EFEMÉRIDES
DE LA NACIÓN CANARIA
UNA
HISTORIA RESUMIDA DE CANARIAS
PERÍODO
COLONIAL, DÉCADA 1581-1590
CAPÍTULO
XIX (IX)
Guayre
Adarguma *
1587 Enero 7. El
Tribunal de la santa inquisición española en Canarias a instigación de Argote
de Molina abre proceso al criollo
Saavedra supuesto señor de Fuerteventura, como consecuencia del ataque de
Morato Arráez a la isla de Lanzarote.
La
invasión de Morato Arráez en Lanzarote tuvo además la virtud de aumentar la
aversión que se profesaban las familias de los señores de Lanzarote y
Fuerteventura, cuyas relaciones, ya muy tirantes por el año 1586, no cesarían
de enconarse más y más a lo largo de los tres lustros finales del siglo XVI.
Son
episodios estos que no conviene dejar desconocidos, pues justifican y aclaran páginas
enteras de la historia futura.
La
animosidad entre ambas familias, ramas de un mismo tronco diversas veces
entrelazadas, puede decirse que arranca de la mayor edad de don Agustín de
Herrera y Rojas, el hijo de Constanza Sarmiento de Herrera y Pedro Fernández de
Saavedra, segundogénito de la casa de Fuerteventura.
Los
triunfos de don Agustín de Herrera en el terreno militar, su aumento de poder
en la gobernación de las dos islas y los honores con que recompensó la Corona
sus valiosos servicios, fueron diversos motivos que distanciaron a Herreras y
Saavedras convirtiéndolos en familias antagónicas y rivales.
Las
querellas comenzaron entre don Agustín de Herrera y su primo hermano el señor
de Fuerteventura, sin rebasar al principio el terreno de lo jurídico, y sobre
la base de largos y costosos litigios relacionados con el deslinde de
jurisdicciones. La animosidad se fue desarrollando, no obstante, con la
adquisición que hizo el futuro marqués de los dozavos que ostentaban el conde
de Portalegre y su sobrina doña Sancha de Herrera, de modo que creciendo sus
pretensiones con este aumento de fortuna, quiso imponer su voluntad a todos los
que le rodeaban, y especialmente a los señores de Fuerteventura, que no perdían
ocasión de despreciar su autoridad.
Dueño
don Agustín de Herrera de once partes de doce de la jurisdicción de Lanzarote
y Fuerteventura aspiró a imponer su autoridad a sus parientes y vecinos los
Saavedra, y éstos hubieron al fin de plegarse a firmar un tratado con aquél en
lo tocante a la jurisdicción ordinaria de la isla de la que se titulaban señores.
En fuerza de este ajuste se le concedieron a Herrera facultades para nombrar en
Fuerteventura gobernador, alcalde mayor, tres regidores y escribano de cabildo,
mientras a la casa de Saavedra tan sólo correspondería la designación de los
oficiales menores. Pero a pesar de estas forzadas concesiones que mermaban la
jurisdicción y dominio de la casa de Saavedra, es constante que los señores de
Fuerteventura sostuvieron siempre entero su imperio territorial en la isla,
nombrando todos los ministros de justicia, y obteniendo en juicios
contradictorios diferentes sentencias y reales decretos para ser amparados
exclusivamente en el mando e inspección de las armas y en el gobierno político.
Vino
a fomentar esta triste lucha el título de conde de Lanzarote que don Agustín
obtuvo del rey Felipe II en 7 de septiembre de 1567. Su émulo don Gonzalo Arias
de Saavedra y Cabrera, que ostentaba ciertos derechos sobre las rentas y
jurisdicción de Lanzarote, creyóse agraviado con la concesión y opuso una enérgica
resistencia a su reconocimiento, llevando la cuestión ante la Cámara de
Castilla sin obtener el menor resultado a su favor. Júzguese por ello con qué
mal talante recibirían los Saavedra de Fuerteventura la serie de honores que
dispensó Felipe II al conde de Lanzarote, encargándole de la ocupación de la
isla de la Madera con título de capitán general y elevándole a la dignidad
marquesal en 1584.
Muerto
don Gonzalo Arias de Saavedra en 1574, sus hijos, educados por doña María de
la O Múxica y Herrera, siguieron alimentando el mismo rencor y odiosidad, y por
fin hallaron ocasión de vengarse de su tío segundo, el marqués de Lanzarote,
con motivo de la entrada de Morato Arráez en esta isla. Ya hemos dicho cómo
ambos hermanos, don Gonzalo y don Fernando de Saavedra, se mostraron sordos a
las apremiantes demandas de auxilio del marqués para que pusiesen a salvo en su
señorío a doña Inés Benítez de las Cuevas, su esposa, ya doña Constanza de
Herrera, su hija.
No
habían pasado varios días de esta vengativa y cruel decisión cuando
rescatadas por Argote de Molina ambas señoras se apresuró a embarcarlas con
dirección a la isla de Gran Canaria. Mas perseguidas por la fatalidad, cuando
navegaban con bonanza, la pequeña carabela principió a hacer aguas, y temiendo
zozobrar o volver a caer en manos de sus enemigos, el patrón se decidió a
tocar en Fuerteventura, llevándose a tierra a las angustiadas señoras llenas
de terror, desesperación y fatiga.
Allí,
una vez más, tuvieron ocasión los hermanos Saavedra de saciar su odio contra
sus parientes de Lanzarote, pues a las lamentaciones de las atribuladas señoras
que les pedían de rodillas auxilios, medias desnudas, hambrientas y bañadas en
llanto, respondieron abandonándolas a su propia suerte.
"A
tan tierno espectáculo-dice Viera-Saavedra,
más inhumano que los Arraeces, les volvió las espaldas. Estaba allí presente
un hombre viejo de Setenta años llamado Andrés Ruiz de Ezcutia, alma sensible,
hidalgo vizcaíno, el cual, penetrado de indignación y de piedad, las dió su
pro pia capa, las trajo de comer, las consoló y se embarcó en la navecilla con
ellas para acompañarlas hasta Canaria".
Una
vez en el Puerto de la Luz fueron atendidas ambas damas por don Diego Sarmiento,
hermano del marqués de Lanzarote y alguacil mayor del Santo Oficio de la
Inquisición.
Poco
tiempo más tarde se trasladó también a Gran Canaria don Agustín de Herrera,
quien aparece declarando ante la Inquisición en unión de su familia, en la
ciudad de Las Palmas, entre los días 12 y 15 de septiembre de 1586. También
consta por documentos públicos que Gonzalo Argote se trasladó a Las Palmas en
septiembre de 1586, donde el día 5 aparece otorgando un préstamo al regidor
Antonio Lorenzo.
En
Gran Canaria los Herrera adquirieron entonces un arma poderosa con que vengar
las ofensas inferidas por los Saavedra, e iba a ser el brazo ejecutor de la
venganza Gonzalo Argote de Molina, en un episodio de la historia colonial
canaria hasta hoy desconocido, que prueba que la rivalidad de éste con aquéllos
es muy anterior a los tiempos del capitán general don Luís de la Cueva y
Benavides.
El
primer roce de Argote con los señores de Fuerteventura se había producido este
mismo año, con escasa diferencia de intereses, por el uso de la jurisdicción
de aquella isla. Como resultas de la fundación del mayorazgo por el que el
marqués de Lanzarote se reservaba tan solo el usufructo de las rentas y bienes
que poseía en la isla, doña Constanza de Herrera y su esposo, Gonzalo Argote
de Molina, entraron en el uso y ejercicio, más o menos nominal, de la
jurisdicción alta y baja del estado de Lanzarote y sus anejos, motivo por el
cual los regidores de esta isla pasaron en colectividad a ofrecerles sus
respetos, entregándoles las varas de justicia para volverlas a reasumir por su
orden, haciendo así acto de acatamiento y vasallaje. Menos pacífica fué la
posesión que el apoderado de ambos, Gonzalo Díaz de Morán, tomó en
Fuerteventura de los derechos de sus poderdantes, pues doña María de la O Múxica
y sus hijos Gonzalo y Fernando de Saavedra se opusieron una vez más a su
ejercicio, aunque a la postre la Justicia y Regimiento hubieron de reconocer el
derecho que asistía a doña Constanza y salieron del paso con el menor ruido y
aparato posible.
Valiéndose
ahora Argote de Molina de la vieja amistad que le unía con el inquisidor
Francisco Madaleno (hasta el punto de haber conseguido con anterioridad la vara
de alguacil en Gran Canaria para su pariente don Diego Sarmiento y la de
alguacil en Fuerteventura para su protegido el familiar Juan Mateo Cabrera,
obtuvo el encargo de llevar a cabo diversas comisiones en las islas de Lanzarote
y Fuerteventura, para el embargo de las propiedades de los moriscos fugitivos
que habían seguido a Morato Arráez a Berbería o a Argelia; ocasión más que
pintada para inmiscuirse en la política de sus rivales por afinidad, humillándolos
en su propio territorio y vejando a sus más fieles servidores y vasallos. La
autoridad omnímoda del Tribunal de la Inquisición, el rigor de sus
resoluciones y el castigo infligido a los desacatos eran una garantía para
Argote de Molina de la impunidad de sus actos de venganza.
Ya
por aquella fecha la designación de Juan Mateo Cabrera para sustituir a su
padre., Francisco de Morales Mateo, en el desempeño del cargo de alguacil del
Santo Oficio había producido altercados y roces con los señores de
Fuerteventura, por haberse hecho la designación a propuesta del marqués de
Lanzarote y con el apoyo de su yerno. Llevaba el cargo como honor anejo el uso
de vara alta de justicia; mas don Gonzalo de Saavedra Múxica juró repetidas
veces, al saberlo, que nadie en su señorío ejercería jurisdicción sin su
permiso, no obstante ser sobrino del beneficiario. De esta manera, cuando el 14
de octubre de 1586 (ocho días después de haberle expedido el título la
Inquisición), Juan Mateo Cabrera se disponía a secuestrar los bienes del
morisco fugitivo Gonzalo Spino, vióse acometido por los sicarios de Saavedra el
bachiller Gago y los paisanos Baltasar de Ortega y Mateo Denis, que procedieron
a detenerlo y encarcelarlo despojándole de paso de las insignias de su
autoridad. Una vez verificado el desacato, don Gonzalo de Saavedra Múxica quedó
atemorizado, por su arriesgada decisión y procuró ocultarse por unos días en
la montaña de Cardona, sin saber cómo acallar las protestas y resoluciones del
inflexible y severo Tribunal. Por aquella fecha llegaba a la isla, en
cumplimiento de su comisión, Gonzalo Argote de Molina.
El
conde de Lanzarote y provincial se presentó en Fuerteventura en los últimos días
de noviembre de 1586, acompañado de una brillante cohorte de servidores, a la
que se unieron en seguida los ministros del Santo Oficio en la isla, que eran el
notario Pedro Negrin Galán, el alguacil Juan Mateo Cabrera y los familiares
Salvador Perdomo, Juan de León Cabrera y Simón y Baltasar Hernández. En el
acto, y de acuerdo con sus aficiones, Argote de Molina dispuso los preparativos
para su recibimiento en la villa capital, Santa María de Betancuria, mientras
los Saavedra ardían de cólera (según declaración de Gonzalo) al contemplar cómo
el yerno del marqués de Lanzarote,- "con
quien habían tenido grandes pleitos y debates sobre la jurisdicción de la
isla", se entrometía en su señorío haciendo y deshaciendo como auténtico
dueño.
Argote
de Molina fue recibido en Betancuria con más ceremonias que el mismo inquisidor
don Diego Osorio de Sejas lo había sido años antes.
Se
sentó bajo dosel en la iglesia parroquial, hizo leer su título de comisión en
el púlpito de la misma, en presencia del pueblo congregado, y pasó
seguidamente a recibir los homenajes de alguaciles y familiares como prólogo
aparatoso a su importante comisión. Días más tarde, y en la misma iglesia
parroquial, inició el conde de Lanzarote las díligencias con la ayuda del
notario del Santo Oficio Pedro Negrín Galán. Se incoaron los oportunos autos
para el embargo de los bienes de los fugitivos y Argote de Molina procuró por
su parte molestar a sus enemigos tomando venganza de viejas o recientes
rencillas.
Una
de sus primeras víctimas fue el alcalde mayor de la isla Álvaro Ortiz de
Zambrana, a quien hizo comparecer en su presencia por medio del familiar
Baltasar Hernández, despojándole de la vara, llamándole desvergonzado y obligándole
a quitarse el sombrero con violencia.
Sin
duda, quería vengar Argote en su persona el trato que había dado como alcalde
mayor a la marquesa y condesa de Lanzarote con ocasión de su forzoso arribo a
Fuerteventura.
Luego,
no contento Argote Con la humillación, exigió de su persona que fuese a buscar
sin pérdida de momento al vecino de Lanzarote Salvador Pérez, que vivía a dos
leguas de Betancuria, no obstante que el alcalde rebasaba los sesenta años y
tenía que efectuar la comisión a pie en el rigor del día. Los Saavedra vieron
claramente a quién apuntaban los tiros de estas ofensas, y más adelante don
Gonzalo declararía que las Órdenes fueron dictadas por Argote
"por tomar venganza del dicho alcalde y dar pesadumbre a doña Maria [de Múxica]".
Con
el mismo designio mandó prender al criado de esta señora, Arriete de Betancor,
en circunstancias francamente vejatorias, pues fue perseguido como un fugitivo,
maniatado por el familiar Salvador Perdomo y amenazado con la horca, sin más
motivo aparente que haber traído de Lanzarote subrepticiamente ropa de los
moriscos fugitivos. Algo análogo cometió también con la criada de doña María
de Múxica, Juliana Mateo, mientras ésta y sus hijos soportaban ahora golpe
sobre golpe sin el menor obstáculo "por ser cosa del Santo Oficio, aunque sabían-añade don Gonzalo
de Saavedra-que so color de lo susodicho trataba [Argote] de molestarnos y de
meterse en nuestra jurisdicción".
El
fruto de la comisión del conde de Lanzarote fueron más de mil ducados en
condenaciones y embargos de bienes de moriscos, que pasaron a las cajas del
Santo Oficio, agradeciéndosele por parte de éste los servicios prestados.
Todavía
más adelante, y por causa del desembarco de Morato Arráez, el notario del
Santo Oficio en Gran Canaria Juan Martínez de la Vega recibió una segunda
comisión para dirigirse a Lanzarote con idéntica finalidad, logrando obtener,
después de una permanencia en la isla de sesenta días, otros cuatrocientos
ducados para las cajas de la Inquisición.
Y
ya que hablamos de comisiones e incidencias resultantes del ataque de Morato Arráez
a Lanzarote en 1586, no estará de más que completemos este capítulo con los
escasos pormenores que conocemos de una comisión militar llevada a cabo por el
gobernador de Gran Canaria Tomás de Cangas. Enterado Felipe II de la invasión
de Lanzarote, y aprovechando el cese de Cangas como gobernador de la isla antes
citada, dispuso que éste, antes de su regreso, visitase en comisión la de
Lanzarote para informarse de todos los pormenores de la defensa y del estado en
que habían quedado sus castillos y fortalezas. Consta que Tomás de Cangas llevó
a cabo su comisión en 1586, pero en cambio ignoramos 1os pormenores de sus
informes a Felipe II.
Por
último, entre las incidencias resultantes o derivadas del ataque de Morato Arráez
a Lanzarote, hay que apuntar la prisión del señor de Fuerteventura, don
Gonzalo de Saavedra Múxica, decretada por auto del Santo Oficio de 7 de enero
de 1587. El desacato cometido por el joven Saavedra contra su tío el alguacil
mayor Juan Mateo Cabrera fue hábilmente manejado por el marqués de Lanzarote y
su yerno Gonzalo Argote de Molina hasta conseguir de su amigo, el inquisidor don
Francisco Madaleno, el auto expresado, con el que aquéllos encadenaban una
venganza más a la serie de sus inteminables represalias.
Don
Gonzalo de Saavedra, señor de Fuerteventura, tuvo que comparecer a la fuerza en
Las Palmas a finales de enero de 1587, sin que su rango le eximiese de quedar
encarcelado en las prisiones secretas del Santo Oficio hasta el 23 de marzo del
propio año, en que, merced a las gestiones de su familia, consiguió la
libertad bajo fianza, aunque con la limitación de tener a la ciudad por cárcel.
Más adelante solicitó licencia para retornar a su señorío privativo, que le
fue denegada por el Tribunal de Canarias, motivo por el cual Saavedra recurrió
a la Suprema de Madrid contra esta decisión hasta obtener a su favor la más
absoluta libertad bajo fianza, por decreto de 8 de agosto de 1587.
Mientras
tanto, proseguíase sustanciando en Las Palmas el proceso contra don Gonzalo de
Saavedra, y sus servidores y vasallos, el bachiller Gago de Cerbela, Baltasar de
Ortega y Mateo Denis. Los autos pasaron más adelante a informe del severo
fiscal don José de Armas, quien con su inquisitivo espíritu fue añadiendo leña
a la causa contra Saavedra.
Resultó
de sus indagaciones que don Gonzalo había sido ya reprendido por el Santo
Oficio en 1575 por proposiciones erróneas sobre la pecaminosidad de la
fornicación, y resultó más; que Saavedra era un reo peligraso por ser
descendiente "por la linea materna de
linage de conversos de judios, penitenciados y reconciliados por el Santo
Oficio", como biznieto de Juan de Reitera, natural de Toledo, y
Francisca Núñez, natu- ral de Sevilla, ambos descendientes de penitenciados y
reconciliados.
En
estas circunstancias interesó a los Saavedra zanjar el enojoso litigio, y para
ello se trasladó a Madrid en 1591 don Fernando, alojándose en casa de sus
parientes los marqueses de Denia, futuros duques de Lerma. Con el apoyo, de sus
influyentes valedores en la corte-a los que supo atraer por completo con la
promesa de una herencia segura si su hermano don Gonzalo moría sin sucesión-no
le fue difícil conseguir, primero, que el Tribunal de la Suprema recabase para
sí el conocimiento de la causa, y después, que el propio Tribunal expidiese
auto a su favor en Madrid, el 16 de diciembre de 1591, por el que era absuelto
de los delitos que se le imputaban con declaración de nulidad del proceso
incoado cuyas costas gravarían sobre el inquisidor Madaleno y ei fiscal Armas)
y reconocimiento de limpieza de sangre, por cuanto se ordenaba a estos últimos
"borrar y tildar su nombre en los libros y registros donde estuviese
escrito". (En: A. Rumeu de Armas, 1975)
1587
Enero 16. La siguiente alarma conocida
que se dió en las islas con motivo de la presencia de navíos franceses fue en
el mes de enero de 1587. Dichos navíos, evidentemente piratas, se presentaron
en el puerto de Garachico acompañados de una urca flamenca que se suponía ser
de "Zelanda y Olanda, lugares rebelados contra la corona real, con el propósito
de cargar vino del país. A los vecinos les llamó la atención que no venían
sino con "moneda", sin
"traer mercadería alguna", y "bogantes y artillados". El gobernador así lo advirtió al
Cabildo en la sesión de 16 de enero de 1587, tomándose seguidamente las
acostumbradas medidas de seguridad para estar a resguardo de cualquier sorpresa.
Pocos
días mas tarde un vecino de la isla apellidado Vaez que residía en Icod, fué
robado por un navío inglés en las cercanías de Tenerife, y tuvo noticia por
conversación sostenida con unos franceses católicos que en él viajaban de cómo
en La Roehela se estaba disponiendo una poderosa escuadra para atacar las
Canarias. Avisado el Cabildo de la isla de Tenerife del peligro no dió excesiva
importancia a. la noticia por no haber recibido todavía avisos del Rey ni de
España. No obstante, se volvió a movilizar el aparato guerrero de la isla.
(En: A. Rumeu de Armas, 1991)
1587
Enero 27. 147.- Sepan quantos esta
carta de promesa de dote vieren como yo el Lcdo, Boça, vo de esta ciudad,
otorgo y conozco por esta presente carta y digo que por quanto a servicio de
Dios, n. s., y con su gracia, está tratado y concertado que doña Francisca Boça,
mi hermana, se haya de casar y case con Juan Fiesco, vo de esta ciudad,
y para sustento del dicho matrimonio y cargas dél el día que el
susodicho se casare y velare según orden de la Santa Madre Iglesia, prometo y
me obligo de le dar y entregar con la dicha mi hermana para que sea su dote e
caudal conocido las cosas siguientes:
Primeramente
la mitad de una viña, casas y lagar que está en esta ciudad junto a San Cristóbal,
que lindan con viña y heredad de maese Domingos, notoria y conocida en precio
de 1.500 ducados en que fue apreciada la dicha mitad de viña en la partición
que yo hice con mis hermanas y es declaración que luego que J. F. se case con
doña Francisca, mi hermana, me ha de hacer traspaso y venta de la dicha viña
porque así lo quiere él y me lo ha pedido, y le he de pagar el valor de ella
que son los 1.500 ducados en esta forma: La mitad luego en veinte e 25 pipas de
vino encascadas en lo que valieren y lo demás en tierras e tributos que lo
valgan y la otra mitad del dicho precio, que son 750 ducados, se los he de pagar
en tierras y tributos que lo valgan de hoy día de la fecha de esta escritura en
dos años primeros siguientes por el qual tiempo hace J. F. espera de la paga.
792.000
mrs.
Yten
más 9 hanegas y 4 almudes de tierras montuosas que es el tercio de las que hay
junto a la laguneta de los Abades, apreciadas conforme a la partición en 18.666
mrs.
Yten
12 h. y 4 almudes de tierras en el valle de doña Juana que es el tercio de las
que allí hay partidas, igualmente apreciadas conforme a la partición, a 12
doblas hanega montan 74.000 mrs.
Yten
16 h. y 112 de tierra que es en el Valle de Vinagre que es la tercia parte de
las que allí hay partidas, igualmente apreciadas conforme a la partición a 12
doblas cada hanega, montan 99.000 mrs.
Yten
Yten
5 h. de tierra en el Peñón a do dicen el Tanque de doña Juana, partidas
conforme a la partición, que se apreciaron en 125 doblas y es declaración que
luego que J. F. se case le ha de conmutar el Licdo. Boça las dichas tierras y
darle el valor de ellas, las 125 do-
blas
en un tributo que lo valgan, haciéndole J. F. escritura de ellas. 62.500 mrs.
Yten
una suerte de tierras en el Peñón en las tierras que dicen de Matheo Viña,
que es la suerte que ha traído Antonio Hernández el Rengo, vo de Tacoronte,
que tiene II h. conforme a la partición, a 30 doblas cada una fanega, valen
165.000 mrs.
Yten
17 h. y 4 al mudes de tierras en el Tablero que dicen de Francisco López y es
el tercio de las que allí hay partidas, igualmente apreciadas conforme a la
partición a 12 doblas cada una hanega, valen 104.000 mrs.
Yten
6 h. en el tercio de la suerte que está junto a Santa María de Gracia,
apreciadas conforme a la partición a 10 doblas por hanega, valen 30.000 mrs.
Yten
6 h. de tierras en Heneto do dicen Talavera que es una suerte que agora trae
Francisco Hemández del Rincón, a l0 doblas cada hanega valen 30.000 mrs.
Yten
una suerte de 15 h. en el cercado que dicen de Alcaraz, que lindan con Francisco
Márquez, apreciadas en 10 doblas cada una fanega, valen 75.000 mrs.
Yten
una suerte de tierras de
Yten
un tributo de 100 doblas de principal sobre los bienes de Francisco Hemández y
Pedro González, vos de Sentejo. 50.000 mrs.
Otro
tributo de 128 doblas de principal impuesto sobre los bienes de Ysabel Jordana e
Gerónimo González, espartero, 64.000 mrs.
Yten
otro tributo de 56 doblas de principal sobre las casas de Juan Femández,
zapatero. 28.000 mrs.
Yten
otro tributo de 100 doblas de principal sobre los bienes de Juan Sánchez que
agora son de Juan Agustín y su muger. 50.000 mrs.
Yten
otro tributo de 100 doblas de principal sobre los bienes de Rodrigo Hemández de
la Mota. 50.000 mrs.
Yten
otro tributo de 25 doblas de principal sobre las casas de Luis Pérez, lanero,
que ahora tiene Gaspar González, zapatero. 12.500 mrs.
Yten
otro tributo de 30 doblas de principal sobre las casas en que vive Felipe Gómez
en la Villa de Arriba. 15.000 mrs.
Yten
3 doblas y media de tributo perpetuo sobre la viña de Francisco Pérez de la
qual se pagan 13 doblas y las seis se pagan a los beneficiados de Ntra. Sra. de
los Remedios y las otras siete se adjudico la mitad de ellas a doña Francisca,
mi hermana, apreciada cada una dobla a 25 doblas que valen las dichas tres
doblas y media a este precio 43.750 mrs. y es declaración que esta cantidad se
la he de conmutar e pagar en un tributo abierto luego que Juan Fiesco se case
con mi hermana, haciéndome el susodicho con mi hermana escritura de ello en
forma porque así me lo ha pedido J. F. 43.750 mrs.
Yten
25 cascos de madera de carvallo grandes en lo que se apreciaren; que todos estos
bienes se le adjudicaron a mi hermana en la partición, demás de lo qual
cumpliré hasta en cantidad de 5.500 doblas sobre estos dichos bienes de suso
declarados en esta forma a cumplimiento alas 5.500 doblas, las mil en dinero y
las cuatrocientas en ajuar y el resto cumplimiento a las cinco mil quinientas en
cosas que lo valgan, con que por las cien doblas de ellas me ha de esperar desde
hoy día de la fecha de esta escritura en un año y la demás le entregaré
luego que el dicho matrimonio se efectuare, en la qual cantidad entran todos los
bienes pertenecientes a doña Francisca, mi hermana, y lo que demasfuere seilo
prometo y doy de mis propios bienes y prometo y me digo--que este dote de estas
dichas 5.500 doblas se las daré e pagaré luego de llano en llano, sin pleito
ni contienda alguna, a J. F. el día que el matrimonio se efectuare por palabras
de presente que hagan verdadero matrimonio, según e de la forma e manera que en
esta escritura está declarado y para seguridad de ello obligo mi persona y
bienes habidos y por haber, el qual le será cierto y seguro y no le saldrá por
mi parte ni por otra persona alguna pleito ni demanda a ello, so pena que yo le
haya de pagar e pague qualquiera daño e pérdida e interés que le venga e
suceda por la dicha dote. E yo, Juan Fiesco, que presente soy, acepto esta
promesa según y de la forma que está declarado y expresado en esta escritura y
desde ahora prometo y me obligo de casarme con doña Francisca Boça y velarme
según orden de la Santa Madre Iglesia y por su autoridad y honor le mando en
arras propter nupcias 300 doblas, que confieso caben en la décima parte de mis
bienes y si no la cupieren se las mando de mis bienes que agora tengo e de aquí
adelante tuviere porque quiero que sea todo su dote y caudal conocido de la
dicha doña Francisca, mi esposa, y luego que el matrimonio se haya efectuado de
todas estas cosas que en esta escritura se me han mandado y prometido y de las
que yo recibiere en dote con la susodicha le haré carta de recibo y finiquito
en forma ante escribano público que dé el recibo de fe para que en qualquiera
tiempo que el matrimonio fuere disuelto e separado por qualquiera causa de las
que el derecho permite sea su dote y caudal conocido y así la prometo y obligo
en forma, etc. En la noble ciudad de San Cristóval, que es en la isla de T., en
27 -1-1587. Testigos: Luis Fiesco, Francisco Fiesco y Miguel Gerónimo de Ayala,
vos y estantes en esta ciudad y los otorgantes a quien yo, el presente
escribano, doy fe que conozco y lo firmaron de sus nombres. Juan Fiesco. El
Licdo. Boya. Rodrigo Sánchez del Campo, escr. públ. E yo R. S. del C., escr. públ.
uno de los del número de esta isla por su Magestad, la hice escribir según
ante mí pasó en fe de lo qual hice aquí mi signo a tal en testimonio de
verdad. Rodrigo Sánchez del Campo, escr. públ. Derechos, dos reales. (Datas de
Tenerife, libro V de datas originales)
1587
Febrero 18. Mayor peligro supuso para
el Archipiélago el año siguiente de
Este
estado de alarma tuvo reflejo en la actuación de los inquisidoque extremaron la
vigilancia en los puertos canarios, dispuestos a cerrar el acceso a los mismos a
todos los súbditos de la reina Isabel tachados por el Santo Oficio de herejes y
luteranos. El 18 de febrero de 1587 arribó a Santa Cruz de La Palma el navío
portugués Buena Fortuna de Carid,
propiedad de Francisco da Rocha Paris, piloto lusitano tachado de simpatizante
con el pretendiente don Antonio, prior de Crato, que navegaba con pasaporte
especial del almirante de Inglaterra para resguardo contra los piratas. Dichas
circunstancias despertaron los recelos de las autoridades locales hasta el punto
que el teniente de gobernador, Jerónimo de Salazar, ordenó la detención del
navío hasta tanto que se aclaraba su verdadera procedencia.
No
fueron menores los recelos de la Inquisición por su arribo, hasta el punto de
que si bien Francisco da Rocha pudo convencer al gobernador Salazar de la
licitud de sus propósitos y tratos, no consiguieron lo mismo varios pasajeros
ingleses acogidos al navío, que fueron detenidos por el Santo Oficio como
herejes luteranos y procesados a renglón seguido. De esta manera vinieron a
engrosar la larga lista de los ingleses cautivos: Edward Stephens, Richard
Newman y otros de nombre ignorado. (En: A. Rumeu de Armas, 1991)
Marzo
de 2011.
--»
Continuará...