Islas o archipiélagos (I)
«.» Ramón Moreno Castilla *
En
un breve apunte sobre Derecho Marítimo (rama del Derecho Internacional Público),
vemos que así como la concepción de isla es antiquísima, el concepto de
archipiélago no existía jurídicamente ni para los Convenios de Ginebra de
1958 y 1960 (Primera y Segunda Conferencias del Mar), ni para el Derecho
consuetudinario anterior. Fue, precisamente, en la Tercera Conferencia de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmada en Montego Bay (Jamaica) el 10
de diciembre de 1982, donde se consagró el llamado "principio archipelágico",
exclusivo y potestativo de los archipiélagos ya constituidos en Estados
soberanos; que les permite delimitar sus espacios marítimos no desde cada isla
en particular (como es el caso sangrante de Canarias), sino desde el conjunto
del archipiélago, mediante el trazado del perímetro archipelágico,
que consiste en una línea que une los puntos más sobresalientes de cada isla,
desde la cual se mide la anchura del mar territorial,
Pues bien, para cualquier patriota canario que se precie, resulta absolutamente intolerable que en los dos escenarios en los que se representa, con actores y directores foráneos, la tragicomedia de Canarias existan territorios insulares de menor entidad que el Archipiélago canario constituidos en Repúblicas independientes, que forman parte de la comunidad internacional sin problema alguno. ¿No es un canallesco e insultante agravio comparativo constatar esta realidad? ¿Y por qué no las Islas Canarias, que forman el archipiélago más grande e importante de la Macaronesia?
Con gran estupor seguimos comprobando que en el impuesto escenario europeo, en el cual España nos considera una falsa "comunidad autónoma", y donde Europa nos denomina eufemísticamente RUP (territorio de ultramar, o sea, colonia), existe un minúsculo Estado insular (Chipre) y un pequeño Estado archipelágico (Malta). En el otro escenario, el real, el africano, donde estamos situados geográficamente, localizamos el Estado archipelágico de Cabo Verde.
En
el caso de la República de Chipre (9.251 km2), capital Nicosia, estamos ante un
Estado insular Miembro de la Unión Europea, considerada siempre un puente de
unión entre los continentes Europa, Asia y África, que tuvo que pedir el
rescate de la UE, con la intervención de la Troika (Comisión Europea, Banco
Central Europeo y Fondo Monetario Internacional). Chipre forma parte de la Commonwealth,
Consejo de Europa, BERD, UNCTAD, FMI, OMC... Pero lo más importante es que los
chipriotas (1,2 millones) se gobiernan solos y deciden por sí mismos.
Justamente, lo contrario que los canarios, supeditados a decisiones, contrarias
a sus intereses, que se toman en la metrópoli española, a
Por
su parte, la República de Malta, capital La Valeta,
independiente desde 1964, es un Estado archipelágico
(formado por cinco islas: Malta, Gozo, Comino, Cominotto
y Filfla), miembro de la UE; situada en el centro
del mar Mediterráneo a unos
Respecto
a Cabo Verde, España, que en 1493 se repartiera con Portugal la mar océana
más allá del Estrecho de Gibraltar, sigue estando en entredicho como retrógrada
potencia colonial ya que Portugal dio la independencia a todas sus colonia, y
España, como decía mi admirado Jorge Luis Borges, sigue pensando que su
imperio permanece, manteniendo férreamente la colonia de Canarias. La
independencia de Cabo Verde data del 5 de julio de 1975, gracias a la lucha
armada contra Portugal liderada por Amílcar Cabral; artífice de la
independencia de Guinea Bissau y Cabo Verde. La República caboverdiana, capital
Praia, es un archipiélago compuesto por 10 Islas de
origen volcánico y ocho islotes. Situado en el océano Atlántico, en el flanco
Sur de la Macaronesia, a
¿Cuando va Canarias a formar parte, como miembro de pleno derecho, de la ONU?