Soberanía marítima

 

José Luis Angulo Santana *

 

Aguas_canarias_ZEE

 

El banco pesquero canario-sahariano está al límite de su capacidad de extracción, como al límite estamos los canarios en cuanto a la situación económica y política que padecemos, fruto de la cual no podemos pescar ni en nuestro caladero al no tener soberanía marítima.

 

Todos hemos oído hablar alguna vez del banco pesquero canario-sahariano. Resulta que Canarias se encuentra en una zona con una gran riqueza pesquera debido a diferentes factores climáticos y oceánicos. La denominada corriente del Golfo sigue la circulación de los vientos alisios, por lo que uno de sus ramales viene a dar a estas ínsulas del Noroeste africano. Es decir, esta corriente marítima del Golfo, hace un recorrido circular, empujada por los alisios, atravesando con ello la costa Este de Norteamérica (desde Florida hasta Canadá), pasando por Azores, y llegando a virar al Sur debido a estos vientos, hasta pasar por Canarias y Cabo Verde. Una vez aquí, vuelve a tornar hacia el Oeste en dirección al Caribe. A este fenómeno marino que circula por Canarias se le ha denominado como Corriente Fría de Canarias.

 

Debido a esto, la Naturaleza nos ha regalado uno de los bancos pesqueros con más cantidad de peces del mundo. ¿Por qué? Porque las aguas marinas frías, son un criadero de peces inmejorable. Sin embargo, el factor crucial no es la corriente en sí, sino el fenómeno denominado como up-welling. Para que lo entiendan: las aguas de esta corriente marina son más frías de las que les corresponde por su latitud, porque los vientos alisios retiran hacia el oeste el agua más superficial, y con ello facilita el ascenso de aguas más profundas y más frías. Las aguas cuanto más profundas, son más ricas en microorganismos, por lo que el fitoplancton es abundante en esta zona. A más fitoplancton cerca de la superficie, más peces, puesto que tienen mayor disponibilidad de alimentos. Este fenómeno, es especialmente importante en las islas orientales, sobre todo en Fuerteventura y Lanzarote, ya que a medida que se avanza al Oeste, el agua se va calentando lentamente y disminuye el número de viejas, brecas, samas, sardinas etc. Aun así, toda Canarias es una región eminentemente rica en pescado.

 

Hasta aquí, nos podríamos congratular de haber nacido donde hemos nacido, pero nada más lejos de la realidad. A pesar de que este debería ser un recurso estratégico de Canarias, resulta que la desidia política impide que nos podamos abastecer de estos alimentos, con la cantidad de empleos directos que daría, y con la aun mayor cantidad de empleos indirectos asociados a las industrias conserveras y de transformación que proporcionaría. Y es que somos así de listos.

 

Desde que el Sáhara fuera ocupado por Marruecos en 1975, el Estado español, y por ende Canarias, ya no tienen el acceso que antes tenían a la pesca en este banco. Ahora ese poder y esa soberanía marítima la ejerce el Estado marroquí, con las enormes ganancias que saca por ello, expoliando de paso al Sáhara Occidental. Y eso que según un informe solicitado por el Consejo de Seguridad al asesor jurídico de las Naciones Unidas, el Sáhara seguiría siendo un territorio no autónomo de España. Así se recoge en eldocumento S/2002/161  en su párrafo sexto, el cual dice así:

 

“El 14 de noviembre de 1975, España, Marruecos y Mauritania emitieron en Madrid una declaración de principios sobre el Sáhara Occidental (el “Acuerdo de Madrid”), con arreglo al cual las facultades y responsabilidades de España, como Potencia administradora del Territorio, se transfirieron a una administración temporal tripartita. El Acuerdo de Madrid no transfirió la soberanía sobre el Territorio ni confirió a ninguno de los signatarios la condición de Potencia administradora, condición que España, por sí sola, no podía haber transferido unilateralmente. La transferencia de la autoridad administrativa sobre el Territorio a Marruecos y Mauritania en 1975, no afectó la condición internacional del Sáhara Occidental como Territorio no autónomo”. Esta cesión ilegal, antidemocrática, y chapucera de Franco y los Borbones, ha tenido consecuencias fatales para los saharauis en materia de violaciones de todo tipo de Derechos Humanos, incluyendo un muro de más de 2.000 kilómetros de longitud, del cual nadie habla. Y los pescadores canarios ya no pueden pescar con la libertad que antes hacían. Ahora, la pesca que le toca al Estado y al Archipiélago lo deciden la Unión Europea y Marruecos, o quizás Estados Unidos, porque uno ya no sabe si Marruecos es Marruecos o es yankee. En cualquier caso, y es aquí donde los políticos “vendepueblos” deberían mover ficha, existe una Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, más conocida como el tratado de Montego Bay.

 

Por esta Convención, resulta que si cambiáramos nuestro estatus político-jurídico, tendríamos una Zona Económica Exclusiva (ZEE) que nos daría derecho a pescar, extraer petróleo, gas o cuanto quisiéramos en nuestro propio mar. Sin tener que esperar por Madrid o Bruselas, y sin que ellos decidan por nosotros, como se intentó hacer con las prospecciones petrolíferas. Siempre, claro está, de forma sostenible, y teniendo en cuenta que los recursos son limitados. Existen dos opciones que nos llevarían a ello, tal y como veremos.

 

La ZEE se correspondería con 200 millas a partir de las líneas de base trazadas para nuestras aguas territoriales actuales, que comprenden sólo 12 millas alrededor de las islas. Este estatus lo poseen por ejemplo Madeira o Azores. Sin embargo, Canarias no. ¿Por qué? Se explica fácil. Cuando se aprobó esta Convención, la ONU dio un plazo de 15 años para que los países regularizaran sus situaciones, dando dos opciones posibles: conceder la Independencia (Estado Archipielágico) o la Plena Autonomía Interna (Archipiélago de Estado). Portugal cumplió y otorgó a Madeira y Azores la Plena Autonomía, pero España dejó pasar la fecha límite de 1997, y Canarias sólo tuvo derecho a las 12 millas perimetrales alrededor de cada isla. Todo ello con la connivencia de CC, PSOE y PP, los guardianes supremos de nuestra legislación desde hace más de 20 años, y también de nuestra pobreza estructural.

 

Por tanto existen dos opciones. Por un lado la Plena Autonomía Interna, y por otro lado la constitución de un nuevo Estado canario. La Plena Autonomía Interna nos daría el mismo régimen jurídico que a Madeira o Azores, pero tendría que ser aprobada por el Estado español, cosa poco probable viendo como le regalaron el Sáhara a Marruecos, y teniendo en cuenta que la ZEE de Canarias entraría en conflicto con la de Marruecos.

 

Por otro lado, está la constitución de un Estado canario. Este Estado puede ser asociado a España o a la UE (como Puerto Rico con EE.UU.) o totalmente independiente. A efectos legales, sería reconocido exactamente igual por el Derecho Internacional del Mar, y al ser un Estado Archipielágico, tendría pleno derecho a la Zona Económica Exclusiva de 200 millas.

 

Ambos casos se recogen en el artículo 305 de la Convención, en el cual se otorga capacidad de firma a:

c) “Todos los Estados asociados autónomos que hayan optado por esa condición en un acto de libre determinación supervisado y aprobado por las Naciones Unidas de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas”;

d) “Todos los Estados asociados autónomos que, de conformidad con sus respectivos instrumentos de asociación, tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas”;

e) “Todos los territorios que gocen de Plena Autonomía Interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado la plena independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas”.

 

La pesca agoniza

 

La pesca en Canarias se ha visto mermada en un 90% en los últimos cuarenta años. No lo digo yo, lo explicaba José Juan Castro, doctor del Departamento de Biología de la ULPGC.

 

Pero lo peor de todo no es eso. Lo peor es que de esa sobreexplotación del banco pesquero, hemos sacado apenas las migajas del pastel otorgadas por el Estado español y la UE. O sea, que nos han robado literalmente el pescado entre todos. Aquí pescan españoles, portugueses, rusos, alemanes, franceses… de todo menos canarios. Pero es que encima tenemos que soportar que el Estado nos otorgue unas cuotas para la pesca del atún rojo que son de risa, teniendo en cuenta que un solo barco de la flota pesquera vasca o andaluza tiene la misma asignación que toda la flota pesquera canaria con todos sus barcos. Para más inri, Ani Oramas se va al Congreso a llorarle a los partidos españoles, rogándoles que por favor, asignen una cuota digna a los canarios.

 

Es decir, un partido nacionalista, pidiendo las migajas en Madrid, cuando tenemos el derecho legítimo de  reclamar nuestra propia Zona Económica Exclusiva, por cualquiera de las vías antes explicadas. Digno de Coalición, como no. Pero claro, ante el 49% de paro juvenil, ante los datos de pobreza alarmantes, y ante la dependencia alimentaria y energética del exterior, a Oramas y CC, con el beneplácito sistemático de PP y PSOE, solo se les ocurre para mejorar la situación del país una nueva Ley del Suelo que nos condena aún más a seguir importando comida, turistas y petróleo. Porque según Clavijo, “la construcción en Canarias no se va a acabar nunca”.

 

El despropósito para con el pueblo canario de esta casposa clase política que lleva en el Parlamento varias décadas, es para estar en las calles manifestándonos pacíficamente como mínimo. Pero no contentos con esto, lo que hacemos es votarles aún más. ¿De verdad que a lo único que puede aspirar este pueblo es al binomio construcción-turismo? ¿Sólo podemos construir el monocultivo que dicte la oligarquía canaria en cada siglo?

 

Vista la realidad, está claro que no, pues posibilidades hay muchas. La de lasoberanía marítima para acceder a la pesca, o a cualquier otro recurso que en nuestro mar se encuentre, es sólo una más. Pero está claro que será el pueblo canario el que tenga que pelear para conseguir alcanzar esas otras posibilidades, si es que quiere pelear por ello. Si no, la condena está clara: dependencia exterior, destrucción de nuestros recursos territoriales y marítimos, pobreza y paro fluctuantes, y el tener que jugarnos a una carta la apuesta por el turismo de masas más bestia, con el peligro de caer en una de las tantas crisis del monocultivo que este pueblo ha padecido a lo largo de los últimos cinco siglos. Pero ya se sabe, pueblo sin memoria, pueblo que repite su Historia.

 

* José Luis Angulo Santana

Nació en la isla de Gran Canaria. Estudia Geografía y Ordenación del Territorio en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. No deja de sorprenderle la biodiversidad isleña. Otras de sus pasiones son la política, la historia, la literatura canaria o el conocimiento de la cultura 

 

 

COMENTARIOS

1.     Talayero

Sobre la delimitación de las aguas que rodean a Canarias existe ya una amplia bibliografía sobre el tema, por lo que no voy a extenderme mucho sobre el mismo y sólo me referiré a uno que tengo en este momento al alcance por estar en internet, que apareció en la Revista digital de la Facultad de Derecho en el año 2009 de la UNED, escrito por D. Carlos Rodríguez Domínguez, trabajo titulado “La delimitación y protección ambiental de los espacios marítimos de Canarias desde la perspectiva internacional”. En este trabajo de 18 páginas y en una parte de sus consideraciones finales viene a decir “En cuanto a la ZEE, repetimos que no es posible su delimitación con el Convenio de 1982 sobre el Derecho del Mar en la mano. Sin embargo, de lege ferenda, sería conveniente una modificación del mismo en el que se equipare a los estados archipielágicos a aquéllos de naturaleza mixta pero que gocen de amplia autonomía o bien respondan al esquema de los Estados federales.

 

En caso contrario, la única salida para poder gozar de soberanía sobre la ZEE y plataforma sería la modificación de nuestro actual status y encaje político-administrativo, reivindicando, de ese modo, un Estado archipielágico con todas sus consecuencias”. Evidentemente pienso que comete un error (el escrito referido) cuando dice “que responda a esquema de los Estados Federales” cuando un Estado, como los Estados Unidos, las competencias marítimas residen en la Agencia Estatal NOAA y no de la Federal, de ahí que por ejemplo en Hawaii, sus competencias marítimas no las administran las Hawaii sino la NOAA ó en el caso de Puerto Rico, que los EE.UU. delimitó sus aguas de forma unilateral y al margen de CONVEMAR (cuya Convención todavía no ha ratificado), estas aguas son administradas por la ya repetida NOAA. En cuanto a las Azores y Madeira, Portugal delimitó sus aguas al margen de lo dispuesto por CONVEMAR, ya que los Archipiélagos de Estado no tienen aguas jurisdiccionales propias, en otras palabras: Canarias sólo podrá tener aguas jurisdiccionales propias cuando sea un Estado independiente.

2.     José Luis Angulo Santana

Gracias Talayero. A ver, yo me remito en este caso a lo que dice la Convención sobre el Derecho del Mar. Obviamente no soy jurista, pero hay bastantes expertos que contradicen la versión aportada por usted. Yo repito, le expongo lo que conozco.
1) El escrito que usted cita, dice: “En cuanto a la ZEE, repetimos que no es posible su delimitación con el Convenio de 1982 sobre el Derecho del Mar en la mano”. ¿Hay algún argumento esgrimido en ese escrito que sostenga esa tesis?
2) Otra parte del escrito que ha aportado, dice: “la única salida para poder gozar de soberanía sobre la ZEE y plataforma sería la modificación de nuestro actual status y encaje político-administrativo, reivindicando, de ese modo, un Estado archipielágico con todas sus consecuencias”.
Sólo estoy de acuerdo en parte con esta afirmación. ¿Hay que cambiar el status político-administrativo?. La respuesta es sí. Pero ese status puede ser el de Plena Autonomía Interna. Artículo 305 de la Convención:

e) “Todos los territorios que gocen de plena autonomía interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado la plena independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas” Ese mismo artículo lo expuse en el texto arriba, precisamente porque esgrime que los territorios con plena autonomía interna, reconocida por la ONU, tienen el derecho a firmar la Convención. Aunque esos territorios “no hayan alcanzado la plena independencia” como se recoge en el artículo citado. Es aquí donde viene el problema, que a continuación explicaré más tarde.
3) Puerto Rico no cuenta con ZEE propia porque esa ZEE es de los Estados Unidos como tú bien expones. Lo mismo para Portugal. Pero es que España, ni siquiera ha peleado para declarar a la ZEE de las Islas como una ZEE de España, y eso viene motivado
por no querer abrir un conflicto para trazar las medianas con Portugal o Marruecos. Este es el problema. Si el Estado quisiera, ya hubiera reclamado esa ZEE como propia en la Corte Internacional de Justicia. Y una vez otorgada la razón al Estado español (si la hubiere), las competencias serían recogidas en el Estatuto de Plena Autonomía Interna que tendría que presentar Canarias, y aprobar el Estado.
4) Obviamente, todo sería más fácil si Canarias fuese un estado, porque no se necesitaría al Congreso español para aprobar nada. Solo tendría validez lo que dijese el Parlamento Nacional canario. Pero ahora mismo, este no es el caso, por lo que hay que contemplar también lo que se puede hacer teniendo el status que tenemos a día de hoy, simplemente como una opción dentro de las posibles. Repito, ateniéndome a la Convención, si es posible una ZEE española en Canarias al estilo de Portugal.
5) Problemas: trazar mediana con Marruecos y con Portugal.
más teniendo en cuenta que están las Islas Salvajes, las cuáles Portugal considera dentro de su ZEE, a pesar de ser peñas deshabitadas, cuestión que es bastante discutible. Y luego está Marruecos, con quien España no quiere abrir un litigio ni en broma. A pesar de tener derecho legítimo a hacerlo, pues Canarias está bajo soberanía española ahora mismo, y como tal, esas aguas deberían ser españolas y no internacionales y marroquíes, cuestión vigente en la actualidad.
Artículo 59 dice: En los casos en que esta Convención no atribuya derechos ojurisdicción al Estado ribereño o a otros Estados en la zona económica exclusiva, y surja un conflicto entre los intereses del Estado ribereño y los de cualquier otro Estado o Estados, el conflicto debería ser resuelto sobre una base de equidad y a la luz de todas las circunstancias pertinentes, teniendo en cuenta la importancia respectiva que revistan los intereses de que se trate para las partes, así como para la comunidad internacional
Artículo 74: La delimitación de la zona económica exclusiva entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente se efectuará por acuerdo entre ellos sobre la base del derecho internacional, a que se hace referencia en el artículo 38 del  Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, a fin de llegar a una solución equitativa.
Esa Corte Internacional, dice en el artículo 38 esto:
1. La Corte, cuya función es decidir conforme al derecho internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar:

a. las convenciones internacionales, sean generales o particulares, que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes; b. la costumbre internacional como prueba de una práctica generalmente aceptada como derecho; c. los principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas; d. las decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para la determinación de las reglas de derecho, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 59.
Se me escapó terminar la frase.
Por tanto, España al ser Estado ribereño en Canarias, tiene derecho a reclamar ZEE ante los organismos internacionales. Por otra parte, fíjese que la Convención del Mar dice lo siguiente en cuanto a los Estados Archipelagicos en el artículo 46:
a) Por “Estado archipelágico” se entiende un Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos y que podrá incluir otras islas; b) Por “archipiélago” se entiende un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que  históricamente hayan sido considerados como tal. La segunda parte se puede aplicar perfectamente a Canarias.
En cualquier caso, es un tema complejo, que llevaría al Estado español a un conflicto que no quiere pelear, porque Canarias no importa. Así que tanto para la ZEE de España
en aguas de Canarias, cediendo las competencias mediante Plena Autonomía Interna a nuestro Gobierno; como una creación de un Estado canario con plena soberanía, se hace difícil el que podamos llegar a tener soberanía sobre nuestro mar. Lo que está claro es que los políticos canarios son los que deben exigir esta cuestión al Estado, porque la legalidad admitiría el recurso en contencioso con Marruecos y Portugal para delimitar esa ZEE, o en cualquier caso, exigir la independencia. Pero mucho me temo que ni una cosa ni otra.

 

Muchas gracias por tu aporte Talayero. Este debate, por suerte o por desgracia, siempre seguirá abierto en nuestra tierra. Hay una plataforma por el mar canario, que parece ser la única que ahora mismo intenta llevar esto a algún lado. Es interesante también, leer lo que ellos exponen. De igual forma me voy a leer ese escrito de Carlos Rodríguez Domínguez.

3.     Talayero

Con algo de tardanza involuntaria, trato de comentarte de la forma más escueta posible, dado lo  extensísimo del tema y la amplísima bibliografía existente sobre estos asuntos y litigios y que por primera vez se remonta, según mis escasos conocimientos sobre la cuestión cuando España por el Tratado de París de 1898 vende a los Estados Unidos la Isla de Cuba, Puerto Rico y las demás que estaban bajo su soberanía en las Indias Occidentales, y la Isla de Guam en el Archipiélago de las Marianas o Ladrones. y las Filipinas por veinte millones de dólares a los Estados Unidos y sobre estas últimas (las Filipinas) aparece por primera vez en la Historia ( en su artículo III) las  coordenadas geográficas, por imposición de los Estados Unidos, que enmarca al Archipiélago de las Filipinas, con lo que se evitaría discrepancias sobre posibles futuras reclamaciones o litigios. Quizás o sin quizás este sería el primer precedente para la futura Convención sobre el Derecho del Mar como consecuencia de las Conferencias de las Naciones Unidas celebradas en Ginebra en 1958 y 1960, cuya convención fue aprobada, tras nueve años de trabajo, el 30 de abril de 1982.

 

Dicho lo anterior y en lo referido a la cuestión canaria, como ya sabes, la vigente Convención sobre el Mar es la que fue adoptada el 10 de diciembre de 1982 en Montego Bay y que entró en vigor el 16 de noviembre de 1994. en ella diferencia de forma clara las atribuciones de los Estados Archipielágicos y Archipiélagos de Estado, en las que esto últimos no tienen aguas jurisdiccionales propias, máxime teniendo en cuenta que España no es un Estado Archipielágico, de ahí que Canarias solo tenga las 12 millas y cuya jurisdicción pertenece a todos los efectos al estado a que pertenece las islas.

 

Por cuanto antecede, para que Canarias y otros Archipiélagos de Estado, puedan tener Zona Económica Exclusiva (ZEE) se tendría que convocar una nueva Convención para modificar lo referente a los Para modificar el estatus político de Canarias, sólo se me ocurre dos opciones: que España reconozca que Canarias es una Colonia (pura ensoñación) con lo que se podría tocar en las puertas de las Naciones Unidas, reconocimiento por la Asamblea General, se entraría voluntariamente en Régimen de Administración Fiduciaria, y al Comité llamados de los 24, para iniciar su proceso de descolonización e independencia ó no, si así lo expresase el pueblo canario, ó la toma de conciencia. Cuando Marruecos promulgó el Dahir del 8 de abril de 1981 extendiendo su Zona Económica Exclusiva a las 200 millas, cuyas coordenadas fueron presentadas en la ONU y que en su zona atlántica, Canarias quedó englobaba dentro de la misma, con sólo las 12 millas que rodean a cada una de las islas; España no pudo hacer nada al respecto, por estar Canarias, no sólo fuera de su plataforma continental , ser un territorio de ultramar y un Archipiélago de Estado.

 

Otra cuestión que mencionas, como la llamada Plataforma por el Mar Canario, en cuya labor, a pesar de todos sus esfuerzos de concienciación no entro, esgrimiendo y dando como hecho cierto, de que Canarias gozaba de Autonomía Plena Interna, base de argumentación nada más lejos de la realidad, puesto que este concepto -la Resolución 742 del 27.11.1953- Resolución previa a la conocida 1514, especifica que para ello se tiene que contar con los tres poderes básicos de un Estado -Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo- tiene que ser reconocido por las Naciones Unidas y así recogida por la Convención del Mar, poderes de los que Canarias carece, bastando para ello con leer el Estatuto de Autonomía y la posterior LOTRACA, en cuyos documentos se saca fácilmente de su lectura que no puede disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, etc.etc.. Sólo por curiosidad, citaré el caso de Gibraltar, que estando dentro de los territorios con derecho a su autodeterminación en las Naciones Unidas, cuenta con una Autonomía Plena Interna, de la que sólo el Reino Unido se reserva las competencias de Defensa y Asuntos Exteriores, todo lo demás es de su competencia, como hasta acuñar moneda propia: la Libra Gibraltareña y sólo cuenta con una población de unos 30.000 habitantes, pero lo que pasa aquí es que somos muchísimos más, pero eso sí, mucho más 

 

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Fuente: tamaimos.com