PETRÓLEO
SÍ, PETRÓLEO NO
Antonio
Rodríguez de León *
Ante cualquier acuerdo entre dos Estados
que decidan el inicio de extracciones petrolíferas, o la concesión de pescar
dentro de una misma zona económica
exclusiva marítima, deberá ser comunicado
ante la Autoridad Internacional del Mar, en caso contrario, solo tiene efecto
para ambos Estados. Dicho acuerdo nunca obligará internacionalmente a terceros
Estados. En estos casos, cuando un Estado ratifica el Tratado Internacional del
Mar, tiene derecho a formular una declaración afirmándose en las delimitaciones
de soberanía y jurisdicción sobre su plataforma continental, de sus islas o
archipiélagos.
Marruecos
lo hizo al ratificarse el 31 de mayo de 2007, declarando, entre otros, el que
afecta a Canarias: El Gobierno del Reino
de Marruecos reserva el derecho de hacer, en tiempo apropiado, declaraciones de
conformidad con los artículos 287 y 298, ambos en referencia a la aceptación de
Tribunal Internacional y controversia a la interpretación en las delimitaciones
marítimas. Esto consta en el Registro de Propiedad de
Si el
Gobierno español decide extraer petróleo sin fijar una mediana en la zona
marítima compartida con Marruecos, la delimitación futura entraría en una controversia
pendiente de interpretación del artículo 298 del Tratado del Mar.
Conociendo
la futura controversia con Marruecos, España notifica a las Naciones Unidas el
17 de julio de 2003, la aplicación con carácter retroactivo al 19 de julio de
2002 ¿REPSOL?, la no aceptación de
los procedimientos previstos en el Tratado de Montego Bay, concernientes a la
delimitación de las zonas marítimas.
Con estos
antecedentes jurídicos, que podría terminar en un conflicto internacional como
consecuencia a una futura reclamación por parte de Marruecos de toda la zona
económica exclusiva que pudiera corresponder a Canarias.
Es conocido
que Marruecos no acepta una “frontera
equidistante” entre Lanzarote y Fuerteventura con el continente africano.
Marruecos exige una “frontera
equitativa”. Dicho de otro modo, Marruecos ha extendido a España un
expediente de dominio, al permitirle “provisionalmente”
la extracción de petróleo en una zona donde aún está por decidir quien es el
propietario. Esa controversia sobre la delimitación marítima la utilizará
Marruecos cuando lo crea conveniente. Para entonces, será demasiado tarde en
defensa de los intereses de Canarias. Dicen que por interés de Estado hay que
sacar petróleo, sí o sí. El futuro de los espacios marítimos traerá graves
consecuencias sobre Canarias, por no haber registrado España la propiedad de
las aguas canarias ante
El Gobierno
de España deberá dar respuesta a la mayoría de Ayuntamientos y Cabildos del
archipiélago canario, que pedían en 2004-2005, requiriera al Tribunal
Constitucional una aclaración doctrinal sobre la aplicación del Estatuto
Jurídico Internacional del Mar de Naciones Unidas de 1982, a la delimitación formal y expresa de las
aguas marítimas del espacio interior y exterior el archipiélago canario como
aguas de soberanía española. La única forma de ganar la controversia a
Marruecos, es que las aguas de zona económica exclusiva sean de titularidad
canaria.
* PLATAFORMA POR EL MAR CANARIO
E_mail: marcanarioindependiente@hotmail.com
En la ciudad de Telde a, 1 de marzo de 2012