmente el co­mercio inglés conducía a Canarias grandes cantidades de manufactu­ras nacionales, que se vendían bien y bastaban para cubrir las compras de caldos insulares que, de este modo, podían despacharse en Inglate­rra a precios moderados. Pero «en los últimos años, a causa del tráfico extraordinario de nuestros súbditos en aquellas islas y del número des­acostumbrados de navíos que trafican allí, los bienes y utilidades del comercio de manufacturas se han visto mermados en su valor, y los vi­nos de aquellas islas han aumentado sus precios hasta el doble de lo que antes se vendían».

Si esta declaración es sincera, como parece probarlo su misma tor­peza, el vino canario no se había puesto más caro de una manera abso­luta, por una subida de precios a la producción, sino de modo relativo, por medio de una crisis provocada por el dumping de las manufacturas inglesas y la caída de los precios de estas mismas manufacturas. Para los comerciantes y economistas que han elaborado este proyecto, lo mismo da obligar a los canarios a vender más barato su vino, o a comprar más caros los géneros ingleses. Pero también desde el punto de vista cana­rio, ambas cosas resultaban ser una sola y conducían a un sensible au­mento del costo de la vida y a un no menor empobrecimiento del país. Los autores del proyecto habían visto claro un punto preciso de su sistema: el monopolio encarece la mercancía, y el comercio inglés detenía en Canarias el monopolio del mercado, tanto en la importación de gé­neros extranjeros, como en la exportación de caldos. Pero el monopolio jugaba con algo que no tenía, y que eran los caldos canarios. Además, la Compañía llegaba tarde, cuando el mercado internacional estaba ya saturado de monopolios y de compañías agresivas.

 

La Compañía de Canarias tuvo una historia tan breve como complicada. La iniciativa vino de algunos mercaderes de Londres que traficaban normalmente con vinos canarios y que, por lo tanto, eran los primeros interesados en una rebaja de este artículo. Hicieron la sugerencia al gobierno, quien designó de entre ellos una Junta de Incorporación. La condición prealable para pertenecer a la Compa­ñía era la de ser vecino de Londres: ésta fue la primera dificultad, por­que no estaban todos los interesados en el mismo caso, y porque mu­chos vinos se importaban por Southampton o por Bristol. Pero como la condición había sido sugerida por los comisionados, la circunstan­cia sugiere la posibilidad de que en la Junta de Incorporación hayan tenido un papel preponderante los judíos portugueses recientemente establecidos en Londres, procedentes a menudo de Canarias y bien in­troducidos en el tráfico de los caldos isleños. De todos modos, se tar­dó bastante en hallar una fórmula satisfactoria. Al fin, para no perder más tiempo, los comerciantes admitieron aquella cláusula, a cambio de un plazo que se les concedía a los no vecinos, para arreglar su situa­ción. En enero de 1665 la carta de incorporación de la Compañía estaba ya redactada; pero surgieron nuevas dificultades y, a pesar de las  insistencias de los mercaderes, su firma se demoró hasta el 25 de mar­zo: dos meses más tardó su proclamación, que significaba su entrada en vigor.

 

El atraso parece haber tenido una doble explicación. La firma del documento había sido tenida en suspenso por el chanciller del reino, lord Clarendon, mientras se decidían los comerciantes a pasarle las 4.000 libras de soborno que le habían prometido, a cambio de hacer pasar la patente v de mantenerla mientras durase su ministerio. Por otra parte, había mucha resistencia y oposiciones, principalmente en­tre los mismos mercaderes ingleses de vino, eme no estaban todos de acuerdo con el principio del monopolio. Uno de ellos, Samuel Wilson, había transmitido desde enero el texto de la carta de la incorpora­ción a algunos ingleses domiciliados en Tenerife, entre ellos Edward Prescott y ]ohn Smith hijo. Fueron éstos quienes pusieron alerta a los productores canarios, llamando su atención sobre lo que se estaba fra­guando contra ellos en Londres. Fueron ellos, quienes, según sus cole­gas londinenses, instigaron y suscitaron la rebelión de los canarios: porque, en efecto, si no se puede hablar de rebelión, la reacción fue violenta en Tenerife. Prescott y Smith fueron convocados a Londres, para dar explicaciones.

La Compañía fue un aborto, pero un aborto escandaloso. Los co­merciantes ingleses que no habían podido ingresar en la misma, si­guieron vendiendo vinos de contrabando. En la Cámara de los Co­munes se protestó vehementemente contra este nuevo monopolio, que no presentaba ventajas más que para los comerciantes interesados y no prometía ninguna reducción de los precios. En 12 de noviembre de 1666, al cabo de un año y medio de actividad de la Compañía, el go­bierno de Londres se vio en la obligación de prohibir todo trato co­mercial con las islas Canarias, en razón de los malos tratos que allí estaban recibiendo los súbditos británicos. Así como procedería luego el gobierno de Madrid, el inglés se dio cuenta que su política había si­do equivocada: a pesar de su propia prohibición y del privilegio con­cedido a la Compañía, tuvo que autorizar ia introducción de vinos ca­narios, o sea, tuvo que legitimar el contrabando.

 

Durante el mismo tiempo, las cosas habían tomado mal cariz en Tenerife. El Cabildo había acordado solicitar la expulsión de todos los comerciantes y corresponsales ingleses, así como la prohibición de cualquier venta de vino a los mercaderes incorporados en la Com­pañía. No se conocen bien los detalles de esta explosión de ira o, como dicen los ingleses, de esta rebelión. Los historiadores antiguos hablan de cuadrillas numerosas, formadas por 300 hasta 400 perso­nas enmascaradas, que recorren las calles de noche, sin duda para proferir gritos y amenazar a los ingleses. A estos energúmenos se les conoce con el nombre de «clérigos», sin que sepamos por qué. En los primeros días de 1666, una de estas cuadrillas entró por la fuerza en las bodegas de Garachico en que estaban almacenados los caldos des­tinados a la exportación y rompió las cubas, dejando correr arroyos de vino por las calles del puerto. Este episodio, conocido con el nombre de «derrame del vino», fue la culminación de la guerra  comercial.

La violencia de la explosión no parece difícil de comprender. En Canarias, como en Londres, las opiniones estaban divididas acerca del alcance de la nueva política económica de los ingleses. Al capitán ge­neral, que lo era Gabriel Laso de la Vega, conde de Puertollano y que no era forzosamente un economista, no le causaba ninguna inquietud la creación de la Compañía de Londres. Aquello era cosa que no inte­resaba a los canarios, sino a los ingleses. Además, lejos de constituir una amenaza, la nueva situación le parecía encaminada a estimular la venta de los vinos, aumentando las rentas reales y manteniendo en las islas el oxígeno necesario a su salud económica. Por lo tanto, él no tenía inconveniente en dejar que siguiera normalmente el comercio. Al presentarse en Garachico, para cargar vinos, algún navío de la Compañía, los vecinos tratar de impedir el embarque de las pipas; pe­ro se les opuso la autoridad, porque los ingleses venían con todos sus papeles en orden y se sabía que el capitán general los favorecía y am­paraba. En aquel clima de irritación brotó la violencia: lo más proba­ble es que no se produjo espontáneamente, sino que había sido provo­cada por algún grupo que no profesaba las mismas ideas económicas del general. El derrame del vino era la única posibilidad de impedir su embarco. El caudillo de aquel movimiento parece haber sido Juan Francisco Interián de Ayala, productor de vinos con residencia en Los Silos, quien en efecto fue detenido casi inmediatamente, por orden del capitán general.

En septiembre de 1667, el Cabildo de Tenerife formuló un pro­yecto de arreglo general, que hizo suyo el gobierno de Madrid. Su pri­mera condición era la extinción de la Compañía de Londres, cuya li­quidación debía negociarse entre los dos gobiernos. En adelante, los vinos de las islas se venderían a un precio que, por espacio de seis años eventualmente prorrogable, se mantendría entre 45 y 55 ducados la pipa. Los mercaderes ingleses tendrían la libertad de fijar a su gusto los precios de sus géneros importados; en cambio, cada productor quedaría libre de admitir o rechazar las equivalencias que se le propon­drían para el trueque Es reconfortante observar que el Cabildo, que toma a menudo el rábano por las hojas, enmienda elegantemente la plana del gobierno de Su Graciosa Majestad, cuando se dedica a re­flexionar por cuenta propia. Con diferencia de días y con no menos quebraderos de cabeza, el gobierno inglés había llegado a la misma conclusión. El 18 de septiembre de 1667 el privilegio de la Compañía de Canarias había quedado cancelado. A esta decisión le siguió casi in­mediatamente la destitución de lord Clarendon y, a distancia, el resta­blecimiento de la libertad de comercio con Canarias.

Pero el mal estaba hecho y las consecuencias de la guerra fría oca­sionada por la Compañía tardaron mucho en desaparecer. En lo que queda de siglo se hace evidente la decadencia cuantitativa de la impor­tación de caldos canarios, a la vez que su progresiva sustitución por los vinos de Portugal. En el siglo XVIII, estos últimos han conquistado defi­nitivamente el mercado inglés. Entre 1675 y 1678 entran en térmi­no medio en Inglaterra unas doce toneladas de vino portugués anual­mente; en los años siguientes, de 1679 a 1685, la media de las mismas importaciones es de 6.880 toneladas. A finales del siglo, el Cabildo de La Laguna no puede dejar de observar melancólicamente «lo decaí­do que está el comercio de Inglaterra», que sigue el camino inverso al portugués. El gobierno inglés contribuía a agravar la situación, añadiendo gravámenes a las importaciones canarias. Los que pesaban sobre la tonelada de malvasía, y que a mediados del siglo XVII repre­sentaban, según queda dicho, unas 5 libras , en los primeros años del siglo siguiente se han elevado a doce: la hacienda real de Inglaterra se aseguraba de este modo una bonita renta, calculada en 120.000 libras anuales, pero esta situación no constituía un estímulo para los importadores. Las gestiones encaminadas a conseguir la supresión de aquella crecida contribución no dieron ningún resultado. De todos modos, el vino canario mantenía intacta su reputación y seguía siendo el me­jor cotizado en el mercado de Londres. En cuanto al volumen de las exportaciones, se puede calcular que las cantidades de vino canario lle­vadas a Inglaterra a fines del siglo XVIII representa el 1 /8 de las impor­taciones de fines del siglo anterior y aproximadamente el quinto de los vinos llevados a Londres en plena guerra de Sucesión.

A pesar del endurecimiento de la política comercial inglesa y de las restricciones de toda clase, el balance del comercio canario - inglés durante el siglo XVII había sido ampliamente excedentario, desde el punto de vista canario: precisamente esta situación había sido la única justificación de la existencia de la Compañía de Canarias. Además, la situación era idéntica en todo el comercio hispano - inglés en general, en que se calculaba, a fines del siglo XVII, que las exportaciones ingle­sas sólo cubrían la mitad de las importaciones. El déficit inglés en el comercio de malvasía era sensiblemente mayor: en 1680 la cobertura inglesa de las importaciones de Canarias era de 25% aproximadamen­te. Pero la situación se modificó rápidamente, debido a la reducción de las importaciones: la misma cobertura llegó a 59% en 1694- 1700, a 73% en 1701- 1705, a 105% en 1726-1730 y a 600% en 1749-1753. El giro había sido completo a partir de 1725 y la situación ha­bía llegado a ser catastrófica para la economía canaria, que apenas lle­gaba, en la segunda mitad del siglo XVIII, a cubrir con sus ventas un 15% o un 20% de sus importaciones.

Esta situación era demasiado llamativa para pasar sin llamar la atención a los economistas. De hecho, sirvió de pretexto a una toma de posiciones que forma época en la historia de las doctrinas económi­cas, y caracteriza el pensamiento y la política comercial del mercanti­lismo en general. Un comercio como el de la malvasía, deficitario desde el punto de vista inglés, puede tratarse por el gobernante de dos modos diferentes: por medidas represivas que no tienen cuenta de la realidad, como había intentado hacerlo la Compañía, o bien supri­miendo de raíz un trato pernicioso para la economía nacional. Esta úl­tima es la solución que propone Child en A new Discourse ofTrade. Sin embargo a Davenant, que fue un innovador en la materia, le pare­ció inadecuado un tratamiento circunscrito del problema y alegó por primera vez que el comercio tiene interdependencia e inferencias invi­sibles, gracias a las cuales el dinero que parece perderse en apariencia, se recupera en la realidad por otros caminos ocultos. Según Davenant, los ingleses ganaban mucho perdiendo dinero en la malvasía; y no cabe duda que todos los catadores de malvasía le daban la razón. Según Da­venant, más tarde ganaban mucho los canarios, porque perdían más que los ingleses: y la verdad es, con independencia de si tiene o no ra­zón, que todos los canarios del siglo XVIII eran de su misma opinión. El comercio canario con Inglaterra abarcaba por extensión dos áreas extracontinentales, las islas Barbados y las colonias del norte del continente americano, que más tarde formarían los Estados Unidos de América. Barbados, bajo cuyo nombre comprendían los isleños todas las colonias británicas de las Antillas, representaban para los vinos ca­narios un mercado provechoso a la vez que cómodo; también era un mercado tradicional, que no se apartaba de los caminos acostumbra­dos de la navegación indiana. Pero el Navigation Act de 13 de septiem­bre de 1660 había establecido que todos los géneros conducidos a te­rritorios pertenecientes a la corona de Inglaterra debían transportarse por barcos ingleses. Por razones dinásticas se había admitido más tarde una excepción en favor de los productos procedentes de las islas por­tuguesas. En cuanto a los vinos de Canarias, no se prohibía taxativa­mente su tráfico, pero su importación a las Antillas inglesas quedaba supeditada a su embarco en navíos ingleses y luego a una declaración y fiscalización de la carga en un puerto de Inglaterra: con lo cual la prohibición de hecho era todavía más segura de lo que hubiera sido la de derecho.

Los canarios no se resignaron fácilmente a la pérdida de aquel mer­cado. El Cabildo de Tenerife representó al gobierno y el gobierno repre­sentó en Londres. Al ver que de aquellas gestiones no se seguía nin­gún resultado, el mismo Cabildo, apoyado por el capitán general Francisco Varona, se tomó la libertad de tratar de poder a poder y solici­tó directamente la intervención del embajador español en Londres Pe­dro Ronquillo aunque sin tener más suerte que por los caminos acos­tumbrados. Se solicitó en 1676 y en 1687, en 1698 y en 1715, cuando se tomó la rara iniciativa de enviar un embajador tinerfeño a Londres. El gobierno inglés no oía nada: empezó a oír en 1720, cuan­do, al tener la seguridad de que ya no había peligro de déficit en el co­mercio con Canarias, no tuvo más inconveniente en levantar las prohibiciones que impedían el comercio con las Antillas.

 

El comercio con las colonias del norte americano estaba sujeto a las mismas dificultades. Oficialmente y por las mismas razones no hu­bo contactos comerciales con aquellas zonas, hasta 1720, cuando se modificaron las previsiones del Staple Act de 1663, que prohibía el tráfico directo. Sin embargo, en la práctica, los vinos canarios habían penetrado ya en los futuros Estados Unidos, por dos caminos distin­tos: por el contrabando, como en el caso de la fragata The Swallow confiscada en el Massachussets, o por medio de una reexportación legal a partir de la base de Madeira, como en el caso del Navio The Eagle, en 1704. Después de la liberalización del comercio en 1720 las colo­nias inglesas de América enviaron regularmente, sobre todo a partir de Boston y de Filadelfia, cargamentos de productos tales como madera para duelas, harina, millo, cera, alquitrán y calderas de hierro, todo a cambio de la codiciada malvasía. (Alejandro Ciuranescu, Historia de Santa Cruz, 1998.t.11: 42 y ss.)

 

1603. Carta del Rey al Consejo, Justicia y Regimiento colonial de Tenerife en que les dice que ha visto su carta de 22 de julio por la cual suplican dé órdenes para que se fortifique aquella isla, que su intención es que así se haga, pero que convenía primeramente tener entendido el estado en que se encontraban las fortificaciones de Canaria y para cuando estas acabasen de repararse, ya había escrito al Ingeniero Próspero Cazola le informase de ello para tomar resolución, en Madrid en 1603 folio 83. (En: José María Pinto de la Rosa , 1996)

 

1603.  Año de la muerte de Hamete el Dorado, estando a punto de estallar guerra civil entre sus hijos, los colonos de Chinech (Tenerife), sin duda desinformados, pidieron la licencia misma licencia que se dio a Gran Canaria, para sacar dos armadas al año, pues al faltar esclavos, los campos quedaban sin cultivar, estando la isla perdida, pues los "negros que ay de Guinea [son] muy caros, y los vecinos pobres". Vigente el asiento, no es probable que hubiese respuesta. (L. Álvarez de  Toledo)

1603. Teniendo la exclusiva de la trata de esclavos el asentista Rodríguez Coutiño, los criollos de Chinech (Tenerife) solicitaron la autorización, que tenía Tamaránt (Gran Canaria), para formar dos armadas al año, con el fin de saltar en Berbería, pues siendo ubérrima la isla, abundando los esclavos, desde que faltaban, "casi no se cogen azúcares", por ser los negros "que ay de Guinea muy caros" y "los vecinos pobres".

1603. Es enviado a la colonia por la metrópoli el capitán Juan Martel Peraza, dicen que se amanceba con una lagunera, Lucana Rodríguez. Le dijeron tanto los compañeros que Lucana había sido antes barragana del sargento Francisco de Peñalosa, y había tenido con él un hijo.

1603. Los criollos colonos de Tenerife pidieron licencia para "saltar" dos veces al año en Berbería.

 Estando permitido a los de Gran Canaria, alegando agravio comparativo. Rica la isla, mientras hubo abundancia de esclavos, al faltar quedó la tierra en barbecho, perdiéndose la caña, por ser los negros de Guinea “muy caros" y "los vecinos pobres” . No probable que obtuviesen respuesta, pues por entonces Rodríguez Coutiño, asentista oficial de la corona, monopolizaba la introducción de negros en Indias, el derecho a saltar en Guinea y cargar en los depósitos.

1603. Los criollos colonos de Tenerife solicitaron reanudar las cabalgadas: "antiguamente se solia ir de la dicha isla a la Berberia , en tierra de alarabes, a haber entradas y rescates para traer esclavos". Ubérrimas las cosechas, por contar con mano de obra "en abundancia... a moderados precios", crecía la población y   la renta. Pero prohibidas las armazones, la tierra quedó yerma "por falta de esclavos". "Muy caros" los de Guinea y "pobres" los vecinos, tendrían "notable acrecentamiento... demas de la utilidad que se sigue a los esclavos en reducirlos a la fe católica, como lo han hecho los que hasta aqui han traido", de poder servirse por sí mismos, como los de Gran Canaria. Definitivo el argumento del precedente, los demandantes pudieron saltear en tierra de alarabes, de San Bartolomé abajo, a condición de no rebasar los límites de la conquista castellana. Reanudadas las   cabalgadas con licencia   restringida, "después se les dio sin limitación". (Luisa Álvarez de Toledo)

1603. Durante gran parte de los siglos XVII y XVIII la zona del Charco de los Camarones estuvo propuesta para la construcción de un puerto artificial. El primer sistema defensivo con que contó el Puerto de la Orotava fue construido a principios del Siglo XVII, posiblemente en 1604, consistía en cinco rudimentarias baterías, meros parapetos donde se emplazaban algunas piezas de artillería para protección de las milicias. Estaban situadas a lo largo del Puerto Viejo junto al barranco de San Felipe, lo que es hoy la Ranilla y el Puerto Nuevo. Construida por Antonio de Franchi y Fonte del Castillo su hijo Juan Francisco Franchi Alfaro y Francisco Suárez de Lugo y Ponte, quien financió con su peculio parte de las obras, ya que en 1603 estos habian solicitado al Cabildo la construcción de las misma y. fue facultado para mandar a romper las grandes rocas que estorbaban en la entrada de la bahía.

Antonio de Franchi y Fonte del Castillo, fue fundador del Puerto de la Cruz en 1603, casó con Beatriz Alfaro Marmolejo y Lugo, cuya población formó por especial comisión del Cabildo al que pertenecía, fundó la iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Peña de Francia y comenzó la fortificación del referido Puerto, construyendo dos plataformas con artillería en el Puerto Viejo y levantando otras trincheras y reparos hasta el Puerto nuevo.

Juan Francisco de Franchi Alfaro y Lugo, casó con Agustina Interian de Ayala, primer patrono del convento de San Francisco del Puerto de la Orotava en 1644, regidor perpetuo de Tenerife en 1637, hizo construir en el Puerto de la Orotava un reducto capaz para seis piezas; sirvió en la defensa de la isla contra los ingleses; contribuyó con 22.400 reales de plata, cantidad importante en aquella época, a la formación del tercio de Canarias que pasó a hacer la guerra de Extremadura y para la fábrica del castillo de San Felipe del Puerto de la Orotava ,

Francisco Suárez de Lugo y Ponte casó con Catalina de Ponte y Cuevas, hizo justificación ante Rodrigo de Vera, escribano público a 16 de noviembre de 1628, en presencia del gobernador de la isla Diego de Alvarado Bracamonte, de haber fabricado a su costa murallas y trincheras, reparado piezas de artillería y abierto, picándolo en las playas, lo que fue luego Puerto de la Cruz , certificando la verdad de todo aquella autoridad el 20 del mismo mes.

En el año 1610 el Ingeniero Militar Jerónimo Mines diseñó y proyecto para el lugar conocido como Puerto Nuevo los planos de un muelle, recomendando lo fácil y útil que sería su construcción. Que a su vuelta del viaje a las Indias, donde parece iba en comisión de servicio, no perdía la esperanza de dejar realizada la obra. También se hacía constar, según declaración del capitán don Nicolás Grimaldi Rizzo y Cospedal, que en los años de 1609 al 1610 debería encontrarse en las Actas del Cabildo cierto acuerdo para la construcción de dicho muelle en el llamado Charco de los Camarones. Pero las obras no dieron comienzo hasta los años 1.641-1650, Consistía en un muelle semicircular, fue comisionado para su construcción el Capitán Juan Francisco de Franchi-Alfaro, en el mes de octubre de 1641 presentó memorial al alcalde de La Orotava , el maestre de campo don Juan de Urtusáustegui y Villanueva, quejándose de que un tal Juan de Vergara, vecino del Puerto, estaba construyendo una casa de piedra y barro en el Charco de los Camarones y casas de la parte norte con el solar que ocupaba la casa de Lercaro. En dicho memorial pedía que se demoliesen dichas casas por haber sido aquel lugar el escogido para abrir el puerto.

En 1739 Inglaterra inició nuevamente hostilidades en contra de España, en la llamada “Guerra de la Oreja ” Un incidente sin mayor importancia, la amputación de una oreja al contrabandista y corsario británico Robert Jenkins., este fue el pretexto que Gran Bretaña necesitaba para interponerse en la enorme expansión comercial y política de España. El curioso nombre con el que es conocido históricamente este episodio se debe que en 1731 un galeón guarda costas español al mando del capitán de navio Julio León Fandiño detiene en aguas caribeñas al navío llamado “Rebecca” capitaneado por el británico Robert Jenkins, contrabandista y corsario inglés. Según el testimonio de Jenkins, que compareció en la Cámara de los Comunes en 1738, como parte de una campaña belicista, dijo que el Capitán español Julio León Fardiño, apresó la nave y le cortó una oreja al tiempo que le decía (según el testimonio del inglés): «Ve y dile a tu rey que lo mismo le haré si a lo mismo se atreve». En su comparecencia Jenkins denunció el caso con su seca oreja metida en un cofre en salmuera, el Primer Ministro Mr. Robert Walpole se vio obligado a regañadientes a declarar la guerra a España el 23 de octubre de 1739.

(Continuará en el capitulo siguiente).

Imagen tomada de Mundo Guanche, Nº. 18, enero de 2007.

 

Octubre de 2011.

  

* Guayre Adarguma Anez Ram n Yghasen.

 

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Bibliografía

     

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