GENOCIDIO

Raúl Vega *

[Según el Artículo 29 del Estatuto de Roma, elaborado por la Corte Penal Internacional, los crímenes de lesa humanidad no prescriben.]

En estas ovejas mansas, y de las calidades susodichas por su Hacedor y Criador así dotadas, entraron los españoles, desde luego que las conocieron, como lobos e tigres y leones cruelísimos de muchos días hambrientos. Y otra cosa no han hecho de cuarenta años a esta parte, hasta hoy, e hoy en este día lo hacen, sino despedazarlas, matarlas, angustiarlas, afligirlas, atormentarlas y destruirlas por las extrañas y nuevas e varias e nunca otras tales vistas ni leídas ni oídas maneras de crueldad, de las cuales algunas pocas abajo se dirán, en tanto grado, que habiendo en la isla Española sobre tres cuentos de ánimas que vimos, no hay hoy de los naturales de ella docientas personas”

Es un extracto del texto titulado “Brevísima relación de la destruición de las Indias” de Fray Bartolomé de Las Casas, dominico español, que describió de esta forma la matanza en América perpetrada por los colonizadores españoles y cristianos. ¿Dicha matanza se puede calificar de genocidio? Veamos qué significa la palabra genocidio, según distintas fuentes. La Convención de las Naciones Unidas lo define en 1951 como “cualquiera de los siguientes actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, tales como: (a) exterminio de miembros de un grupo; (b) atentado grave contra la integridad física o mental de los miembros de un grupo; (c) sometimiento deliberado del grupo a condiciones de existencia que puedan acarrear su destrucción física, total o parcial; (d) medidas destinadas a impedir los nacimientos en un grupo; (e) traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo”. El psicólogo húngaro Ervin Staub escribe en 1989: “genocidio es un atentado para exterminar un grupo racial, étnico, religioso, cultural o político, ya sea de forma directa mediante un asesinato o de forma indirecta mediante la creación de condiciones que conlleven a la destrucción del grupo”.

¿Cuál es la conclusión entonces? ¿Hubo genocidio en las conquistas de Canarias y América? Contextualizando las dos opiniones aportadas, el genocidio no es solo el exterminio de un grupo humano por razones de nacionalidad, etnia, religión o pueblo. La ONU aporta a la interpretación del término el “sometimiento deliberado del grupo a condiciones de existencia que puedan acarrear su destrucción física, total o parcial” o el “traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo” (recordemos los niños esclavos canarios vendidos en mercados de Valencia o Sevilla). Staub aporta la coletilla “de forma indirecta mediante la creación de condiciones que conlleven a la destrucción del grupo”, la cual coincide con parte de la definición de las Naciones Unidas. Las condiciones para la destrucción del grupo se conformaron, entre otros aspectos, en las imposiciones culturales, en el cambio de actividades económicas o en la llegada de colonos a los que se les asignaba tierras, entre otros muchos aspectos.

Genocidio no ha de ser, por lo tanto, únicamente una destrucción intencionada y deliberada de un grupo humano. Por ejemplo, el holocausto nazi fue un genocidio, pero también una limpieza étnica, la cual se refiere a la desaparición por la fuerza de un grupo étnicamente homogéneo, generalmente circunscrito a un territorio concreto. Lo mismo ocurre en el genocidio hutu de la población tutsi en Ruanda, donde la limpieza étnica acaba con el 75% de la población de este pueblo nativo de África Central. ¿Hay genocidio de una parte de la sociedad en la Guerra Civil Española? El fin no es la limpieza étnica de un grupo, sino la imposición de unas ideas políticas y morales. Barbara Harff y Ted Robert Gurr añaden en 1988 el término politicidio como complementario a genocidio: “la diferencia entre estos dos conceptos radica en las características por las que los miembros del grupo son identificados por el estado. En el genocidio, las víctimas son identificadas principalmente en cuanto a sus características comunitarias; es decir, identidad étnica, religión o nacionalidad. En el politicidio, las víctimas son definidas fundamentalmente en cuanto a su posición jerárquica u oposición política al régimen y grupos dominantes”.

Pero volvamos a Bartolomé de las Casas para entender un poco mejor en qué se basan las guerras de conquista. En el caso americano, tenía mucha importancia el saqueo de metales preciosos y así lo describió el dominico en 1552: “la causa por que han muerto y destruído tantas y tales e tan infinito número de ánimas los cristianos ha sido solamente por tener por su fin último el oro y henchirse de riquezas en muy breves días e subir a estados muy altos e sin proporción de sus personas (conviene a saber): por la insaciable codicia e ambición que han tenido, que ha sido mayor que en el mundo ser pudo, por ser aquellas tierras tan felices e tan ricas, e las gentes tan humildes, tan pacientes y tan fáciles a sujetarlas”. En el caso canario, la importancia de la conquista de las islas erradicaba en la posición estratégica de las Islas. Adherido, llegó una imposición cultural de ideas cristianas, formas de vida o la sucesión de monocultivos, atendiendo al interés de la metrópoli.

Todo esto viene a cuenta por las declaraciones recientes de Miguel Ángel Clavijo, director general de Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias y profesor del departamento de Prehistoria, Antropología e Historia Antigua en la Universidad de la Laguna, en las que niega el genocidio en Canarias y América. “El imperio se distingue del colonialismo y otras formas de expansión territorial porque avanza replicándose a sí mismo e integrando territorios y poblaciones; esto es lo que ocurre en Canarias donde se integran las poblaciones autóctonas, de modo que los guanches y los canarios se integran en la nueva sociedad criolla y participan activamente en ella, incluso asumiendo cargos de responsabilidad”, explica. Además Clavijo defiende los cuadros del Salón de Plenos del Parlamento de Canarias, los cuales considera “cursis, pero en ningún caso ofensivos”.

¿Acaso Clavijo pretende una banalización de los efectos derivados del proceso de Conquista? El término es lo de menos: si no es genocidio, será etnocidio, acuñado por el Catedrático de Psicología de la Universidad de La Laguna, Pedro Hernández Guanir en su muro de Facebook o serán crímenes de lesa humanidad asociados al proceso de Conquista. Los mismos se diferencian del genocidio en que no se busca en sí la destrucción total o parcial sino el ataque sistemático a un grupo determinado, en el caso canario, los guanches desafectos a la Conquista, entre ellos los llamados alzados, que resistían al poder establecido. Según el Artículo 29 del Estatuto de Roma, elaborado por la Corte Penal Internacional, los crímenes de lesa humanidad no prescriben. En conclusión, llámese como se llame, los asesinatos están ahí y no se pueden negar en una sala de museo que hable de la Conquista. Lo contrario es querer maquillar la historia.

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Periodista. Graduado en Periodismo por la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, también estudió Historia en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Actualmente Coordinador de la revista Tamaimos.com y Coordinador de Proyectos de la Fundación Canaria Tamaimos. Experiencias en Canarias Radio La Autonómica y otras emisoras de radio en Canarias. Aptitudes en el ámbito del periodismo digital y las labores propias de community manager. Curioso e inquieto, pregunta tras pregunta, indagación tras indagación, desea conocer lo mejor posible el árbol enigmático que es Canarias. Desde lo local hasta lo universal, concibe el periodismo como un servicio público para repensar el mundo en el que vivimos y sus complejidades.

Fuente: tamaimos.com/2017/04/27/genocidio