El pleito de los regidores en la Isla de Benahuare (La Palma)

 

 

«» Guayre Adarguma *

 

1766 mayo 5.  La disminución de algunas de las prerrogativas de las que había disfrutado la oligarquía concejil en los siglos XVI y XVII unido a la precaria situación económica, provocó el ascenso de nuevos grupos sociales, burguesía agraria y mercantil, frente a las cuales se manifestó un fuerte rechazo como lo demuestra el recurso entablado por el Cabildo de La Palma en 1767 ante la elección del Síndico Personero de la Isla, don Dionisio O'Daly al que acusan de advenedizo en esta isla. A pesar de esta oposición de la vieja oligarquía terrateniente fue cediendo paso a la nueva burguesía, liderada por el abogado don Anselmo Pérez de Brito y el comerciante O'Daly, que disfrutaban de una posición social y fortuna considerable.

 

Fue precisamente en La Palma donde las reformas administrativas del rey de la metrópoli Carlos III hicieron peligrar desde fecha muy temprana el control político-administrativo de los regidores sobre el resto del territorio insular y, sin duda alguna, donde mayor virulencia adquiere la oposición de los regidores perpetuos a los nuevos cargos municipales.

En el Cabildo de La Palma , según el Auto Acordado de 5 de mayo de 1766, debían elegirse por nombramiento popular dos Diputados del Común a los que se añadiría un Síndico Personero. El proceso de elección era gradual o en dos fases, es decir, en la primera de ellas los vecinos de cada parroquia elegían a sus compromisarios electores y en una segunda fase éstos últimos elegirían a los diputados y al Síndico Personero.

En las primeras elecciones, 27 de julio de 1766, resultaron elegidos don Anselmo Pérez de Brito y don Santiago Aubert como diputados y don Juan Jacinto de Silva para el oficio de Síndico Personero. En las segundas elecciones que se efectuaron al año siguiente, tal como era perceptivo en enero de 1767, resultaron electos para diputados, don Mariano Martínez y don Domingo Albertos y para Síndico Personero, el comerciante de origen irlandés don Dionisio O'Daly, a quien el Cabildo palmero había intentado inhabilitar para el ejercicio de cualquier cargo y evitar así el ascenso de los comerciantes al control municipal.

Tras una serie de acusaciones por parte de los regidores del Cabildo palmero, y las sucesivas réplicas interpuestas por este comerciante ante la Audiencia de Canaria y el Supremo Consejo de Castilla, éste último determinó que se le reintegrase en su cargo de Síndico Personero. Nada más tomar posesión de su cargo, O'Daly planteó un ruidoso pleito acusatorio contra los regidores perpetuos del Cabildo, a quienes acusó de graves faltas en la administración de los fondos municipales, pósitos, aguas, dehesas, montes, abastos, comercio de Indias, gobierno político, etc.

La situación se resolvió a favor del Síndico Personero por sentencia ejecutoria del Consejo de Castilla de 3 de diciembre de 1771, por la cual además de ser castigados los regidores perpetuos con fuertes multas y el pago de las costas, fueron separados de sus cargos prohibiéndoseles además tener cualquier intervención en los caudales públicos.

En sustitución de estos oficios de regidores perpetuos, al año siguiente se nombraron cuatro bienales por los electores de las parroquias destinados a la elección de diputados para que con éstos, que deben tener también voto en todos los negocios del Ayuntamiento, suplan interinamente la falta de los seis propietarios, quedando los dos, a quienes toque por suerte para el siguiente año de 1773 y eligiéndose solamente otros dos nuevos, y en los  años sucesivos se elijan otros dos en lugar de los más antiguos, que deben cesar, conforme está prevenido por el Consejo por punto general en cuanto a Diputados, en provisión de 31 de enero de 1769.

 

Los nuevos cargos municipales supusieron del triunfo de la burguesía palmera, a pesar de las fricciones con los regidores, y su hegemonía política en la isla dando lugar a la elección de regidores bienales, frente a los regidores perpetuos que existían hasta esos momentos, y a las primeras elecciones que se celebraron por sufragio del pueblo en toda España y sus colonias.

 

* Guayre Adarguma Anez Ram n Yghasen.  

 

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